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Document 62012TN0062
Case T-62/12: Action brought on 9 February 2012 — ClientEarth v Council
Asunto T-62/12: Recurso interpuesto el 9 de febrero de 2012 — ClientEarth/Consejo
Asunto T-62/12: Recurso interpuesto el 9 de febrero de 2012 — ClientEarth/Consejo
DO C 109 de 14.4.2012, p. 24–24
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
14.4.2012 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 109/24 |
Recurso interpuesto el 9 de febrero de 2012 — ClientEarth/Consejo
(Asunto T-62/12)
2012/C 109/51
Lengua de procedimiento: inglés
Partes
Demandante: ClientEarth (Londres) (representantes: O. Brouwer y P. van den Berg, abogados)
Demandada: Consejo de la Unión Europea
Pretensiones
La parte demandante solicita al Tribunal General que:
— |
Anule la Decisión de la demandada por la que se deniega acceso (completo) al documento 6865/09, que contiene un dictamen jurídico del Servicio Jurídico de la demandada relativo a la legalidad del proyecto de enmienda a la propuesta de la Comisión Europea de modificar la redacción del Reglamento (CE) no 1049/2001, (1) de conformidad con el citado Reglamento. |
— |
Condene en costas a la demandada. |
Motivos y principales alegaciones
En apoyo de su recurso, la parte demandante invoca cuatro motivos.
1) |
Primer motivo, basado en la infracción del artículo 4, apartado 2, segundo guión, del Reglamento (CE) no 1049/2001, por cuanto la demandada no demostró cómo la divulgación del documento en cuestión menoscabaría la protección del asesoramiento jurídico. |
2) |
Segundo motivo, basado en la violación del artículo 4, apartado 3, párrafo primero, del Reglamento (CE) no 1049/2001, en la medida en que la demandada no demostró cómo la divulgación del documento en cuestión perjudicaría seriamente el proceso de toma decisiones del Consejo. |
3) |
Tercer motivo, basado en la violación de los artículos 4, apartado 2, segundo guión, y 4, apartado 3, párrafo segundo, del Reglamento (CE) no 1049/2001, por cuanto la demandada no tomó en consideración el interés público preponderante en que se divulgara el documento de que se trataba. |
4) |
Cuarto motivo, basado en la infracción del artículo 4, apartado 6, del Reglamento (CE) no 1049/2001 y la violación del principio de proporcionalidad, en la medida en que el Consejo no apreció de manera adecuada la cuestión de si podía concederse un acceso más amplio al documento en cuestión. |
(1) Reglamento (CE) no 1049/2001 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de mayo de 2001, relativo al acceso del público a los documentos del Parlamento Europeo, del Consejo y de la Comisión (DO L 145, p. 43).