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Dokuments 62011TN0666

    Asunto T-666/11: Recurso interpuesto el 27 de diciembre de 2011 — Budziewska/OAMI — Puma AG Rudolf Dassler Sport (Representación de un puma)

    DO C 109 de 14.4.2012., 14./14. lpp. (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    14.4.2012   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    C 109/14


    Recurso interpuesto el 27 de diciembre de 2011 — Budziewska/OAMI — Puma AG Rudolf Dassler Sport (Representación de un puma)

    (Asunto T-666/11)

    2012/C 109/32

    Lengua en la que ha sido redactado el recurso: polaco

    Partes

    Demandante: Danuta Budziewska (Łódź, Polonia) (representante: J. Masłowski, abogado)

    Demandada: Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos)

    Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso: Puma AG Rudolf Dassler Sport (Herzogenaurach, Alemania)

    Pretensiones

    La parte demandante solicita al Tribunal General que:

    Anule la resolución de la Tercera Sala de Recurso de la Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos) de 23 de septiembre de 2011 en el asunto R 1137/2010-3, por la cual se desestimó el recurso de la demandante contra la resolución por la que se declaró inválido el modelo.

    Condene en costas a la demandada.

    Motivos y principales alegaciones

    Marca comunitaria registrada, respecto de la que se interpuso un recurso de anulación: Modelo registrado en favor de la demandante con el no 697.016-0001 y publicado el 2 de mayo de 2007 en el Boletín de Marcas Comunitarias (representación de un puma)

    Titular de la marca comunitaria: La demandante

    Solicitante de la nulidad de la marca comunitaria: La otra parte en el procedimiento ante la Sala de recurso

    Motivación de la solicitud de nulidad: La solicitud de modelo no responde ni a la definición de modelo a efectos de lo dispuesto en el artículo 3, letra a), ni cumple los requisitos de los artículos 4 a 9 del Reglamento (CE) no 6/2002 del Consejo, de 12 de diciembre de 2001, sobre los dibujos y modelos comunitarios (DO L 3, de 5.1.2002, p. 1). Según la solicitante, se desprenden causas de nulidad adicionales de lo dispuesto en el artículo 25, apartado 1, letras c), d), e), f) y g) del mismo Reglamento

    Resolución de la División de Anulación: Declaración de nulidad del modelo

    Resolución de la Sala de Recurso: Desestimación del recurso

    Motivos invocados: Infracción de lo dispuesto en el artículo 6, apartado 1, del reglamento no 6/2002, por haberse negado el carácter singular del modelo solicitado por la demandante.


    Augša