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Document 52010IP0196

Birmania Resolución del Parlamento Europeo, de 20 de mayo de 2010 , sobre la situación en Birmania/Myanmar

DO C 161E de 31.5.2011, p. 154–157 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

31.5.2011   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

CE 161/154


Jueves 20 de mayo de 2010
Birmania

P7_TA(2010)0196

Resolución del Parlamento Europeo, de 20 de mayo de 2010, sobre la situación en Birmania/Myanmar

2011/C 161 E/23

El Parlamento Europeo,

Vistas sus anteriores resoluciones sobre Birmania/Myanmar,

Vistos los artículos 18 a 21 de la Declaración Universal de Derechos Humanos (DUDH) de 1948,

Visto el artículo 25 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (ICCPR) de 1966,

Vista la declaración realizada el 5 de mayo de 2010 por Tomás Ojea Quintana, Relator Especial de las Naciones Unidas, a este respecto,

Vistas las conclusiones del Consejo sobre Birmania/Myanmar adoptadas durante la 3009 Reunión del Consejo de Asuntos Exteriores, celebrado en Luxemburgo el 26 de abril de 2010,

Vista la declaración realizada el 1 de marzo de 2010 por Catherine Ashton, Alta Representante, sobre el rechazo de la apelación de Aung San Suu Kyi por parte del Tribunal Supremo de Birmania/Myanmar,

Vista la declaración realizada por el Presidente en la 16 Cumbre ASEAN celebrada en Hanoi el 9 de abril de 2010,

Vistas las conclusiones del Consejo Europeo - Declaración sobre Birmania/Myanmar de 19 de junio de 2009,

Vistas las conclusiones del Consejo sobre Birmania/Myanmar adoptadas durante la 2938a Reunión del Consejo de Asuntos Generales celebrada en Luxemburgo el 27 de abril de 2009,

Vista la declaración de la Presidencia de la Unión Europea, de 23 de febrero de 2009, en la que se abogaba por un diálogo incluyente entre las autoridades y las fuerzas democráticas de Birmania/Myanmar,

Visto el informe del Secretario General de las Naciones Unidas, de 28 de agosto de 2009, sobre la situación de los derechos humanos en Birmania/Myanmar,

Vista la Resolución del Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, de 26 de marzo de 2010, sobre la situación de los derechos humanos en Birmania/Myanmar,

Vista la declaración de la Presidencia, en nombre de la Unión Europea, de 14 de mayo de 2009, sobre el arresto de Aung San Suu Kyi,

Visto el artículo 122, apartado 5, de su Reglamento,

A.

Considerando que las autoridades birmanas han anunciado la celebración de elecciones nacionales en 2010, las primeras desde 1990,

B.

Considerando que, tal como se han publicado, las cinco leyes electorales y los cuatro decretos violan todos los principios democráticos e impiden la celebración de elecciones libres, sobre todo porque excluyen a los 2 200 presos políticos conocidos que existen en el país; considerando que a los miembros de órdenes religiosas, entre ellos unos 400 000 monjes budistas de Birmania/Myanmar, se le prohíbe explícitamente votar, lo que pone de manifiesto la discriminación que ejerce constantemente la Junta Militar por motivos religiosos o de posición,

C.

Considerando que estas leyes violan los principios básicos de la libertad de expresión y el derecho de asociación; que los medios de comunicación birmanos establecidos en el extranjero, que constituyen la principal fuente de información para la población birmana, siguen teniendo prohibido operar dentro de Birmania/Myanmar,

D.

Considerando que estas leyes se basan en la Constitución de 2010, que garantiza la impunidad de los delitos cometidos por el régimen actual y prevé la suspensión total de los derechos fundamentales durante el estado de emergencia por un período indefinido; que la nueva Constitución de Birmania/Myanmar tiene por objeto mantener una dictadura de apariencia civil y no garantiza ningún derecho humano ni incluye ninguna perspectiva de verdadero cambio,

E.

Considerando que cualquier expresión de opiniones políticas disidentes se reprime de manera sistemática y brutal (detenciones arbitrarias, juicios injustos, encarcelamiento, tortura, ejecuciones extrajudiciales),

F.

Considerando que unas elecciones no se pueden considerar libres y justas sin la participación de la oposición,

G.

Considerando que la Liga Nacional para la Democracia, partido que consiguió una amplia victoria en las últimas elecciones democráticas, ha decidido boicotear estas elecciones a la vista de las condiciones impuestas; que la Liga Nacional para la Democracia fue disuelta por ley el 6 de mayo de 2010, tras no registrarse para las elecciones,

H.

Considerando la declaración pronunciada en la 16 Cumbre de la ASEAN, en la que se destacaba la importancia de una reconciliación y la celebración de elecciones libres, regulares y generales abiertas a todos,

I.

Considerando que el Relator Especial de las Naciones Unidas sobre Birmania/Myanmar ha condenado las violaciones graves y sistemáticas de los derechos humanos cometidas por la dictadura de Birmania/Myanmar y ha declarado que representan una política de estado en la que están involucradas autoridades ejecutivas, militares y judiciales a todos los niveles, y ha pedido la creación de una comisión de investigación de las Naciones Unidas sobre los crímenes de guerra y los crímenes contra la humanidad cometidos por la dictadura,

J.

Considerando que, a pesar de las reiteradas solicitudes efectuadas durante muchos meses, el Gobierno birmano se sigue negando a que el enviado especial de la UE para Birmania visite el país y entable un diálogo,

K.

Considerando que desde 2003 el Gobierno de Birmania/Myanmar ha rechazado todas las propuestas de las Naciones Unidas y de la comunidad internacional para reformar su «hoja de ruta hacia la democracia» en siete fases,

L.

Considerando que es sabido que en la actualidad hay en Birmania/Myanmar 2 200 presos políticos que se encuentran encarcelados por sus actividades pacíficas; que a más de 140 presos políticos se les ha denegado deliberadamente tratamiento médico, entre ellos Ko Mya Aye, líder del Grupo de Estudiantes de la Generación de 1988, gravemente enfermo del corazón,

M.

Considerando que los militares siguen violando los derechos humanos de la población civil en las zonas en las que existen conflictos étnicos, incluidas ejecuciones extrajudiciales, trabajos forzados y violencia sexual,

N.

Considerando que en el este de Birmania/Myanmar persisten los ataques contra los civiles de minorías étnicas, lo que ocasiona cientos de miles de desplazados a los que, debido a las restricciones respecto a la ayuda humanitaria impuestas por la dictadura, sólo les llega la ayuda transfronteriza de los países vecinos,

O.

Considerando que Aung San Suu Kyi, líder de la Liga Nacional para la Democracia, partido de la oposición, se encuentra en arresto domiciliario desde 2003; que fue arrestada el 14 de mayo de 2009 acusada de haber violado las condiciones de su arresto domiciliario al permitir la vista de un estadounidense, John Yettaw;que el 11 de agosto de 2009 un tribunal penal de la prisión de Insein, en Yangón, condenó a Suu Kyi a tres años de cárcel por violar su arresto domiciliario, condena que se redujo posteriormente a dieciocho meses de arresto domiciliario; que el 1 de marzo de 2010 el Tribunal Supremo de Birmania/Myanmar rechazo la apelación de Aung San Suu Kyi contra la injusta sentencia que le había sido impuesta en 2009,

P.

Considerando que la UE sigue siendo uno de los principales donantes para Birmania/Myanmar y está dispuesta a incrementar su ayuda a la población de este país para mejorar sus condiciones sociales y económicas,

Q.

Considerando que ECHO ha reducido la financiación destinada a los refugiados que se encuentran en la frontera entre Birmania y Tailandia, a pesar de que el número de refugiados sigue siendo prácticamente el mismo, y ha terminado financiando internados en los campos de refugiados,

R.

Considerando que el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, la Asamblea General de las Naciones Unidas, el Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, la Unión Europea y numerosos gobiernos han declarado que la solución al problema birmano se encuentra en un genuino diálogo tripartito entre Aung San Suu Kyi y la Liga Nacional para la Democracia, verdaderos representantes étnicos, y el Gobierno de Birmania, y que el Gobierno de Birmania se sigue negando a entablar este diálogo,

1.

Reitera su compromiso inquebrantable con la población de Birmania/Myanmar;

2.

Condena la organización de elecciones en unas condiciones en las que no existe ningún tipo de democracia y con arreglo a unas normas que excluyen al principal partido de la oposición democrática y que priva a cientos de miles de birmanos de su derecho de sufragio activo y pasivo en un claro intento de excluir de las votaciones a toda la oposición del país;

3.

Lamenta que, en virtud de la nueva Constitución, se garantice a los militares el 25 % como mínimo de los escaños en el Parlamento y que estos tengan competencias para suspender las libertades civiles y la autoridad legislativa cuando lo consideren necesario en interés de la seguridad nacional;

4.

Insta encarecidamente al Gobierno de Birmania/Myanmar a que tome sin demora las medidas necesarias para garantizar un proceso electoral libre, justo y transparente, incluida la participación de todos los votantes, todos los partidos políticos y todas las demás partes interesadas en el proceso electoral, y que acepte la presencia de observadores internacionales; pide la anulación de las leyes electorales publicadas en marzo, que no permiten la organización de elecciones libres y transparentes;

5.

Pide a las autoridades de Birmania/Myanmar que tengan en cuenta los llamamientos de la comunidad internacional en favor de la participación de Aung San Suu Kyi y todos los demás presos de conciencia en el proceso político;

6.

Pide a la comunidad internacional que haga todo lo posible por garantizar la celebración de unas elecciones libres y democráticas;

7.

Pide encarecidamente al Gobierno de Birmania/Myanmar que suspenda las restricciones que pesan sobre la libertad de reunión, asociación, movimiento y expresión y para la existencia de unos medios de comunicación libres e independientes, así como para un uso de Internet y unos servicios de telefonía móvil disponibles y accesibles al público, y que ponga fin al uso de la censura;

8.

Condena firmemente la violación continua y sistemática de los derechos humanos fundamentales y de los derechos democráticos de la población de Birmania/Myanmar; pide a las autoridades de este país que pongan fin a las violaciones de los derechos humanos y del Derecho humanitario internacional;

9.

Insta al Gobierno de Birmania/Myanmar a que libere a todos los presos de conciencia sin demora, incondicionalmente y restableciendo plenamente sus derechos políticos, y a que desista de llevar a cabo nuevas detenciones por razones políticas;

10.

Pide que la Alta Representante y los Estados miembros apoyen públicamente la recomendación del Relator Especial de las Naciones Unidas sobre Birmania/Myanmar en favor de que las Naciones Unidas creen una comisión de investigación sobre los crímenes de guerra y los crímenes contra la humanidad en Birmania/Myanmar, y que incluyan esta solicitud en el proyecto de resolución que se examinará en la Asamblea General en 2010;

11.

Destaca que los desafíos políticos y socioeconómicos a que se enfrenta Birmania/Myanmar sólo se pueden abordar mediante un verdadero diálogo entre todas las partes, incluidos los grupos étnicos y la oposición;

12.

Reitera la importancia capital de un verdadero proceso de diálogo y reconciliación nacional para la transición hacia la democracia; pide al Gobierno de Birmania/Myanmar que entable de inmediato un auténtico diálogo con todos los partidos y grupos étnicos; acoge favorablemente, en ese contexto, los esfuerzos de mediación desarrollados por el Secretario General de las Naciones Unidas y su Relator Especial sobre la situación de los derechos humanos en Birmania/Myanmar;

13.

Insta a los Gobiernos de China, India y Rusia a que utilicen su considerable influencia económica y política sobre las autoridades birmanas para lograr mejoras sustanciales en el país y a que pongan fin al suministro de armas y otros recursos estratégicos; pide a los Gobiernos de la ASEAN y de China, que mantienen una relación privilegiada con Birmania/Myanmar, que hagan uso de sus buenos oficios, en particular para intentar cambiar radicalmente la política birmana de limpieza étnica contra los rohingya, que es la causa de que cientos de miles de personas huyan por la frontera hacia Bangladesh y del aumento de los sufrimientos de las personas sumidas en la pobreza extrema que viven en la zona de Cox's Bazaar;

14.

Manifiesta su total apoyo al continuo trabajo del enviado especial de la UE, y pide a las autoridades de Birmania/Myanmar que cooperen plenamente con él;

15.

Se felicita de la decisión del Consejo de prorrogar las medidas restrictivas previstas en la actual decisión de la UE durante un año más, y hace hincapié en su intención de revisar, modificar o reforzar las medidas ya adoptadas según evolucione la situación;

16.

Pide a la Comisión que anule los recortes en la financiación destinada a los refugiados que se encuentran en la frontera entre Tailandia y Birmania y que empiece a conceder inmediatamente ayuda transfronteriza, en especial asistencia médica;

17.

Reitera su llamamiento en favor de una solución del problema de los refugiados rohingya en Bangladesh; insta al Gobierno de Bangladesh a que autorice su registro oficial como refugiados, y pide a las autoridades de Birmania/Myanmar que pongan fin a cualquier tipo de persecución de los rohingya y que respeten plenamente sus derechos fundamentales como minoría religiosa y étnica;

18.

Se felicita del apoyo de la Unión Europea a un embargo global de armas, e insta a los Gobiernos europeos y a la Comisión a que empiecen a trabajar activamente para lograr un consenso global en favor de dicha prohibición;

19.

Apoya la misión de mediación asumida por el Secretario General de las Naciones Unidas y se felicita de su compromiso de resolver el problema;

20.

Encarga a sus Delegación para las Relaciones con la ASEAN, China, Rusia, los Estados Unidos, India, los países del Sudeste Asiático y Japón que incluyan a Birmania/Myanmar en el orden del día de sus reuniones con sus homólogos e interlocutores en dichos países;

21.

Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución a la Vicepresidenta de la Comisión/Alta Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad, a los Gobiernos y Parlamentos de los Estados miembros, al enviado especial de la Unión Europea para Birmania, al Consejo Estatal de Paz y Desarrollo birmano, a los Gobiernos de la ASEAN y a los Estados miembros de la ASEM, a la Secretaría de la ASEM, al Grupo Interparlamentario para Myanmar de la ASEAN, a Daw Aung San Suu Kyi, al Secretario General de las Naciones Unidas, al Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos y al Relator especial de las Naciones Unidas sobre la situación de los derechos humanos en Birmania/Myanmar.


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