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Document 62008CA0515

Asunto C-515/08: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Segunda) de 7 de octubre de 2010 (petición de decisión prejudicial planteada por el Rechtbank van eerste aanleg te Antwerpen — Bélgica) — Proceso penal contra Vitor Manuel dos Santos Palhota, Mário de Moura Gonçalves, Fernando Luis das Neves Palhota, Termiso Lda (Libre prestación de servicios — Artículos 56 TFUE y 57 TFUE — Desplazamiento de trabajadores — Restricciones — Empleadores establecidos en otro Estado miembro — Registro de declaración previa de desplazamiento — Documentos sociales o laborales — Equivalentes a los previstos por el Derecho del Estado miembro de acogida — Copia — Tenencia a disposición de las autoridades nacionales)

DO C 328 de 4.12.2010, p. 4–4 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

4.12.2010   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 328/4


Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Segunda) de 7 de octubre de 2010 (petición de decisión prejudicial planteada por el Rechtbank van eerste aanleg te Antwerpen — Bélgica) — Proceso penal contra Vitor Manuel dos Santos Palhota, Mário de Moura Gonçalves, Fernando Luis das Neves Palhota, Termiso Lda

(Asunto C-515/08) (1)

(Libre prestación de servicios - Artículos 56 TFUE y 57 TFUE - Desplazamiento de trabajadores - Restricciones - Empleadores establecidos en otro Estado miembro - Registro de declaración previa de desplazamiento - Documentos sociales o laborales - Equivalentes a los previstos por el Derecho del Estado miembro de acogida - Copia - Tenencia a disposición de las autoridades nacionales)

2010/C 328/05

Lengua de procedimiento: neerlandés

Órgano jurisdiccional remitente

Rechtbank van eerste aanleg te Antwerpen.

Partes en el proceso principal

Vitor Manuel dos Santos Palhota, Mário de Moura Gonçalves, Fernando Luis das Neves Palhota, Termiso Lda

Objeto

Petición de decisión prejudicial — Rechtbank van eerste aanleg te Antwerpen — Interpretación de los artículos 49 CE y 50 CE — Normativa nacional que obliga a las empresas del sector de la construcción que temporalmente realicen trabajos en otro Estado miembro a proporcionar a las autoridades del país de acogida una declaración de desplazamiento

Fallo

Los artículos 56 TFUE y 57 TFUE se oponen a una normativa de un Estado miembro que obliga a un empleador establecido en otro Estado miembro que desplaza trabajadores al territorio del primer Estado a enviar una declaración previa de desplazamiento, en la medida en que el comienzo del desplazamiento previsto se subordina a la notificación a este empleador de un número de registro de la declaración y que las autoridades nacionales de ese primer Estado disponen de un plazo de cinco días laborables, desde de la recepción de ésta, para efectuar esta notificación.

Los artículos 56 TFUE y 57 TFUE no se oponen a una normativa de un Estado miembro que obliga a un empleador establecido en otro Estado miembro que desplaza trabajadores al territorio del primer Estado a tener a disposición de las autoridades nacionales de éste, durante el período de desplazamiento, una copia de los documentos equivalentes a los documentos sociales o laborales exigidos por la legislación del primer Estado, así como a enviar dicha copia a estas autoridades al término de este período.


(1)  DO C 44, de 21.2.2009.


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