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Dokument 62008CA0512
Case C-512/08: Judgment of the Court (Grand Chamber) of 5 October 2010 — European Commission v French Republic (Failure of a Member State to fulfil obligations — Article 49 EC — Social security — Medical treatment proposed in another Member State and requiring the use of major medical equipment — Requirement of prior authorisation — Planned treatment provided in another Member State — Difference in the levels of cover in force in the Member State of affiliation and in the Member State of stay, respectively — Insured person’s right to assistance by the competent institution to supplement that of the institution of the Member State of stay)
Asunto C-512/08: Sentencia del Tribunal de Justicia (Gran Sala) de 5 de octubre 2010 — Comisión Europea/República Francesa ( Incumplimiento de Estado — Artículo 49 CE — Seguridad social — Asistencia médica proyectada en otro Estado miembro que requiere la utilización de equipos materiales particularmente onerosos — Exigencia de autorización previa — Asistencia programada dispensada en otro Estado miembro — Diferencia entre los niveles de cobertura en vigor en el Estado miembro de afiliación y en el Estado miembro de estancia — Derecho del asegurado social a una intervención de la institución competente complementaria de la de la institución del Estado miembro de estancia )
Asunto C-512/08: Sentencia del Tribunal de Justicia (Gran Sala) de 5 de octubre 2010 — Comisión Europea/República Francesa ( Incumplimiento de Estado — Artículo 49 CE — Seguridad social — Asistencia médica proyectada en otro Estado miembro que requiere la utilización de equipos materiales particularmente onerosos — Exigencia de autorización previa — Asistencia programada dispensada en otro Estado miembro — Diferencia entre los niveles de cobertura en vigor en el Estado miembro de afiliación y en el Estado miembro de estancia — Derecho del asegurado social a una intervención de la institución competente complementaria de la de la institución del Estado miembro de estancia )
DO C 328 de 4.12.2010, S. 3–3
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
4.12.2010 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 328/3 |
Sentencia del Tribunal de Justicia (Gran Sala) de 5 de octubre 2010 — Comisión Europea/República Francesa
(Asunto C-512/08) (1)
(Incumplimiento de Estado - Artículo 49 CE - Seguridad social - Asistencia médica proyectada en otro Estado miembro que requiere la utilización de equipos materiales particularmente onerosos - Exigencia de autorización previa - Asistencia programada dispensada en otro Estado miembro - Diferencia entre los niveles de cobertura en vigor en el Estado miembro de afiliación y en el Estado miembro de estancia - Derecho del asegurado social a una intervención de la institución competente complementaria de la de la institución del Estado miembro de estancia)
2010/C 328/04
Lengua de procedimiento: francés
Partes
Demandante: Comisión Europea (representantes: N. Yerrell, G. Rozet y E. Traversa, agentes)
Demandada: República Francesa (representantes: A. Czubinski y G. de Bergues, agentes)
Partes coadyuvantes en apoyo de la demandada: Reino de España (representante: J.M. Rodríguez Cárcamo, agente), República de Finlandia (representante: A. Guimaraes-Purokoski, agente), Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte (representantes: I. Rao, S. Ossowski, agentes y M.-E. Demetriou, Barrister)
Objeto
Incumplimiento de Estado — Violación del artículo 49 CE — Necesidad de autorización previa de las autoridades del Estado de afiliación para obtener el reembolso de determinadas prestaciones no hospitalarias recibidas en otro Estado miembro — Inexistencia de reembolso de la diferencia entre el importe percibido por el asegurado que ha recibido atención hospitalaria en un Estado miembro distinto al Estado de afiliación y el importe al que habría tenido derecho si la misma atención hubiese sido dispensada en el Estado de afiliación — Obstáculos injustificados a la libre prestación de servicios.
Fallo
1) |
Desestimar el recurso. |
2) |
Condenar en costas a la Comisión Europea. |
3) |
El Reino de España, la República de Finlandia y el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte cargarán con sus propias costas. |