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Document 62007TA0166
Joined Cases T-166/07 and T-285/07: Judgment of the General Court of 13 September 2010 — Italy v Commission (Rules on the use of languages — Notice of open competitions for the recruitment of administrators and assistants — Publication in three official languages — Amendments — Publication in all the official languages — Choice of the second language from three languages — Regulation No 1 — Articles 27, 28 and 29(1) of the Staff Regulations — Article 1(1) and (2) of Annex III to the Staff Regulations — Obligation to state reasons — Principle of non-discrimination — Misuse of power)
Asuntos acumulados T-166/07 y T-285/07: Sentencia del Tribunal General de 13 de septiembre de 2010 — Italia/Comisión ( «Régimen lingüístico — Convocatoria de concurso para la selección de administradores y asistentes — Publicación en tres lenguas oficiales — Correcciones — Publicación en todas las lenguas oficiales — Elección de la segunda lengua entre tres lenguas — Reglamento n ° 1 — Artículos 27, 28 y 29, apartado 1, del Estatuto — Artículo 1, apartados 1 y 2, del Anexo III al Estatuto — Obligación de motivación — Principio de no discriminación — Desviación de poder» )
Asuntos acumulados T-166/07 y T-285/07: Sentencia del Tribunal General de 13 de septiembre de 2010 — Italia/Comisión ( «Régimen lingüístico — Convocatoria de concurso para la selección de administradores y asistentes — Publicación en tres lenguas oficiales — Correcciones — Publicación en todas las lenguas oficiales — Elección de la segunda lengua entre tres lenguas — Reglamento n ° 1 — Artículos 27, 28 y 29, apartado 1, del Estatuto — Artículo 1, apartados 1 y 2, del Anexo III al Estatuto — Obligación de motivación — Principio de no discriminación — Desviación de poder» )
DO C 301 de 6.11.2010, p. 24–24
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
6.11.2010 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 301/24 |
Sentencia del Tribunal General de 13 de septiembre de 2010 — Italia/Comisión
(Asuntos acumulados T-166/07 y T-285/07) (1)
(Régimen lingüístico - Convocatoria de concurso para la selección de administradores y asistentes - Publicación en tres lenguas oficiales - Correcciones - Publicación en todas las lenguas oficiales - Elección de la segunda lengua entre tres lenguas - Reglamento no 1 - Artículos 27, 28 y 29, apartado 1, del Estatuto - Artículo 1, apartados 1 y 2, del Anexo III al Estatuto - Obligación de motivación - Principio de no discriminación - Desviación de poder)
2010/C 301/38
Lengua de procedimiento: italiano
Partes
Demandante: República Italiana (representantes: en el asunto T-166/07, Paolo Gentili, Avvocato dello Stato y, en el asunto T-285/07, inicialmente P. Gentili y B. Braguglia, agente, posteriormente P. Gentili y R. Adam, agente, y finalmente P. Gentili e I. Bruni, agente)
Demandada: Comisión Europea (representantes: en el asunto T-166/07, inicialmente, J. Currall, H. Krämer y M. Velardo, agentes, posteriormente J. Currall e I. Baquero Cruz, agente, asistidos por A. Dal Ferro, abogado, y, en el asunto T-285/07, inicialmente por J. Currall y A. Aresu, agente, posteriormente J. Currall e I. Baquero Cruz, asistidos por A. Dal Ferro)
Partes coadyuvantes en apoyo de la demandante: República de Lituania (representante: D. Kriaučiūnas, agente) (asunto T-166/07) y República Helénica representantes: S. Vodina y M. Michelogiannaki, agentes) (asunto T-285/07)
Objeto
Anulación de la convocatoria de los concursos EPSO/AD/94/07, cuyo objeto consiste en la confección de una lista de aptitud para la selección de administradores (AD 5) en el sector de la información, de la comunicación y de los medios audiovisuales (DO 2007, C 45 A, p. 3), EPSO/AST/37/07, cuyo objeto consiste en la confección de una lista de aptitud para la selección de asistentes (AST 3) en el sector de la comunicación y de la información (DO 2007, C 45 A, p. 15), y EPSO/AD/95/07 para la constitución de una lista de aptitud de administradores (AD 5) en el ámbito de las ciencias de la información (biblioteconomía/documentación) (DO 2007, C 103 A, p. 7).
Fallo
1) |
Desestimar los recursos. |
2) |
La República Italiana cargará con sus propias costas y con aquellas en las que haya incurrido la Comisión Europea. |
3) |
La República de Lituania y la República Helénica cargarán con sus propias costas. |