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Document 62010CN0363

Asunto C-363/10: Petición de decisión prejudicial planteada por el Tribunal Judicial de Póvoa de Lanhoso (Portugal) el 21 de julio de 2010 — Maria de Jesus Barbosa Rodrigues/Companhia de Seguros Zurich SA

DO C 288 de 23.10.2010, p. 19–19 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

23.10.2010   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 288/19


Petición de decisión prejudicial planteada por el Tribunal Judicial de Póvoa de Lanhoso (Portugal) el 21 de julio de 2010 — Maria de Jesus Barbosa Rodrigues/Companhia de Seguros Zurich SA

(Asunto C-363/10)

()

(2010/C 288/31)

Lengua de procedimiento: portugués

Órgano jurisdiccional remitente

Tribunal Judicial de Póvoa de Lanhoso

Partes en el procedimiento principal

Demandante: Maria de Jesus Barbosa Rodrigues

Demandada: Companhia de Seguros Zurich SA

Cuestión prejudicial

En caso de colisión entre vehículos y cuando el accidente, con resultado de muerte para uno de los conductores, no pueda imputarse a ninguno de los conductores a título de culpa, ¿es contraria al Derecho comunitario y, en concreto, al artículo 3, apartado 1, de la Primera Directiva (72/166/CEE), (1) al artículo 2, apartado 1, de la Segunda Directiva (84/5/CEE) (2) y al artículo 1 de la Tercera Directiva (90/232/CEE), (3) en la interpretación que de estas disposiciones viene realizando el Tribunal de Justicia, la posibilidad de establecer un reparto de la responsabilidad por riesgo (artículo 506, apartados 1 y 2, del Código Civil) que tiene reflejo directo en la cuantía de la indemnización que debe atribuirse a las personas con derecho a ella –los padres de la víctima–, por cuanto implica la reducción de esta cuantía en igual proporción?


(1)  Directiva 72/166/CEE del Consejo, de 24 de abril de 1972, relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros sobre el seguro de la responsabilidad civil que resulta de la circulación de vehículos automóviles, así como sobre el control de la obligación de asegurar esta responsabilidad (DO L 103, p. 1; EE 13/02, p. 113).

(2)  Directiva 84/5/CEE del Consejo, de 30 de diciembre de 1983, Segunda Directiva relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros sobre el seguro de responsabilidad civil que resulta de la circulación de los vehículos automóviles (DO 1984, L 8, p. 17; EE 13/15, p. 244).

(3)  Directiva 90/232/CEE del Consejo, de 14 de mayo de 1990, Tercera Directiva relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros sobre el seguro de responsabilidad civil derivada de la circulación de vehículos automóviles (DO L 129, p. 33).


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