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Document 62010CN0101

    Asunto C-101/10: Petición de decisión prejudicial planteada por el Oberste Berufungs- und Disziplinarkommission (Austria) el 23 de febrero de 2010 — Gentcho Pavlov y Gregor Famira/Ausschuss der Rechtsanwaltskammer Wien

    DO C 134 de 22.5.2010, p. 18–19 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    22.5.2010   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    C 134/18


    Petición de decisión prejudicial planteada por el Oberste Berufungs- und Disziplinarkommission (Austria) el 23 de febrero de 2010 — Gentcho Pavlov y Gregor Famira/Ausschuss der Rechtsanwaltskammer Wien

    (Asunto C-101/10)

    2010/C 134/28

    Lengua de procedimiento: alemán

    Órgano jurisdiccional remitente

    Oberste Berufungs- und Disziplinarkommission (Austria)

    Partes en el procedimiento principal

    Demandante: Gentcho Pavlov y Gregor Famira

    Demandada: Ausschuss der Rechtsanwaltskammer Wien

    Cuestiones prejudiciales

    1)

    ¿Era el artículo 38, apartado 1, del Acuerdo europeo por el que se crea una asociación entre las Comunidades Europeas y sus Estados miembros, por una parte, y la República de Bulgaria, por otra, (1) directamente aplicable, en el período comprendido entre el 2 de enero de 2004 y el 31 de diciembre de 2006, al procedimiento de inscripción de un nacional búlgaro en la lista de abogados en prácticas?

    En caso de respuesta afirmativa a la primera cuestión:

    2)

    ¿Se oponía el artículo 38, apartado 1, del Acuerdo europeo por el que se crea una asociación entre las Comunidades Europeas y sus Estados miembros, por una parte, y la República de Bulgaria, por otra, a que se aplicase el artículo 30, apartados 1 y 5, de la Österreichische Rechtsanwaltsordnung (Estatuto de la Abogacía austriaco) –con arreglo al cual para la inscripción es necesario, entre otros requisitos, acreditar la nacionalidad austriaca u otra nacionalidad equiparable– a la solicitud, presentada el 2 de enero de 2004 por un nacional búlgaro empleado por un abogado austriaco, de inscripción en la lista austriaca de abogados en prácticas y de obtención de un título de habilitación conforme al artículo 15, apartado 3, de la Österreichische Rechtsanwaltsordnung, y a que se desestimase la solicitud únicamente por razón de la nacionalidad, pese a cumplirse los demás requisitos y haberse concedido un permiso de residencia y trabajo para Austria?


    (1)  DO L 358, de 31.12.1994, p. 3.


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