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Document 62010CN0101
Case C-101/10: Reference for a preliminary ruling from the Oberste Berufungs- und Disziplinarkommission (Austria) lodged on 23 February 2010 — Gentcho Pavlov and Gregor Famira v Ausschuss der Rechtsanwaltskammer Wien
Asunto C-101/10: Petición de decisión prejudicial planteada por el Oberste Berufungs- und Disziplinarkommission (Austria) el 23 de febrero de 2010 — Gentcho Pavlov y Gregor Famira/Ausschuss der Rechtsanwaltskammer Wien
Asunto C-101/10: Petición de decisión prejudicial planteada por el Oberste Berufungs- und Disziplinarkommission (Austria) el 23 de febrero de 2010 — Gentcho Pavlov y Gregor Famira/Ausschuss der Rechtsanwaltskammer Wien
DO C 134 de 22.5.2010, p. 18–19
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
22.5.2010 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 134/18 |
Petición de decisión prejudicial planteada por el Oberste Berufungs- und Disziplinarkommission (Austria) el 23 de febrero de 2010 — Gentcho Pavlov y Gregor Famira/Ausschuss der Rechtsanwaltskammer Wien
(Asunto C-101/10)
2010/C 134/28
Lengua de procedimiento: alemán
Órgano jurisdiccional remitente
Oberste Berufungs- und Disziplinarkommission (Austria)
Partes en el procedimiento principal
Demandante: Gentcho Pavlov y Gregor Famira
Demandada: Ausschuss der Rechtsanwaltskammer Wien
Cuestiones prejudiciales
1) |
¿Era el artículo 38, apartado 1, del Acuerdo europeo por el que se crea una asociación entre las Comunidades Europeas y sus Estados miembros, por una parte, y la República de Bulgaria, por otra, (1) directamente aplicable, en el período comprendido entre el 2 de enero de 2004 y el 31 de diciembre de 2006, al procedimiento de inscripción de un nacional búlgaro en la lista de abogados en prácticas? En caso de respuesta afirmativa a la primera cuestión: |
2) |
¿Se oponía el artículo 38, apartado 1, del Acuerdo europeo por el que se crea una asociación entre las Comunidades Europeas y sus Estados miembros, por una parte, y la República de Bulgaria, por otra, a que se aplicase el artículo 30, apartados 1 y 5, de la Österreichische Rechtsanwaltsordnung (Estatuto de la Abogacía austriaco) –con arreglo al cual para la inscripción es necesario, entre otros requisitos, acreditar la nacionalidad austriaca u otra nacionalidad equiparable– a la solicitud, presentada el 2 de enero de 2004 por un nacional búlgaro empleado por un abogado austriaco, de inscripción en la lista austriaca de abogados en prácticas y de obtención de un título de habilitación conforme al artículo 15, apartado 3, de la Österreichische Rechtsanwaltsordnung, y a que se desestimase la solicitud únicamente por razón de la nacionalidad, pese a cumplirse los demás requisitos y haberse concedido un permiso de residencia y trabajo para Austria? |
(1) DO L 358, de 31.12.1994, p. 3.