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Dieses Dokument ist ein Auszug aus dem EUR-Lex-Portal.

Dokument 62008CA0440

    Asunto C-440/08: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Primera) de 18 de marzo de 2010 (petición de decisión prejudicial planteada por el Hoge Raad der Nederlanden — Países Bajos) — F. Gielen/Staatssecretaris van Financiën (Fiscalidad directa — Artículo 43 CE — Sujeto pasivo no residente — Empresario — Derecho a una deducción en favor de los trabajadores por cuenta propia — Criterio horario — Discriminación entre sujetos pasivos residentes y no residentes — Opción de equiparación)

    DO C 134 de 22.5.2010, S. 6–6 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    22.5.2010   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    C 134/6


    Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Primera) de 18 de marzo de 2010 (petición de decisión prejudicial planteada por el Hoge Raad der Nederlanden — Países Bajos) — F. Gielen/Staatssecretaris van Financiën

    (Asunto C-440/08) (1)

    (Fiscalidad directa - Artículo 43 CE - Sujeto pasivo no residente - Empresario - Derecho a una deducción en favor de los trabajadores por cuenta propia - Criterio horario - Discriminación entre sujetos pasivos residentes y no residentes - Opción de equiparación)

    2010/C 134/09

    Lengua de procedimiento: neerlandés

    Órgano jurisdiccional remitente

    Hoge Raad der Nederlanden

    Partes en el procedimiento principal

    Demandante: F. Gielen

    Demandada: Staatssecretaris van Financiën

    Objeto

    Petición de decisión prejudicial — Hoge Raad der Nederlanden — Interpretación del artículo 43 CE — Normativa nacional que concede a los trabajadores por cuenta propia el derecho a deducir del beneficio obtenido una cantidad fija si han dedicado al menos 1 225 horas durante el año natural a las actividades de la empresa — Horas de actividad dedicadas a una empresa establecida en otro Estado miembro que no se tienen en cuenta solamente en el caso de que el sujeto pasivo sea no residente.

    Fallo

    El artículo 49 TFUE se opone a una normativa nacional que, por lo que se refiere a la concesión de una ventaja fiscal, como la deducción en favor de los trabajadores por cuenta propia controvertida en el litigio principal, tiene efectos discriminatorios respecto a los sujetos pasivos no residentes, aun cuando éstos puedan, en lo que atañe a dicha ventaja, optar por el régimen aplicable a los sujetos pasivos residentes.


    (1)  DO C 327, de 20.12.2008.


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