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Document 62009CA0258

Asunto C-258/09: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Sexta) de 4 de marzo de 2010 — Comisión Europea/Reino de Bélgica (Incumplimiento de Estado — Medio ambiente — Directiva 2008/1/CE — Prevención y control integrados de la contaminación — No adaptación del Derecho interno dentro del plazo señalado)

DO C 113 de 1.5.2010, p. 14–15 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

1.5.2010   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 113/14


Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Sexta) de 4 de marzo de 2010 — Comisión Europea/Reino de Bélgica

(Asunto C-258/09) (1)

(Incumplimiento de Estado - Medio ambiente - Directiva 2008/1/CE - Prevención y control integrados de la contaminación - No adaptación del Derecho interno dentro del plazo señalado)

2010/C 113/20

Lengua de procedimiento: francés

Partes

Demandante: Comisión Europea (representantes: A. Alcover San Pedro y A. Marghelis, agentes)

Demandada: Reino de Bélgica (representante: T. Materne, agente)

Objeto

No adopción ni comunicación, dentro del plazo señalado, de las medidas necesarias para dar cumplimiento, en la Región Valona, a lo dispuesto en el artículo 5, apartado 1, de la Directiva 2008/1/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de enero de 2008, relativa a la prevención y al control integrados de la contaminación (DO L 24, p. 8) — Instalaciones existentes que pueden tener repercusiones en las emisiones a la atmósfera, el agua o el suelo y en la contaminación.

Fallo

1)

Declarar que el Reino de Bélgica ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud de la Directiva 2008/1/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de enero de 2008, relativa a la prevención y al control integrados de la contaminación, al autorizar, en la Región Valona, el funcionamiento de instalaciones existentes no conformes con los requisitos que establecen los artículos 3, 7, 9, 10, 13, 14, letras a) y b), y 15, apartado 2, y ello pese al vencimiento previsto el 30 de octubre de 2007, tal como establece el artículo 5, apartado 1, de dicha Directiva.

2)

Condenar en costas al Reino de Bélgica.


(1)  DO C 220, de 12.9.2009.


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