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Document 62009TB0071
Case T-71/09: Order of the General Court of 5 January 2010 — Química Atlântica v Commission (Action for failure to act — Adoption of a position — Article 44(1)(c)of the Rules of Procedure of the Court of First Instance — Inadmissibility)
Asunto T-71/09: Auto del Tribunal General de 5 de enero de 2010 — Química Atlântica/Comisión ( Recurso por omisión — Definición de posición — Recurso de indemnización — Artículo 44, apartado 1, letra c), del Reglamento de Procedimiento del Tribunal General — Inadmisibilidad )
Asunto T-71/09: Auto del Tribunal General de 5 de enero de 2010 — Química Atlântica/Comisión ( Recurso por omisión — Definición de posición — Recurso de indemnización — Artículo 44, apartado 1, letra c), del Reglamento de Procedimiento del Tribunal General — Inadmisibilidad )
DO C 51 de 27.2.2010, p. 32–32
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
27.2.2010 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 51/32 |
Auto del Tribunal General de 5 de enero de 2010 — Química Atlântica/Comisión
(Asunto T-71/09) (1)
(«Recurso por omisión - Definición de posición - Recurso de indemnización - Artículo 44, apartado 1, letra c), del Reglamento de Procedimiento del Tribunal General - Inadmisibilidad»)
2010/C 51/62
Lengua de procedimiento: portugués
Partes
Demandante: Química Atlântica L.da (Lisboa) (representante: J. Teixeira Alves, abogado)
Demandada: Comisión Europea (representantes: M. Afonso y L. Bouyon, agentes)
Objeto
Recurso por el que se solicita, por un lado, que se declare que la Comisión ha incurrido en omisión al no haber adoptado, como debía, las medidas necesarias para armonizar los criterios de clasificación arancelaria del fosfato dicálcico y, por otro lado, bien que se reembolse la diferencia entre los importes que la demandante ha tenido que pagar desde 1995 en concepto de derechos de aduana y los que habrían resultado de aplicar a la importación de fosfato dicálcico de Túnez el tipo correspondiente al código aduanero 28 35 25 90, bien que se conceda una indemnización de un importe equivalente.
Fallo
1) |
Desestimar el recurso. |
2) |
No procede pronunciarse sobre la demanda de intervención de Timab Ibérica, S.L. |
3) |
Química Atlântica L.da, cargará con sus propias costas y con las de la Comisión Europea. |