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Document 52009AE1034

Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre la Comunicación de la Comisión al Consejo, al Parlamento Europeo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones — Hacia una estrategia de la UE sobre especies invasoras COM(2008) 789 final

DO C 306 de 16.12.2009, p. 42–45 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

16.12.2009   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 306/42


Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre la «Comunicación de la Comisión al Consejo, al Parlamento Europeo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones — Hacia una estrategia de la UE sobre especies invasoras»

COM(2008) 789 final

2009/C 306/10

El 3 de diciembre de 2008, de conformidad con el artículo 262 del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, la Comisión Europea decidió consultar al Comité Económico y Social Europeo sobre la

«Comunicación de la Comisión al Consejo, al Parlamento Europeo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones – Hacia una estrategia de la UE sobre especies invasoras»

El 24 de febrero de 2009, la Mesa del Comité Económico y Social Europeo encargó a la Sección Especializada de Agricultura, Desarrollo Rural y Medio Ambiente la preparación de los trabajos del Comité en este asunto.

Dada la urgencia de los trabajos, en su 454o Pleno de los días 10 y 11 de junio de 2009 (sesión del 11 de junio de 2009), el Comité Económico y Social Europeo ha nombrado ponente general a Martin SIECKER y ha aprobado por 109 votos a favor y 2 abstenciones el presente Dictamen.

1.   Conclusiones y recomendaciones

1.1

Las especies invasoras son una amenaza cada vez mayor para la biodiversidad, la agricultura y la salud pública. En la actualidad se calcula que el coste de las especies invasoras es de entre 10 y 12 mil millones de euros anuales, lo cual las convierte, además, en una amenaza real para la economía.

1.2

El Comité reconoce que existe una clara necesidad de acción, expresada también al más alto nivel político, y toma nota de las cuatro opciones políticas para afrontar el problema de las especies invasoras que se describen en la Comunicación: situación sin cambios, recurso a los instrumentos jurídicos existentes junto con medidas voluntarias, adaptación de la legislación vigente y aplicación de un instrumento jurídico completo y específico a nivel de la UE.

1.3

El Comité reconoce que el documento aporta un análisis excelente, pero al mismo tiempo observa que la Comunidad debería haber respondido hace ya tres años, cuando se aprobó el Plan de Acción para la Biodiversidad, y, por tanto, exige una acción inmediata.

1.4

El Comité está convencido de que el mejor modo de afrontar la amenaza de las especies invasoras sería adoptar un instrumento jurídico completo y específico a nivel de la UE, además de crear una agencia europea que supervisara su aplicación.

1.5

El Comité insiste en la necesidad de sensibilizar a los ciudadanos de la UE sobre la amenaza que suponen las especies invasoras, debido al rápido incremento de las actividades de comercio y transporte. Esto podría conseguirse a través de la comunicación y la educación, insistiendo en los diversos peligros y en el coste económico de no actuar o de hacerlo de forma insuficiente.

1.6

El Comité considera importante recoger debidamente los aspectos sociales del problema de las especies invasoras en la aplicación de las normas comunitarias vigentes o en un futuro instrumento jurídico completo a nivel de la UE, por ejemplo, los notables riesgos para la salud derivados de la gasificación de los buques cisterna a su llegada a los puertos de la UE.

2.   Lo que está en juego

2.1   ¿Qué se entiende por «especies invasoras»?

2.1.1

En este documento, la expresión «especies invasoras» abarca el concepto de «especies exóticas invasoras» que se utiliza en el Convenio sobre la diversidad biológica y el de «especies alóctonas invasoras». En términos generales, por «especies invasoras» se entienden aquellas cuya introducción o propagación puede constituir una amenaza para la diversidad biológica o tener otras consecuencias imprevistas. La Comisión Europea afirma en su Comunicación que las especies invasoras son un problema cada vez más grave en la UE.

2.1.2

En el proyecto DAISIE, financiado con cargo al Sexto Programa marco comunitario de investigación, se identificaron 10 882 especies alóctonas en Europa, y se teme que entre el 10 % y el 15 % de esas especies tengan un impacto económico o ecológico negativo. Los principales factores que afectan directamente a la biodiversidad son las modificaciones de los hábitats, el cambio climático, la sobreexplotación, la contaminación y las especies invasoras.

2.2   La necesidad de actuar

2.2.1

Aunque la UE dispone de instrumentos que se ocupan de cuatro de esos cinco factores, en la actualidad, al contrario de lo que ocurre en muchos otros países de la OCDE, no existe ningún instrumento global a nivel de la Unión para controlar las especies invasoras. Esta deficiencia debe subsanarse para que «se ponga freno al declive de la diversidad biológica con el fin de alcanzar este objetivo para 2010». Además, las especies invasoras suponen una grave amenaza económica para la UE.

2.2.2

Desde las más altas esferas políticas se ha afirmado que es necesaria una acción coordinada para controlar el problema de las especies invasoras. El Consejo de Medio Ambiente, el Parlamento Europeo, el Comité de las Regiones (1) y el Comité Económico y Social Europeo (2) han insistido, todos ellos, en la necesidad de una estrategia de la UE sobre especies invasoras y un sistema eficaz de alerta rápida, así como de mecanismos de respuesta adecuados a nivel de la UE. Compromisos similares figuran también en el VI Programa de Medio Ambiente y en la Comunicación de la Comisión «Detener la pérdida de biodiversidad para 2010 y más adelante», así como en el Plan de Acción asociado a ella.

2.3   Las principales vías de entrada

2.3.1

Las especies invasoras pueden llegar a una región por tres mecanismos generales: la importación como mercancía, la introducción a través de un vector de transporte y la propagación natural desde otra región cercana en la que la especie es también exótica. Estos tres mecanismos se traducen en seis vías principales: liberación, escape, contaminante, polizón, corredor y sin ayuda.

2.3.2

El rápido incremento de las actividades de comercio y de transporte multiplica las posibilidades de que se introduzcan especies invasoras y aumenta la presión medioambiental. La existencia del mercado único significa que, una vez introducida una especie invasora en el territorio de un Estado miembro, puede propagarse rápidamente por toda la UE. Así pues, las cuestiones relacionadas con el comercio sólo pueden abordarse con eficacia en la frontera exterior de la CE. Teniendo en cuenta la manera en que estas especies se establecen y propagan, las medidas adoptadas por un Estado miembro pueden verse totalmente anuladas si los países vecinos no actúan o si responden de forma no coordinada.

2.3.3

El aumento de las concentraciones de CO2, las temperaturas más altas, el incremento de la deposición de nitrógeno, la alteración de los regímenes de perturbación y la mayor degradación de los hábitats pueden facilitar nuevas invasiones.

3.   El impacto

3.1   Impacto en la ecología

Las consecuencias medioambientales de la presencia de especies invasoras son considerables, desde cambios en ecosistemas enteros y la práctica extinción de las especies autóctonas hasta cambios ecológicos más sutiles. Se considera que las especies invasoras son una de las amenazas más graves para la biodiversidad.

3.2   Impacto en la economía

Las especies invasoras pueden reducir el rendimiento de la agricultura, la silvicultura y la pesca. Se sabe, además, que reducen la disponibilidad de agua y degradan las tierras al aumentar la erosión del suelo.

3.3   Impacto en la salud pública

Las especies invasoras provocan diversos problemas de salud humana, como las alergias y las afecciones cutáneas, cuyos efectos se agravan con el cambio climático.

3.4   Impacto en los presupuestos

En 2008, una primera estimación permitió situar los costes ocasionados por las especies invasoras en Europa entre 9 600 y 12 700 millones de euros anuales. No hay duda de que los costes se han subestimado, ya que esta cifra se basa en los gastos actuales de erradicación y control de las especies invasoras y en los costes probados del impacto económico.

4.   Formas de solucionar el problema de las especies invasoras

4.1   Como respuesta política a las amenazas que plantean las especies invasoras, a nivel internacional se acordó un «enfoque jerárquico en tres etapas» para apoyar la adopción de medidas basadas en 1) la prevención, 2) la pronta detección y erradicación y 3) la contención y medidas de control a largo plazo.

4.1.1   Prevención

Para reducir o impedir que el comercio introduzca más especies invasoras sería necesario aumentar los controles y las inspecciones en las fronteras. La introducción deliberada podría impedirse imponiendo unas normas más estrictas, complementadas con el intercambio de información entre organismos nacionales, regionales e internacionales que trabajen en el control de las especies invasoras. La ratificación y aplicación del Convenio internacional para el control y la gestión del agua de lastre y los sedimentos de los buques facilitaría la tarea de impedir la introducción de organismos que llegan como polizones en el casco o el agua de lastre de los barcos.

4.1.2   Pronta detección y erradicación

La pronta detección y la rápida erradicación de especies invasoras dependen de programas eficaces de vigilancia asociados a un mecanismo de alerta rápida para poner sobre aviso lo antes posible a otras zonas que puedan verse afectadas e intercambiar información sobre posibles estrategias de erradicación.

4.1.3   Control y contención

Cuando una especie invasora ya se ha establecido y propagado, debe insistirse en las medidas de control y contención. En este caso también se debe realizar un intercambio eficaz de información y aplicar campañas y acciones coordinadas para controlar y detener la propagación de la especie.

5.   Instrumentos existentes y opciones políticas

5.1   Legislación existente

En cuanto a los distintos elementos de una estrategia como la mencionada más arriba, la Comisión ha evaluado la legislación comunitaria en vigor, los programas de investigación, los planes de acción y otras iniciativas. Su conclusión es que existen grandes vacíos entre los diversos instrumentos jurídicos existentes en la UE, lo cual hace prácticamente imposible dar una respuesta adecuada a la amenaza de las especies invasoras. En el ámbito internacional, la Organización Marítima Internacional aprobó en 2004 el Convenio internacional para el control y la gestión del agua de lastre y los sedimentos de los buques, que debía entrar en vigor doce meses después de ser ratificado por 30 países que representasen al menos el 35 % del tonelaje bruto de la flota mercante mundial. El 28 de febrero de 2009 sólo lo habían ratificado dieciocho países que representan el 15,36 %. Entre estos dieciocho países sólo hay dos Estados miembros de la UE: España y Francia. También lo ha ratificado Noruega, integrada en el EEE.

5.2   Opciones políticas

La Comunicación describe las cuatro opciones siguientes para afrontar de forma apropiada el problema de las especies invasoras:

5.2.1   Situación sin cambios

La opción de permanecer en una situación sin cambios constituye un punto de referencia respecto al cual pueden evaluarse otras opciones.

5.2.2   Recurso máximo a los instrumentos jurídicos existentes, junto con medidas voluntarias

Los requisitos jurídicos formales seguirían en su estado actual, pero se tomaría una decisión deliberada de abordar de forma proactiva los problemas que plantean las especies invasoras con arreglo a la legislación vigente. Los Estados miembros incorporarían de forma voluntaria las cuestiones relacionadas con las especies invasoras a sus procedimientos de control fronterizo. Sobre la base de actividades existentes, podría crearse, asimismo, un Sistema de Información y Alerta Rápida a escala europea.

5.2.3   Adaptación de la legislación vigente

Esta opción es similar, en muchos aspectos, a la opción del punto 5.2.1, pero implicaría la modificación de la legislación vigente sobre sanidad animal y vegetal para incluir una gama más amplia de organismos potencialmente invasores.

5.2.4   Un instrumento jurídico completo y específico a nivel de la UE

De seguirse esta opción, habría que establecer un marco legislativo completo y específico para las especies invasoras, con procedimientos independientes de evaluación e intervención que tuvieran en cuenta la legislación en vigor. Si se considerara conveniente y rentable, los aspectos técnicos de su aplicación podrían centralizarse en una agencia específica. Los Estados miembros, incluidas las regiones europeas ultraperiféricas, tendrían que realizar controles en las fronteras centrados en las especies invasoras e intercambiar información sobre ellas. Asimismo podrían establecerse procedimientos obligatorios de seguimiento y notificación y mecanismos eficaces de respuesta rápida. Aunque es posible considerar la asignación en alguna medida de fondos de la UE para apoyar medidas de erradicación y control, los Estados miembros podrían también financiar directamente este tipo de acciones. Esta opción podría ser la más eficaz desde el punto de vista del control de las especies invasoras. Proporcionaría la mayor claridad jurídica y respetaría, al mismo tiempo, el principio de proporcionalidad.

6.   Observaciones

6.1   Repetición

El CESE reconoce que el documento aporta un análisis excelente. Ofrece una imagen clara de la gravedad de la amenaza que suponen las especies invasoras para la biodiversidad, la agricultura, la salud pública y la economía en general. Sin embargo, el Comité observa con sorpresa que este mismo análisis –tal vez no con las mismas palabras pero sí con el mismo espíritu– ya se presentó en el Plan de Acción para la Biodiversidad de 2006, que empleaba los mismos argumentos. El CESE confiaba ciertamente en que a estas alturas se hubiese conseguido algo más que repetir un análisis de hace tres años. La Comunicación pide acciones que deberían haberse emprendido desde entonces.

6.2   Necesidad de un enfoque exhaustivo

6.2.1

La Comisión señala en la Comunicación que no será posible detener la pérdida de biodiversidad en la UE si no se aborda exhaustivamente el problema de las especies invasoras. Las consecuencias ecológicas, económicas y sociales de las especies invasoras en la UE son considerables y exigen una respuesta coordinada. En estos momentos, la Comunidad es incapaz de afrontar con eficacia el problema de las especies invasoras, y zonas con gran biodiversidad, como los territorios de los Estados miembros situados fuera del continente europeo, no reciben la atención adecuada. La legislación comunitaria vigente regula sólo parcialmente distintos aspectos relacionados con las especies invasoras y, por eso, resulta difícil garantizar una aplicación coordinada. La coherencia política entre la mayoría de los Estados miembros es escasa o nula. Hay escenarios científicos que auguran un aumento espectacular de las invasiones biológicas. Por tanto, es probable que la situación empeore.

6.2.2

El Comité está convencido de que la mejor forma de afrontar la amenaza de las especies invasoras sería adoptando un instrumento jurídico completo y específico a nivel de la UE, además de crear una agencia europea que coordinara y llevara a cabo la gestión de las especies invasoras conforme al enfoque jerárquico en tres etapas. Sólo hay una manera de garantizar una acción efectiva, como también se subraya en la revista Science. El coste estimado de esta agencia europea oscilaría entre los 4 y los 10 millones de euros anuales, una cantidad insignificante si se compara con el coste ecológico, económico y sanitario si la UE no actúa. Una iniciativa de la Comisión para fomentar que en toda la UE se ratifique cuanto antes el Convenio internacional para el control y la gestión del agua de lastre y los sedimentos de los buques también supondría un gran paso adelante para controlar las especies invasoras de forma adecuada.

6.3   Resistencia probable

6.3.1

Un nuevo instrumento europeo, jurídicamente vinculante, junto con una nueva agencia europea que aplique la nueva legislación, puede encontrar resistencia en varios Estados miembros por razones económicas. Desde su punto de vista, este tipo de medidas debería sufragarse con el presupuesto europeo, ya que no sería razonable considerar responsables financieramente a los Estados miembros con grandes puertos y grandes aeropuertos centrales (por definición, los lugares por donde más entran las especies invasoras a Europa) por una política que beneficiará a toda la UE. Los políticos de los Estados miembros pueden interpretar que una nueva legislación y reglamentación para hacer frente a una invasión biológica creciente es un coste y, en consecuencia, un impedimento para el crecimiento económico nacional, mientras que los contribuyentes probablemente serán los que más se resistan a ese coste añadido, porque todavía no reconocen la amenaza que suponen las especies invasoras. No obstante, esta reticencia no puede ser una excusa para no actuar.

6.4   Comunicación y educación

6.4.1

Para afrontar eficazmente los problemas de las especies invasoras es importante contar con un público informado y comprometido. En estos momentos, sólo el 2 % de los europeos cree que las invasiones biológicas suponen una amenaza grave para la biodiversidad. Las actividades de comunicación y educación deberán crear un sentido de responsabilidad entre los ciudadanos, las autoridades y la industria europeas respecto de las posibles amenazas del comercio y el traslado de especies potencialmente invasoras. Si estas actividades de comunicación y educación no se limitan a hablar de la amenaza para la biodiversidad, sino que también señalan otros peligros –para la salud pública, para la agricultura–, la gente podría aceptar mejor la nueva legislación y el establecimiento de una nueva agencia europea, especialmente cuando sea obvio que no hacer nada a la larga resultará mucho más caro que actuar ahora. Y cuanto antes se tomen las medidas adecuadas, menor será el coste global.

6.5   Aspectos sociales

6.5.1

El CESE sugiere a la Comisión examinar todos los instrumentos y toda la legislación existentes para resolver el problema de las especies invasoras y sus nocivos efectos colaterales sociales. El ejemplo de la gasificación de los contenedores que se envían a Europa desde otros continentes para garantizar que lleguen sin contaminación a los puertos europeos ilustra tales efectos colaterales.

6.5.2

Hay otras formas de garantizar que los contenedores que llegan a los puertos de la UE no estén contaminados. Sin embargo, lo más frecuente es fumigar los contenedores con bromuro de metilo. Aunque es la manera más fácil y más barata para los puertos desde donde salen los contenedores, al mismo tiempo es la más complicada, la más costosa y la más peligrosa para los puertos a los que llegan esos contenedores.

6.5.3

Para entrar en los contenedores gasificados hay que esperar mucho más tiempo. Pero, como toda la economía se basa en los sistemas «justo a tiempo» y los contenedores tienen que descargarse de inmediato, muchas veces no se deja el tiempo suficiente para que se desgasifiquen. Debido a esta presión, es posible que los trabajadores del puerto entren en los contenedores demasiado pronto y sin una protección adecuada. Por otra parte, en el etiquetado de los contenedores gasificados muchas veces no se indica que deben manipularse con precaución. Enviar un contenedor gasificado es más caro que enviar uno no gasificado y para reducir costes se envían muchos contendores gasificados sin la etiqueta necesaria que indique que deben manipularse con precaución. En estos casos, los trabajadores del puerto entran en los contenedores, sin ningún tipo de protección, para descargarlos en cuanto llegan. Puesto que el bromuro de metilo es invisible e inodoro, este destructivo gas tóxico puede actuar sin que los trabajadores se den cuenta. Por lo tanto, cada vez es mayor la cifra de trabajadores portuarios contaminados por bromuro de metilo, altamente tóxico, con secuelas que les durarán toda la vida. Puesto que existen alternativas al empleo del bromuro de metilo, la prohibición de gasificar los contenedores podría encajar en un futuro marco de medidas de control sostenibles para la pronta detección de especies invasoras.

Bruselas, 11 de junio de 2009.

El Presidente

del Comité Económico y Social Europeo

Mario SEPI


(1)  DO C 57 de 10.3.2007.

(2)  DO C 97 de 28.4.2007.


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