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Document 62005TA0370

Asunto T-370/05: Sentencia del Tribunal de Primera Instancia de 10 de septiembre de 2008 — Francia/Comisión ( FEOGA — Sección Garantía — Gastos excluidos de la financiación comunitaria — Sector vitivinícola — Ayuda a la reestructuración y a la reconversión — Concepto de superficie subvencionable )

DO C 272 de 25.10.2008, p. 18–18 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

25.10.2008   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 272/18


Sentencia del Tribunal de Primera Instancia de 10 de septiembre de 2008 — Francia/Comisión

(Asunto T-370/05) (1)

(«FEOGA - Sección “Garantía’ - Gastos excluidos de la financiación comunitaria - Sector vitivinícola - Ayuda a la reestructuración y a la reconversión - Concepto de superficie subvencionable»)

(2008/C 272/32)

Lengua de procedimiento: francés

Partes

Demandante: República Francesa (representantes: inicialmente, G. de Bergues y A. Colomb, posteriormente, G. De Bergues y A.-L. During, agentes)

Demandada: Comisión de las Comunidades Europeas (representante: M. Nolin, agente)

Objeto

Demanda de anulación de la Decisión 2005/579/CE de la Comisión, de 20 de julio de 2005, por la que se excluyen de la financiación comunitaria determinados gastos efectuados por los Estados miembros con cargo a la sección de Garantía del Fondo Europeo de Orientación y de Garantía Agrícola (FEOGA) (DO L 199, p. 84), en la medida en que excluye de la financiación comunitaria determinados gastos en concepto de corrección de la determinación de las superficies por las que podía solicitarse la ayuda a la reestructuración y a la reconversión de viñedos correspondiente al ejercicio 2001-2003.

Fallo

1)

Anular la Decisión 2005/579/CE de la Comisión, de 20 de julio de 2005, por la que se excluyen de la financiación comunitaria determinados gastos efectuados por los Estados miembros con cargo a la sección de Garantía del Fondo Europeo de Orientación y de Garantía Agrícola (FEOGA,) en la medida en que excluye de la financiación comunitaria la cantidad de 13 519 122,05 euros en concepto de corrección impuesta a la República Francesa sobre la determinación de las superficies por las que podía solicitarse la ayuda a la reestructuración y a la reconversión de viñedos correspondiente al ejercicio 2001-2003.

2)

Condenar en costas a la Comisión.


(1)  DO C 315 de 10.12.2005.


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