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Document C2007/095/19
Case C-45/06: Judgment of the Court (Fifth Chamber) of 8 March 2007 (reference for a preliminary ruling from the Finanzgericht des Landes Brandenburg (Germany)) — Campina GmbH & Co., formerly TUFFI Campina emzett GmbH v Hauptzollamt Frankfurt (Oder) (Milk and milk products — Additional levy — Slight delay in observing the time-limit for communication of the summary of statements — Financial penalty — Regulation (EEC) No 536/93 as amended by Regulation (EC) No 1001/98 — Article 3(2), second subparagraph — Regulation (EC) No 1392/2001 — Article 5(3) — Regulation (EC, Euratom) No 2988/95 — Article 2(2), second sentence — Principle of retroactive application of the less severe penalty)
Asunto C-45/06: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Quinta) de 8 de marzo de 2007 (petición de decisión prejudicial planteada por el Finanzgericht des Landes Brandenburg — Alemania) — Campina GmbH & Co., anteriormente TUFFI Campina emzett GmbH/Hauptzollamt Frankfurt (Oder) (Leche y productos lácteos — Tasa suplementaria — Incumplimiento mínimo del plazo de comunicación de la relación de los balances — Sanción pecuniaria — Reglamento (CEE) n o 536/93, en su versión modificada por el Reglamento (CE) n o 1001/98 — Artículo 3, apartado 2, párrafo segundo — Reglamento (CE) n o 1392/2001 — Artículo 5, apartado 3 — Reglamento (CE, Euratom) n o 2988/95 — Artículo 2, apartado 2, segunda frase — Principio de la aplicación retroactiva de la pena más leve)
Asunto C-45/06: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Quinta) de 8 de marzo de 2007 (petición de decisión prejudicial planteada por el Finanzgericht des Landes Brandenburg — Alemania) — Campina GmbH & Co., anteriormente TUFFI Campina emzett GmbH/Hauptzollamt Frankfurt (Oder) (Leche y productos lácteos — Tasa suplementaria — Incumplimiento mínimo del plazo de comunicación de la relación de los balances — Sanción pecuniaria — Reglamento (CEE) n o 536/93, en su versión modificada por el Reglamento (CE) n o 1001/98 — Artículo 3, apartado 2, párrafo segundo — Reglamento (CE) n o 1392/2001 — Artículo 5, apartado 3 — Reglamento (CE, Euratom) n o 2988/95 — Artículo 2, apartado 2, segunda frase — Principio de la aplicación retroactiva de la pena más leve)
DO C 95 de 28.4.2007, p. 12–12
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
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28.4.2007 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 95/12 |
Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Quinta) de 8 de marzo de 2007 (petición de decisión prejudicial planteada por el Finanzgericht des Landes Brandenburg — Alemania) — Campina GmbH & Co., anteriormente TUFFI Campina emzett GmbH/Hauptzollamt Frankfurt (Oder)
(Asunto C-45/06) (1)
(Leche y productos lácteos - Tasa suplementaria - Incumplimiento mínimo del plazo de comunicación de la relación de los balances - Sanción pecuniaria - Reglamento (CEE) no 536/93, en su versión modificada por el Reglamento (CE) no 1001/98 - Artículo 3, apartado 2, párrafo segundo - Reglamento (CE) no 1392/2001 - Artículo 5, apartado 3 - Reglamento (CE, Euratom) no 2988/95 - Artículo 2, apartado 2, segunda frase - Principio de la aplicación retroactiva de la pena más leve)
(2007/C 95/19)
Lengua de procedimiento: alemán
Órgano jurisdiccional remitente
Finanzgericht des Landes Brandenburg
Partes en el procedimiento principal
Demandante: Campina GmbH & Co., anteriormente TUFFI Campina emzett GmbH
Demandada: Hauptzollamt Frankfurt (Oder)
Objeto
Petición de decisión prejudicial — Finanzgericht des Landes Brandenburg — Validez del artículo 3, apartado 2, párrafo segundo, del Reglamento (CEE) no 536/93 de la Comisión, de 9 de marzo de 1993, por el que se establecen las disposiciones de aplicación de la tasa suplementaria en el sector de la leche y de los productos lácteos (DO L 57, p. 12), en su versión modificada por el Reglamento (CE) no 1001/98 (DO L 142, p. 22) — Sanción por incumplimiento del plazo para la comunicación anual de los balances de los productores individuales — Incumplimiento mínimo del plazo — Principio de proporcionalidad
Fallo
El juez nacional debe respetar el principio de aplicación retroactiva de la pena más leve al sancionar un comportamiento contrario a lo prescrito en la normativa comunitaria.
Tratándose de un incumplimiento mínimo del plazo señalado, como el controvertido en el litigio principal, el régimen de sanciones pecuniarias establecido en el artículo 5, apartado 3, del Reglamento (CE) no 1392/2001 de la Comisión, de 9 de julio de 2001, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (CEE) no 3950/92 del Consejo por el que se establece una tasa suplementaria en el sector de la leche y de los productos lácteos, es menos severo que el establecido en el artículo 3, apartado 2, párrafo segundo, primer guión, del Reglamento (CEE) no 536/93 de la Comisión, de 9 de marzo de 1993, por el que se establecen las disposiciones de aplicación de la tasa suplementaria en el sector de la leche y de los productos lácteos, en su versión modificada por el Reglamento (CE) no 1001/98 de la Comisión, de 13 de mayo de 1998.