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Document 52006TA1219(17)

Informe sobre las cuentas anuales de la Oficina Comunitaria de Variedades Vegetales correspondientes al ejercicio 2005, acompañado de las respuestas de la Oficina

DO C 312 de 19.12.2006, pp. 99–105 (ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, SK, SL, FI, SV)

19.12.2006   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 312/99


INFORME

sobre las cuentas anuales de la Oficina Comunitaria de Variedades Vegetales correspondientes al ejercicio 2005, acompañado de las respuestas de la Oficina

(2006/C 312/17)

ÍNDICE

1-2

INTRODUCCIÓN

3-6

DECLARACIÓN DE FIABILIDAD

7-10

OBSERVACIONES

Cuadros 1 a 4

Respuestas de la Oficina

INTRODUCCIÓN

1.

La Oficina Comunitaria de Variedades Vegetales (en lo sucesivo denominada «la Oficina») se creó en virtud del Reglamento (CE) no 2100/94 del Consejo, de 27 de julio de 1994 (1). Sus principales misiones consisten en registrar y examinar las solicitudes de concesión de la protección comunitaria de la propiedad industrial para las variedades vegetales, así como en hacer ejecutar los exámenes técnicos necesarios por las oficinas competentes de los Estados miembros.

2.

El cuadro 1 presenta de forma sintética las competencias y actividades de la Oficina, mientras que los cuadros 2, 3 y 4 contienen información clave obtenida a partir de los estados financieros elaborados por este organismo en relación con el ejercicio 2005.

DECLARACIÓN DE FIABILIDAD

3.

La presente declaración está dirigida al consejo de administración de la Oficina, en virtud del artículo 111 del Reglamento (CE) no 2100/94.

4.

De conformidad con el artículo 112 del Reglamento (CE) no 2100/94, las cuentas de la Oficina correspondientes al ejercicio que finalizó el 31 de diciembre de 2005 (2) fueron elaboradas por su presidente, tras lo cual se transmitieron al Tribunal para que emitiera su declaración sobre la fiabilidad de dichas cuentas y sobre la legalidad y regularidad de las operaciones subyacentes.

5.

El Tribunal realizó la fiscalización de acuerdo con sus políticas y normas en la materia, que resultan de la adaptación de las normas internacionales de auditoría al ámbito comunitario. La fiscalización fue planeada y llevada a la práctica con el fin de obtener garantías razonables de que las cuentas son fiables y de que las operaciones subyacentes son legales y regulares.

6.

El Tribunal ha obtenido de este modo una base razonable para emitir la declaración siguiente.

Fiabilidad de las cuentasLas cuentas de la Oficina correspondientes al ejercicio que finalizó el 31 de diciembre de 2005 son fiables en todos los aspectos importantes.Legalidad y regularidad de las operaciones subyacentesLas operaciones subyacentes a las cuentas anuales de la Oficina son, en su conjunto, legales y regulares.El contenido de las observaciones que se exponen a continuación no cuestiona la declaración emitida por el Tribunal.

OBSERVACIONES

7.

El presupuesto de la Oficina para el ejercicio 2005 no respeta el principio de equilibrio entre los ingresos y los créditos de pago. En términos de ejecución presupuestaria, el nivel global de consumo de créditos de pago del ejercicio es del 85 %. Los mismos créditos han sido objeto de anulaciones por lo que respecta a las actividades operativas (9 %) y en particular a los gastos de funcionamiento (20 %). Estas indicaciones muestran que la Oficina debería mejorar la programación y el seguimiento de sus trabajos para evitar movilizar créditos inútilmente.

8.

En el ejercicio 2005, la organización de la elaboración de las cuentas anuales se caracterizó por numerosas dificultades y las cuentas completas se presentaron con retraso con respecto a los plazos reglamentarios. La Oficina no dispone de instrumentos fiables para cotejar los datos de sus sistemas de gestión financiera (contabilidades presupuestaria y general, registro de variedades vegetales), y esta situación aumenta los riesgos de que existan errores en las cuentas.

9.

Deberían aprobarse unas disposiciones generales de ejecución relativas a la contratación y a la clasificación del personal (3) para garantizar una evaluación objetiva y transparente de los candidatos. El examen de los procedimientos de contratación ha revelado una falta de definición previa de los criterios de evaluación de los candidatos.

10.

Se han constatado anomalías en la adjudicación de contratos. En tres procedimientos de evaluación de los doce examinados, el plazo de entrega, aunque se fijó como criterio de adjudicación, no se tuvo en cuenta en la selección de la mejor oferta (4). Se firmaron dos contratos marco por una duración máxima de cinco años pese a que esta no puede ser superior a cuatro.

El presente Informe ha sido aprobado por el Tribunal de Cuentas en Luxemburgo, en su reunión del día 28 de septiembre de 2006.

Por el Tribunal de Cuentas

Hubert WEBER

Presidente


(1)  DO L 227 de 1.9.1994, p. 27.

(2)  Estas cuentas se elaboraron el 21 de junio de 2006 y el Tribunal las recibió el 4 de julio de 2006.

(3)  Artículo 110 del Estatuto de los funcionarios y artículo 12, apartado 5, del Régimen aplicable a los otros agentes.

(4)  Artículo 117, apartado 1, de las normas de desarrollo del reglamento financiero general [para los organismos descentralizados, los procedimientos de adjudicación de contratos se rigen por el reglamento financiero general y sus normas de desarrollo: Reglamento (CE, Euratom) no 1605/2002 del Consejo, de 25 de junio de 2002 (DO L 248 de 16.9.2002, p. 1) y Reglamento (CE, Euratom) no 2342/2002 de la Comisión, de 23 de diciembre de 2002 (DO L 357 de 31.12.2002, p. 1)].


Cuadro 1

Oficina Comunitaria de Variedades Vegetales

Ámbito de competencias comunitarias según el Tratado

Competencias de la Oficina conforme al Reglamento (CE) no 2100/94 del Consejo, de 27 de julio de 1994

Gobernanza

Medios puestos a disposición de la Oficina en 2005

(2004)

Actividades y servicios llevados a cabo en 2005

(2004)

Libre circulación de mercancías

Las prohibiciones o restricciones justificadas por razones de protección de la propiedad industrial y comercial no deberán constituir un medio de discriminación arbitraria ni una restricción encubierta del comercio entre los Estados miembros.

(Extracto del artículo 30 del Tratado)

Objetivos

Aplicar el régimen de protección comunitaria de las obtenciones vegetales como única y exclusiva forma de protección comunitaria de la propiedad industrial para las variedades vegetales.

Funciones

Decisiones de rechazo o concesión de protección comunitaria.

Decisiones sobre oposiciones a la concesión.

Decisiones sobre recursos.

Decisiones sobre la nulidad o anulación de una protección comunitaria.

1. Presidente Dirige la Oficina. Nombrado por el Consejo sobre la base de una lista presentada por la Comisión, previo dictamen del consejo de administración.

2. Consejo de administración Supervisa los trabajos de la Oficina y puede establecer métodos de trabajo. Se compone de un representante por Estado miembro y de un representante de la Comisión, así como sus suplentes.

3. Algunas decisiones pertenecientes al procedimiento de concesión de una protección comunitaria serán adoptadas por comités compuestos de tres agentes de la Oficina y también por las salas de recursos en caso de recurso.

4. Control de la ComisiónSe refiere a la legalidad de los actos del consejo de administración en relación con el presupuesto de la Oficina, así como a los actos del presidente cuya legalidad no esté sujeta al control de otro órgano.

5. Control externo Tribunal de Cuentas.

6. Aprobación de la gestión Consejo de administración.

Presupuesto definitivo

13,4 (11,3) millones de euros

Efectivos a 31 de diciembre:

puestos previstos en la plantilla: 40 (38)

puestos cubiertos: 40 (36)

+ otros 5 (4) puestos (contratos auxiliares, expertos nacionales en comisión de servicio, agentes locales, interinos)

Total de efectivos: 45 (40)

agentes encargados de:

Solicitudes tramitadas: 2 734(2 651).

Títulos concedidos: 2 178(2 178).

Títulos comunitarios en vigor a 31.12.2005: 11 231(10 191).

tareas operativas:

19 (16)

tareas administrativas:

20 (8)

tareas mixtas:

6 (6)

Fuente: Información comunicada por la Oficina.

OFICINA COMUNITARIA DE VARIEDADES VEGETALES

Fuente: Datos de la Oficina. Los cuadros presentan, de forma sintética, los datos facilitados por la Oficina en sus cuentas anuales.

Cuadro 2

Ejecución presupuestaria del ejercicio 2005

(miles de euros)

Ingresos

Gastos

Origen de los ingresos

Ingresos consignados en el presupuesto definitivo del ejercicio

Ingresos recibidos

Afectación de los gastos

Créditos del presupuesto definitivo del ejercicio

Créditos prorrogados del ejercicio anterior

Créditos disponibles

(créditos del ejercicio y del ejercicio anterior)

consignados

comprometidos

pagados

prorrogados

anulados

disponibles

pagados

anulados

disponibles

comprometidos

pagados

prorrogados

anulados

Ingresos propios

13 113

8 848

Título I

Personal (CND)

4 307

4 284

4 237

47

23

38

32

6

4 345

4 322

4 269

47

29

Subvenciones comunitarias

0

0

Ingresos varios

333

654

Título II

Funcionamiento (CND)

3 608

2 846

2 190

630

762

705

583

122

4 313

3 551

2 773

630

884

 

 

 

Título III

Actividades operativas (CD)

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

— CC

5 531

5 320

0

0

211

0

0

0

5 531

5 320

0

0

211

— CP

4 414

0

4 002

0

412

0

0

0

4 414

0

4 002

0

412

Total

13 446

9 502

Total CC

13 446

12 450

0

677

996

743

0

128

14 189

13 193

0

677

1 124

Total CP

12 329

0

10 429

677

1 197

743

615

128

13 072

0

11 044

677

1 325

CND:

:

créditos no disociados (los créditos de compromiso equivalen a los de pago).

CD:

:

créditos disociados (los créditos de compromiso pueden diferir de los de pago).

CC:

:

créditos de compromiso en un régimen de créditos disociados.

CP:

:

créditos de pago en un régimen de créditos disociados.


Cuadro 3

Cuenta de resultado económico del ejercicio 2005 (1)

(miles de euros)

 

2005

Ingresos de explotación

Ingresos

7 885

Total (a)

7 885

Gastos de explotación

Personal

4 226

Funcionamiento

1 485

Operaciones

3 972

Total (b)

9 683

Resultado de explotación (c = a – b)

–1 798

Productos varios (d)

367

Gastos varios (e)

0

Resultado económico (f = c + d – e)

–1 431


Cuadro 4

Balance a 31 de diciembre de 2005 (2)

(miles de euros)

 

2005

Activo

Valores inmovilizados

3 513

Títulos de crédito a corto plazo

897

Tesorería

19 111

Total

23 521

Pasivo

Resultados acumulados de los ejercicios anteriores

17 621

Resultado del ejercicio

–1 431

Deudas a corto plazo

7 331

Total

23 521


(1)  No se presentan los datos del ejercicio 2004  al no ser comparables con los de 2005 debido al cambio de método contable.

(2)  No se presentan los datos del ejercicio 2004  al no ser comparables con los de 2005 debido al cambio de método contable.


RESPUESTAS DE LA OFICINA

7.

El presupuesto para 2005 fue elaborado todavía según el principio de equilibrio entre los ingresos y los créditos de compromiso. El presupuesto para 2006 respeta el equilibrio entre créditos de pago e ingresos. La realización de los gastos previstos depende en parte de factores coyunturales que escapan al control de la Oficina. Frente a esta situación, la política constante de la Oficina es disponer de un margen de maniobra que evite recurrir a la autoridad presupuestaria con demasiada frecuencia.

8.

La situación descrita por el Tribunal se debe a factores accidentales. La Oficina adoptará medidas para garantizar que en el futuro la presentación de las cuentas sea enteramente conforme y se realice en los plazos previstos.

9.

La Oficina se está dotando actualmente de sistemas automatizados para la conciliación de los datos. Aunque las conciliaciones se realicen aún en parte de forma manual, el riesgo de error al que se refiere el Tribunal no se ha materializado hasta la fecha.

10.

La Comisión y las agencias debaten actualmente las disposiciones generales de ejecución y próximamente podrán adoptar una decisión. En cuanto a la adjudicación de contratos, la Oficina procurará documentar la aplicación de los criterios de evaluación establecidos por las convocatorias de puestos vacantes.

11.

La Oficina recordará a los comités de evaluación la necesidad de respetar estrictamente los criterios anunciados. La OCVV toma buena nota de las observaciones y velará por el estricto respeto de las disposiciones reglamentarias.


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