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Dokument C2005/205/43
Order of the President of the Court of First Instance of 2 June 2005 in Case T-125/05 R: Umwelt- und Ingenieurtechnik GmbH Dresden v Commission of the European Communities (Tendering procedure — Interim proceedings — Urgency — Absence)
Auto del Presidente del Tribunal de Primera Instancia, de 2 de junio de 2005, en el asunto T-125/05 R: Umwelt- und Ingenieurtechnik GmbH Dresden contra Comisión de las Comunidades Europeas («Procedimiento de licitación — Procedimiento sobre medidas provisionales — Urgencia — Inexistencia»)
Auto del Presidente del Tribunal de Primera Instancia, de 2 de junio de 2005, en el asunto T-125/05 R: Umwelt- und Ingenieurtechnik GmbH Dresden contra Comisión de las Comunidades Europeas («Procedimiento de licitación — Procedimiento sobre medidas provisionales — Urgencia — Inexistencia»)
DO C 205 de 20.8.2005, p. 23–23
(ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, NL, PL, PT, SK, SL, FI, SV)
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20.8.2005 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 205/23 |
AUTO DEL PRESIDENTE DEL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA
de 2 de junio de 2005
en el asunto T-125/05 R: Umwelt- und Ingenieurtechnik GmbH Dresden contra Comisión de las Comunidades Europeas
(«Procedimiento de licitación - Procedimiento sobre medidas provisionales - Urgencia - Inexistencia»)
(2005/C 205/43)
Lengua de procedimiento: alemán
En el asunto T-125/05 R, Umwelt- und Ingenieurtechnik GmbH Dresden, con domicilio social en Dresden (Alemania), representada por el Sr. H. Robl, Rechtsanwalt, contra Comisión de las Comunidades Europeas, representada por el Sr. M. Wilderspin y la Sra. S. Fries, en calidad de agentes, que designa domicilio en Luxemburgo, que tiene por objeto, con carácter principal, una demanda de suspensión de la ejecución de las decisiones de la Comisión de no adjudicar a la demandante el lote no 2 del contrato EuropeAid/119151/D/S/UA, denominado «Proyecto de mejora de la central nuclear del sur de Ucrania», y de adjudicarlo a otra empresa y, con carácter subsidiario, una demanda encaminada a que se dicten otras medidas provisionales, el Presidente del Tribunal de Primera Instancia, ha dictado el 2 de junio de 2005 un auto en el que se resuelve lo siguiente:
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1) |
Desestimar la demanda de medidas provisionales. |
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2) |
Reservar la decisión sobre las costas. |