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Document C2005/132/45

Sentencia del Tribunal de Primera Instancia, de 16 de marzo de 2005, en el asunto T-112/03, L'Oréal SA contra Oficina de Armonización del Mercado Interior (marcas, dibujos y modelos) (OAMI) (Marca comunitaria — Procedimiento de oposición — Solicitud de la marca denominativa FLEXI AIR — Marca denominativa anterior FLEX — Motivo de denegación relativo — Riesgo de confusión — Solicitud de prueba del uso efectivo — Artículo 8, apartado 1, letra b), artículo 8, apartado 2, letra a), inciso ii), y artículo 43, apartado 2, del Reglamento (CE) n° 40/94)

DO C 132 de 28.5.2005, p. 25–25 (ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, NL, PL, PT, SK, SL, FI, SV)

28.5.2005   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 132/25


SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA

de 16 de marzo de 2005

en el asunto T-112/03, L'Oréal SA contra Oficina de Armonización del Mercado Interior (marcas, dibujos y modelos) (OAMI) (1)

(Marca comunitaria - Procedimiento de oposición - Solicitud de la marca denominativa FLEXI AIR - Marca denominativa anterior FLEX - Motivo de denegación relativo - Riesgo de confusión - Solicitud de prueba del uso efectivo - Artículo 8, apartado 1, letra b), artículo 8, apartado 2, letra a), inciso ii), y artículo 43, apartado 2, del Reglamento (CE) no 40/94)

(2005/C 132/45)

Lengua de procedimiento: inglés

En el asunto T-112/03, L'Oréal SA, con domicilio social en París (Francia), representada por el Sr. X. Buffet Delmas d'Autane, abogado, contra Oficina de Armonización del Mercado Interior (marcas, dibujos y modelos) (OAMI) (agentes: Sras. B. Filtenborg y S. Laitinen y Sr. G. Schneider), y en el que la otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso de la OAMI es Revlon (Suiza) SA, con domicilio social en Schlieren (Suiza), que tiene por objeto un recurso interpuesto contra la resolución de la Sala Cuarta de Recurso de la OAMI de 15 de enero de 2003 (asunto R 396/2001 4), relativo a un procedimiento de oposición entre L'Oréal SA y Revlon (Suisse) SA, el Tribunal de Primera Instancia (Sala Segunda), integrado por el Sr. J. Pirrung, Presidente, y el Sr. A.W.H. Meij y la Sra. I. Pelikánová, Jueces; Secretaria: Sra. B. Pastor, Secretaria adjunta, ha dictado el 16 de marzo de 2005 una sentencia cuyo fallo es el siguiente:

1)

Desestimar el recurso.

2)

Condenar en costas a la demandante.


(1)  DO C 135, de 7.6.2003.


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