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Document C2005/091/06
Call for proposals for indirect RTD actions under the specific programme for research, technological development and demonstration: ‘structuring the European Research Area’ — Call identifier: FP6-2005-INNOV-8
Convocatoria de propuestas de acciones indirectas de IDT dentro del programa específico de investigación, desarrollo tecnológico y demostración «Estructuración del Espacio Europeo de la Investigación» — Referencia de la convocatoria: FP6-2005-INNOV-8
Convocatoria de propuestas de acciones indirectas de IDT dentro del programa específico de investigación, desarrollo tecnológico y demostración «Estructuración del Espacio Europeo de la Investigación» — Referencia de la convocatoria: FP6-2005-INNOV-8
DO C 91 de 15.4.2005, pp. 6–9
(ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, NL, PL, PT, SK, SL, FI, SV)
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15.4.2005 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 91/6 |
Convocatoria de propuestas de acciones indirectas de IDT dentro del programa específico de investigación, desarrollo tecnológico y demostración «Estructuración del Espacio Europeo de la Investigación»
Referencia de la convocatoria: FP6-2005-INNOV-8
(2005/C 91/06)
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1. |
Con arreglo a la Decisión no 1513/2002/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de junio de 2002, relativa al sexto programa marco de la Comunidad Europea para acciones de investigación, desarrollo tecnológico y demostración, destinado a contribuir a la creación del Espacio Europeo de la Investigación y a la innovación (2002-2006) (1), el Consejo aprobó, el 30 de septiembre de 2002, el programa específico de investigación, desarrollo tecnológico y demostración denominado «Estructuración del Espacio Europeo de la Investigación» (2002-2006) (2) (en lo sucesivo denominado «programa específico»). Con arreglo al artículo 5, apartado 1, del programa específico, la Comisión de las Comunidades Europeas (en lo sucesivo denominada «la Comisión») aprobó el 30 de septiembre de 2002 un programa de trabajo (3) (en lo sucesivo denominado «el programa de trabajo») en el que se presentaban de manera detallada los objetivos y las prioridades científicas y tecnológicas de dicho programa específico, así como su calendario de ejecución. De conformidad con el artículo 9, apartado 1, del Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de diciembre de 2002, relativo a las normas de participación de empresas, centros de investigación y universidades, y a las normas de difusión de los resultados de la investigación para la ejecución del sexto programa marco de la Comunidad Europea (2002-2006) (4) (en lo sucesivo denominadas «las normas de participación»), las propuestas de acciones indirectas de IDT se presentarán en el marco de convocatorias de propuestas. |
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2. |
La presente convocatoria de propuestas de acciones indirectas de IDT (en lo sucesivo denominada «la convocatoria») consta de la presente parte general y de las condiciones particulares descritas en el anexo. En éste se indica la fecha de conclusión del plazo de presentación de propuestas de acciones indirectas de IDT, una fecha indicativa para la terminación de las evaluaciones, el presupuesto indicativo, los instrumentos y los campos afectados, los criterios de evaluación de las propuestas de acciones indirectas de IDT, el número mínimo de participantes y las posibles restricciones. |
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3. |
Se invita a las personas físicas o jurídicas que reúnan las condiciones establecidas en las normas de participación y a las que no sean aplicables los criterios de exclusión previstos, por una parte, en dichas normas de participación y, por otra, en el artículo 114, apartado 2, del Reglamento (CE, Euratom) no 1605/2002 del Consejo, de 25 de junio de 2002, por el que se aprueba el Reglamento financiero aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas (5) (en lo sucesivo denominadas «los proponentes»), a que presenten a la Comisión sus propuestas de acciones indirectas de IDT, con supeditación al cumplimiento de las condiciones que se establecen en las normas de participación y en la convocatoria correspondiente. Las condiciones de participación aplicables a los proponentes se comprobarán durante la negociación de la acción indirecta de IDT. Previamente, los proponentes deberán haber firmado una declaración según la cual no se encuentran incursos en ninguno de los supuestos indicados en el artículo 93, apartado 1, del Reglamento financiero. Asimismo, deberán haber remitido a la Comisión la información indicada en el artículo 173, apartado 2, del Reglamento (CE, Euratom) no 2342/2002 de la Comisión, de 23 de diciembre de 2002, sobre normas de desarrollo del Reglamento (CE, Euratom) no 1605/2002 del Consejo, de 25 de junio de 2002, por el que se aprueba el Reglamento financiero aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas (6). La Comunidad Europea ha adoptado una política de igualdad de oportunidades en virtud de la cual se alienta especialmente a las mujeres a presentar propuestas de acciones indirectas de IDT o bien a participar en la presentación de estas propuestas. |
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4. |
La Comisión facilita unas guías del proponente acerca de la convocatoria, en las que se proporciona información sobre la preparación y presentación de propuestas de acciones indirectas de IDT. También facilita unas «Directrices sobre los procedimientos de evaluación y selección de propuestas» (7). Estas guías y directrices, así como el programa de trabajo y demás información acerca de las convocatorias, pueden obtenerse en la siguiente dirección de la Comisión:
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5. |
Las propuestas de acciones indirectas de IDT sólo pueden presentarse como propuestas electrónicas a través del sistema electrónico de presentación de propuestas (EPSS (8)) en la red. Sin embargo, en casos excepcionales, los coordinadores pueden solicitar a la Comisión que les permita presentar sus propuestas en papel antes del cierre de la convocatoria. Para obtener esta autorización, deberá solicitarla por escrito a la dirección: rtd-infrastructures@cec.eu.int. La solicitud de autorización deberá ir acompañada de una explicación de las razones que la justifican. Los proponentes que deseen presentar sus propuestas en papel asumirán la responsabilidad de garantizar que las solicitudes de autorización y los procedimientos asociados se resuelvan a tiempo para poder cumplir los plazos de la convocatoria. Toda propuesta de acciones indirectas de IDT debe constar obligatoriamente de dos partes: los formularios (parte A) y su contenido (parte B). Las propuestas de acciones indirectas de IDT pueden prepararse en línea o fuera de línea y presentarse en línea. La parte B de las propuestas de acciones indirectas de IDT sólo puede presentarse en formato PDF («portable document format», compatible con Adobe Versión 3 o superior con fuentes incrustadas). Se excluirán los documentos comprimidos («zipped»). La herramienta de software EPSS (para uso en línea o fuera de línea) está disponible en el sitio web de CORDIS: www.cordis.lu. Las propuestas de acciones indirectas de IDT que se presenten en línea y que estén incompletas, sean ilegibles o contengan virus quedarán excluidas. También se excluirán las propuestas de acciones indirectas de IDT que se presenten en un soporte electrónico extraíble (por ejemplo, CD-ROM, disquete), por correo electrónico o por fax. Quedarán excluidas las propuestas de acciones indirectas de IDT cuya presentación en papel se haya autorizado que estén incompletas. En el anexo J de las Directrices sobre los procedimientos de evaluación y selección de propuestas se da más información sobre los diversos procedimientos de presentación de propuestas. |
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6. |
Las propuestas de acciones indirectas de IDT deberán llegar a la Comisión dentro del plazo establecido en la convocatoria. Las que lleguen fuera de plazo quedarán excluidas. Asimismo, quedarán excluidas las propuestas de acciones indirectas de IDT que no reúnan las condiciones sobre el número mínimo de participantes indicado en la convocatoria. También se excluirán las que no cumplan cualquier otro criterio de admisión complementario mencionado en el programa de trabajo. |
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7. |
Si se presentan sucesivas versiones de una propuesta, la Comisión sólo examinará la última versión recibida dentro del plazo establecido en la convocatoria correspondiente. |
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8. |
En caso de que esté previsto en la convocatoria, las propuestas de acciones indirectas de IDT podrían incluirse en el marco de una futura evaluación. |
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9. |
Se ruega a los proponentes que citen la referencia de la convocatoria en toda la correspondencia relacionada con ésta (por ejemplo: solicitud de información o presentación de una propuesta de acción indirecta de IDT). |
(1) DO L 232 de 29.8.2002, p. 1.
(2) DO L 294 de 29.10.2002, p. 44.
(3) Decisión de la Comisión C(2002) 4791, modificada por las Decisiones de la Comisión C(2003) 635, C(2003) 998, C(2003) 1951, C(2003) 2708, C(2003) 4571, C(2004) 48, C(2004) 3330 y C(2004) 4726, todas ellas no publicadas.
(4) DO L 355 de 30.12.2002, p. 23.
(5) DO L 248 de 16.9.2002, p. 1.
(6) DO L 357 de 31.12.2002, p. 1.
(7) C(2003) 883 de 27/3/2003, modificada en último lugar por C(2004) 3337 de 1.9.2004.
(8) EPSS es una herramienta concebida para asistir a los proponentes en la preparación y presentación electrónica de sus propuestas.
ANEXO
1) Programa específico: Estructuración del Espacio Europeo de la Investigación.
2) Prioridad temática/ámbito: Investigación e innovación.
3) Título de la convocatoria: Estándares en apoyo de soluciones innovadoras para las empresas.
4) Referencia de la convocatoria: FP6-2005-INNOV- 8.
5) Fecha de publicación (1): 15.4.2005.
6) Plazo de presentación (2): 19.7.2005.
7) Presupuesto indicativo total: 5,5 millones de euros.
8) Campo e instrumentos:
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Campo |
Instrumento |
Presupuesto indicativo |
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1.2.1.7 |
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3 acciones de coordinación |
5,5 millones de euros |
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9) Número mínimo de participantes:
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Instrumento |
Número mínimo de participantes |
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Acciones de coordinación |
En esta convocatoria, el número mínimo de participantes es de 6 entidades jurídicas independientes de 4 Estados miembros, países candidatos a la adhesión o Estados asociados distintos, con un mínimo de 4 participantes procedentes de los Estados miembros. |
10) Restricciones a la participación: Ninguna.
11) Acuerdos de consorcio: Cuando se trate de consorcios, los adjudicatarios de la presente convocatoria deberán celebrar un acuerdo de consorcio.
12) Procedimiento de evaluación: La evaluación se realizará según un procedimiento constituido por una sola fase.
La evaluación de las propuestas no tendrá carácter anónimo.
13) Criterios de evaluación: A continuación se exponen los criterios de evaluación y la ponderación.
A la presente evaluación no se aplicarán mínimos.
Se dará más información en la documentación de la convocatoria de propuestas.
14) Calendario indicativo de la evaluación y la selección: Los resultados de la evaluación se comunicarán a los contratistas aproximadamente cuatro meses después de la conclusión del plazo de presentación.
Se prevé que los primeros contratos entrarán en vigor seis meses después de la fecha de cierre de la convocatoria.
(1) El Director General responsable de la convocatoria puede publicarla hasta un mes antes o un mes después de la fecha de publicación prevista.
(2) Cuando la fecha de publicación prevista se adelante o se atrase (véase la nota 1), la fecha o fechas de cierre se adaptarán según corresponda en la convocatoria de propuestas publicada.