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Document C2004/121/02

    Dictamen del Comité de las Regiones sobre la: _ «Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones relativa a los obstáculos que impiden un acceso generalizado a los nuevos servicios y aplicaciones de la sociedad de la información a través de plataformas abiertas en los ámbitos de la televisión digital y las comunicaciones móviles de tercera generación» y la _ «Comunicación de la Comisión al Consejo, al Parlamento Europeo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones sobre la transición de la radiodifusión analógica a la digital» (de la conversión al sistema digital al cierre del analógico)

    DO C 121 de 30.4.2004, p. 7–10 (ES, DA, DE, EL, EN, FR, IT, NL, PT, FI, SV)

    30.4.2004   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    C 121/7


    Dictamen del Comité de las Regiones sobre la

    «Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones relativa a los obstáculos que impiden un acceso generalizado a los nuevos servicios y aplicaciones de la sociedad de la información a través de plataformas abiertas en los ámbitos de la televisión digital y las comunicaciones móviles de tercera generación» y la

    «Comunicación de la Comisión al Consejo, al Parlamento Europeo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones sobre la transición de la radiodifusión analógica a la digital» (de la conversión al sistema digital al cierre del analógico)

    (2004/C 121/02)

    EL COMITÉ DE LAS REGIONES,

    Vistas las Comunicaciones de la Comisión Europea sobre los obstáculos que impiden un acceso generalizado a los nuevos servicios y aplicaciones de la sociedad de la información a través de plataformas abiertas en los ámbitos de la televisión digital y las comunicaciones móviles de tercera generación (COM(2003) 410 final) y sobre la transición de la radiodifusión analógica a la digital (de la conversión al sistema digital al cierre del analógico) (COM(2003) 541 final);

    Vista la decisión de la Comisión Europea adoptada el 9 de julio de 2003 en el sentido de consultarle sobre este asunto, en virtud del primer párrafo del artículo 265 del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea;

    Vista la decisión adoptada por su Presidente el 19 de junio de 2003 de asignar a la Comisión de Cultura y Educación la elaboración de un dictamen sobre este asunto;

    Vistas las conclusiones del Consejo Europeo de Barcelona de marzo de 2002;

    Vistas las conclusiones del Consejo Europeo de Sevilla de junio de 2002;

    Vistos sus dictámenes sobre el «Informe de evaluación comparativa de la acción eEurope» y sobre «eEurope 2005: Una sociedad de la información para todos» (CDR 136/2002 fin (1));

    Visto su Dictamen sobre la «Propuesta de Decisión del Parlamento Europeo y del Consejo por la que se adopta un programa plurianual (2004-2006) para la integración efectiva de las tecnologías de la información y la comunicación (TIC) en los sistemas de educación y formación en Europa (programa eLearning)» (CDR 73/2003 fin (2));

    Visto su Dictamen sobre el «Seguimiento al plan plurianual de acción comunitaria para propiciar una mayor seguridad en la utilización de Internet mediante la lucha contra los contenidos ilícitos y nocivos en las redes mundiales» (CDR 140/2002 fin (3));

    Visto su Dictamen sobre la «Propuesta de Decisión del Consejo por la que se adopta un programa plurianual (2003-2005) para el seguimiento de eEurope, la difusión de las buenas prácticas y la mejora de la seguridad de las redes y la información (Modinis)» (CDR 252/2002 fin (4));

    Visto su Dictamen sobre «eEurope 2002: Accesibilidad de los sitios Web públicos y de su contenido» (CDR 397/2001 fin (5));

    Visto su proyecto de dictamen (CDR 308/2003 rev. 2) aprobado en la reunión de la Comisión de Cultura y Educación del día 19 de febrero de 2004 (ponente: Sr. RICCA, alcalde de Bollengo, IT/PSE);

    Considerando que:

    1)

    El Consejo Europeo de Barcelona de marzo de 2002 reconoció que la televisión digital y las comunicaciones móviles de tercera generación (3G) desempeñarán un papel clave al facilitar un acceso generalizado a servicios interactivos, al tiempo que hizo un llamamiento a los Estados miembros para que fomentasen el uso de plataformas abiertas que ofrezcan libertad de elección a los ciudadanos en el acceso a las aplicaciones y servicios de la sociedad de la información, e invitó a la Comisión a presentar un análisis de los obstáculos que siguen limitando la consecución de un acceso generalizado a dichos servicios y aplicaciones.

    2)

    El Consejo Europeo de Sevilla de junio de 2002, con la adopción del plan de acción eEurope 2005, reconoció la importancia de una sociedad de la información para todos con vistas a alcanzar el objetivo de Lisboa de convertir a la Unión en la economía basada en el conocimiento más competitiva del mundo.

    3)

    En los próximos años, es importante conseguir el acceso generalizado de todos los ciudadanos, incluidas las personas con discapacidad y con necesidades especiales, a los nuevos servicios y aplicaciones de la sociedad de la información,

    ha aprobado en su 54o Pleno celebrado los días 21 y 22 de abril de 2004 (sesión del 21 de abril) el presente Dictamen

    1.   Puntos de vista del Comité de las Regiones

    El Comité de las Regiones

    1.1.

    valora de forma positiva la iniciativa de la Comisión, dado que satisface las peticiones de examinar los obstáculos que todavía impiden un acceso generalizado a los servicios de la sociedad de la información a través de plataformas abiertas en los ámbitos de la televisión digital y las comunicaciones móviles de 3G, así como la amplia consulta pública llevada a cabo;

    1.2.

    se muestra de acuerdo con una visión de futuro de una «una sociedad de la información para todos» en la que, más tarde o más temprano, todos los ciudadanos podrán acceder y utilizar de forma rutinaria los servicios electrónicos;

    1.3.

    Apoya la decisión de la Comisión de centrar la Comunicación en las plataformas para la prestación de los servicios; es decir, en el medio de proveer el servicio, más que en la variedad de servicios propiamente dicha;

    1.4.

    Se muestra de acuerdo en que las infraestructuras de comunicaciones actuales se caracterizan por la existencia de «islas de conectividad» que apenas se comunican entre sí; en que existe una tendencia hacia una interoperabilidad creciente entre estas «islas»; y en que dicha evolución se debe a la tecnología, pues la digitalización de las redes actuales contribuye sustancialmente a que sea posible hacerlas interoperables;

    1.5.

    coincide en que la tendencia a la interoperabilidad se debe, en parte, al mercado (ya que los usuarios desean acceder a los servicios ofrecidos por diferentes prestadores desde dispositivos distintos y en lugares y situaciones diferentes) y, en parte, a la evolución de la reglamentación (ya que se tiende a crear una situación de igualdad de condiciones con una normativa neutra respecto de la tecnología, favorable a un entorno multiplataforma competitivo);

    1.6.

    se muestra de acuerdo en las ventajas de la conversión digital, con la posibilidad de procesar y comprimir datos digitales, permitiendo una utilización de la capacidad de la red mucho mayor que en el caso de las señales analógicas;

    1.7.

    llama la atención sobre el hecho de que actualmente los ordenadores personales constituyen el medio más generalizado de acceder a los servicios de la sociedad de la información, y de que los receptores de televisión digital y los teléfonos móviles se sitúan en segundo lugar, a cierta distancia de los primeros, al tiempo que aparecen otros dispositivos, distribuidos en diversas categorías;

    1.8.

    recuerda que la radiodifusión televisiva y la radiodifusión sonora, según se define en la Directiva 89/552/CEE, no son en la actualidad servicios de la sociedad de la información, ya que no se prestan a petición individual, y que la televisión digital no es sinónimo de televisión interactiva;

    1.9.

    recuerda a este respecto que la conversión al sistema digital es un proceso complejo con implicaciones económicas y sociales que van más allá de una mera migración técnica. Dado el papel de la radio y la televisión en la sociedad moderna, la repercusión no es sólo económica, sino también social y política;

    1.10.

    apoya la decisión de la Comisión de centrar su atención en el desarrollo de la interoperabilidad y, a este respecto, de favorecer el uso de «plataformas abiertas», dado que ofrecen una mayor libertad de elección a los ciudadanos en el acceso a las aplicaciones y servicios de la sociedad de la información;

    1.11.

    toma nota de la transición del sector de las telecomunicaciones móviles desde la prestación fundamentalmente de servicios de telefonía vocal (con complementos como el SMS) a la prestación de servicios móviles de datos y multimedia. No obstante, todavía existen diversos obstáculos a las comunicaciones móviles de tercera generación (3G) que se resumen a continuación:

    a)

    costes elevados de desarrollo de las infraestructuras;

    b)

    problemas técnicos considerables y continuados;

    c)

    falta de servicios eficaces;

    d)

    falta de «demanda» de los servicios de 3G;

    1.12.

    señala, asimismo, que el marco global que se extrae del examen del asunto es especialmente complejo y fragmentado, por lo que no puede haber análisis definitivo. Por lo tanto, debe valorarse positivamente un planteamiento que tiende a favorecer unas condiciones de competencia neutras con respecto a la tecnología y a considerar otros factores, además de la «apertura» de las plataformas de 3G y televisión digital, que interesan especialmente a los consumidores, entre los obstáculos que frenan el acceso a los servicios de la sociedad de la información.

    2.   Recomendaciones del Comité de las Regiones

    El Comité de las Regiones

    2.1.

    recomienda que, al apoyar la accesibilidad a los nuevos servicios y aplicaciones de la sociedad de la información y al completar la transición de la radiodifusión analógica a la digital (de la conversión al sistema digital al cierre del analógico), se dé prioridad por encima de todo a los intereses de los ciudadanos consumidores, para evitar un impacto socialmente negativo. Dado el papel que desempeñan la radio y la televisión en la sociedad moderna, las consecuencias no son únicamente de tipo económico, sino también de carácter social y político;

    2.2.

    considera un objetivo esencial que la sociedad europea de la información se desarrolle tanto en el plano social como en el cultural, lingüístico y regional y que, con el fin de evitar nuevas exclusiones, se garantice que puede reportar ventajas a todos los ciudadanos;

    2.3.

    solicita, por lo tanto, prestar atención de forma que:

    a)

    la conversión digital no implique que muchos hogares simplemente se vean privados de la noche a la mañana de servicios de radio y televisión (en la actualidad, la televisión digital se difunde principalmente a través de la televisión de pago por satélite). La transición definitiva a la tecnología digital debe llevarse a cabo únicamente cuando verdaderamente existan pocos aparatos analógicos;

    b)

    se garantice el desarrollo de servicios útiles y atractivos para los consumidores;

    c)

    se cree un entorno seguro que favorezca la confianza de los usuarios en los servicios interactivos, especialmente por que se refiere a la intimidad y a la protección de los datos de los consumidores como, por ejemplo, información sobre tarjetas de crédito;

    d)

    se establezca un marco regulador claro para los nuevos servicios electrónicos;

    e)

    se garantice el acceso de las personas con discapacidad y con necesidades especiales;

    f)

    se acelere la inversión en las infraestructuras de comunicación digital, de forma que la sociedad pueda adelantarse a las ventajas del proceso, teniendo muy presente el acceso homogéneo de todos los niveles territoriales, sin que ello suponga descompensaciones ni costes excesivos para los ciudadanos;

    2.4.

    recomienda que, ante todo, las eventuales medidas específicas a nivel nacional o europeo que pudieran ser necesarias para apoyar económicamente la transición de la tecnología analógica a la digital:

    a)

    garanticen el pluralismo informativo, habida cuenta de la repercusión política y social de los contenidos de los programas de radio y televisión;

    b)

    garanticen que la oferta de servicios estimula el proceso de conversión, y que éste no consiste en un simple cambio de infraestructura, sin valor añadido para los ciudadanos. Las autoridades públicas deben estimular la oferta de contenidos con gran valor añadido para las redes televisivas garantizando al mismo tiempo la difusión de la información pública;

    c)

    defiendan el papel relevante que las regiones y los entes locales pueden desempeñar como proveedores de información y, sobre todo, de servicios «en línea», además de como usuarios de las tecnologías de la información y de la comunicación en el sector de la educación, de la formación profesional, de la sanidad, de la promoción cultural o turística y para desarrollar la interoperabilidad entre las administraciones públicas;

    d)

    tengan como finalidad el apoyo a la cobertura de todo el territorio, incluidas las zonas periféricas, con infraestructuras para el acceso fácil a los servicios y de este modo, reducir las diferencias con las zonas con gran concentración de servicios digitales;

    e)

    contribuyan a la disponibilidad de receptores de bajo costo para que la entrada a la tecnología digital no suponga grandes gastos para el consumidor;

    f)

    el conjunto de la administración pública en Europea en todos los niveles se comprometa a ofrecer un servicio «on line» a los ciudadanos, constituyéndose con ello en modelo y referente para el impulso y la socialización de la nueva tecnología digital;

    2.5.

    hace hincapié en la necesidad de que la posible intervención pública no ocasione distorsiones en el sistema y no contravenga el principio de la competencia. Las intervenciones de los Estados miembros no deberán hacer ningún tipo de discriminación ni privilegiar a un operador de mercado con respecto a otro;

    2.6.

    pide que se examinen con atención los riesgos que entraña una intervención con ayudas públicas dado que, por un lado, la no intervención puede poner en peligro los objetivos de interés general y, de lo contrario, se puede perjudicar la competitividad y el estímulo a la innovación. En todo caso, ya que la intervención pública, por ejemplo, en el caso de la conversión de la radiodifusión, requiere un juicio político que deberá realizar la administración competente, nacional o regional, éste no debe ser arbitrario, sino que ha de basarse en un sólido análisis del mercado. Se considerarán las especiales características de las regiones, especialmente la extensión geográfica y número de habitantes, en los procesos de definición de las ayudas públicas necesarias para dotar de infraestructuras que garanticen el acceso en todo el territorio;

    2.7.

    pide que se preste atención al empleo del espectro de frecuencias liberadas por la televisión analógica, con el fin de reutilizarlo todo para otros canales televisivos o para nuevos sectores y servicios como, por ejemplo, el ámbito de la telefonía móvil.

    2.8;

    la multiplicación de los canales de radio y televisión disponibles podría poner en peligro la capacidad del mercado para absorber todas las posibilidades que ofrecen las tecnologías, dado que podrían desaparecer las pequeñas entidades locales de radiodifusión al no poder asumir los costes económicos necesarios para hacer frente a la competencia y la reducción de los ingresos derivados de la publicidad, lo que supondría un obstáculo. Asimismo, podría tener un impacto negativo para los entes locales que, merced a los operadores locales de radiodifusión, suelen disponer de instrumentos para fomentar y valorizar las características culturales y socioeconómicas locales. Por el contrario, las nuevas tecnologías deben garantizar la posibilidad de una mayor difusión de la información accesible a cada vez más ciudadanos.

    Bruselas, 21 de abril de 2004.

    El Presidente

    del Comité de las Regiones

    Peter STRAUB


    (1)  DO C 128 de 29.5.2003, p. 14.

    (2)  DO C 244 de 10.10.2003, p. 42.

    (3)  DO C 73 de 16.3.2003, p. 34.

    (4)  DO C 128 de 29.5.2003, p. 19.

    (5)  DO C 278 de 14.11.2002, p. 24.


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