Choisissez les fonctionnalités expérimentales que vous souhaitez essayer

Ce document est extrait du site web EUR-Lex

Document C2004/118/10

Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Quinta), de 29 de abril de 2004, en el asunto C-17/01 (petición de decision prejudicial planteada por el Bundesfinanzhof): Finanzamt Sulingen contra Walter Sudholz («Sexta Directiva IVA — Artículos 2 y 3 de la Decisión 2000/186/CE — Limitación global del derecho a deducir el IVA que grava los vehículos que no se utilizan exclusivamente con fines profesionales — Autorización de una medida tributaria nacional con efecto retroactivo»)

DO C 118 de 30.4.2004, p. 5-6 (ES, DA, DE, EL, EN, FR, IT, NL, PT, FI, SV)

30.4.2004   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 118/5


SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA

(Sala Quinta)

de 29 de abril de 2004

en el asunto C-17/01 (petición de decision prejudicial planteada por el Bundesfinanzhof): Finanzamt Sulingen contra Walter Sudholz (1)

(«Sexta Directiva IVA - Artículos 2 y 3 de la Decisión 2000/186/CE - Limitación global del derecho a deducir el IVA que grava los vehículos que no se utilizan exclusivamente con fines profesionales - Autorización de una medida tributaria nacional con efecto retroactivo»)

(2004/C 118/10)

Lengua de procedimiento: alemán

En el asunto C-17/01, que tiene por objeto una petición dirigida al Tribunal de Justicia, con arreglo al artículo 234 CE, por el Bundesfinanzhof (Alemania), destinada a obtener, en el litigio pendiente ante dicho órgano jurisdiccional entre Finanzamt Sulingen y Walter Sudholz, una decisión prejudicial sobre la validez de los artículos 2 y 3 de la Decisión 2000/186/CE del Consejo, de 28 de febrero de 2000, por la que se autoriza a la República Federal de Alemania a establecer medidas de inaplicación de los artículos 6 y 17 de la Directiva 77/388/CEE, Sexta Directiva en materia de armonización de las legislaciones de los Estados miembros relativas a los impuestos sobre el volumen de negocios – Sistema común del impuesto sobre el valor añadido: base imponible uniforme (DO L 59, p. 12), el Tribunal de Justicia (Sala Quinta), integrado por el Sr. P. Jann, en funciones de Presidente de la Sala Quinta, y los Sres. C.W.A. Timmermans y S. von Bahr (Ponente), Jueces; Abogado General: Sr. L.A. Geelhoed; Secretaria: Sra. M.-F. Contet, administradora principal, ha dictado el 29 de abril de 2004 una sentencia cuyo fallo es el siguiente:

1)

El examen del procedimiento seguido para la adopción de la Decisión 2000/186/CE, de 28 de febrero de 2000, por la que se autoriza a la República Federal de Alemania a establecer medidas de inaplicación de los artículos 6 y 17 de la Directiva 77/388/CEE, Sexta Directiva en materia de armonización de las legislaciones de los Estados miembros relativas a los impuestos sobre el volumen de negocios - Sistema común del impuesto sobre el valor añadido: base imponible uniforme, no ha revelado ninguna irregularidad que pueda afectar a su validez.

2)

El artículo 3 de la Decisión 2000/186/CE es inválido en la medida en que prevé la aplicación retroactiva de la autorización concedida por el Consejo a la República Federal de Alemania a partir del 1 de abril de 1999.

3)

El artículo 2 de la Decisión 2000/186/CE cumple los requisitos materiales previstos en el artículo 27, apartado 1, de la Directiva 77/388/CEE del Consejo, de 17 de mayo de 1977, Sexta Directiva en materia de armonización de las legislaciones de los Estados miembros relativas a los impuestos sobre el volumen de negocios - Sistema común del impuesto sobre el valor añadido: base imponible uniforme, en su versión modificada por la Directiva 95/7/CE del Consejo, de 10 de abril de 1995, y no carece de validez.


(1)  DO C 79 de 10.3.2001.


Haut