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Document C2004/118/10
Judgment of the Court (Fifth Chamber) of 29 April 2004 in Case C-17/01 (reference for a preliminary ruling from the Bundesfinanzhof): Finanzamt Sulingen v Walter Sudholz (Sixth VAT Directive — Articles 2 and 3 of Decision 2000/186/EC — Flat-rate limit on the right to deduct VAT on vehicles not used solely for business purposes — Retroactive authorisation of a national tax measure)
Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Quinta), de 29 de abril de 2004, en el asunto C-17/01 (petición de decision prejudicial planteada por el Bundesfinanzhof): Finanzamt Sulingen contra Walter Sudholz («Sexta Directiva IVA — Artículos 2 y 3 de la Decisión 2000/186/CE — Limitación global del derecho a deducir el IVA que grava los vehículos que no se utilizan exclusivamente con fines profesionales — Autorización de una medida tributaria nacional con efecto retroactivo»)
Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Quinta), de 29 de abril de 2004, en el asunto C-17/01 (petición de decision prejudicial planteada por el Bundesfinanzhof): Finanzamt Sulingen contra Walter Sudholz («Sexta Directiva IVA — Artículos 2 y 3 de la Decisión 2000/186/CE — Limitación global del derecho a deducir el IVA que grava los vehículos que no se utilizan exclusivamente con fines profesionales — Autorización de una medida tributaria nacional con efecto retroactivo»)
DO C 118 de 30.4.2004, p. 5-6
(ES, DA, DE, EL, EN, FR, IT, NL, PT, FI, SV)
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30.4.2004 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 118/5 |
SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA
(Sala Quinta)
de 29 de abril de 2004
en el asunto C-17/01 (petición de decision prejudicial planteada por el Bundesfinanzhof): Finanzamt Sulingen contra Walter Sudholz (1)
(«Sexta Directiva IVA - Artículos 2 y 3 de la Decisión 2000/186/CE - Limitación global del derecho a deducir el IVA que grava los vehículos que no se utilizan exclusivamente con fines profesionales - Autorización de una medida tributaria nacional con efecto retroactivo»)
(2004/C 118/10)
Lengua de procedimiento: alemán
En el asunto C-17/01, que tiene por objeto una petición dirigida al Tribunal de Justicia, con arreglo al artículo 234 CE, por el Bundesfinanzhof (Alemania), destinada a obtener, en el litigio pendiente ante dicho órgano jurisdiccional entre Finanzamt Sulingen y Walter Sudholz, una decisión prejudicial sobre la validez de los artículos 2 y 3 de la Decisión 2000/186/CE del Consejo, de 28 de febrero de 2000, por la que se autoriza a la República Federal de Alemania a establecer medidas de inaplicación de los artículos 6 y 17 de la Directiva 77/388/CEE, Sexta Directiva en materia de armonización de las legislaciones de los Estados miembros relativas a los impuestos sobre el volumen de negocios – Sistema común del impuesto sobre el valor añadido: base imponible uniforme (DO L 59, p. 12), el Tribunal de Justicia (Sala Quinta), integrado por el Sr. P. Jann, en funciones de Presidente de la Sala Quinta, y los Sres. C.W.A. Timmermans y S. von Bahr (Ponente), Jueces; Abogado General: Sr. L.A. Geelhoed; Secretaria: Sra. M.-F. Contet, administradora principal, ha dictado el 29 de abril de 2004 una sentencia cuyo fallo es el siguiente:
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1) |
El examen del procedimiento seguido para la adopción de la Decisión 2000/186/CE, de 28 de febrero de 2000, por la que se autoriza a la República Federal de Alemania a establecer medidas de inaplicación de los artículos 6 y 17 de la Directiva 77/388/CEE, Sexta Directiva en materia de armonización de las legislaciones de los Estados miembros relativas a los impuestos sobre el volumen de negocios - Sistema común del impuesto sobre el valor añadido: base imponible uniforme, no ha revelado ninguna irregularidad que pueda afectar a su validez. |
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2) |
El artículo 3 de la Decisión 2000/186/CE es inválido en la medida en que prevé la aplicación retroactiva de la autorización concedida por el Consejo a la República Federal de Alemania a partir del 1 de abril de 1999. |
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3) |
El artículo 2 de la Decisión 2000/186/CE cumple los requisitos materiales previstos en el artículo 27, apartado 1, de la Directiva 77/388/CEE del Consejo, de 17 de mayo de 1977, Sexta Directiva en materia de armonización de las legislaciones de los Estados miembros relativas a los impuestos sobre el volumen de negocios - Sistema común del impuesto sobre el valor añadido: base imponible uniforme, en su versión modificada por la Directiva 95/7/CE del Consejo, de 10 de abril de 1995, y no carece de validez. |