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Document 92004E000412

PREGUNTA ESCRITA E-0412/04 de Charles Tannock (PPE-DE) a la Comisión. Regulación de las exportaciones de madera de Indonesia.

DO C 84E de 3.4.2004, pp. 787–788 (ES, DA, DE, EL, EN, FR, IT, NL, PT, FI, SV)

European Parliament's website

3.4.2004   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

CE 84/787


(2004/C 84 E/0884)

PREGUNTA ESCRITA E-0412/04

de Charles Tannock (PPE-DE) a la Comisión

(17 de febrero de 2004)

Asunto:   Regulación de las exportaciones de madera de Indonesia

En las islas occidentales y centrales de Indonesia, entre ellas Sumatra, Kalimantan y Sulawesi, una serie de grupos organizados han estando talando ilegalmente partes de los bosques tropicales y exportando madera sin respetar el medio ambiente ni a las comunidades locales que dependen del mismo. Actualmente, Papua Occidental corre peligro de ser víctima de estos grupos.

¿Podría la Comisión indicar qué medidas ha adoptado para garantizar que la madera importada a la UE ha sido talada, registrada y exportada correcta y legalmente de conformidad con la legislación de Indonesia y los acuerdos comerciales vigentes entre la UE, Indonesia y la Organización Mundial del Comercio?

Respuesta de la Sra. Wallström en nombre de la Comisión

(31 de marzo de 2004)

A excepción de las especies de madera comprendidas en la Convención sobre el comercio de especies amenazadas (CITES) no hay en la actualidad legislación comunitaria por la que se permita la importación a la Unión Europea únicamente de maderas taladas legalmente. Además de ello, no hay acuerdos multilaterales, en especial de la Organización Mundial del Comercio (OMC), que incidan directamente en el comercio de maderas taladas de manera ilegal.

La Comisión ha establecido una serie de medidas para abordar el problema de las talas clandestinas y el comercio asociado a estas prácticas en su Plan de acción: Aplicación de las leyes, gobernanza y comercio forestales (FLEGT) (1), adoptado en 2003 y debatido por la Comisión de industria, comercio exterior, investigación y energía del Parlamento. Entre estas medidas figura la propuesta de que la UE celebre Acuerdos voluntarios de Asociación FLEGT con los países exportadores de madera. Con arreglo a tales acuerdos en la Unión sólo se permitiría la entrada de maderas procedentes de dichos países provistas de un «certificado» de legalidad. En la Comunicación, la Comisión señalaba igualmente su intención de analizar otras posibles opciones legislativas.

Indonesia se ha mostrado interesada en la asociación voluntaria FLEGT y está colaborando con la Comisión en la elaboración de un importante proyecto que le permita abordar el problema de la explotación forestal ilícita. La Comisión se propone presentar en 2004 una propuesta de Reglamento que abriría paso a la puesta en práctica, con carácter voluntario, del plan del certificado FLEGT en las fronteras de la UE.


(1)  COM(2003) 251 final.


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