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Document 92004E000601

PREGUNTA ESCRITA E-0601/04 de Avril Doyle (PPE-DE) a la Comisión. Concesión de licencia de armas de fuego.

DO C 84E de 3.4.2004, p. 434–434 (ES, DA, DE, EL, EN, FR, IT, NL, PT, FI, SV)

European Parliament's website

3.4.2004   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

CE 84/434


(2004/C 84 E/0505)

PREGUNTA ESCRITA E-0601/04

de Avril Doyle (PPE-DE) a la Comisión

(27 de febrero de 2004)

Asunto:   Concesión de licencia de armas de fuego

¿Puede la Comisión informar si existen iniciativas para la armonización de la legislación sobre la concesión de licencias de armas de fuego en toda la Unión Europea ampliada?

Respuesta dada por el Sr. Bolkestein en nombre de la Comisión

(1 de abril de 2004)

Las disposiciones que regulan la circulación de armas (distintas de las armas de guerra) dentro del espacio intracomunitario figuran en la Directiva 91/477/CEE del Consejo, de 18 de junio de 1991, sobre el control de la adquisición y tenencia de armas (1).

Esta Directiva pertenece al acervo comunitario, por lo que deberá trasponerse el día de la adhesión de los nuevos países. La Comisión se ocupará de comprobar su correcta transposición.

La Directiva en cuestión es una directiva mínima, por lo que no contempla la armonización de las leyes sobre licencias de armas de fuego, y se limita fundamentalmente a definir el método de identificación de las armas y de los procedimientos para su circulación.

Al igual que para los actuales Estados miembros, sus prescripciones serán de aplicación para el conjunto de los países de la Unión a partir del 1 de mayo de 2004.


(1)  DO L 256 de 13.9.1991.


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