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Dokumentas C2004/077E/02
MINUTES#Tuesday 23 September 2003
ACTA
Martes, 23 de septiembre de 2003
ACTA
Martes, 23 de septiembre de 2003
DO C 77E de 26.3.2004, p. 18–85
(ES, DA, DE, EL, EN, FR, IT, NL, PT, FI, SV)
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26.3.2004 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
CE 77/18 |
ACTA
(2004/C 77 E/02)
DESARROLLO DE LA SESIÓN
PRESIDENCIA: Alejo VIDAL-QUADRAS ROCA
Vicepresidente
1. Apertura de la sesión
Se abre la sesión a las 9.05 horas.
2. Presentación de documentos
Los siguientes documentos han sido presentados:
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1) |
por la Comisión
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2) |
por los diputados declaraciones por escrito para su inscripción en el registro (artículo 51 del Reglamento)
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3. Nombramiento del Presidente del Banco Central Europeo * (debate)
Recomendación relativa al nombramiento del Sr. Jean-Claude Trichet como Presidente del Banco Central Europeo (10893/2003 — C5-0332/2003 — 2003/0819(CNS)) — Comisión de Asuntos Económicos y Monetarios.
Ponente: Christa Randzio-Plath (A5-0307/2003)
Interviene Gianluigi Magri (Presidente en ejercicio del Consejo).
Christa Randzio-Plath presenta la recomendación.
Intervienen Othmar Karas, en nombre del Grupo PPE-DE, Robert Goebbels, en nombre del Grupo PSE, Alain Lipietz, en nombre del Grupo Verts/ALE, William Abitbol, en nombre del Grupo EDD, Theresa Villiers, Pervenche Berès, Peter Pex, Manuel António dos Santos, Alexander Radwan, Giorgos Katiforis y Gianluigi Magri.
Se cierra el debate.
Votación: punto 11.
4. Patentabilidad de las invenciones implementadas en ordenador ***I (debate)
Informe sobre la propuesta de Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo sobre la patentabilidad de las invenciones implementadas en ordenador (COM(2002) 92 — C5-0082/2002 — 2002/0047(COD)) — Comisión de Asuntos Jurídicos y Mercado Interior.
Ponente: Arlene McCarthy (A5-0238/2003)
Interviene Frits Bolkestein (miembro de la Comisión).
PRESIDENCIA: Gérard ONESTA
Vicepresidente
Arlene McCarthy presenta su informe.
Intervienen Elly Plooij-van Gorsel (ponente de opinión de la Comisión ITRE), Michel Rocard (ponente de opinión de la Comisión CULT), Joachim Wuermeling, en nombre del Grupo PPE-DE, Manuel Medina Ortega, en nombre del Grupo PSE, Toine Manders, en nombre del Grupo ELDR, Pernille Frahm, en nombre del Grupo GUE/NGL, Raina A. Mercedes Echerer, en nombre del Grupo Verts/ALE, Antonio Mussa, en nombre del Grupo UEN, Bent Hindrup Andersen, en nombre del Grupo EDD, Marco Cappato, no inscrito, Francesco Fiori, Evelyne Gebhardt, Johanna L.A. Boogerd-Quaak, Gérard Caudron, Neil MacCormick, Rijk van Dam, Bruno Gollnisch, Malcolm Harbour, Luis Berenguer Fuster, Willy C.E.H. De Clercq, Geneviève Fraisse, Jan Dhaene, Marcelino Oreja Arburúa, Fiorella Ghilardotti, Ilda Figueiredo, Othmar Karas, Sérgio Sousa Pinto, Angelika Niebler, Olga Zrihen, Marianne L.P. Thyssen, Reino Paasilinna, Proinsias De Rossa y Frits Bolkestein.
Interviene Arlene McCarthy (ponente) para quejarse por las presiones que han ejercido sobre ella los grupos de intereses.
Se cierra el debate.
Votación: punto 5 del Acta de 24.9.2003.
PRESIDENCIA: James L.C. PROVAN
Vicepresidente
TURNO DE VOTACIONES
Los resultados detallados de las votaciones (enmiendas, votaciones por separado, votaciones por partes, ...) figuran en el Anexo I, adjunto al Acta.
5. Demanda de amparo de la inmunidad parlamentaria y los privilegios de Jannis Sakellariou (artículo 110 bis del Reglamento) (votación)
Informe sobre la demanda de amparo de la inmunidad parlamentaria y los privilegios de Jannis Sakellariou (2003/2023(IMM)) — Comisión de Asuntos Jurídicos y Mercado Interior.
Ponente: Klaus-Heiner Lehne (A5-0309/2003)
(Mayoría simple requerida)
(Votación en detalle: Anexo I, punto 1)
PROPUESTA DE DECISIÓN
Aprobado en votación única (P5_TA(2003)0388)
6. Actividades y situación jurídica de los grupos políticos (artículo 110 bis del Reglamento) (votación)
Informe sobre la inserción en el Reglamento del Parlamento Europeo de un nuevo artículo 29 bis relativo a las actividades y la situación jurídica de los grupos políticos (2003/2114(REG)) — Comisión de Asuntos Constitucionales.
Ponente: Gianfranco Dell'Alba (A5-0283/2003)
(Mayoría cualificada requerida)
(Votación en detalle: Anexo I, punto 2)
ENMIENDAS al REGLAMENTO DEL PARLAMENTO y PROPUESTA DE DECISIÓN
Aprobado en votación única (P5_TA(2003)0389)
Las nuevas disposiciones entrarán en vigor el primer día del próximo período parcial de sesiones.
7. Presupuesto rectificativo no 4/2003 (artículo 110 bis del Reglamento) (votación)
Informe sobre el proyecto de presupuesto rectificativo no 4/2003 de la Unión Europea para el ejercicio 2003 Sección III, Comisión (SEC(2003) 626 — C5-0339/2003 — 2003/2113(BUD)) — Comisión de Presupuestos.
Ponente: Göran Färm (A5-0285/2003)
(Mayoría cualificada requerida)
(Votación en detalle: Anexo I, punto 3)
PROPUESTA DE RESOLUCIÓN
Aprobado en votación única (P5_TA(2003)0390)
8. Manual «Sirene» * (artículo 110 bis del Reglamento) (votación)
Informe sobre las iniciativas de la República Helénica con vistas a la adopción:
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1. |
de una Decisión del Consejo sobre los procedimientos para modificar el Manual Sirene (7180/2003 — C5-0149/2003 — 2003/0808(CNS)) |
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2. |
de un Reglamento del Consejo relativo a los procedimientos para modificar el Manual Sirene (7179/2003 — C5-0148/2003 — 2003/0807(CNS)) — Comisión de Libertades y Derechos de los Ciudadanos, Justicia y Asuntos Interiores. |
Ponente: Carlos Coelho (A5-0288/2003)
(Mayoría simple requerida)
(Votación en detalle: Anexo I, punto 4)
INICIATIVAS, ENMIENDAS y PROYECTOS DE RESOLUCIÓN LEGISLATIVA
Aprobado en votación única (P5_TA(2003)0391 y 0392)
Intervenciones sobre la votación:
El ponente ha intervenido antes de la votación de conformidad con el apartado 4 del artículo 110 bis del Reglamento.
9. Transporte aéreo entre la Comunidad y terceros países * (artículo 110 bis del Reglamento) (votación)
Informe sobre la propuesta de Reglamento del Consejo por la que se deroga el Reglamento (CEE) no 3975/87 y se modifican el Reglamento (CEE) no 3976/87 y el Reglamento (CE) no 1/2003, en lo que respecta al transporte aéreo entre la Comunidad y terceros países (COM(2003) 91 — C5-0107/2003 — 2003/0038(CNS)) — Comisión de Asuntos Económicos y Monetarios.
Ponente: Hans-Peter Mayer (A5-0300/2003)
(Mayoría simple requerida)
(Votación en detalle: Anexo I, punto 5)
PROPUESTA DE LA COMISIÓN, ENMIENDAS y PROYECTO DE RESOLUCIÓN LEGISLATIVA
Aprobado en votación única (P5_TA(2003)0393)
10. Terceros Estados que pueden asumir la responsabilidad de examinar una solicitud de asilo * (artículo 110 bis del Reglamento) (votación)
Informe sobre la iniciativa de la República de Austria con vistas a la adopción del Reglamento del Consejo por el que se fijan los criterios para determinar los Estados que puedan calificarse como terceros Estados seguros a efectos de asumir la responsabilidad de examinar una solicitud de asilo presentada en un Estado miembro por un nacional de un tercer país, así como una lista de terceros Estados europeos seguros (14712/2002 — C5-0010/2003 — 2003/0802(CNS)) — Comisión de Libertades y Derechos de los Ciudadanos, Justicia y Asuntos Interiores.
Ponente: Olle Schmidt (A5-0210/2003)
(Mayoría simple requerida)
(Votación en detalle: Anexo I, punto 6)
INICIATIVA
Rechazado
PROYECTO DE RESOLUCIÓN LEGISLATIVA
Aprobado (P5_TA(2003)0394)
Intervenciones sobre la votación:
El ponente ha solicitado que se someta a votación el proyecto de resolución legislativa con el fin de confirmar el rechazo de la iniciativa.
11. Nombramiento del Presidente del Banco Central Europeo * (artículo 110 bis del Reglamento) (votación)
Recomendación relativa al nombramiento del Sr. Jean-Claude Trichet como Presidente del Banco Central Europeo (10893/2003 — C5-0332/2003 — 2003/0819(CNS)) — Comisión de Asuntos Económicos y Monetarios.
Ponente: Christa Randzio-Plath (A5-0307/2003)
(Mayoría simple requerida)
(Votación secreta)
(Votación en detalle: Anexo I, punto 7)
PROPUESTA DE RESOLUCIÓN
Aprobado en votación única (P5_TA(2003)0395)
12. Políticas de empleo en los países candidatos (evaluación) (artículo 110 bis del Reglamento) (votación)
Informe sobre la Comunicación de la Comisión titulada «Situación sobre la aplicación de los documentos de evaluación conjunta relativos a las políticas de empleo en los países candidatos» (COM(2003) 37 — 2003/2105(INI)) — Comisión de Empleo y Asuntos Sociales.
Ponente: Harald Ettl (A5-0282/2003)
(Mayoría simple requerida)
(Votación en detalle: Anexo I, punto 8)
PROPUESTA DE RESOLUCIÓN
Aprobado en votación única (P5_TA(2003)0396)
13. Seguridad del abastecimiento de gas natural ***I (votación)
Informe sobre la propuesta de Directiva del Parlamento Europeo y el Consejo relativa a unas medidas de protección de la seguridad de abastecimiento del gas natural (COM(2002) 488 — C5-0449/2002 — 2002/0220(COD)) — Comisión de Industria, Comercio Exterior, Investigación y Energía.
Ponente: Peter Michael Mombaur (A5-0295/2003).
(Mayoría simple requerida)
(Votación en detalle: Anexo I, punto 9)
PROPUESTA DE LA COMISIÓN
Aprobado en su versión modificada (P5_TA(2003)0397)
PROYECTO DE RESOLUCIÓN LEGISLATIVA
Aprobado (P5_TA(2003)0397)
14. Seguridad del abastecimiento de productos petrolíferos ***I (votación)
Informe sobre la propuesta de Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a la aproximación de las medidas en materia de seguridad del abastecimiento de productos petrolíferos (COM(2002) 488 — C5-0448/2002 — 2002/0219(COD)) — Comisión de Industria, Comercio Exterior, Investigación y Energía.
Ponente: Hans Karlsson (A5-0297/2003)
(Mayoría simple requerida)
(Votación en detalle: Anexo I, punto 10)
PROPUESTA DE LA COMISIÓN
Rechazado
Al haberse pedido a la Comisión que retire su propuesta, de conformidad con el apartado 1 del artículo 68 del Reglamento, Frits Bolkestein, tras una intervención de Giles Bryan Chichester para subrayar que durante el debate la Sra. de Palacio había confirmado que en caso de rechazo de la propuesta de la Comisión no la sostendría, se asocia a dichas palabras.
A propuesta del Presidente y sobre la base del artículo 68 del Reglamento, se devuelve la cuestión a la comisión competente.
15. Reservas y abastecimiento de petróleo crudo y productos petrolíferos * (votación)
Informe sobre la propuesta de Directiva del Consejo por la que se derogan las Directivas 68/414/CEE y 98/93/CE del Consejo por las que se obliga a los Estados miembros a mantener un nivel mínimo de reservas de petróleo crudo y/o productos petrolíferos y la Directiva 73/238/CEE del Consejo relativa a las medidas destinadas a atenuar los efectos producidos por las dificultades de abastecimiento de petróleo crudo y productos petrolíferos (COM(2002) 488 — C5-0489/2002 — 2002/0221(CNS)) — Comisión de Industria, Comercio Exterior, Investigación y Energía.
Ponente: Hans Karlsson (A5-0293/2003).
(Mayoría simple requerida)
(Votación en detalle: Anexo I, punto 11)
Dado que este informe está estrechamente vinculado al anterior, el ponente propone que se devuelva también a la comisión.
A propuesta del Presidente y sobre la base del artículo 68 del Reglamento, se devuelve la cuestión a la comisión competente.
16. Marca comunitaria * (votación)
Informe sobre la propuesta de Reglamento del Consejo por el que se modifica el Reglamento (CE) no 40/94 sobre la marca comunitaria (COM(2002) 767 — C5-0009/2003 — 2002/0308(CNS)) — Comisión de Asuntos Jurídicos y Mercado Interior.
Ponente: Luis Berenguer Fuster (A5-0236/2003)
(Mayoría simple requerida)
(Votación en detalle: Anexo I, punto 12)
PROPUESTA DE LA COMISIÓN
Aprobado en su versión modificada (P5_TA(2003)0398)
PROYECTO DE RESOLUCIÓN LEGISLATIVA
Aprobado (P5_TA(2003)0398)
Intervenciones sobre la votación:
El ponente ha propuesto una enmienda oral a la enmienda 3 que el Presidente ha considerado como una adaptación técnica.
17. Expulsión por vía aérea (asistencia durante el tránsito) * (votación)
Segundo informe sobre la iniciativa de la República Federal de Alemania con vistas a la adopción de la Directiva del Consejo sobre la asistencia durante el tránsito en el marco de medidas de expulsión por vía aérea (14848/2002 — C5-0011/2003 — 2003/0801(CNS)) — Comisión de Libertades y Derechos de los Ciudadanos, Justicia y Asuntos Interiores.
Ponente: Timothy Kirkhope (A5-0291/2003)
(Mayoría simple requerida)
(Votación en detalle: Anexo I, punto 13)
INICIATIVA DE LA REPÚBLICA FEDERAL DE ALEMANIA
Aprobado en su versión modificada (P5_TA(2003)0399)
PROYECTO DE RESOLUCIÓN LEGISLATIVA
Aprobado (P5_TA(2003)0399)
(Se suspende la sesión a 11.50 horas en espera de la sesión solemne.)
(De las 12.00 horas a las 12.35 horas horas, el Parlamento, bajo la presidencia de Pat Cox, se reúne en sesión solemne con ocasión de la visita del Sr. Ion Iliescu, Presidente de Rumania.)
PRESIDENCIA: James L.C. PROVAN
Vicepresidente
18. Refuerzo de la seguridad marítima (votación)
Informe sobre el refuerzo de la seguridad marítima tras el naufragio del petrolero Prestige (2003/2066(INI)) — Comisión de Política Regional, Transportes y Turismo.
Ponente: Dirk Sterckx (A5-0278/2003)
(Mayoría simple requerida)
(Votación en detalle: Anexo I, punto 14)
PROPUESTA DE RESOLUCIÓN
Aprobado (P5_TA(2003)0400)
Intervenciones sobre la votación:
El ponente ha propuesto una enmienda oral a la enmienda 11 y una enmienda oral a la enmienda 3.
Konstantinos Hatzidakis ha intervenido por una cuestión de observancia del Reglamento (el Presidente le ha retirado la palabra dado que su intervención no se refería al Reglamento).
19. Explicaciones de voto
Explicaciones de voto por escrito:
Las explicaciones de voto por escrito, en el sentido del apartado 3 del artículo 137 del Reglamento, figuran en el Acta Literal de la presente sesión.
Explicaciones de voto orales:
Informe Randzio-Plath — A5-0307/2003
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Carlo Fatuzzo |
Informe Mombaur — A5-0295/2003
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— |
Carlo Fatuzzo |
Informe Karlsson — A5-0297/2003
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— |
Carlo Fatuzzo |
Informe Kirkhope — A5-0291/2003
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— |
Carlo Fatuzzo |
Informe Sterckx — A5-0278/2003
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— |
Carlo Fatuzzo, Robert Goodwill |
20. Correciones de voto
Los siguientes diputados han comunicado las correcciones de voto siguientes:
Informe Coelho — A5-0288/2003
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votación única a favor: Rodi Kratsa-Tsagaropoulou, Marjo Matikainen-Kallström |
Informe Berenguer Fuster — A5-0236/2003
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resolución legislativa a favor: Friedrich-Wilhelm Graefe zu Baringdorf abstención: Ilda Figueiredo |
Informe Sterckx — A5-0278/2003
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enmienda 11 en contra: Rodi Kratsa-Tsagaropoulou, Cristina García-Orcoyen Tormo, José Manuel García-Margallo y Marfil, Nicole Thomas-Mauro, Isabelle Caullery abstención: Ward Beysen |
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enmienda 12/rev. a favor: Carles-Alfred Gasòliba i Böhm, James (Jim) Fitzsimons, Florence Kuntz en contra: María Elena Valenciano Martínez-Orozco |
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enmienda 16 a favor: Elly Plooij-van Gorsel, Ilda Figueiredo, Georges Berthu |
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resolución (conjunto) a favor: Marie-Hélène Descamps, María Sornosa Martínez, Ward Beysen en contra: Manuel Pérez Álvarez, Avril Doyle |
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* *
Rainer Wieland señala que se ha visto retrasado por la presencia de manifestantes en las inmediaciones del Parlamento. Protesta contra esta situación y pide al Presidente que someta a la Mesa la cuestión de si es pertinente establecer alrededor del Parlamento Europeo un perímetro de seguridad, como sucede en numerosos parlamentos nacionales de la Unión Europea.
El Presidente le responde que someterá la cuestión a la Mesa y toma nota de su presencia durante la votación del informe Sterckx.
FIN DEL TURNO DE VOTACIONES
(La sesión, suspendida a las 13.10 horas, se reanuda a las 15.00 horas.)
PRESIDENCIA: Joan COLOM i NAVAL
Vicepresidente
21. Aprobación del Acta de la sesión anterior
Se aprueba el Acta de la sesión anterior.
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Intervienen:
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Bart Staes sobre la observancia del Reglamento a propósito de una carta dirigida ayer por el Sr. Prodi al Presidente del Parlamento proponiendo un procedimiento para el examen de los documentos relativos a la investigación que se está llevando a cabo actualmente sobre Eurostat; pide que se sometan al Presidente del Parlamento y a la Conferencia de Presidentes las siguientes solicitudes: por una parte, que se aplique un procedimiento más adecuado que el propuesto, y, por otra, que la reunión sea pública (el Presidente se compromete a transmitir estas solicitudes recordando, sin embargo, que el procedimiento no ha sido decidido por el Presidente Prodi sino por la Conferencia de Presidentes) |
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Neil Parish para congratularse por la comunicación de la comisión electoral británica, según la cual los habitantes de Gibraltar tienen derecho a participar en las elecciones europeas como electores de la circunscripción de Inglaterra. |
22. Presupuesto general de la Unión — 2004 (debate)
Gianluigi Magri (Presidente en ejercicio del Consejo) presenta el proyecto de presupuesto general 2004.
Intervienen Terence Wynn (presidente de la Comisión BUDG), Jan Mulder (ponente general sobre el presupuesto 2004), Neena Gill (ponente), Michaele Schreyer (miembro de la Comisión), James E.M. Elles, en nombre del Grupo PPE-DE, Ralf Walter, en nombre del Grupo PSE, Kyösti Tapio Virrankoski, en nombre del Grupo ELDR, Esko Olavi Seppänen, en nombre del Grupo GUE/NGL, Kathalijne Maria Buitenweg, en nombre del Grupo Verts/ALE, Franz Turchi, en nombre del Grupo UEN, Rijk van Dam, en nombre del Grupo EDD, Gianfranco Dell'Alba, no inscrito, Johan Van Hecke (ponente de opinión de la Comisión AFET), Maria Johanna (Marieke) Sanders-ten Holte (ponente de opinión de la Comisión DEVE), Eryl Margaret McNally (ponente de opinión de la Comisión ITRE), Lisbeth Grönfeldt Bergman (ponente de opinión de la Comisión ECON) y Michaele Schreyer.
PRESIDENCIA: Alonso José PUERTA
Vicepresidente
Intervienen José Ignacio Salafranca Sánchez-Neyra, Lissy Gröner, Ilda Figueiredo, Kathalijne Maria Buitenweg, Gianfranco Dell'Alba, Jacques F. Poos, Yasmine Boudjenah, Salvador Garriga Polledo, Francisca Sauquillo Pérez del Arco, Armin Laschet, María Esther Herranz García, Michaele Schreyer (miembro de la Comisión), Albert Jan Maat, (ponente de opinión de la Comisión ITRE), Robert Goodwill, (ponente de opinión de la Comisión ENVI), Franz Fischler (miembro de la Comisión), Wolfgang Kreissl-Dörfler, Friedrich-Wilhelm Graefe zu Baringdorf, Liam Hyland, Jutta D. Haug, Rosa Miguélez Ramos, Franz Fischler (miembro de la Comisión), Christopher Heaton-Harris, Willi Rothley y Neil Kinnock (Vicepresidente de la Comisión).
PRESIDENCIA: Gerhard SCHMID
Vicepresidente
Intervienen Paulo Casaca, Kyösti Tapio Virrankoski, Markus Ferber y Neil Kinnock (Vicepresidente de la Comisión), Barbara Weiler, (ponente de opinión de la Comisión EMPL), Gianfranco Dell'Alba, (ponente de opinión de la Comisión AFCO), Michel Barnier (miembro de la Comisión), Konstantinos Hatzidakis, Catherine Guy-Quint, Anne Elisabet Jensen, Bartho Pronk, Ulpu Iivari, Michel Barnier y Ozan Ceyhun (ponente de opinión de la Comisión LIBE).
PRESIDENCIA: Catherine LALUMIÈRE
Vicepresidenta
Intervienen Roy Perry (ponente de opinión de la Comisión CULT), António Vitorino (miembro de la Comisión), Catherine Guy-Quint, Den Dover, Kathalijne Maria Buitenweg, Paul Rübig, António Vitorino (miembro de la Comisión), Loyola de Palacio (Vicepresidenta de la Comisión), Samuli Pohjamo, Loyola de Palacio, Gianluigi Magri (Presidente en ejercicio del Consejo), Michaele Schreyer (miembro de la Comisión) y Terence Wynn.
Se cierra el debate.
23. Situación del grupo Alstom (declaración seguida de debate)
Declaración de la Comisión: Situación del grupo Alstom
Interviene Malcolm Harbour sobre el procedimiento.
Mario Monti (miembro de la Comisión) hace la declaración.
Intervienen Othmar Karas, en nombre del Grupo PPE-DE, Francis Wurtz, en nombre del Grupo GUE/NGL, Alain Lipietz, en nombre del Grupo Verts/ALE, Charles Pasqua, en nombre del Grupo UEN, William Abitbol, en nombre del Grupo EDD, Carl Lang, no inscrito, Christoph Werner Konrad, Michael Cashman, Georges Berthu, Malcolm Harbour, Gilles Savary, en nombre del Grupo PSE, Mario Monti y Michael Cashman.
Se cierra el debate.
(La sesión, suspendida a las 20.50 horas, se reanuda a las 21.00 horas.)
PRESIDENCIA: Ingo FRIEDRICH
Vicepresidente
24. Política de los consumidores (financiación de acciones comunitarias período 2004-2007) ***I (debate)
Informe sobre la propuesta de Decisión del Parlamento Europeo y del Consejo por la que se establece un marco general para la financiación de acciones comunitarias en apoyo de la política de los consumidores en el período 2004-2007 (COM(2003) 44 — C5-0022/2003 — 2003/0020(COD)) — Comisión de Medio Ambiente, Salud Pública y Política del Consumidor.
Ponente: Phillip Whitehead (A5-0232/2003)
Interviene David Byrne (miembro de la Comisión)
Phillip Whitehead presenta su informe.
Intervienen Cristina Gutiérrez-Cortines, en nombre del Grupo PPE-DE, Astrid Thors, en nombre del Grupo ELDR, Didier Rod, en nombre del Grupo Verts/ALE, Philip Bushill-Matthews, Inger Schörling y David Byrne.
Se cierra el debate.
Votación: punto 6 del Acta de 24.9.2003.
25. Adecuación y viabilidad de las pensiones (debate)
Informe sobre el Informe conjunto de la Comisión y del Consejo sobre la adecuación y la viabilidad de las pensiones (COM(2002) 737 — 2003/2040(INI)) — Comisión de Empleo y Asuntos Sociales.
Ponente: Jan Andersson (A5-0259/2003)
Jan Andersson presenta su informe.
Interviene Anna Diamantopoulou (miembro de la Comisión).
Intervienen Johanna L.A. Boogerd-Quaak (ponente de opinión de la Comisión FEMM), Carlo Fatuzzo, en nombre del Grupo PPE-DE, Alejandro Cercas, en nombre del Grupo PSE, Anne Elisabet Jensen, en nombre del Grupo ELDR, Sylviane H. Ainardi, en nombre del Grupo GUE/NGL, Theodorus J.J. Bouwman, en nombre del Grupo Verts/ALE, Brian Crowley, en nombre del Grupo UEN, Bartho Pronk, Stephen Hughes, Ilda Figueiredo, Philip Bushill-Matthews, Proinsias De Rossa, Herman Schmid, Manuel Pérez Álvarez, Chantal Cauquil, Piia-Noora Kauppi y Ioannis Patakis.
Se cierra el debate.
Votación: punto 9 del Acta de 24.9.2003.
26. Imposición de los productos energéticos y de la electricidad * (debate)
Informe sobre la propuesta de Directiva del Consejo por la que se reestructura el régimen comunitario de imposición de los productos energéticos y de la electricidad — Nueva consulta (8084/2003 — C5-0192/2003 — 1997/0111(CNS)) — Comisión de Asuntos Económicos y Monetarios.
Ponente: Pierre Jonckheer (A5-0302/2003)
Interviene Frits Bolkestein (miembro de la Comisión).
Pierre Jonckheer presenta su informe.
Intervienen Gérard Caudron, ponente de opinión de la Comisión ITRE, Piia-Noora Kauppi, en nombre del Grupo PPE-DE, Christa Randzio-Plath, en nombre del Grupo PSE, Olle Schmidt, en nombre del Grupo ELDR, Johannes (Hans) Blokland, en nombre del Grupo EDD, Eija-Riitta Anneli Korhola y Frits Bolkestein.
Se cierra el debate.
Votación: punto 7 del Acta de 24.9.2003.
27. Transmisión de datos personales por parte de las compañías aéreas durante los vuelos transatlánticos (pregunta oral con debate)
Pregunta oral: Transmisión de datos personales por parte de las compañías aéreas durante los vuelos transatlánticos — autora: Johanna L.A. Boogerd-Quaak, en nombre de la Comisión LIBE (B5-0277/2003)
Johanna L.A. Boogerd-Quaak desarrolla la pregunta oral.
Interviene Frits Bolkestein (miembro de la Comisión).
Intervienen Giacomo Santini, en nombre del Grupo PPE-DE, Elena Ornella Paciotti, en nombre del Grupo PSE, Kathalijne Maria Buitenweg, en nombre del Grupo Verts/ALE, Marco Cappato, no inscrito, y Bernd Posselt.
Se cierra el debate.
Votación: jueves, 9 de octubre de 2003.
28. Servicios de inversión y mercados regulados ***I (debate)
Informe sobre la propuesta de Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo sobre servicios de inversión y mercados regulados, y por la que se modifican las Directivas 85/611/CEE y 93/6/CEE del Consejo y la Directiva 2000/12/CE del Parlamento Europeo y del Consejo (COM(2002) 625 — C5-0586/2002 — 2002/0269(COD)) — Comisión de Asuntos Económicos y Monetarios.
Ponente: Theresa Villiers (A5-0287/2003)
Interviene Frits Bolkestein (miembro de la Comisión).
Theresa Villiers presenta su informe.
Intervienen Alexander Radwan, en nombre del Grupo PPE-DE, Giorgos Katiforis, en nombre del Grupo PSE, Olle Schmidt, en nombre del Grupo ELDR, Philippe A.R. Herzog, en nombre del Grupo GUE/NGL, Jean-Louis Bourlanges, Christa Randzio-Plath, Astrid Lulling, Pervenche Berès, Othmar Karas, Ieke van den Burg, Peter William Skinner y Frits Bolkestein.
Se cierra el debate.
Votación: punto 9 del Acta de 25.9.2003.
29. Orden del día de la próxima sesión
El orden del día de la sesión de mañana ha sido fijado (documento «Orden del día» PE 334.423/OJME).
30. Cierre de la sesión
Se levanta la sesión a las 0.05 horas.
Julian Priestley
Secretario General
José Pacheco Pereira
Vicepresidente
LISTA DE ASISTENCIA
Han firmado:
Aaltonen, Abitbol, Adam, Ahern, Ainardi, Alavanos, Almeida Garrett, Alyssandrakis, Andersen, Andersson, Andreasen, André-Léonard, Andrews, Andria, Angelilli, Aparicio Sánchez, Arvidsson, Atkins, Auroi, Averoff, Avilés Perea, Ayuso González, Bakopoulos, Balfe, Baltas, Banotti, Barón Crespo, Bartolozzi, Bastos, Bayona de Perogordo, Beazley, Bébéar, Belder, Berend, Berenguer Fuster, Berès, van den Berg, Bergaz Conesa, Berger, Berlato, Bernié, Berthu, Bethell, Beysen, Bigliardo, Blak, Blokland, Bodrato, Böge, Bösch, von Boetticher, Bonde, Bonino, Boogerd-Quaak, Booth, Bordes, Borghezio, van den Bos, Boudjenah, Bourlanges, Bouwman, Bowe, Bowis, Bradbourn, Breyer, Brie, Brienza, Brok, Brunetta, Buitenweg, Bullmann, van den Burg, Bushill-Matthews, Busk, Butel, Callanan, Calò, Camisón Asensio, Campos, Camre, Cappato, Carlotti, Carnero González, Carraro, Carrilho, Casaca, Cashman, Caudron, Caullery, Cauquil, Cederschiöld, Celli, Cercas, Cerdeira Morterero, Ceyhun, Chichester, Philip Claeys, Cocilovo, Coelho, Cohn-Bendit, Collins, Colom i Naval, Corbett, Corbey, Cornillet, Corrie, Cossutta, Raffaele Costa, Coûteaux, Cox, Crowley, Cunha, Cushnahan, van Dam, Darras, Dary, Daul, Davies, De Clercq, Decourrière, Dehousse, Dell'Alba, Della Vedova, De Mita, Deprez, De Rossa, De Sarnez, Descamps, Désir, De Veyrac, Dhaene, Díez González, Di Lello Finuoli, Dillen, Dimitrakopoulos, Doorn, Dover, Doyle, Dührkop Dührkop, Duff, Duhamel, Duin, Dupuis, Dybkjær, Ebner, Echerer, Elles, Esclopé, Ettl, Jonathan Evans, Färm, Farage, Fatuzzo, Fava, Ferber, Fernández Martín, Ferrández Lezaun, Ferreira, Ferrer, Ferri, Fiebiger, Figueiredo, Fiori, Fitzsimons, Flemming, Flesch, Florenz, Folias, Ford, Formentini, Foster, Fourtou, Frahm, Fraisse, Frassoni, Friedrich, Fruteau, Gahler, Galeote Quecedo, Garaud, García-Margallo y Marfil, García-Orcoyen Tormo, Gargani, Garot, Garriga Polledo, Gasòliba i Böhm, Gawronski, Gebhardt, Gemelli, Ghilardotti, Gill, Gillig, Gil-Robles Gil-Delgado, Glante, Glase, Gobbo, Goebbels, Goepel, Görlach, Gollnisch, Gomolka, Goodwill, Gorostiaga Atxalandabaso, Graefe zu Baringdorf, Graça Moura, Gröner, Grönfeldt Bergman, Grosch, Grossetête, Gutiérrez-Cortines, Guy-Quint, Hänsch, Hager, Hannan, Harbour, Hatzidakis, Haug, Hazan, Heaton-Harris, Hedkvist Petersen, Helmer, Hermange, Herranz García, Herzog, Hieronymi, Honeyball, Hortefeux, Howitt, Hughes, van Hulten, Hume, Hyland, Iivari, Ilgenfritz, Imbeni, Inglewood, Isler Béguin, Izquierdo Collado, Izquierdo Rojo, Jackson, Jarzembowski, Jeggle, Jensen, Jöns, Jonckheer, Jové Peres, Junker, Karamanou, Karas, Karlsson, Katiforis, Kaufmann, Kauppi, Keppelhoff-Wiechert, Keßler, Khanbhai, Kindermann, Glenys Kinnock, Kirkhope, Klamt, Klaß, Knolle, Koch, Konrad, Korhola, Koukiadis, Koulourianos, Krarup, Kratsa-Tsagaropoulou, Krehl, Kreissl-Dörfler, Krivine, Kronberger, Kuckelkorn, Kuhne, Kuntz, Lage, Lagendijk, Laguiller, Lalumière, Lamassoure, Lambert, Lang, Lange, Langen, Langenhagen, Lannoye, de La Perriere, Laschet, Lavarra, Lechner, Leinen, Liese, Linkohr, Lipietz, Lisi, Lulling, Lund, Lynne, Maat, McAvan, McCartin, MacCormick, McKenna, McMillan-Scott, McNally, Maes, Maij-Weggen, Malliori, Manders, Manisco, Thomas Mann, Mantovani, Marchiani, Marinho, Marini, Marinos, Markov, Marques, Marset Campos, Martens, David W. Martin, Hans-Peter Martin, Hugues Martin, Martinez, Martínez Martínez, Mastorakis, Mathieu, Matikainen-Kallström, Mauro, Hans-Peter Mayer, Xaver Mayer, Mayol i Raynal, Medina Ortega, Meijer, Méndez de Vigo, Mendiluce Pereiro, Menéndez del Valle, Mennitti, Menrad, Messner, Miguélez Ramos, Miller, Miranda de Lage, Modrow, Mombaur, Monsonís Domingo, Montfort, Moraes, Moreira Da Silva, Morgantini, Morillon, Emilia Franziska Müller, Müller, Mulder, Murphy, Muscardini, Musotto, Mussa, Musumeci, Myller, Napoletano, Napolitano, Naranjo Escobar, Nassauer, Newton Dunn, Nicholson, Nicholson of Winterbourne, Niebler, Nisticò, Nobilia, Nogueira Román, Nordmann, Obiols i Germà, Ojeda Sanz, Olsson, Ó Neachtain, Onesta, Oomen-Ruijten, Oostlander, Oreja Arburúa, Ortuondo Larrea, Paasilinna, Pacheco Pereira, Paciotti, Pack, Pannella, Papayannakis, Parish, Pasqua, Pastorelli, Patakis, Patrie, Paulsen, Pérez Álvarez, Pérez Royo, Roy Perry, Pesälä, Pex, Piecyk, Piétrasanta, Pirker, Piscarreta, Pittella, Plooij-van Gorsel, Podestà, Poettering, Pohjamo, Poignant, Pomés Ruiz, Poos, Posselt, Prets, Procacci, Pronk, Provan, Puerta, Purvis, Queiró, Quisthoudt-Rowohl, Rack, Radwan, Randzio-Plath, Rapkay, Raschhofer, Raymond, Read, Redondo Jiménez, Ribeiro e Castro, Ries, Riis-Jørgensen, Ripoll y Martínez de Bedoya, Rocard, Rod, Rodríguez Ramos, de Roo, Roth-Behrendt, Rothe, Rothley, Roure, Rovsing, Rübig, Rühle, Ruffolo, Sacconi, Sacrédeus, Saint-Josse, Sakellariou, Salafranca Sánchez-Neyra, Sandberg-Fries, Sandbæk, Sanders-ten Holte, Santer, Santini, dos Santos, Sartori, Sauquillo Pérez del Arco, Savary, Sbarbati, Scarbonchi, Schaffner, Scheele, Schierhuber, Schleicher, Gerhard Schmid, Herman Schmid, Olle Schmidt, Schmitt, Schnellhardt, Schörling, Ilka Schröder, Jürgen Schröder, Schulz, Schwaiger, Segni, Seppänen, Sichrovsky, Simpson, Sjöstedt, Skinner, Smet, Soares, Sörensen, Sommer, Sornosa Martínez, Souchet, Souladakis, Sousa Pinto, Speroni, Staes, Stenmarck, Stenzel, Sterckx, Stihler, Stirbois, Stockmann, Stockton, Sturdy, Sudre, Sumberg, Suominen, Swiebel, Swoboda, Sørensen, Tajani, Tannock, Terrón i Cusí, Theato, Theorin, Thomas-Mauro, Thors, Thyssen, Titford, Titley, Torres Marques, Trakatellis, Trentin, Turchi, Turco, Turmes, Vachetta, Väyrynen, Vairinhos, Valdivielso de Cué, Valenciano Martínez-Orozco, Vallvé, Van Brempt, Van Hecke, Van Lancker, Van Orden, Varela Suanzes-Carpegna, Vattimo, Veltroni, van Velzen, Vermeer, de Veyrinas, Vidal-Quadras Roca, Villiers, Vinci, Virrankoski, Vlasto, Voggenhuber, Volcic, Wachtmeister, Walter, Watson, Watts, Weiler, Wenzel-Perillo, Whitehead, Wieland, Wiersma, Wijkman, von Wogau, Wuermeling, Wuori, Wurtz, Wynn, Zabell, Zacharakis, Zappalà, Zimeray, Zimmerling, Zissener, Zorba, Zrihen.
Observateurs
Bagó Zoltán, Balsai István, Bastys Mindaugas, Biela Adam, Bielan Adam, Bobelis Kazys Jaunutis, Bonnici Josef, Brejc Mihael, Chronowski Andrzej, Chrzanowski Zbigniew, Cilevičs Boriss, Cybulski Zygmunt, Czinege Imre, Didžiokas Gintaras, Drzęla Bernard, Ékes József, Fazakas Szabolcs, Fenech Antonio, Fico Róbert, Filipek Krzysztof, Frendo Michael, Gałazėwski Andrzej, Gawłowski Andrzej, Germič Ljubo, Giertych Maciej, Grabowska Genowefa, Gruber Attila, Grzebisz-Nowicka Zofia, Gurmai Zita, Gyürk András, Horvat Franc, Ilves Toomas Hendrik, Jaskiernia Jerzy, Kamiński Michał Tomasz, Kelemen András, Kiršteins Aleksandrs, Klich Bogdan, Kłopotek Eugeniusz, Klukowski Wacław, Kowalska Bronisława, Kriščiūnas Kęstutis, Kroupa Daniel, Kuzmickas Kęstutis, Kvietkauskas Vytautas, Laar Mart, Landsbergis Vytautas, Lepper Andrzej, Libicki Marcin, Lisak Janusz, Litwiniec Bogusław, Lydeka Arminas, Łyżwiński Stanisław, Macierewicz Antoni, Maldeikis Eugenijus, Manninger Jenő, Matsakis Marios, Mavrou Eleni, Őry Csaba, Pęczak Andrzej, Peterle Alojz, Pieniążek Jerzy, Pīks Rihards, Plokšto Artur, Podgórski Bogdan, Pospíšil Jiří, Protasiewicz Jacek, Reiljan Janno, Rutkowski Krzysztof, Savi Toomas, Sefzig Luděk, Siekierski Czesław, Smorawiński Jerzy, Surján László, Szczygło Aleksander, Tabajdi Csaba, Tomaka Jan, Vaculík Josef, Valys Antanas, Vareikis Egidijus, Vella George, Vėsaitė Birutė, Wenderlich Jerzy, Widuch Marek, Wišniowska Genowefa, Wittbrodt Edmund.
ANEXO I
RESULTADOS DE LAS VOTACIONES
Significado de abreviaturas y símbolos
|
+ |
aprobado |
|
- |
rechazado |
|
↓ |
decae |
|
R |
retirado |
|
VN (..., ..., ...) |
votación nominal (a favor, en contra, abstenciones) |
|
VE (..., ..., ...) |
votación electrónica (a favor, en contra, abstenciones) |
|
vp |
votación por partes |
|
vs |
votación por separado |
|
enm. |
enmienda |
|
ET |
enmienda de transacción |
|
PC |
parte correspondiente |
|
S |
enmienda de supresión |
|
= |
enmiendas idénticas |
|
§ |
apartado |
|
art. |
artículo |
|
cons. |
considerando |
|
PR |
propuesta de resolución |
|
PRC |
propuesta de resolución común |
|
SEC |
voto secreto |
1. Demanda de amparo de la inmunidad parlamentaria y los privilegios de Jannis Sakellariou
Informe: LEHNE (A5-0309/2003)
|
Objeto |
VN, etc. |
Votación |
Votaciones por VN/VE — observaciones |
|
votación única |
|
+ |
|
2. Actividades y situación jurídica de los grupos políticos
Informe: DELL'ALBA (A5-0283/2003)
|
Objeto |
VN, etc. |
Votación |
Votaciones por VN/VE — observaciones |
|
votación única |
|
+ |
mayoría cualificada |
3. Presupuesto rectificativo 4/2003
Informe: FÄRM (A5-0285/2003)
|
Objeto |
VN, etc. |
Votación |
Votaciones por VN/VE — observaciones |
|
votación única |
|
+ |
mayoría cualificada |
4. Manual «Sirene» *
Informe: COELHO (A5-0288/2003)
|
Objeto |
VN, etc. |
Votación |
Votaciones por VN/VE — observaciones |
|
votación única |
VN |
+ |
369, 48, 39 |
Solicitudes de votación nominal
PPE-DE: votación final
5. Transporte aéreo entre la Comuniad y terceros países *
Informe: Hans-Peter MAYER (A5-0300/2003)
|
Objeto |
VN, etc. |
Votación |
Votaciones por VN/VE — observaciones |
|
votación única |
|
+ |
|
6. Terceros Estados que pueden asumir la responsabilidad de examinar una solicitud de asilo *
Informe: Olle SCHMIDT (A5-0210/2003)
|
Objeto |
VN, etc. |
Votación |
Votaciones por VN/VE — observaciones |
|
texto de la iniciativa |
|
- |
|
|
resolución legislativa |
|
+ |
|
7. Nombramiento del Presidente del Banco Central Europeo *
Informe: RANDZIO-PLATH (A5-0307/2003)
|
Objeto |
VN, etc. |
Votación |
Votaciones por VN/VE — observaciones |
|
votación única |
|
+ |
315, 83, 75 Escrutinio secreto (art. 136,1 del Reglamento) |
8. Políticas de empleo en los países candidatos
Informe: ETTL (A5-0282/2003)
|
Objeto |
VN, etc. |
Votación |
Votaciones por VN/VE — observaciones |
|
votación única |
|
+ |
|
9. Seguridad del abastecimiento de gas natural ***I
Informe: MOMBAUR (A5-0295/2003)
|
Objeto |
Enmienda no |
Autor/Autora |
VN, etc. |
Votación |
Votaciones por VN/VE — observaciones |
|
propuesta de rechazo |
20 |
EDD |
|
- |
|
|
enmiendas de la comisión competente — votación en bloque |
1-19 |
comisión |
|
+ |
|
|
votación: propuesta modificada |
|
+ |
|
||
|
votación: resolución legislativa |
|
+ |
|
||
10. Seguridad del abastecimiento de productos petrolíferos ***I
Informe: KARLSSON (A5-0297/2003)
|
Objeto |
Enmienda no |
Autor/Autora |
VN, etc. |
Votación |
Votaciones por VN/VE — observaciones |
|
propuesta de rechazo |
27 = 29 = |
CHICHESTER y otros ELDR |
VE |
+ |
337, 130, 6 devuelta a comisión (art. 68 del Reglamento) |
|
enmiendas de la comisión competente — votación en bloque |
1-13 15-25 |
comisión |
|
↓ |
|
|
art. 3 |
28 |
PSE |
|
↓ |
|
|
14 |
comisión |
|
↓ |
|
|
|
votación: propuesta modificada |
|
↓ |
|
||
|
votación: resolución legislativa |
|
↓ |
|
||
11. Reservas y abastecimiento de petróleo crudo y productos petrolíferos *
Informe: KARLSSON (A5-0293/2003)
|
Objeto |
Enmienda no |
Autor/Autora |
VN, etc. |
Votación |
Votaciones por VN/VE — observaciones |
|
votación: propuesta legislativa |
|
|
devuelto a comisión |
||
|
votación: resolución legislativa |
|
|
|
||
12. Marca comunitaria *
Informe: BERENGUER FUSTER (A5-0236/2003)
|
Objeto |
Enmienda no |
Autor/Autora |
VN, etc. |
Votación |
Votaciones por VN/VE — observaciones |
|
enmiendas de la comisión competente — votación en bloque |
1-10 |
comisión |
|
+ |
|
|
votación: propuesta modificada |
|
+ |
|
||
|
votación: resolución legislativa |
VN |
+ |
464, 10, 30 |
||
Solicitudes de votación nominal
PPE-DE: votación final
Varios
El ponente ha propuesto una enmienda oral a la enmienda 3 para añadir los términos «o indicación geográfica» al término «marca».
El Sr. Presidente ha constatado que no había oposición a que se tomara en consideración esta enmienda que ha sido tenida en cuenta.
13. Asistencia durante el tránsito en el marco de medidas de expulsión por vía aérea *
Informe: KIRKHOPE (A5-0291/2003)
|
Objeto |
Enmienda no |
Autor/Autora |
VN, etc. |
Votación |
Votaciones por VN/VE — observaciones |
|
enmiendas de la comisión competente — votación en bloque |
1-4 |
comisión |
|
+ |
|
|
enmiendas de la comisión competente — votación por separado |
5 |
comisión |
vs/VE |
+ |
294, 203, 0 |
|
art. 3 |
6 |
PPE-DE |
|
- |
|
|
votación: propuesta modificada |
|
+ |
|
||
|
votación: resolución legislativa |
|
+ |
|
||
Solicitudes de votación por separado
Verts/ALE: enms. 5, 6
14. Refuerzo de la seguridad marítima
Informe: STERCKX (A5-0278/2003)
|
Objeto |
Enmienda no |
Autor/Autora |
VN, etc. |
Votación |
Votaciones por VN/VE — observaciones |
|
antes del § 1 |
11 |
ELDR |
VN |
+ |
315, 183, 6 |
|
17 |
PSE + GUE + Verts + EDD |
|
↓ |
|
|
|
§ 3 |
|
texto original |
vs |
- |
|
|
§ 4 |
|
texto original |
vs |
- |
|
|
§ 5 |
|
texto original |
vs/VE |
- |
242, 259, 13 |
|
§ 7 |
|
texto original |
vs |
+ |
|
|
§ 9 |
18 S |
PSE |
|
R |
|
|
3 |
ELDR |
vp |
|
|
|
|
1/VE |
- |
247, 257, 1 modificada oralmente |
|||
|
2 |
+ |
|
|||
|
§ |
texto original |
vs |
↓ |
|
|
|
§ 10 |
25 |
Verts/ALE |
|
↓ |
decae por la aprobación de la enm. 3 |
|
19 |
PSE |
|
↓ |
decae por la aprobación de la enm. 3 |
|
|
§ 11 |
|
texto original |
vs |
↓ |
decae por la aprobación de la enm. 3 |
|
§ 12 |
20 S |
PSE |
|
↓ |
decae por la aprobación de la enm. 3 |
|
§ 14 |
12/rev. |
PPE-DE |
VN |
- |
239, 268, 2 |
|
§ |
texto original |
vs |
- |
|
|
|
§ 16 |
|
texto original |
vs |
- |
|
|
§ 17 |
26 |
Verts/ALE |
|
+ |
|
|
§ 18 |
|
texto original |
vs |
- |
|
|
§ 21 |
|
texto original |
vp |
|
|
|
1 |
+ |
|
|||
|
2 |
+ |
|
|||
|
§ 22 |
|
texto original |
VE |
+ |
288, 229, 3 |
|
§ 23 |
4 |
ELDR |
|
+ |
|
|
§ |
texto original |
vs |
↓ |
|
|
|
§ 24 |
|
texto original |
vs |
↓ |
decae por la aprobación de la enm. 4 |
|
§ 25 |
5 |
ELDR |
VE |
+ |
309, 203, 7 |
|
§ |
texto original |
vs |
↓ |
|
|
|
§ 26 |
|
texto original |
vs |
↓ |
decae por la aprobación de la enm. 5 |
|
§ 27 |
|
texto original |
vs |
↓ |
decae por la aprobación de la enm. 4 |
|
§ 33 |
|
texto original |
vs/VE |
+ |
310, 198, 5 |
|
§ 35 |
|
texto original |
vs/VE |
+ |
324, 196, 0 |
|
§ 36 |
|
texto original |
vs/VE |
+ |
317, 187, 3 |
|
§ 37 |
|
texto original |
vs |
↓ |
decae por la aprobación de la enm. 5 |
|
§ 38 |
|
texto original |
vs |
↓ |
decae por la aprobación de la enm. 5 |
|
§ 39 |
|
texto original |
vs |
- |
|
|
§ 43 |
6 |
ELDR |
|
+ |
|
|
§ 45 |
|
texto original |
vs |
↓ |
decae por la aprobación de la enm. 6 |
|
§ 46 |
|
texto original |
vs |
- |
|
|
§ 48 |
|
texto original |
vs |
- |
|
|
§ 50 |
|
texto original |
vs |
+ |
|
|
§ 51 |
7 |
ELDR |
|
+ |
|
|
§ 52 |
|
texto original |
vs |
↓ |
decae por la aprobación de la enm. 7 |
|
después del § 53 |
27 |
Verts/ALE |
|
- |
|
|
§ 55 |
|
texto original |
vs |
- |
|
|
§ 62 |
|
texto original |
vs |
- |
|
|
§ 63 |
|
texto original |
vs |
- |
|
|
§ 64 |
21 S |
PSE |
|
- |
|
|
§ 65 |
22 |
PSE |
VE |
- |
221, 286, 11 |
|
§ 66 |
|
texto original |
vs |
- |
|
|
después del § 66 |
28 |
Verts/ALE |
|
- |
|
|
§ 69 |
|
texto original |
vs |
- |
|
|
§ 70 |
|
texto original |
vs |
- |
|
|
§ 71 |
|
texto original |
vs |
- |
|
|
§ 72 |
29 |
Verts/ALE |
VE |
+ |
291, 221, 4 |
|
§ 73 |
8 |
ELDR |
|
+ |
|
|
§ |
texto original |
vs |
↓ |
|
|
|
§ 74 |
|
texto original |
vs |
↓ |
decae por la aprobación de la enm. 8 |
|
§ 75 |
|
texto original |
vs/VE |
+ |
320, 180, 5 |
|
§ 78 |
9 |
ELDR |
|
+ |
|
|
1 |
EDD |
|
↓ |
|
|
|
§ |
texto original |
vs |
↓ |
|
|
|
después del § 78 |
30 |
Verts/ALE |
|
- |
|
|
§ 80 |
2 S |
EDD |
|
- |
|
|
§ 82 |
|
texto original |
vs/VE |
+ |
278, 223, 1 |
|
después del § 82 |
31 |
Verts/ALE |
|
- |
|
|
después del § 84 |
10 |
ELDR |
|
+ |
|
|
§ 85 |
|
texto original |
vs |
- |
|
|
§ 89 |
|
texto original |
vs/VE |
+ |
323, 184, 4 |
|
§ 90 |
|
texto original |
vs/VE |
+ |
298, 181, 0 |
|
§ 92 |
|
texto original |
vs |
- |
|
|
§ 94 |
|
texto original |
vs/VE |
+ |
315, 193, 1 |
|
§ 95 |
|
texto original |
vs |
+ |
|
|
§ 97 |
|
texto original |
vs |
+ |
|
|
§ 98 |
|
texto original |
vs |
- |
|
|
§ 99 |
|
texto original |
vs |
- |
|
|
§ 100 |
|
texto original |
vs |
- |
|
|
§ 104 |
|
texto original |
vs/VE |
+ |
271, 231, 3 |
|
§ 106 |
32 S |
PSE |
|
+ |
|
|
§ 109 |
|
texto original |
vs |
+ |
|
|
§ 110 |
|
texto original |
vs/VE |
+ |
277, 228, 6 |
|
§ 111 |
|
texto original |
vs |
+ |
|
|
antes del cons. A |
16 |
PSE + GUE + Verts + EDD |
VN |
+ |
294, 224, 7 |
|
cons. B |
13 |
PSE |
|
- |
|
|
cons. G |
14 |
PSE |
|
- |
|
|
cons. L |
|
texto original |
vs |
+ |
|
|
cons. M |
|
texto original |
vs |
+ |
|
|
cons. N |
23 |
Verts/ALE |
VE |
+ |
288, 213, 12 |
|
cons. O |
15 S |
PSE |
|
- |
|
|
cons. P |
|
texto original |
vp |
|
|
|
1 |
+ |
|
|||
|
2 |
+ |
|
|||
|
cons. R |
|
texto original |
vs |
+ |
|
|
después del cons. R |
24 |
Verts/ALE |
|
+ |
|
|
votación: resolución (conjunto) |
VN |
+ |
336, 171, 14 |
||
Solicitudes de votación nominal
PPE-DE: enms. 11, 2
PSE: enms. 11, 12 y votación final
ELDR: enm. 11
Verts/ALE: enms. 11, 16 y votación final
Solicitudes de votación por partes
PPE-DE
cons. P
1a parte:«Considerando que los ... salvar el buque»
2a parte:«y que las autoridades ... esta petición;»
PSE
enm. 3
1a parte:«Toma nota de los esfuerzos realizados por las autoridades españolas, pero»
2a parte:«lamenta que, casi un año después ... en la legislación comunitaria»
ELDR
§ 21
1a parte:«considera necesario ... intenso tráfico marítimo»
2a parte:«de forma que las autoridades ... de accidentes graves»
Solicitudes de votación por separado
PPE-DE: cons. L, M, R; §§ 22, 25, 50, 75
ELDR: §§ 3, 4, 5, 7, 14, 16, 18, 23, 25, 33, 35, 36, 39, 46, 48, 62, 63, 66, 69, 70, 71, 73, 78, 82, 85, 89, 90, 92, 94, 95, 97, 98, 99, 100, 104, 109, 110, 111
Verts/ALE: cons. O (inadmisible, véase enm. 15 S), § 55
Varios
El Grupo PSE ha retirado su enmienda 18
EL Grupo ELDR ha propuesto una enmienda oral a la enmienda 11. Más de 32 diputados se han opuesto a tomarla en consideración.
El Grupo ELDR ha propuesto una enmienda oral a la enmienda 3 para reemplazar «30 000 toneladas» por «14 000 toneladas».
El Presidente ha constatado que no había oposición a que se tomara en consideración esta enmienda que ha sido tenida en cuenta.
ANEXO II
RESULTADOS DE LA VOTACIÓN NOMINAL
1. Informe Coelho A5-0288/2003Resolución
A favor: 369
EDD: Belder, Blokland, van Dam
ELDR: Andreasen, André-Léonard, Boogerd-Quaak, Calò, De Clercq, Dybkjær, Flesch, Formentini, Gasòliba i Böhm, Jensen, Manders, Mulder, Newton Dunn, Olsson, Paulsen, Pesälä, Plooij-van Gorsel, Pohjamo, Procacci, Riis-Jørgensen, Sanders-ten Holte, Sbarbati, Schmidt, Sterckx, Sørensen, Thors, Väyrynen, Vallvé, Van Hecke, Vermeer, Virrankoski
NI: Berthu, Beysen, Borghezio, Cappato, Dell'Alba, Della Vedova, Dupuis, Hager, Kronberger, de La Perriere, Pannella, Souchet, Speroni, Turco
PPE-DE: Andria, Arvidsson, Averoff, Avilés Perea, Ayuso González, Bayona de Perogordo, Berend, Bodrato, Böge, von Boetticher, Bourlanges, Brienza, Brok, Camisón Asensio, Cocilovo, Coelho, Cunha, Cushnahan, Daul, Deprez, De Sarnez, Descamps, De Veyrac, Dimitrakopoulos, Doorn, Doyle, Ebner, Fatuzzo, Fernández Martín, Ferrer, Ferri, Fiori, Flemming, Florenz, Folias, Fourtou, Friedrich, Gahler, Galeote Quecedo, García-Margallo y Marfil, García-Orcoyen Tormo, Garriga Polledo, Gawronski, Gil-Robles Gil-Delgado, Glase, Goepel, Gomolka, Graça Moura, Grönfeldt Bergman, Grosch, Grossetête, Hatzidakis, Hermange, Herranz García, Hieronymi, Inglewood, Jarzembowski, Jeggle, Karas, Kauppi, Keppelhoff-Wiechert, Klamt, Koch, Korhola, Lamassoure, Langen, Lisi, Maat, McCartin, Maij-Weggen, Mann Thomas, Marini, Marinos, Marques, Martens, Martin Hugues, Mauro, Mayer Hans-Peter, Mayer Xaver, Méndez de Vigo, Menrad, Mombaur, Moreira Da Silva, Morillon, Naranjo Escobar, Niebler, Nisticò, Ojeda Sanz, Oomen-Ruijten, Oostlander, Oreja Arburúa, Pacheco Pereira, Pack, Pastorelli, Pérez Álvarez, Pex, Pirker, Piscarreta, Podestà, Poettering, Pomés Ruiz, Posselt, Pronk, Quisthoudt-Rowohl, Rack, Radwan, Redondo Jiménez, Ripoll y Martínez de Bedoya, Rovsing, Rübig, Salafranca Sánchez-Neyra, Santer, Santini, Sartori, Schaffner, Schleicher, Schmitt, Schnellhardt, Schröder Jürgen, Smet, Sommer, Stenmarck, Stenzel, Sudre, Suominen, Tajani, Theato, Thyssen, Valdivielso de Cué, Varela Suanzes-Carpegna, van Velzen, de Veyrinas, Vlasto, Wachtmeister, Wenzel-Perillo, von Wogau, Wuermeling, Zabell, Zacharakis, Zappalà, Zimmerling, Zissener
PSE: Adam, Andersson, Aparicio Sánchez, Baltas, Barón Crespo, Berenguer Fuster, Berès, van den Berg, Berger, Bösch, Bullmann, van den Burg, Campos, Carlotti, Carnero González, Carraro, Carrilho, Casaca, Cashman, Cercas, Cerdeira Morterero, Colom i Naval, Corbey, Darras, Dehousse, De Rossa, Désir, Díez González, Dührkop Dührkop, Duhamel, Duin, Ettl, Färm, Fava, Ferreira, Ford, Fruteau, Garot, Gebhardt, Ghilardotti, Gill, Gillig, Glante, Goebbels, Gröner, Guy-Quint, Haug, Hazan, Hedkvist Petersen, Honeyball, Howitt, Hughes, van Hulten, Hume, Iivari, Imbeni, Izquierdo Collado, Izquierdo Rojo, Jöns, Karamanou, Karlsson, Katiforis, Keßler, Kindermann, Kinnock, Koukiadis, Krehl, Kreissl-Dörfler, Kuckelkorn, Kuhne, Lage, Lange, Leinen, Lund, McAvan, McCarthy, McNally, Malliori, Marinho, Martínez Martínez, Mastorakis, Medina Ortega, Mendiluce Pereiro, Menéndez del Valle, Miguélez Ramos, Miller, Miranda de Lage, Moraes, Müller Rosemarie, Murphy, Myller, Napoletano, Napolitano, Obiols i Germà, Paasilinna, Paciotti, Piecyk, Pittella, Poignant, Poos, Prets, Randzio-Plath, Rapkay, Read, Rocard, Rodríguez Ramos, Roth-Behrendt, Rothe, Roure, Ruffolo, Sacconi, Sandberg-Fries, dos Santos, Sauquillo Pérez del Arco, Scheele, Schulz, Simpson, Skinner, Soares, Sornosa Martínez, Souladakis, Sousa Pinto, Stihler, Stockmann, Swiebel, Swoboda, Terrón i Cusí, Theorin, Trentin, Vairinhos, Van Brempt, Van Lancker, Vattimo, Veltroni, Volcic, Walter, Watts, Weiler, Whitehead, Wiersma, Wynn, Zorba, Zrihen
UEN: Andrews, Bigliardo, Camre, Collins, Crowley, Fitzsimons, Hyland, Muscardini, Mussa, Ó Neachtain, Queiró, Ribeiro e Castro
Verts/ALE: Aaltonen, Ahern, Auroi, Buitenweg, Celli, Cohn-Bendit, Echerer, Ferrández Lezaun, Frassoni, Jonckheer, Lagendijk, Lambert, Lipietz, MacCormick, McKenna, Mayol i Raynal, Onesta, Rod, de Roo, Rühle, Schörling, Sörensen, Staes, Wuori
En contra: 48
EDD: Andersen, Bonde, Sandbæk
GUE/NGL: Ainardi, Alavanos, Alyssandrakis, Bergaz Conesa, Blak, Bordes, Boudjenah, Brie, Caudron, Cauquil, Cossutta, Di Lello Finuoli, Fiebiger, Figueiredo, Frahm, Fraisse, Herzog, Jové Peres, Kaufmann, Korakas, Krarup, Krivine, Laguiller, Manisco, Markov, Marset Campos, Meijer, Patakis, Puerta, Scarbonchi, Schmid Herman, Schröder Ilka, Seppänen, Sjöstedt, Vachetta, Vinci, Wurtz
NI: Claeys, Dillen, Garaud, Gollnisch, Lang, Stirbois
PPE-DE: McMillan-Scott, Stockton
Abstención: 39
EDD: Abitbol, Bernié, Booth, Butel, Coûteaux, Esclopé, Farage, Kuntz, Raymond, Saint-Josse, Titford
PPE-DE: Atkins, Beazley, Bowis, Bradbourn, Bushill-Matthews, Callanan, Chichester, Corrie, Costa Raffaele, Dover, Elles, Evans Jonathan, Foster, Goodwill, Harbour, Heaton-Harris, Helmer, Khanbhai, Kirkhope, Nicholson, Parish, Perry, Purvis, Stevenson, Sturdy, Sumberg, Van Orden, Villiers
2. Informe Randzio-Plath A5-0307/2003Resolución — Votación secreta
EDD: Abitbol, Andersen, Belder, Bernié, Blokland, Bonde, Booth, Butel, Coûteaux, van Dam, Esclopé, Farage, Kuntz, Mathieu, Raymond, Saint-Josse, Sandbæk, Titford
ELDR: Andreasen, André-Léonard, Boogerd-Quaak, Calò, De Clercq, Dybkjær, Flesch, Formentini, Gasòliba i Böhm, Jensen, Manders, Monsonís Domingo, Mulder, Newton Dunn, Olsson, Paulsen, Pesälä, Plooij-van Gorsel, Pohjamo, Procacci, Ries, Riis-Jørgensen, Sanders-ten Holte, Sbarbati, Schmidt, Sterckx, Sørensen, Thors, Väyrynen, Vallvé, Van Hecke, Vermeer, Virrankoski, Watson
GUE/NGL: Ainardi, Alavanos, Alyssandrakis, Bakopoulos, Bergaz Conesa, Blak, Bordes, Boudjenah, Brie, Caudron, Cauquil, Cossutta, Di Lello Finuoli, Fiebiger, Figueiredo, Frahm, Fraisse, Herzog, Jové Peres, Kaufmann, Korakas, Koulourianos, Krarup, Krivine, Laguiller, Manisco, Markov, Marset Campos, Meijer, Patakis, Puerta, Scarbonchi, Schmid Herman, Schröder Ilka, Seppänen, Sjöstedt, Vachetta, Vinci, Wurtz
NI: Berthu, Beysen, Borghezio, Cappato, Claeys, Dell'Alba, Della Vedova, Dillen, Garaud, Gollnisch, Hager, Kronberger, Lang, de La Perriere, Raschhofer, Souchet, Speroni, Stirbois
PPE-DE: Andria, Arvidsson, Atkins, Averoff, Avilés Perea, Ayuso González, Bayona de Perogordo, Beazley, Berend, Bodrato, Bourlanges, Bowis, Bradbourn, Brienza, Brok, Bushill-Matthews, Callanan, Camisón Asensio, Chichester, Cocilovo, Coelho, Cornillet, Corrie, Costa Raffaele, Cunha, Cushnahan, Daul, Deprez, De Sarnez, Descamps, De Veyrac, Dimitrakopoulos, Doorn, Dover, Ebner, Elles, Evans Jonathan, Fatuzzo, Ferber, Fernández Martín, Ferrer, Ferri, Fiori, Flemming, Florenz, Folias, Foster, Fourtou, Friedrich, Gahler, Galeote Quecedo, García-Margallo y Marfil, García-Orcoyen Tormo, Gargani, Garriga Polledo, Gawronski, Gil-Robles Gil-Delgado, Glase, Goepel, Gomolka, Goodwill, Graça Moura, Grönfeldt Bergman, Grosch, Grossetête, Hannan, Harbour, Hatzidakis, Heaton-Harris, Helmer, Hermange, Herranz García, Hieronymi, Inglewood, Jarzembowski, Karas, Kauppi, Keppelhoff-Wiechert, Khanbhai, Kirkhope, Klamt, Koch, Konrad, Korhola, Lamassoure, Langen, Lechner, Lisi, Lulling, Maat, McCartin, McMillan-Scott, Maij-Weggen, Mann Thomas, Marini, Marinos, Marques, Martens, Martin Hugues, Matikainen-Kallström, Mauro, Mayer Hans-Peter, Mayer Xaver, Méndez de Vigo, Menrad, Mombaur, Moreira Da Silva, Morillon, Naranjo Escobar, Nassauer, Nicholson, Niebler, Nisticò, Ojeda Sanz, Oomen-Ruijten, Oostlander, Oreja Arburúa, Pacheco Pereira, Pack, Parish, Pastorelli, Pérez Álvarez, Perry, Pex, Pirker, Podestà, Poettering, Pomés Ruiz, Posselt, Pronk, Purvis, Quisthoudt-Rowohl, Rack, Radwan, Redondo Jiménez, Ripoll y Martínez de Bedoya, Rovsing, Rübig, Sacrédeus, Salafranca Sánchez-Neyra, Santer, Santini, Sartori, Schaffner, Schleicher, Schmitt, Schnellhardt, Schröder Jürgen, Smet, Sommer, Stenmarck, Stenzel, Stevenson, Stockton, Sturdy, Sudre, Sumberg, Suominen, Tajani, Theato, Thyssen, Trakatellis, Valdivielso de Cué, Van Orden, Varela Suanzes-Carpegna, van Velzen, de Veyrinas, Villiers, Vlasto, Wachtmeister, Wenzel-Perillo, von Wogau, Wuermeling, Zabell, Zacharakis, Zappalà, Zimmerling, Zissener
PSE: Adam, Andersson, Aparicio Sánchez, Baltas, Barón Crespo, Berenguer Fuster, Berès, van den Berg, Berger, Bösch, Bowe, Bullmann, Campos, Carlotti, Carnero González, Carraro, Carrilho, Casaca, Cashman, Cercas, Cerdeira Morterero, Colom i Naval, Corbey, Darras, Dehousse, De Rossa, Désir, Díez González, Dührkop Dührkop, Duhamel, Duin, Ettl, Färm, Fava, Ferreira, Ford, Fruteau, Garot, Gebhardt, Ghilardotti, Gill, Gillig, Glante, Goebbels, Gröner, Guy-Quint, Haug, Hazan, Hedkvist Petersen, Honeyball, Howitt, Hughes, van Hulten, Hume, Iivari, Imbeni, Izquierdo Collado, Izquierdo Rojo, Jöns, Karamanou, Karlsson, Katiforis, Keßler, Kindermann, Koukiadis, Krehl, Kreissl-Dörfler, Kuckelkorn, Kuhne, Lage, Lange, Leinen, Lund, McAvan, McCarthy, McNally, Malliori, Mann Erika, Marinho, Martínez Martínez, Mastorakis, Medina Ortega, Mendiluce Pereiro, Menéndez del Valle, Miguélez Ramos, Miller, Miranda de Lage, Moraes, Müller Rosemarie, Murphy, Myller, Napoletano, Napolitano, Obiols i Germà, Paasilinna, Paciotti, Piecyk, Pittella, Poignant, Poos, Prets, Randzio-Plath, Rapkay, Read, Rocard, Rodríguez Ramos, Roth-Behrendt, Rothe, Roure, Ruffolo, Sacconi, Sandberg-Fries, dos Santos, Sauquillo Pérez del Arco, Scheele, Schmid Gerhard, Schulz, Simpson, Skinner, Soares, Sornosa Martínez, Souladakis, Sousa Pinto, Stihler, Stockmann, Swiebel, Swoboda, Terrón i Cusí, Theorin, Trentin, Vairinhos, Van Brempt, Van Lancker, Vattimo, Veltroni, Volcic, Walter, Watts, Weiler, Whitehead, Wiersma, Wynn, Zorba, Zrihen
UEN: Andrews, Berlato, Bigliardo, Camre, Caullery, Collins, Crowley, Fitzsimons, Hyland, Marchiani, Muscardini, Mussa, Ó Neachtain, Pasqua, Queiró, Ribeiro e Castro, Segni, Thomas-Mauro
Verts/ALE: Aaltonen, Ahern, Auroi, Buitenweg, Celli, Cohn-Bendit, Dhaene, Echerer, Ferrández Lezaun, Frassoni, Isler Béguin, Jonckheer, Lagendijk, Lambert, Lannoye, Lipietz, MacCormick, Mayol i Raynal, Onesta, de Roo, Rühle, Schörling, Staes, Turmes
3. Informe Berenguer Fuster A5-0236/2003Resolución
A favor: 464
EDD: Andersen, Belder, Bernié, Blokland, Bonde, Butel, van Dam, Esclopé, Mathieu, Raymond, Saint-Josse, Sandbæk
ELDR: Andreasen, André-Léonard, Boogerd-Quaak, Calò, De Clercq, Dybkjær, Flesch, Gasòliba i Böhm, Jensen, Manders, Monsonís Domingo, Mulder, Newton Dunn, Nordmann, Olsson, Pesälä, Plooij-van Gorsel, Pohjamo, Procacci, Ries, Riis-Jørgensen, Sanders-ten Holte, Sbarbati, Schmidt, Sterckx, Sørensen, Thors, Väyrynen, Vallvé, Van Hecke, Vermeer, Virrankoski, Watson
GUE/NGL: Bakopoulos, Bergaz Conesa, Blak, Brie, Caudron, Cossutta, Di Lello Finuoli, Fiebiger, Figueiredo, Frahm, Fraisse, Herzog, Jové Peres, Kaufmann, Koulourianos, Markov, Marset Campos, Meijer, Morgantini, Puerta, Scarbonchi, Schmid Herman, Schröder Ilka, Seppänen, Sjöstedt, Vinci
NI: Beysen, Borghezio, Gorostiaga Atxalandabaso, Hager, Kronberger, Raschhofer, Souchet, Speroni
PPE-DE: Andria, Arvidsson, Atkins, Averoff, Avilés Perea, Ayuso González, Bartolozzi, Bayona de Perogordo, Beazley, Berend, Bodrato, Böge, von Boetticher, Bourlanges, Bowis, Bradbourn, Brienza, Brok, Bushill-Matthews, Callanan, Camisón Asensio, Cederschiöld, Chichester, Cocilovo, Coelho, Cornillet, Corrie, Costa Raffaele, Cunha, Cushnahan, Daul, Deprez, De Sarnez, Descamps, De Veyrac, Dimitrakopoulos, Doorn, Dover, Doyle, Ebner, Elles, Evans Jonathan, Fatuzzo, Ferber, Fernández Martín, Ferrer, Ferri, Fiori, Flemming, Florenz, Folias, Foster, Fourtou, Friedrich, Gahler, Galeote Quecedo, García-Margallo y Marfil, García-Orcoyen Tormo, Gargani, Garriga Polledo, Gawronski, Gil-Robles Gil-Delgado, Glase, Goepel, Gomolka, Goodwill, Graça Moura, Grönfeldt Bergman, Grosch, Grossetête, Hannan, Harbour, Hatzidakis, Heaton-Harris, Helmer, Hermange, Herranz García, Hieronymi, Inglewood, Jarzembowski, Jeggle, Karas, Kauppi, Keppelhoff-Wiechert, Khanbhai, Kirkhope, Klamt, Klaß, Knolle, Koch, Konrad, Korhola, Kratsa-Tsagaropoulou, Lamassoure, Langen, Lechner, Liese, Lisi, Lulling, Maat, McCartin, McMillan-Scott, Maij-Weggen, Mann Thomas, Marini, Marinos, Marques, Martens, Martin Hugues, Matikainen-Kallström, Mauro, Mayer Hans-Peter, Mayer Xaver, Méndez de Vigo, Menrad, Mombaur, Moreira Da Silva, Morillon, Müller Emilia Franziska, Naranjo Escobar, Nassauer, Nicholson, Niebler, Nisticò, Ojeda Sanz, Oomen-Ruijten, Oostlander, Oreja Arburúa, Pacheco Pereira, Pack, Parish, Pastorelli, Pérez Álvarez, Perry, Pex, Pirker, Piscarreta, Podestà, Poettering, Pomés Ruiz, Posselt, Pronk, Purvis, Quisthoudt-Rowohl, Rack, Radwan, Redondo Jiménez, Ripoll y Martínez de Bedoya, Rovsing, Rübig, Sacrédeus, Salafranca Sánchez-Neyra, Santer, Santini, Sartori, Schaffner, Schierhuber, Schleicher, Schmitt, Schnellhardt, Schröder Jürgen, Schwaiger, Smet, Sommer, Stenmarck, Stenzel, Stevenson, Stockton, Sturdy, Sudre, Sumberg, Suominen, Tajani, Theato, Thyssen, Trakatellis, Valdivielso de Cué, Van Orden, Varela Suanzes-Carpegna, van Velzen, de Veyrinas, Vidal-Quadras Roca, Villiers, Vlasto, Wachtmeister, Wenzel-Perillo, Wijkman, von Wogau, Wuermeling, Zabell, Zacharakis, Zappalà, Zimmerling, Zissener
PSE: Adam, Andersson, Aparicio Sánchez, Baltas, Barón Crespo, Berenguer Fuster, Berès, van den Berg, Berger, Bösch, Bowe, Bullmann, van den Burg, Campos, Carlotti, Carnero González, Carraro, Carrilho, Casaca, Cashman, Cercas, Cerdeira Morterero, Ceyhun, Colom i Naval, Corbett, Corbey, Darras, Dehousse, De Rossa, Désir, Díez González, Dührkop Dührkop, Duhamel, Duin, Ettl, Färm, Fava, Ferreira, Ford, Fruteau, Garot, Gebhardt, Ghilardotti, Gill, Gillig, Glante, Goebbels, Gröner, Guy-Quint, Haug, Hazan, Hedkvist Petersen, Honeyball, Howitt, Hughes, van Hulten, Hume, Iivari, Imbeni, Izquierdo Collado, Izquierdo Rojo, Jöns, Karamanou, Karlsson, Katiforis, Keßler, Kindermann, Kinnock, Koukiadis, Krehl, Kreissl-Dörfler, Kuckelkorn, Kuhne, Lage, Lalumière, Lange, Leinen, Linkohr, Lund, McAvan, McCarthy, McNally, Malliori, Mann Erika, Marinho, Martínez Martínez, Mastorakis, Medina Ortega, Mendiluce Pereiro, Menéndez del Valle, Miguélez Ramos, Miller, Miranda de Lage, Moraes, Müller Rosemarie, Murphy, Myller, Napoletano, Napolitano, Obiols i Germà, Paasilinna, Paciotti, Pérez Royo, Piecyk, Pittella, Poignant, Poos, Prets, Randzio-Plath, Rapkay, Read, Rocard, Rodríguez Ramos, Roth-Behrendt, Rothe, Roure, Ruffolo, Sacconi, Sandberg-Fries, dos Santos, Sauquillo Pérez del Arco, Scheele, Schmid Gerhard, Schulz, Simpson, Skinner, Soares, Sornosa Martínez, Souladakis, Sousa Pinto, Stihler, Stockmann, Swiebel, Swoboda, Terrón i Cusí, Theorin, Torres Marques, Trentin, Vairinhos, Van Brempt, Van Lancker, Vattimo, Veltroni, Volcic, Walter, Watts, Weiler, Whitehead, Wiersma, Wynn, Zimeray, Zorba, Zrihen
UEN: Berlato, Bigliardo, Collins, Crowley, Fitzsimons, Hyland, Muscardini, Mussa, Ó Neachtain, Segni
Verts/ALE: Aaltonen, Auroi, Buitenweg, Celli, Echerer, Ferrández Lezaun, Isler Béguin, Jonckheer, Lagendijk, Lambert, Lannoye, Lipietz, MacCormick, McKenna, Maes, Mayol i Raynal, Nogueira Román, Onesta, Ortuondo Larrea, Piétrasanta, Rod, de Roo, Rühle, Schörling, Sörensen, Staes, Turmes, Wuori
En contra: 10
EDD: Abitbol, Booth, Farage, Titford
ELDR: Paulsen
GUE/NGL: Alyssandrakis, Korakas, Patakis
NI: Garaud, de La Perriere
Abstención: 30
EDD: Coûteaux, Kuntz
GUE/NGL: Ainardi, Alavanos, Bordes, Boudjenah, Cauquil, Krarup, Krivine, Laguiller, Vachetta, Wurtz
NI: Berthu, Cappato, Claeys, Della Vedova, Dillen, Gollnisch, Lang, Pannella, Stirbois, Turco
UEN: Andrews, Camre, Caullery, Marchiani, Pasqua, Queiró, Ribeiro e Castro, Thomas-Mauro
4. Informe Sterckx A5-0278/2003Enmienda 11
A favor: 315
EDD: Abitbol, Belder, Bernié, Blokland, van Dam, Esclopé, Mathieu, Raymond, Saint-Josse
ELDR: Andreasen, Boogerd-Quaak, Busk, Calò, De Clercq, Dybkjær, Flesch, Formentini, Gasòliba i Böhm, Jensen, Newton Dunn, Nordmann, Olsson, Paulsen, Pesälä, Pohjamo, Procacci, Ries, Riis-Jørgensen, Sbarbati, Schmidt, Sterckx, Sørensen, Thors, Väyrynen, Vallvé, Van Hecke, Vermeer, Virrankoski, Watson
GUE/NGL: Ainardi, Alavanos, Alyssandrakis, Bakopoulos, Bergaz Conesa, Blak, Bordes, Boudjenah, Brie, Caudron, Cauquil, Cossutta, Di Lello Finuoli, Fiebiger, Figueiredo, Frahm, Fraisse, Herzog, Jové Peres, Kaufmann, Korakas, Koulourianos, Krarup, Krivine, Laguiller, Manisco, Markov, Marset Campos, Meijer, Morgantini, Patakis, Puerta, Schmid Herman, Schröder Ilka, Seppänen, Sjöstedt, Vachetta, Vinci, Wurtz
NI: Berthu, Cappato, Claeys, Dell'Alba, Della Vedova, Dillen, Dupuis, Gorostiaga Atxalandabaso, Hager, Kronberger, de La Perriere, Pannella, Souchet, Stirbois, Turco
PPE-DE: Bourlanges, Coelho, Cornillet, Cushnahan, Daul, De Mita, Deprez, De Sarnez, De Veyrac, Dimitrakopoulos, Ferrer, Fourtou, García-Margallo y Marfil, García-Orcoyen Tormo, Gawronski, Grosch, Grossetête, Hermange, Kratsa-Tsagaropoulou, Lamassoure, Lechner, Martin Hugues, Mombaur, Pacheco Pereira, Schaffner, Schröder Jürgen, Smet, Thyssen, van Velzen, de Veyrinas, Vlasto
PSE: Adam, Andersson, Aparicio Sánchez, Baltas, Barón Crespo, Berenguer Fuster, Berès, van den Berg, Berger, Bösch, Bowe, Bullmann, van den Burg, Campos, Carlotti, Carnero González, Carraro, Carrilho, Casaca, Cashman, Cercas, Cerdeira Morterero, Colom i Naval, Corbett, Corbey, Darras, Dehousse, De Rossa, Désir, Díez González, Dührkop Dührkop, Duhamel, Duin, Ettl, Färm, Fava, Ferreira, Ford, Fruteau, Garot, Gebhardt, Ghilardotti, Gill, Gillig, Glante, Goebbels, Görlach, Gröner, Guy-Quint, Hänsch, Haug, Hazan, Hedkvist Petersen, Honeyball, Howitt, Hughes, Hume, Iivari, Imbeni, Izquierdo Collado, Izquierdo Rojo, Junker, Karamanou, Karlsson, Katiforis, Keßler, Kindermann, Kinnock, Koukiadis, Krehl, Kreissl-Dörfler, Kuckelkorn, Kuhne, Lage, Lalumière, Lange, Lavarra, Leinen, Linkohr, Lund, McAvan, McCarthy, McNally, Malliori, Mann Erika, Marinho, Martin Hans-Peter, Martínez Martínez, Mastorakis, Medina Ortega, Mendiluce Pereiro, Menéndez del Valle, Miguélez Ramos, Miller, Miranda de Lage, Moraes, Müller Rosemarie, Murphy, Myller, Napoletano, Napolitano, Obiols i Germà, Paasilinna, Paciotti, Pérez Royo, Piecyk, Poignant, Poos, Prets, Randzio-Plath, Rapkay, Read, Rocard, Rodríguez Ramos, Roth-Behrendt, Rothe, Roure, Ruffolo, Sacconi, Sandberg-Fries, dos Santos, Sauquillo Pérez del Arco, Scheele, Schulz, Simpson, Skinner, Soares, Sornosa Martínez, Souladakis, Sousa Pinto, Stihler, Stockmann, Swiebel, Swoboda, Terrón i Cusí, Theorin, Torres Marques, Trentin, Vairinhos, Valenciano Martínez-Orozco, Van Brempt, Van Lancker, Vattimo, Veltroni, Volcic, Walter, Watts, Weiler, Whitehead, Wiersma, Wynn, Zorba, Zrihen
UEN: Andrews, Caullery, Ribeiro e Castro, Thomas-Mauro
Verts/ALE: Aaltonen, Ahern, Auroi, Bouwman, Buitenweg, Celli, Dhaene, Echerer, Ferrández Lezaun, Frassoni, Graefe zu Baringdorf, Isler Béguin, Jonckheer, Lagendijk, Lambert, Lannoye, Lipietz, MacCormick, McKenna, Maes, Mayol i Raynal, Nogueira Román, Onesta, Ortuondo Larrea, Piétrasanta, Rod, de Roo, Rühle, Schörling, Sörensen, Staes, Turmes, Voggenhuber, Wuori
En contra: 183
EDD: Booth, Farage, Titford
ELDR: André-Léonard
NI: Beysen, Garaud, Martinez, Speroni
PPE-DE: Andria, Arvidsson, Atkins, Averoff, Avilés Perea, Ayuso González, Banotti, Bartolozzi, Bayona de Perogordo, Beazley, Berend, Bodrato, Böge, von Boetticher, Bowis, Bradbourn, Brienza, Brok, Brunetta, Bushill-Matthews, Callanan, Camisón Asensio, Cederschiöld, Chichester, Cocilovo, Corrie, Costa Raffaele, Cunha, Descamps, Doorn, Dover, Doyle, Ebner, Elles, Evans Jonathan, Fatuzzo, Fernández Martín, Fiori, Flemming, Folias, Foster, Friedrich, Gahler, Galeote Quecedo, Gargani, Garriga Polledo, Gemelli, Gil-Robles Gil-Delgado, Glase, Goepel, Gomolka, Goodwill, Graça Moura, Grönfeldt Bergman, Hannan, Harbour, Hatzidakis, Heaton-Harris, Helmer, Herranz García, Hieronymi, Inglewood, Jarzembowski, Jeggle, Karas, Kauppi, Keppelhoff-Wiechert, Khanbhai, Kirkhope, Klamt, Klaß, Knolle, Koch, Konrad, Korhola, Langen, Laschet, Liese, Lisi, Lulling, McCartin, McMillan-Scott, Maij-Weggen, Mann Thomas, Marini, Marinos, Martens, Matikainen-Kallström, Mauro, Mayer Hans-Peter, Mayer Xaver, Méndez de Vigo, Mennitti, Menrad, Moreira Da Silva, Morillon, Müller Emilia Franziska, Naranjo Escobar, Nassauer, Nicholson, Niebler, Nisticò, Ojeda Sanz, Oomen-Ruijten, Oostlander, Oreja Arburúa, Parish, Pastorelli, Pérez Álvarez, Perry, Pex, Piscarreta, Podestà, Poettering, Posselt, Pronk, Purvis, Quisthoudt-Rowohl, Rack, Radwan, Redondo Jiménez, Ripoll y Martínez de Bedoya, Rovsing, Rübig, Sacrédeus, Salafranca Sánchez-Neyra, Santer, Santini, Sartori, Schierhuber, Schleicher, Schmitt, Schnellhardt, Schwaiger, Sommer, Stenmarck, Stenzel, Stevenson, Stockton, Sturdy, Sudre, Sumberg, Suominen, Tajani, Theato, Trakatellis, Valdivielso de Cué, Van Orden, Varela Suanzes-Carpegna, Vidal-Quadras Roca, Wachtmeister, Wenzel-Perillo, Wijkman, von Wogau, Wuermeling, Zabell, Zacharakis, Zappalà, Zimmerling, Zissener
UEN: Bigliardo, Camre, Collins, Crowley, Fitzsimons, Hyland, Marchiani, Muscardini, Mussa, Nobilia, Ó Neachtain, Pasqua, Queiró, Segni, Turchi
Abstención: 6
EDD: Andersen, Bonde, Kuntz, Sandbæk
PPE-DE: Maat, Marques
5. Informe Sterckx A5-0278/2003Enmienda 12/rev.
A favor: 239
EDD: Abitbol, Andersen, Bernié, Bonde, Butel, Esclopé, Mathieu, Raymond, Saint-Josse, Sandbæk
ELDR: Vallvé
GUE/NGL: Fraisse
NI: Berthu, Beysen, Cappato, Claeys, Dell'Alba, Della Vedova, Dillen, Dupuis, Garaud, Gollnisch, Hager, Lang, de La Perriere, Martinez, Pannella, Souchet, Stirbois, Turco
PPE-DE: Arvidsson, Atkins, Averoff, Avilés Perea, Ayuso González, Banotti, Bartolozzi, Bayona de Perogordo, Beazley, Berend, Bodrato, Böge, von Boetticher, Bourlanges, Bowis, Bradbourn, Brienza, Brok, Brunetta, Bushill-Matthews, Callanan, Camisón Asensio, Cederschiöld, Chichester, Coelho, Cornillet, Corrie, Cunha, Cushnahan, Daul, De Mita, Deprez, De Sarnez, Descamps, De Veyrac, Dimitrakopoulos, Dover, Doyle, Ebner, Elles, Evans Jonathan, Fatuzzo, Fernández Martín, Ferrer, Ferri, Fiori, Flemming, Florenz, Folias, Foster, Fourtou, Friedrich, Gahler, Galeote Quecedo, García-Margallo y Marfil, García-Orcoyen Tormo, Gargani, Garriga Polledo, Gawronski, Gemelli, Gil-Robles Gil-Delgado, Glase, Goepel, Gomolka, Goodwill, Graça Moura, Grönfeldt Bergman, Grosch, Grossetête, Gutiérrez-Cortines, Hannan, Harbour, Hatzidakis, Heaton-Harris, Helmer, Hermange, Herranz García, Inglewood, Jeggle, Karas, Kauppi, Keppelhoff-Wiechert, Khanbhai, Kirkhope, Klamt, Klaß, Knolle, Koch, Konrad, Korhola, Kratsa-Tsagaropoulou, Lamassoure, Langen, Laschet, Lechner, Liese, Lisi, Lulling, Maat, McCartin, McMillan-Scott, Maij-Weggen, Mann Thomas, Marini, Marinos, Marques, Martens, Martin Hugues, Matikainen-Kallström, Mauro, Mayer Hans-Peter, Mayer Xaver, Méndez de Vigo, Mennitti, Menrad, Mombaur, Moreira Da Silva, Morillon, Müller Emilia Franziska, Naranjo Escobar, Nassauer, Nicholson, Niebler, Nisticò, Ojeda Sanz, Oomen-Ruijten, Oostlander, Oreja Arburúa, Pacheco Pereira, Pack, Parish, Pastorelli, Pérez Álvarez, Perry, Pex, Pirker, Piscarreta, Podestà, Poettering, Posselt, Pronk, Purvis, Quisthoudt-Rowohl, Rack, Radwan, Redondo Jiménez, Ripoll y Martínez de Bedoya, Rovsing, Rübig, Sacrédeus, Salafranca Sánchez-Neyra, Santer, Santini, Sartori, Schaffner, Schierhuber, Schleicher, Schmitt, Schnellhardt, Schröder Jürgen, Schwaiger, Sommer, Stenmarck, Stenzel, Stevenson, Stockton, Sturdy, Sudre, Sumberg, Suominen, Tajani, Theato, Trakatellis, Valdivielso de Cué, Van Orden, Varela Suanzes-Carpegna, van Velzen, de Veyrinas, Vidal-Quadras Roca, Vlasto, Wachtmeister, Wenzel-Perillo, Wijkman, von Wogau, Wuermeling, Zabell, Zacharakis, Zappalà, Zimmerling, Zissener
PSE: Valenciano Martínez-Orozco
UEN: Andrews, Bigliardo, Camre, Caullery, Collins, Crowley, Hyland, Marchiani, Muscardini, Mussa, Nobilia, Ó Neachtain, Pasqua, Queiró, Ribeiro e Castro, Segni, Thomas-Mauro, Turchi
En contra: 268
EDD: Belder, Blokland, Booth, van Dam, Farage, Titford
ELDR: Andreasen, André-Léonard, Boogerd-Quaak, Busk, Calò, De Clercq, Dybkjær, Flesch, Formentini, Jensen, Manders, Monsonís Domingo, Newton Dunn, Nordmann, Olsson, Paulsen, Pesälä, Plooij-van Gorsel, Pohjamo, Procacci, Riis-Jørgensen, Sanders-ten Holte, Sbarbati, Schmidt, Sterckx, Sørensen, Thors, Väyrynen, Van Hecke, Vermeer, Virrankoski, Watson
GUE/NGL: Ainardi, Alavanos, Alyssandrakis, Bakopoulos, Bergaz Conesa, Blak, Bordes, Boudjenah, Brie, Caudron, Cauquil, Cossutta, Di Lello Finuoli, Fiebiger, Figueiredo, Herzog, Jové Peres, Kaufmann, Korakas, Koulourianos, Krarup, Krivine, Laguiller, Manisco, Markov, Marset Campos, Meijer, Morgantini, Patakis, Puerta, Scarbonchi, Schmid Herman, Schröder Ilka, Seppänen, Sjöstedt, Vachetta, Vinci, Wurtz
NI: Borghezio, Gorostiaga Atxalandabaso, Speroni
PPE-DE: Doorn
PSE: Adam, Andersson, Aparicio Sánchez, Baltas, Barón Crespo, Berenguer Fuster, Berès, van den Berg, Berger, Bösch, Bowe, Bullmann, van den Burg, Campos, Carlotti, Carnero González, Carraro, Carrilho, Casaca, Cashman, Cercas, Cerdeira Morterero, Ceyhun, Colom i Naval, Corbett, Corbey, Darras, Dehousse, De Rossa, Désir, Díez González, Dührkop Dührkop, Duhamel, Duin, Ettl, Färm, Fava, Ferreira, Ford, Fruteau, Garot, Gebhardt, Ghilardotti, Gill, Gillig, Glante, Goebbels, Görlach, Gröner, Guy-Quint, Hänsch, Haug, Hazan, Hedkvist Petersen, Honeyball, Howitt, Hughes, van Hulten, Hume, Iivari, Imbeni, Izquierdo Collado, Izquierdo Rojo, Jöns, Junker, Karamanou, Karlsson, Keßler, Kindermann, Kinnock, Koukiadis, Krehl, Kreissl-Dörfler, Kuckelkorn, Kuhne, Lage, Lalumière, Lange, Lavarra, Linkohr, Lund, McAvan, McCarthy, McNally, Malliori, Mann Erika, Marinho, Martin Hans-Peter, Martínez Martínez, Mastorakis, Medina Ortega, Mendiluce Pereiro, Menéndez del Valle, Miguélez Ramos, Miller, Miranda de Lage, Moraes, Müller Rosemarie, Murphy, Myller, Napoletano, Napolitano, Obiols i Germà, Paasilinna, Paciotti, Pérez Royo, Piecyk, Pittella, Poignant, Poos, Prets, Randzio-Plath, Rapkay, Read, Rocard, Rodríguez Ramos, Roth-Behrendt, Roure, Ruffolo, Sacconi, Sandberg-Fries, dos Santos, Sauquillo Pérez del Arco, Scheele, Schmid Gerhard, Schulz, Simpson, Skinner, Soares, Sornosa Martínez, Souladakis, Sousa Pinto, Stihler, Stockmann, Swoboda, Terrón i Cusí, Theorin, Torres Marques, Trentin, Vairinhos, Van Brempt, Van Lancker, Vattimo, Veltroni, Volcic, Walter, Watts, Weiler, Whitehead, Wiersma, Wynn, Zimeray, Zorba, Zrihen
Verts/ALE: Aaltonen, Ahern, Auroi, Bouwman, Breyer, Buitenweg, Celli, Dhaene, Echerer, Ferrández Lezaun, Frassoni, Graefe zu Baringdorf, Isler Béguin, Lagendijk, Lambert, Lannoye, Lipietz, MacCormick, McKenna, Maes, Mayol i Raynal, Nogueira Román, Onesta, Ortuondo Larrea, Piétrasanta, Rod, de Roo, Rühle, Schörling, Sörensen, Staes, Turmes, Voggenhuber, Wuori
Abstención: 2
EDD: Coûteaux
NI: Kronberger
6. Informe Sterckx A5-0278/2003Enmienda 16
A favor: 294
EDD: Andersen, Belder, Bernié, Blokland, Bonde, Butel, van Dam, Esclopé, Mathieu, Raymond, Saint-Josse, Sandbæk
ELDR: Andreasen, André-Léonard, Boogerd-Quaak, Busk, Calò, De Clercq, Dybkjær, Flesch, Formentini, Jensen, Manders, Monsonís Domingo, Mulder, Newton Dunn, Nordmann, Olsson, Paulsen, Pesälä, Pohjamo, Procacci, Ries, Riis-Jørgensen, Sbarbati, Schmidt, Sterckx, Sørensen, Thors, Väyrynen, Van Hecke, Vermeer, Virrankoski, Watson
GUE/NGL: Ainardi, Alavanos, Alyssandrakis, Bakopoulos, Bergaz Conesa, Blak, Bordes, Boudjenah, Brie, Caudron, Cauquil, Cossutta, Di Lello Finuoli, Fiebiger, Frahm, Fraisse, Herzog, Jové Peres, Kaufmann, Korakas, Koulourianos, Krarup, Krivine, Laguiller, Manisco, Markov, Marset Campos, Meijer, Modrow, Morgantini, Patakis, Puerta, Scarbonchi, Schröder Ilka, Seppänen, Sjöstedt, Vachetta, Vinci, Wurtz
NI: Borghezio, Claeys, Dillen, Gollnisch, Gorostiaga Atxalandabaso, Hager, Lang, de La Perriere, Martinez, Stirbois
PPE-DE: Brienza, Maij-Weggen, Smet, Thyssen
PSE: Adam, Andersson, Aparicio Sánchez, Baltas, Barón Crespo, Berenguer Fuster, Berès, van den Berg, Berger, Bösch, Bowe, Bullmann, van den Burg, Campos, Carlotti, Carnero González, Carraro, Carrilho, Casaca, Cashman, Cercas, Cerdeira Morterero, Ceyhun, Colom i Naval, Corbett, Corbey, Darras, Dehousse, De Rossa, Désir, Díez González, Dührkop Dührkop, Duhamel, Duin, Ettl, Färm, Fava, Ferreira, Ford, Fruteau, Garot, Gebhardt, Ghilardotti, Gill, Gillig, Glante, Goebbels, Görlach, Gröner, Guy-Quint, Hänsch, Haug, Hazan, Hedkvist Petersen, Honeyball, Howitt, Hughes, van Hulten, Hume, Iivari, Imbeni, Izquierdo Collado, Izquierdo Rojo, Jöns, Junker, Karamanou, Karlsson, Katiforis, Keßler, Kindermann, Kinnock, Koukiadis, Krehl, Kreissl-Dörfler, Kuckelkorn, Kuhne, Lage, Lalumière, Lange, Lavarra, Leinen, Linkohr, Lund, McAvan, McCarthy, McNally, Malliori, Mann Erika, Marinho, Martin Hans-Peter, Martínez Martínez, Mastorakis, Medina Ortega, Mendiluce Pereiro, Menéndez del Valle, Miguélez Ramos, Miller, Miranda de Lage, Moraes, Müller Rosemarie, Murphy, Myller, Napoletano, Napolitano, Obiols i Germà, Paasilinna, Paciotti, Pérez Royo, Piecyk, Pittella, Poignant, Poos, Prets, Randzio-Plath, Rapkay, Read, Rocard, Rodríguez Ramos, Roth-Behrendt, Rothe, Roure, Ruffolo, Sacconi, Sandberg-Fries, dos Santos, Sauquillo Pérez del Arco, Savary, Scheele, Schmid Gerhard, Schulz, Simpson, Skinner, Soares, Sornosa Martínez, Souladakis, Sousa Pinto, Stihler, Stockmann, Swiebel, Swoboda, Terrón i Cusí, Theorin, Torres Marques, Trentin, Vairinhos, Valenciano Martínez-Orozco, Van Brempt, Van Lancker, Vattimo, Veltroni, Volcic, Walter, Watts, Weiler, Whitehead, Wiersma, Wynn, Zimeray, Zorba, Zrihen
UEN: Andrews, Camre, Ribeiro e Castro
Verts/ALE: Aaltonen, Ahern, Auroi, Bouwman, Breyer, Buitenweg, Dhaene, Echerer, Ferrández Lezaun, Frassoni, Graefe zu Baringdorf, Isler Béguin, Jonckheer, Lagendijk, Lambert, Lannoye, Lipietz, MacCormick, McKenna, Maes, Mayol i Raynal, Nogueira Román, Onesta, Ortuondo Larrea, Piétrasanta, Rod, de Roo, Rühle, Schörling, Sörensen, Staes, Turmes, Voggenhuber, Wuori
En contra: 224
EDD: Abitbol, Coûteaux, Kuntz
ELDR: Sanders-ten Holte
NI: Berthu, Beysen, Cappato, Dell'Alba, Della Vedova, Dupuis, Garaud, Pannella, Raschhofer, Souchet, Speroni, Turco
PPE-DE: Andria, Arvidsson, Atkins, Averoff, Avilés Perea, Ayuso González, Banotti, Bartolozzi, Bayona de Perogordo, Beazley, Berend, Bodrato, Böge, von Boetticher, Bourlanges, Bowis, Bradbourn, Brok, Brunetta, Bushill-Matthews, Callanan, Cederschiöld, Chichester, Cocilovo, Coelho, Cornillet, Corrie, Costa Raffaele, Cunha, Cushnahan, Daul, De Mita, Deprez, De Sarnez, Descamps, De Veyrac, Dimitrakopoulos, Doorn, Dover, Doyle, Ebner, Elles, Evans Jonathan, Fatuzzo, Fernández Martín, Ferri, Fiori, Flemming, Florenz, Folias, Foster, Fourtou, Friedrich, Gahler, Galeote Quecedo, García-Margallo y Marfil, Gargani, Garriga Polledo, Gemelli, Gil-Robles Gil-Delgado, Glase, Goepel, Gomolka, Goodwill, Graça Moura, Grönfeldt Bergman, Grosch, Grossetête, Gutiérrez-Cortines, Hannan, Harbour, Hatzidakis, Heaton-Harris, Helmer, Hermange, Herranz García, Hieronymi, Inglewood, Jackson, Jarzembowski, Jeggle, Karas, Kauppi, Keppelhoff-Wiechert, Khanbhai, Kirkhope, Klamt, Klaß, Knolle, Koch, Konrad, Korhola, Kratsa-Tsagaropoulou, Lamassoure, Langen, Laschet, Lechner, Liese, Lisi, Lulling, Maat, McCartin, Mann Thomas, Marini, Marinos, Marques, Martin Hugues, Matikainen-Kallström, Mauro, Mayer Hans-Peter, Mayer Xaver, Méndez de Vigo, Mennitti, Menrad, Mombaur, Moreira Da Silva, Morillon, Müller Emilia Franziska, Naranjo Escobar, Nassauer, Nicholson, Niebler, Nisticò, Ojeda Sanz, Oomen-Ruijten, Oostlander, Oreja Arburúa, Pacheco Pereira, Pack, Parish, Pastorelli, Pérez Álvarez, Perry, Pex, Pirker, Piscarreta, Podestà, Poettering, Posselt, Pronk, Purvis, Quisthoudt-Rowohl, Rack, Radwan, Redondo Jiménez, Ripoll y Martínez de Bedoya, Rovsing, Rübig, Sacrédeus, Salafranca Sánchez-Neyra, Santer, Santini, Sartori, Schaffner, Schierhuber, Schleicher, Schmitt, Schnellhardt, Schröder Jürgen, Schwaiger, Sommer, Stenmarck, Stenzel, Stevenson, Stockton, Sturdy, Sudre, Sumberg, Suominen, Tajani, Theato, Trakatellis, Valdivielso de Cué, Van Orden, Varela Suanzes-Carpegna, van Velzen, de Veyrinas, Vidal-Quadras Roca, Villiers, Vlasto, Wachtmeister, Wenzel-Perillo, Wieland, Wijkman, von Wogau, Wuermeling, Zabell, Zacharakis, Zappalà, Zimmerling, Zissener
UEN: Berlato, Bigliardo, Caullery, Collins, Crowley, Fitzsimons, Hyland, Marchiani, Muscardini, Mussa, Nobilia, Ó Neachtain, Pasqua, Queiró, Segni, Thomas-Mauro, Turchi
Abstención: 7
EDD: Booth, Farage, Titford
ELDR: Gasòliba i Böhm, Vallvé
NI: Kronberger
PPE-DE: Ferrer
7. Informe Sterckx A5-0278/2003Resolución
A favor: 336
EDD: Abitbol, Andersen, Belder, Bernié, Blokland, Bonde, Butel, van Dam, Esclopé, Mathieu, Raymond, Saint-Josse, Sandbæk
ELDR: Andreasen, André-Léonard, Boogerd-Quaak, Busk, Calò, De Clercq, Dybkjær, Flesch, Formentini, Gasòliba i Böhm, Jensen, Manders, Monsonís Domingo, Mulder, Newton Dunn, Nordmann, Olsson, Paulsen, Pesälä, Plooij-van Gorsel, Pohjamo, Procacci, Ries, Riis-Jørgensen, Sanders-ten Holte, Sbarbati, Schmidt, Sterckx, Sørensen, Thors, Väyrynen, Vallvé, Van Hecke, Vermeer, Virrankoski, Watson
GUE/NGL: Ainardi, Alavanos, Bakopoulos, Bergaz Conesa, Blak, Bordes, Boudjenah, Brie, Caudron, Cauquil, Cossutta, Di Lello Finuoli, Fiebiger, Figueiredo, Frahm, Fraisse, Herzog, Jové Peres, Kaufmann, Koulourianos, Krarup, Krivine, Laguiller, Manisco, Markov, Marset Campos, Meijer, Modrow, Morgantini, Puerta, Scarbonchi, Schröder Ilka, Seppänen, Sjöstedt, Vachetta, Vinci, Wurtz
NI: Cappato, Claeys, Dell'Alba, Della Vedova, Dillen, Dupuis, Gollnisch, Gorostiaga Atxalandabaso, Hager, Kronberger, Lang, Martinez, Pannella, Raschhofer, Stirbois, Turco
PPE-DE: Andria, Bourlanges, Cornillet, Costa Raffaele, Cushnahan, Daul, De Mita, Deprez, De Sarnez, De Veyrac, Ferrer, Ferri, Fourtou, Grosch, Grossetête, Hermange, Kauppi, Lamassoure, Langen, Laschet, Lulling, Maat, McCartin, Marini, Martin Hugues, Moreira Da Silva, Nisticò, Oomen-Ruijten, Podestà, Schaffner, Schnellhardt, Smet, Stockton, Thyssen, van Velzen, de Veyrinas, Vlasto, Wijkman
PSE: Adam, Andersson, Aparicio Sánchez, Baltas, Barón Crespo, Berenguer Fuster, Berès, van den Berg, Berger, Bösch, Bowe, Bullmann, van den Burg, Campos, Carlotti, Carnero González, Carraro, Carrilho, Casaca, Cashman, Cercas, Cerdeira Morterero, Ceyhun, Colom i Naval, Corbett, Corbey, Darras, Dehousse, De Rossa, Désir, Díez González, Dührkop Dührkop, Duhamel, Duin, Ettl, Färm, Fava, Ferreira, Ford, Fruteau, Garot, Gebhardt, Ghilardotti, Gill, Gillig, Glante, Goebbels, Görlach, Gröner, Guy-Quint, Hänsch, Haug, Hazan, Hedkvist Petersen, Honeyball, Howitt, Hughes, van Hulten, Hume, Iivari, Imbeni, Izquierdo Collado, Izquierdo Rojo, Jöns, Junker, Karamanou, Karlsson, Katiforis, Keßler, Kindermann, Kinnock, Koukiadis, Krehl, Kreissl-Dörfler, Kuckelkorn, Kuhne, Lage, Lalumière, Lange, Lavarra, Leinen, Linkohr, Lund, McAvan, McCarthy, McNally, Malliori, Mann Erika, Marinho, Martin Hans-Peter, Martínez Martínez, Mastorakis, Medina Ortega, Mendiluce Pereiro, Menéndez del Valle, Miguélez Ramos, Miller, Miranda de Lage, Moraes, Müller Rosemarie, Murphy, Myller, Napoletano, Napolitano, Obiols i Germà, Paasilinna, Paciotti, Pérez Royo, Piecyk, Poignant, Poos, Prets, Randzio-Plath, Rapkay, Read, Rocard, Rodríguez Ramos, Roth-Behrendt, Rothe, Roure, Ruffolo, Sacconi, Sandberg-Fries, dos Santos, Sauquillo Pérez del Arco, Savary, Scheele, Schmid Gerhard, Schulz, Simpson, Skinner, Soares, Souladakis, Sousa Pinto, Stihler, Stockmann, Swiebel, Swoboda, Terrón i Cusí, Theorin, Torres Marques, Trentin, Vairinhos, Valenciano Martínez-Orozco, Van Brempt, Van Lancker, Vattimo, Veltroni, Volcic, Walter, Watts, Weiler, Whitehead, Wiersma, Wynn, Zimeray, Zorba, Zrihen
UEN: Andrews, Camre, Ribeiro e Castro
Verts/ALE: Aaltonen, Ahern, Auroi, Bouwman, Breyer, Buitenweg, Celli, Dhaene, Echerer, Ferrández Lezaun, Frassoni, Graefe zu Baringdorf, Isler Béguin, Jonckheer, Lagendijk, Lambert, Lannoye, Lipietz, MacCormick, McKenna, Maes, Mayol i Raynal, Nogueira Román, Onesta, Ortuondo Larrea, Piétrasanta, Rod, de Roo, Rühle, Schörling, Sörensen, Staes, Turmes, Voggenhuber, Wuori
En contra: 171
EDD: Booth, Coûteaux, Farage, Kuntz, Titford
NI: Beysen, Garaud, de La Perriere
PPE-DE: Arvidsson, Atkins, Averoff, Avilés Perea, Ayuso González, Banotti, Bartolozzi, Bayona de Perogordo, Beazley, Berend, Bodrato, Böge, von Boetticher, Bowis, Bradbourn, Brienza, Brok, Brunetta, Bushill-Matthews, Callanan, Camisón Asensio, Cederschiöld, Chichester, Coelho, Corrie, Dimitrakopoulos, Dover, Ebner, Elles, Evans Jonathan, Fatuzzo, Fernández Martín, Fiori, Florenz, Folias, Foster, Friedrich, Gahler, Galeote Quecedo, García-Margallo y Marfil, García-Orcoyen Tormo, Gargani, Garriga Polledo, Gil-Robles Gil-Delgado, Glase, Goepel, Gomolka, Goodwill, Graça Moura, Gutiérrez-Cortines, Hannan, Harbour, Hatzidakis, Heaton-Harris, Helmer, Hieronymi, Inglewood, Jackson, Jarzembowski, Jeggle, Karas, Keppelhoff-Wiechert, Khanbhai, Kirkhope, Klamt, Klaß, Knolle, Koch, Konrad, Korhola, Kratsa-Tsagaropoulou, Lechner, Liese, Lisi, McMillan-Scott, Maij-Weggen, Mann Thomas, Marinos, Matikainen-Kallström, Mauro, Mayer Hans-Peter, Mayer Xaver, Méndez de Vigo, Mennitti, Menrad, Mombaur, Morillon, Müller Emilia Franziska, Naranjo Escobar, Nassauer, Nicholson, Niebler, Ojeda Sanz, Oostlander, Oreja Arburúa, Pacheco Pereira, Pack, Parish, Pastorelli, Perry, Pirker, Piscarreta, Poettering, Posselt, Purvis, Quisthoudt-Rowohl, Rack, Radwan, Redondo Jiménez, Ripoll y Martínez de Bedoya, Rovsing, Rübig, Sacrédeus, Salafranca Sánchez-Neyra, Santer, Santini, Sartori, Schierhuber, Schleicher, Schmitt, Schröder Jürgen, Schwaiger, Sommer, Stenmarck, Stenzel, Stevenson, Sturdy, Sudre, Sumberg, Suominen, Tajani, Theato, Trakatellis, Valdivielso de Cué, Van Orden, Varela Suanzes-Carpegna, Villiers, Wachtmeister, Wenzel-Perillo, Wieland, von Wogau, Wuermeling, Zabell, Zacharakis, Zappalà, Zimmerling, Zissener
UEN: Berlato, Bigliardo, Caullery, Collins, Crowley, Fitzsimons, Hyland, Marchiani, Muscardini, Mussa, Nobilia, Ó Neachtain, Pasqua, Segni, Thomas-Mauro, Turchi
Abstención: 14
GUE/NGL: Alyssandrakis, Korakas, Patakis
NI: Berthu, Borghezio, Souchet, Speroni
PPE-DE: Cocilovo, Doorn, Martens, Pex, Pronk
PSE: Sornosa Martínez
UEN: Queiró
TEXTOS APROBADOS
P5_TA(2003)0388
Demanda de amparo de la inmunidad parlamentaria y los privilegios de Jannis Sakellariou
Decisión del Parlamento Europeo sobre la demanda de amparo de la inmunidad parlamentaria y los privilegios de Jannis Sakellariou (2003/2023(IMM))
El Parlamento Europeo,
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— |
Recibida la demanda de amparo de la inmunidad parlamentaria de Jannis Sakellariou, transmitida por él mismo con fecha de 20 de enero de 2003, en relación con un proceso judicial pendiente ante un tribunal griego y comunicada en la sesión plenaria del 29 de enero de 2003, |
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— |
Vistos los artículos 9 y 10 del Protocolo sobre los privilegios y las inmunidades de las Comunidades Europeas, de 8 de abril de 1965, así como el apartado 2 del artículo 4 del Acta relativa a la elección de los representantes en el Parlamento Europeo por sufragio universal directo, de 20 de septiembre de 1976, |
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— |
Vistas las sentencias del Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas de 12 de mayo de 1964 y de 10 de julio de 1986 (1), |
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— |
Vistos los artículos 6 y 6 bis de su Reglamento, |
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— |
Visto el informe de la Comisión de Asuntos Jurídicos y Mercado Interior (A5-0309/2003), |
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A. |
Considerando que Jannis Sakellariou fue elegido diputado al Parlamento Europeo en las quintas elecciones por sufragio universal directo, celebradas del 10 al 13 de junio de 1999, y que sus credenciales fueron verificadas por el Parlamento Europeo el 15 de diciembre de 1999 (2), |
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B. |
Considerando que los diputados al Parlamento Europeo no pueden ser buscados, detenidos ni procesados por las opiniones o los votos por ellos emitidos en el ejercicio de sus funciones (3), |
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C. |
Considerando que durante el período de sesiones del Parlamento Europeo sus diputados no pueden ser detenidos ni ser objeto de acciones judiciales en el territorio de ningún otro Estado miembro (4), |
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D. |
Considerando que Jannis Sakellariou fue elegido diputado al Parlamento Europeo en la República Federal de Alemania, y que, por tanto, no puede ser objeto de acciones judiciales en el territorio de la República Helénica, |
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E. |
Considerando que la prohibición de persecución judicial contra los diputados al Parlamento Europeo incluye los procesos por la vía civil, |
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1. |
Decide amparar la inmunidad parlamentaria y los privilegios de Jannis Sakellariou; |
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2. |
Encarga a su Presidente que comunique inmediatamente la presente Decisión y el informe de su comisión a la sala de lo civil de la Audiencia provincial de Atenas. |
(1) Asuntos 101/63 Wagner/Fohrman y Krier, Rec. Ed. Esp. 1964-1966, p. 47 y 149/85, Wybot/Faure y otros, Rec. 1986, p. 2391.
(2) Decisión del Parlamento Europeo sobre la verificación de credenciales tras las quintas elecciones al Parlamento Europeo por sufragio universal directo celebradas del 10 al 13 de junio de 1999 (DO C 296 de 18.10.2000, p. 93).
(3) Artículo 9 del Protocolo sobre los privilegios y las inmunidades de las Comunidades Europeas.
(4) Letra b) del artículo 10 del Protocolo sobre los privilegios y las inmunidades de las Comunidades Europeas.
P5_TA(2003)0389
Actividades y situación jurídica de los grupos políticos (modificación del Reglamento)
Decisión del Parlamento Europeo sobre la inserción en el Reglamento del Parlamento Europeo de un nuevo artículo 29 bis relativo a las actividades y la situación jurídica de los grupos políticos (2003/2114(REG))
El Parlamento Europeo,
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— |
Vista la carta de su Presidente de 28 de mayo de 2003, |
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— |
Vistos los artículos 180 y 181 de su Reglamento, |
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— |
Visto el informe de la Comisión de Asuntos Constitucionales (A5-0283/2003), |
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1. |
Decide introducir en su Reglamento las modificaciones que figuran a continuación; |
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2. |
Recuerda que dichas modificaciones entrarán en vigor el primer día del próximo período parcial de sesiones; |
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3. |
Encarga a su Presidente que transmita la presente Decisión, para información, al Consejo y a la Comisión. |
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TEXTO EN VIGOR |
ENMIENDAS |
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Enmienda 1 |
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Artículo 29 bis (nuevo) |
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Artículo 29 bis Actividades y situación jurídica de los grupos políticos Los grupos políticos ejercerán sus funciones en el marco de las actividades de la Unión, incluidas las tareas que les atribuye el Reglamento. Los grupos políticos dispondrán de una secretaría en el marco del organigrama de la Secretaría General, de las estructuras administrativas y de los créditos previstos en el presupuesto del Parlamento. La Mesa adoptará las reglamentaciones relativas a la puesta a disposición, a la ejecución y al control de estas estructuras y de estos créditos, así como a las delegaciones de competencias de ejecución del presupuesto correspondientes. Estas reglamentaciones contemplarán las consecuencias administrativas y financieras en caso de disolución de un grupo político. |
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Enmienda 2 |
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Artículo 30, apartado 2 bis (nuevo) |
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2 bis. La Mesa adoptará asimismo las reglamentaciones relativas a la puesta a disposición, a la ejecución y al control de los créditos previstos en el presupuesto del Parlamento para cubrir los gastos de secretaría y las estructuras administrativas de los diputados no inscritos. |
P5_TA(2003)0390
Presupuesto rectificativo no 4/2003
Resolución del Parlamento Europeo sobre el proyecto de presupuesto rectificativo no 4/2003 de la Unión Europea para el ejercicio 2003, Sección III — Comisión (10620/2003 — C5-0339/2003 — 2003/2113(BUD))
El Parlamento Europeo,
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— |
Vistos el artículo 272 de Tratado CE y el artículo 177 del Tratado Euratom, |
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— |
Visto el Reglamento (CE, Euratom) no 1605/2002 del Consejo, de 25 de junio de 2002, por el que se aprueba el Reglamento financiero aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas (1) y, en particular, sus artículos 37 y 38, |
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— |
Visto el presupuesto general de la Unión Europea para el ejercicio 2003, aprobado definitivamente el 19 de diciembre de 2002 (2), |
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— |
Visto el Acuerdo interinstitucional, de 6 de mayo de 1999, entre el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión sobre la disciplina presupuestaria y la mejora del procedimiento presupuestario (3), |
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— |
Visto el anteproyecto de presupuesto rectificativo no 4/2003 de la Unión Europea para el ejercicio 2003, presentado por la Comisión el 28 de mayo de 2003 (SEC(2003) 626), |
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— |
Visto el proyecto de presupuesto rectificativo no 4/2003 de la Unión Europea para el ejercicio 2003, establecido por el Consejo el 15 de julio de 2003 (10620/2003 — C5-0339/2003), |
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— |
Vistos el artículo 92 y el Anexo IV de su Reglamento, |
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— |
Visto el informe de la Comisión de Presupuestos (A5-0285/2003), |
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A. |
Considerando que el proyecto de presupuesto rectificativo no 4/2003 se refiere a la parte de los ingresos e incluye una serie de elementos que afectan al nivel de las contribuciones de los Estados miembros a los recursos propios de las Comunidades, |
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B. |
Considerando que estos elementos hacen referencia a la revisión anual de las previsiones de derechos de aduana, bases del IVA, bases de la RNB y a un nuevo cálculo técnico de las contribuciones necesarias para financiar la rebaja concedida al Reino Unido, |
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C. |
Considerando que este presupuesto rectificativo tiene también en cuenta la restitución del excedente de 2002 del Fondo de Garantía para Medidas Externas, consignándolo como partida de ingresos en 2003, |
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1. |
Aprueba sin modificaciones el proyecto de presupuesto rectificativo no 4/2003; |
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2. |
Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución al Consejo y a la Comisión. |
P5_TA(2003)0391
Manual «Sirene» (Decisión) *
Resolución legislativa del Parlamento Europeo sobre la iniciativa de la República Helénica con vistas a la adopción de una Decisión del Consejo sobre los procedimientos para modificar el Manual Sirene (7180/2003 — C5-0149/2003 — 2003/0808(CNS))
(Procedimiento de consulta)
El Parlamento Europeo,
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Vista la iniciativa de la República Helénica (7180/2003) (1), |
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Vista la iniciativa de la República Helénica (7179/2003) (2), |
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Vistas las letras a) y b) del apartado 1 del artículo 30, las letras a) y b) del artículo 31 y la letra c) del apartado 2 del artículo 34 del Tratado UE, |
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Visto el apartado 1 del artículo 39 del Tratado UE, conforme al cual ha sido consultado por el Consejo (C5-0149/2003), |
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Consultado por el Consejo de conformidad con el Protocolo por el que se integra el acervo de Schengen en el marco de la Unión Europea, |
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Vistos los artículos 106 y 67 de su Reglamento, |
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— |
Visto el informe de la Comisión de Libertades y Derechos de los Ciudadanos, Justicia y Asuntos Interiores (A5-0288/2003), |
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1. |
Aprueba la iniciativa de la República Helénica en su versión modificada; |
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2. |
Pide al Consejo que modifique en consecuencia el texto de la iniciativa; |
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3. |
Pide al Consejo que le informe, si se propone apartarse del texto aprobado por el Parlamento; |
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4. |
Pide al Consejo que le consulte de nuevo, si se propone modificar sustancialmente la iniciativa de la República Helénica; |
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5. |
Encarga a su Presidente que transmita la posición del Parlamento al Consejo y a la Comisión, así como al Gobierno de la República Helénica. |
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TEXTO PROPUESTO POR LA REPÚBLICA HELÉNICA |
ENMIENDAS DEL PARLAMENTO |
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Enmienda 1 |
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Considerando 4 bis (nuevo) |
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(4 bis) El propio Convenio de Schengen no contempla de manera explícita la creación de oficinas Sirene. |
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Enmienda 2 |
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Considerando 4 ter (nuevo) |
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(4 ter) A raíz del Tratado de Amsterdam se decidió incorporar el Acuerdo de Schengen y su acervo en el marco de la UE. El Protocolo de Schengen anejo al Tratado de Amsterdam preveía una decisión del Consejo para determinar el fundamento jurídico de cada parte de dicho acervo. Cuando esta decisión se tomó, no pudo alcanzarse ningún acuerdo sobre el fundamento jurídico para el manual Sirene y, por consiguiente, el manual Sirene permaneció en el tercer pilar sin fundamento jurídico específico. Así pues, la presente Decisión constituye también una decisión sobre el fundamento jurídico del manual. |
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Enmienda 3 |
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Artículo 2, apartado 1 |
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1. La Introducción, la Parte 1 y la Parte 2, la introducción de la Parte 3 y los puntos 3.1.1, 3.1.2, 3.1.3, 3.1.4, 3.1.5, 3.1.7, 3.1.8, 3.1.9, 3.1.10 y 3.2 de la Parte 3, la introducción de la Parte 4 y los puntos 4.1.1, 4.1.2, 4.2, 4.3, 4.3.1, 4.3.2, 4.3.3, 4.4, 4.4.1, 4.4.2, 4.4.3, 4,5.1, 4.5.2, 4.7, 4.8, 4.9 y 4.10 de la Parte 4, la introducción de la Parte 5 y los puntos 5.1.1, 5.1.2.1, 5.1.2.3, 5.1.2.4, 5.1.2.5, 5.1.2.6, 5.1.2.7, 5.2 y 5.3 de la Parte 5, así como los Anexos 1, 2, 3 y 4, la introducción y formularios A, B, C, D, E, F, G, H, I, J, K, L, M, y P del Anexo 5 y el Anexo 6 del Manual Sirene se modificarán con arreglo al procedimiento de reglamentación mencionado en el artículo 3. |
1. La Introducción, la Parte 2 (excepto el punto 2.1.3.) , la introducción de la Parte 4 y los puntos 4.2, 4.3, 4.3.1, 4.3.2, 4.3.3, 4.4, 4.4.1, 4.4.2, 4.4.3, 4.5.1, 4.5.2, 4.7 y 4.8 de la Parte 4, la introducción de la Parte 5 y los puntos 5.1.1, 5.1.2.1, 5.1.2.3, 5.1.2.4, 5.1.2.5, 5.1.2.6, 5.1.2.7, 5.2 y 5.3 de la Parte 5, así como los Anexos 1, 2, 3 y 4, la introducción y formularios A, B, C, D, E, F, G, H, I, J, K, L, M, y P del Anexo 5 y el Anexo 6 del Manual Sirene se modificarán con arreglo al procedimiento de reglamentación mencionado en el artículo 3. |
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Enmienda 4 |
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Artículo 3 |
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1. Cuando se haga referencia al presente artículo, la Comisión estará asistida por un Comité de reglamentación integrado por los Representantes de los Estados miembros y presidido por el Representante de la Comisión. |
1. La Comisión estará asistida por un Comité de reglamentación (en lo sucesivo denominado el «Comité»). |
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2. El Comité adoptará su reglamento interno a propuesta de la presidencia, basándose en normas tipo de procedimiento que se hayan publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea. |
2. Cuando se haga referencia al presente artículo, serán de aplicación por analogía los artículos 5 y 7 de la Decisión 1999/468/CE. El plazo contemplado en el apartado 6 del artículo 5 de la Decisión 1999/468/CE queda fijado en dos meses. |
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3. El Representante de la Comisión presentará al Comité un proyecto de las medidas que deban tomarse. El Comité emitirá su dictamen sobre dicho proyecto en un plazo que el presidente podrá determinar en función de la urgencia de la cuestión de que se trate. El dictamen se emitirá según la mayoría prevista en el apartado 2 del artículo 205 del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, en el caso de decisiones que el Consejo deba tomar a propuesta de la Comisión. Con motivo de la votación en el Comité, los votos de los Representantes de los Estados miembros se ponderarán de la manera definida en el artículo anteriormente citado. El presidente no tomará parte en la votación. |
3. El Comité adoptará su reglamento interno. |
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4. La Comisión adoptará las medidas previstas cuando sean conformes al dictamen del Comité. |
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5. Cuando las medidas previstas no sean conformes al dictamen del Comité o en ausencia de dictamen, la Comisión someterá sin demora al Consejo una propuesta relativa a las medidas que deban tomarse e informará al Parlamento Europeo. |
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6. El Consejo, por mayoría cualificada, podrá tomar una decisión sobre la propuesta dentro de los dos meses siguientes a la presentación de la misma. Si dentro de ese plazo el Consejo, por mayoría cualificada, manifiesta que se opone a la propuesta, la Comisión volverá a examinarla. La Comisión podrá presentar al Consejo una propuesta modificada, volver a presentar su propuesta o presentar una propuesta legislativa. Si al término de dicho plazo el Consejo no hubiera adoptado la propuesta de un acto de aplicación ni hubiera señalado su oposición a la propuesta de medidas de aplicación, la Comisión adoptará el acto de aplicación propuesto. |
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P5_TA(2003)0392
Manual «Sirene» (Reglamento) *
Resolución legislativa del Parlamento Europeo sobre la Iniciativa de la República Helénica con vistas a la adopción de un Reglamento del Consejo relativo a los procedimientos para modificar el Manual Sirene (7179/2003 — C5-0148/2003 — 2003/0807(CNS))
(Procedimiento de consulta)
El Parlamento Europeo,
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Vista la iniciativa de la República Helénica (7179/2003) (1), |
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Vista la iniciativa de la República Helénica (7180/2003) (2), |
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Visto el artículo 66 del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, |
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Visto el artículo 67 del Tratado CE, conforme al cual ha sido consultado por el Consejo (C5-0148/2003), |
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Consultado por el Consejo de conformidad con el Protocolo por el que se integra el acervo de Schengen en el marco de la Unión Europea, |
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— |
Vistos los artículos 106 y 67 de su Reglamento, |
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— |
Visto el informe de la Comisión de Libertades y Derechos de los Ciudadanos, Justicia y Asuntos Interiores (A5-0288/2003), |
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1. |
Aprueba la iniciativa de la República Helénica en su versión modificada; |
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2. |
Pide al Consejo que modifique en consecuencia el texto de la iniciativa; |
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3. |
Pide al Consejo que le informe, si se propone apartarse del texto aprobado por el Parlamento; |
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4. |
Pide al Consejo que le consulte de nuevo, si se propone modificar sustancialmente la iniciativa de la República Helénica; |
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5. |
Encarga a su Presidente que transmita la posición del Parlamento al Consejo y a la Comisión, así como al Gobierno de la República Helénica. |
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TEXTO PROPUESTO POR LA REPÚBLICA HELÉNICA |
ENMIENDAS DEL PARLAMENTO |
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Enmienda 5 |
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Considerando 4 bis (nuevo) |
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(4 bis) El propio Convenio de Schengen no contempla de manera explícita la creación de Oficinas Sirene. |
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Enmienda 6 |
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Considerando 4 ter (nuevo) |
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(4 ter) A raíz del Tratado de Amsterdam se decidió incorporar el Acuerdo de Schengen y su acervo en el marco de la UE. El Protocolo de Schengen anejo al Tratado de Amsterdam preveía una decisión del Consejo para determinar el fundamento jurídico de cada parte de dicho acervo. Cuando esta decisión se tomó, no pudo alcanzarse ningún acuerdo sobre el fundamento jurídico para el manual Sirene y, por consiguiente, el manual Sirene permaneció en el tercer pilar sin un fundamento jurídico específico. Así pues, el presente Reglamento constituye también una decisión sobre el fundamento jurídico del manual. |
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Enmienda 7 |
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Artículo 2 |
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1. La Introducción, la Parte 1 y la Parte 2, la introducción de la Parte 3 y los puntos 3.1.3, 3.1.5, 3.1.6, 3.1.8, 3.1.9 y 3.1.10 de la Parte 3 , la introducción de la Parte 4 y los puntos 4.3, 4.3.1, 4.3.3, 4.5.1, 4.6, 4.8 , 4.9 y 4.10 de la Parte 4, la introducción de la Parte 5 y los puntos 5.1.1, 5.1.2.2, 5.2 y 5.3 de la Parte 5, así como los Anexos 1, 2 y 3, los cuadros 3 y 4 del Anexo 4, la introducción y formularios C, E, G, I, J, K, L, M, N y O del Anexo 5 y el Anexo 6 del Manual Sirene se modificarán por la Comisión con arreglo al procedimiento de reglamentación mencionado en el artículo 3. |
1. La Introducción, la Parte 2 (excepto el punto 2.1.3.) , la introducción de la Parte 4 y los puntos 4.3, 4.3.1, 4.3.3, 4.5.1, 4.6, 4.8 , 4.9 y 4.10 de la Parte 4, la introducción de la Parte 5 y los puntos 5.1.1, 5.1.2.2, 5.2 y 5.3 de la Parte 5, así como los Anexos 1, 2 y 3, los cuadros 3 y 4 del Anexo 4, la introducción y formularios C, E, G, I, J, K, L, M, N y O del Anexo 5 y el Anexo 6 del Manual Sirene se modificarán por la Comisión con arreglo al procedimiento de reglamentación mencionado en el artículo 3. |
P5_TA(2003)0393
Transporte aéreo entre la Comunidad y terceros países *
Resolución legislativa del Parlamento Europeo sobre la propuesta de Reglamento del Consejo por la que se deroga el Reglamento (CEE) no 3975/87 y se modifican el Reglamento (CEE) no 3976/87 y el Reglamento (CE) no 1/2003, en lo que respecta al transporte aéreo entre la Comunidad y terceros países (COM(2003) 91 — C5-0107/2003 — 2003/0038(CNS))
(Procedimiento de consulta)
El Parlamento Europeo,
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Vistas la propuesta de la Comisión al Consejo (COM(2003) 91) (1), |
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Vista la propuesta modificada de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo relativo a la protección contra las subvenciones y las prácticas tarifarias desleales, que causan perjuicios a las compañías aéreas de la Comunidad, en la prestación de servicios de transporte aéreo desde los países no miembros de la Comunidad Europea (COM(2003) 228) (2), |
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Visto el artículo 83 del Tratado CE, conforme al cual ha sido consultado por el Consejo (C5-0107/2003), |
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Visto el artículo 67 de su Reglamento, |
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Vistos el informe de la Comisión de Asuntos Económicos y Monetarios y la opinión de la Comisión de Industria, Comercio Exterior, Investigación y Energía (A5-0300/2003), |
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1. |
Aprueba la propuesta de la Comisión en su versión modificada; |
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2. |
Pide a la Comisión que modifique en consecuencia su propuesta, de conformidad con el apartado 2 del artículo 250 del Tratado CE; |
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3. |
Pide al Consejo que le informe si pretende apartarse del texto aprobado por el Parlamento; |
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4. |
Pide al Consejo que le consulte de nuevo si pretende modificar sustancialmente la propuesta de la Comisión; |
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5. |
Encarga a su Presidente que transmita la posición del Parlamento al Consejo y a la Comisión. |
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TEXTO DE LA COMISIÓN |
ENMIENDAS DEL PARLAMENTO |
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Enmienda 1 |
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Considerando - 1 (nuevo) |
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(- 1) El sector europeo del transporte aéreo, por ser de alcance internacional, debe contar con igualdad garantizada de condiciones en el mercado interior. Esta medida podría contribuir asimismo a proporcionar una mayor seguridad laboral a sus trabajadores. |
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Enmienda 2 |
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Considerando - 1 bis (nuevo) |
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(- 1 bis) Es necesario un procedimiento rápido y eficaz para investigar y hacer cumplir las normas comunitarias de competencia en el ámbito del transporte aéreo entre la Comunidad y terceros países, similar al mecanismo existente para las rutas internas de la UE. |
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Enmienda 3 |
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Artículo 1 |
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Artículo 1 El Reglamento (CEE) no 3975/87 queda derogado, a excepción del apartado 3 de su artículo 6, que continuará aplicándose a las decisiones adoptadas de conformidad con el apartado 3 del artículo 81 del Tratado antes de la fecha de entrada en vigor del Reglamento (CE) no 1/2003 hasta la fecha de vencimiento de dichas decisiones. |
Suprimido |
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Enmienda 4 |
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Artículo 3 bis (nuevo) |
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Artículo 3 bis El artículo 39 del Reglamento (CE) no 1/2003 se modifica como sigue: Artículo 39 Modificación del Reglamento (CEE) no 3975/87 Se deroga el Reglamento (CEE) no 3975/87, a excepción del apartado 3 de su artículo 6, que continuará aplicándose a las decisiones adoptadas de conformidad con el apartado 3 del artículo 81 del Tratado antes de la fecha de entrada en vigor del Reglamento (CE) no 1/2003 hasta la fecha de vencimiento de dichas decisiones. |
(1) Pendiente de publicación en el DO.
(2) Pendiente de publicación en el DO.
P5_TA(2003)0394
Terceros Estados que pueden asumir la responsabilidad de examinar una solicitud de asilo *
Resolución legislativa del Parlamento Europeo sobre la iniciativa de la República de Austria con vistas a la adopción del Reglamento del Consejo por el que se fijan los criterios para determinar los Estados que puedan calificarse como terceros Estados seguros a efectos de asumir la responsabilidad de examinar una solicitud de asilo presentada en un Estado miembro por un nacional de un tercer país, así como una lista de terceros Estados europeos seguros (14712/2002 — C5-0010/2003 — 2003/0802(CNS))
(Procedimiento de consulta)
El Parlamento Europeo,
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Vista la iniciativa de la República de Austria (14712/2002) (1), |
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Visto el artículo 63 del Tratado CE, |
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Visto el artículo 67 del Tratado CE, conforme al cual ha sido consultado por el Consejo (C5-0010/2003), |
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Visto el artículo 67 y el apartado 4 del artículo 61 de su Reglamento, |
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— |
Visto el informe de la Comisión de Libertades y Derechos de los Ciudadanos, Justicia y Asuntos Interiores (A5-0210/2003), |
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1. |
Rechaza la iniciativa de la República de Austria; |
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2. |
Pide al Consejo y a la Comisión que le presenten lo antes posible la propuesta modificada de una Directiva del Consejo sobre normas mínimas para los procedimientos que deben aplicar los Estados miembros para conceder o retirar la condición de refugiado (2), y que solucionen, en este marco, el problema de los Estados terceros seguros; |
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3. |
Pide a la República de Austria que retire su iniciativa; |
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4. |
Encarga a su Presidente que transmita la posición del Parlamento al Consejo y a la Comisión, así como al Gobierno de la República de Austria. |
P5_TA(2003)0395
Nombramiento del Presidente del Banco Central Europeo *
Resolución del Parlamento Europeo relativa al nombramiento del Sr. Jean-Claude Trichet como Presidente del Banco Central Europeo (10893/2003 — C5-0332/2003 — 2003/0819(CNS))
(Procedimiento de consulta)
El Parlamento Europeo,
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Vista la recomendación del Consejo de 15 de julio de 2003 (C5-0332/2003), |
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— |
Vista la letra b) del apartado 2 del artículo 112 del Tratado CE, |
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— |
Visto el artículo 50 del Protocolo sobre los Estatutos del Sistema Europeo de Bancos Centrales y del Banco Central Europeo, |
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— |
Visto el artículo 36 de su Reglamento, |
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Vista la recomendación de la Comisión de Asuntos Económicos y Monetarios (A5-0307/2003), |
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A. |
Considerando que la Comisión de Asuntos Económicos y Monetarios procedió, en la reunión del 11 de septiembre de 2003, a la audiencia del Sr. Jean-Claude Trichet, candidato propuesto por el Consejo para el cargo de Presidente del Banco Central Europeo, por un mandato de 8 años, y, en la misma reunión del 11 de septiembre de 2003, a la apreciación de los méritos del candidato, a la luz de los criterios establecidos en el artículo 112 del Tratado CE |
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B. |
Considerando que el candidato ha presentado una declaración por escrito y ofreció explicaciones orales ante la Comisión de Asuntos Económicos y Monetarios el 11 de septiembre de 2003 para la consideración del Parlamento, |
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C. |
Considerando que el BCE debe ser políticamente independiente, pero considerando asimismo que el nombramiento de los candidatos al Comité Ejecutivo del BCE constituye un acto político, |
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1. |
Emite dictamen favorable al nombramiento del Sr. Jean-Claude Trichet como Presidente del Banco Central Europeo; |
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2. |
Encarga a su Presidente que transmita el presente dictamen al Presidente del Consejo, para que sea transmitido a los Gobiernos de los Estados miembros. |
P5_TA(2003)0396
Políticas de empleo en los países candidatos (evaluación)
Resolución del Parlamento Europeo sobre la aplicación de los documentos de evaluación conjunta relativos a las políticas de empleo en los países candidatos (COM(2003 37 — 2003/2105(INI))
El Parlamento Europeo,
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— |
Vista la Comunicación de la Comisión (COM(2003) 37), |
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— |
Visto apartado 2 del artículo 47 y el artículo 163 de su Reglamento, |
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— |
Visto el informe de la Comisión de Empleo y Asuntos Sociales (A5-0282/2003), |
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A. |
Considerando que los países candidatos y la Comisión acordaron en los Documentos de Evaluación Conjunta (DEC) aplicar medidas dirigidas a la consecución de los objetivos fijados para la política de empleo, |
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B. |
Considerando que las orientaciones para las políticas de empleo de los Estados miembros y las conclusiones del Consejo Europeo de Lisboa de 23 y 24 de marzo de 2000 han sentado las bases de la lucha contra el desempleo, |
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C. |
Considerando que una buena gestión significa tener en cuenta la singularidad del carácter, la capacidad y el talento de las personas, y darles la oportunidad de desarrollarse junto con otros en el lugar de trabajo; que, por consiguiente, el trabajo es importante para que las personas puedan desarrollar su identidad, |
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D. |
Considerando que, para la pronta adaptación de los sectores de la industria, los servicios y la agricultura, se requieren medidas de apoyo a proyectos concretos que garanticen el desarrollo sostenible y mejoren la competitividad, |
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E. |
Considerando que la consecución de una mayor competitividad pasa necesariamente por una mayor coordinación de las políticas en materia de empleo, formación profesional y asuntos sociales, |
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1. |
Observa que, en el camino hacia una política de empleo estable, los países candidatos deben realizar esfuerzos especiales, y, los Estados miembros de la Unión, actuar con especial sensibilidad; |
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2. |
Pide que la Comisión proponga medidas que faciliten el acceso a la financiación procedente de los diferentes programas de fomento, por ejemplo, mediante la eliminación de barreras burocráticas; |
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3. |
Apoya la creación en los países candidatos de un sistema de seguridad social que responda a criterios de alto nivel y sea accesible a todos; pide en este contexto nuevos esfuerzos para evitar y combatir el empleo ilegal, que socava las bases de financiación solidaria de la seguridad social, sobre todo de los seguros de enfermedad y de jubilación; |
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4. |
Pone de relieve que, a la hora de configurar los sistemas de seguridad social, debe aplicarse el principio de subsidiariedad y garantizarse el acceso de todos a prestaciones de calidad, independientemente de factores económicos, sociales y geográficos; |
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5. |
Pide a los países candidatos que desarrollen estrategias de empleo destinadas a regiones particularmente hostigadas por una crisis, con miras a la prevención de nuevos procesos migratorios y de pauperización; |
|
6. |
Insta a los países con un paro juvenil del 20% o superior a que realicen esfuerzos especiales por aproximar su tasa de desempleo a la media comunitaria y evitar así un proceso de abandono y radicalización; |
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7. |
Solicita una estrategia selectiva de asentamientos industriales en los países candidatos dirigida a prevenir el empobrecimiento de la población derivada de la reducción en el número de puestos de trabajo y la pérdida correspondiente de centros de formación y perfeccionamiento profesionales; considera asimismo importante estimular la cultura empresarial, por ejemplo en la enseñanza escolar; |
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8. |
Pide la creación, en el marco de los mecanismos de fomento estructural, de un instrumento auxiliar para la prevención del empobrecimiento de regiones en proceso de reestructuración industrial; |
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9. |
Subraya que la existencia de un diálogo social representativo y autónomo constituye un elemento indispensable de los preparativos para la adhesión y pide a los países candidatos que hagan participar estrechamente a los interlocutores sociales y a las ONG en los procesos de diseño de la política económica y social; |
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10. |
Pide que se fomente el contacto y la cooperación transfronterizos entre los interlocutores sociales en las regiones fronterizas para contribuir de esta manera a la difusión de los modelos de cooperación social de la UE; |
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11. |
Pide la articulación de medidas capaces de estimular estructuras económicas mixtas y prevenir de esta forma tendencias a la generación de monoestructuras industriales y de fomentar una economía diversificada; recuerda que, en la transición hacia la economía de mercado, algunos sectores de actividad pueden desarrollarse con provecho en el marco de empresas del tercer sector (cooperativas de producción, por ejemplo); |
|
12. |
Recuerda que el requisito fundamental para el desarrollo de estructuras industriales o comerciales de la economía mixta es una concepción amplia y flexible de la educación y la formación capaz de facilitar el proceso de aprendizaje a lo largo de toda la vida; |
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13. |
Solicita que se avance en transposición del acervo comunitario en materia de salud y seguridad en el lugar de trabajo; reconoce los enormes costes que entraña la transposición en este ámbito; pide a los países candidatos que, con vistas a lograr una mejora en las condiciones de vida y de trabajo, faciliten a la Comisión una evaluación realista de los problemas vinculados a la transposición práctica del acervo en materia de salud y seguridad en el trabajo; pide a los países candidatos que refuercen las capacidades de los servicios de inspección del trabajo, especialmente en su misión de acompañamiento de las empresas para la transposición del acervo comunitario; |
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14. |
Pide a la Comisión que conceda una elevada prioridad al esfuerzo por asegurar un buen medio de trabajo en los nuevos Estados miembros; |
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15. |
Recuerda que el concepto de responsabilidad de las empresas se considera un requisito fundamental para un desarrollo empresarial eficiente y sostenible, que debe integrar el diálogo social como un elemento esencial del dispositivo de una gestión moderna; considera que un plan empresarial equilibrado pasa necesariamente por un mayor respeto de los derechos de los trabajadores y una mayor percepción de la responsabilidad ética y social de las empresas; |
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16. |
Aboga por la puesta a disposición de recursos públicos para inversiones en capital humano y de I+D; considera posible crear en este contexto mecanismos de incentivación fiscal destinados a la innovación; |
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17. |
Pide a los inversores privados de la UE que reserven una parte de sus inversiones a medidas de formación y perfeccionamiento profesionales de sus trabajadores a fin de prestarles apoyo en sus esfuerzos de adaptación a un mercado laboral desregulado; |
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18. |
Considera que, en una política laboral moderna, la movilidad de los trabajadores tiene que reflejarse, por ejemplo, en los sistemas de formación y perfeccionamiento profesionales y en una fuerte cultura empresarial; opina que únicamente con una política de movilidad entendida de este modo podrá evitarse que surjan en la UE ampliada nuevas regiones de emigración, que los trabajadores abandonan por falta de empleo; |
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19. |
Pide a la Comisión que determine los obstáculos financieros que existen para que los ciudadanos de los nuevos Estados miembros realicen la formación y el perfeccionamiento profesional en otros países, y que examine la posibilidad de adoptar nuevas medidas destinadas a fomentar la movilidad transfronteriza en el sector de la educación; |
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20. |
Manifiesta su satisfacción por los esfuerzos tendentes a crear servicios de empleo orientados a la demanda del mercado de trabajo, pero solicita más acciones destinadas a crear una red de oficinas regionales y locales para satisfacer las necesidades de las regiones en los países candidatos con deficiencias particulares; |
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21. |
Insta a la Comisión a que no evalúe las explotaciones agrícolas únicamente desde el punto de vista de su gestión empresarial, sino que reconozca también su importancia para el medio ambiente y la conservación del paisaje, su función compensadora en el ámbito social hasta el momento en que se crea un número suficiente de puestos de trabajo alternativos fuera del ámbito agrícola; subraya a este respecto la importancia de programas de formación destinados a adquirir los conocimientos necesarios para adaptarse a estos cambios y permitir especialmente a las mujeres del sector agrícola desarrollar actividades innovadoras; |
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22. |
Considera que no debe permitirse que la privatización se traduzca en la eliminación de servicios de interés económico general; pide a la Comisión que respete, conforme al principio de subsidiariedad, la función de las autoridades nacionales, regionales y locales que han de velar por el bienestar de los ciudadanos y garantizar la posibilidad de llevar a cabo sus opciones democráticas; subraya la importancia de las autoridades locales en la elaboración de estrategias para el empleo adaptadas a los problemas específicos de las regiones afectadas por las reconversiones o reestructuraciones industriales, así como en la dinamización de territorios especialmente afectados por la transformación del sector agrícola; |
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23. |
Destaca la necesidad de adoptar medidas en favor de las personas especialmente desfavorecidas (bajas cualificaciones, edad), las personas con discapacidad y las minorías en forma de programas para evitar discriminaciones, de conformidad con el artículo 13 del Tratado CE, y pide a la Comisión que facilite el acceso a la financiación prevista para este fin en los programas comunitarios; |
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24. |
Subraya el papel de las organizaciones no gubernamentales en la organización de servicios sociales en favor de las minorías étnicas y personas discapacitadas; subraya el hecho de que los países candidatos deben permitir una creciente participación de la minoría romaní en la planificación, aplicación y evaluación de proyectos y medidas específicos para fomentar su integración; |
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25. |
Se felicita por los planes de acción nacionales destinados a luchar contra la discriminación y mejorar las condiciones de vida de las minorías en los países candidatos; recuerda las discriminaciones que siguen existiendo y pide a los países candidatos que realicen nuevos esfuerzos por aproximar sus legislaciones a las disposiciones de la UE en materia de prevención de discriminaciones; |
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26. |
Pide la puesta en marcha de programas especiales tendentes a fomentar de forma rápida y suficiente la igualdad de trato de las personas con discapacidad en el empleo y la profesión, y que incrementen asimismo paulatinamente su tasa de empleo; opina que, para ello sería necesaria una evaluación regular, exhaustiva y realmente transparente de la situación de las personas con discapacidad; |
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27. |
Pide a los países candidatos que participen activamente en los esfuerzos europeos por fomentar la integración social utilizando para ello el método de coordinación abierto; |
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28. |
Pide que se elaboren medidas concretas y adecuadas en los diversos países candidatos para fomentar la igualdad de oportunidades de hombres y mujeres; |
|
29. |
Solicita que las medidas y las prácticas en materia de empleo se basen en el principio de equiparación entre hombres y mujeres (igualdad de retribución para un mismo trabajo), así como en medidas prácticas (con arreglo al artículo 141 del Tratado), a fin de fomentar el acceso de las mujeres a la educación, la formación profesional y el empleo, mejorando la situación de las mujeres y los hombres en el mercado laboral para que puedan conciliar la vida familiar con la actividad profesional y evitar discriminaciones; |
|
30. |
Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución al Consejo, a la Comisión, a los interlocutores sociales europeos, así como a los Parlamentos de los Estados miembros y de los países candidatos. |
P5_TA(2003)0397
Seguridad del abastecimiento de gas natural ***I
Resolución legislativa del Parlamento Europeo sobre la propuesta de Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a unas medidas de protección de la seguridad del abastecimiento de gas natural (COM(2002) 488 — C5-0449/2002 — 2002/0220(COD))
(Procedimiento de codecisión: primera lectura)
El Parlamento Europeo,
|
— |
Vista la propuesta de la Comisión al Parlamento Europeo y al Consejo (COM(2002) 488) (1), |
|
— |
Vistos el apartado 2 del artículo 251 y el artículo 95 del Tratado CE, conforme a los cuales la Comisión le ha presentado su propuesta (C5-0449/2002), |
|
— |
Visto el artículo 67 de su Reglamento, |
|
— |
Vistos el informe de la Comisión de Industria, Comercio Exterior, Investigación y Energía y las opiniones de la Comisión de Asuntos Económicos y Monetarios y de la Comisión de Medio Ambiente, Salud Pública y Política del Consumidor (A5-0295/2003), |
|
1. |
Aprueba la propuesta de la Comisión en su versión modificada; |
|
2. |
Pide a la Comisión que consulte de nuevo si se propone modificar sustancialmente esta propuesta o sustituirla por otro texto; |
|
3. |
Insiste en la idoneidad del fundamento jurídico propuesto por la Comisión y pide que se le presente de nuevo la propuesta en caso de que el Consejo se proponga modificar el fundamento jurídico; |
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4. |
Encarga a su Presidente que transmita la posición del Parlamento al Consejo y a la Comisión. |
P5_TC1-COD(2002)0220
Posición del Parlamento Europeo adoptada en primera lectura el 23 de septiembre de 2003 con vistas a la adopción de la Directiva 2003/.../CE del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a medidas de protección de la seguridad del abastecimiento de gas natural
EL PARLAMENTO EUROPEO Y EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea y, en particular, su artículo 95,
Vista la propuesta de la Comisión (1),
Visto el dictamen del Comité Económico y Social Europeo (2),
Visto el dictamen del Comité de las Regiones (3),
De conformidad con el procedimiento establecido en el artículo 251 del Tratado (4)
Considerando lo siguiente:
|
(1) |
La Directiva 98/30/CE del Parlamento Europeo y el Consejo, de 22 de junio de 1998, sobre normas comunes para el mercado interior del gas natural (5) ha supuesto una gran contribución a la creación del mercado interior del gas. Esta Directiva da a los Estados miembros la posibilidad de imponer obligaciones de servicio público a las empresas de gas natural, en particular en relación con la seguridad del abastecimiento. |
|
(2) |
El Consejo Europeo de Barcelona alcanzó un acuerdo respecto de una aprobación rápida de las propuestas relacionadas con la fase final de la apertura del mercado interior del gas y la electricidad. La plena realización del mercado interior del gas cambiará de forma significativa el entorno de este mercado y debe complementarse con normas comunes para lo relativo a la seguridad del abastecimiento y a las políticas adecuadas que convenga adoptar al respecto. |
|
(3) |
La garantía de un alto nivel de seguridad del abastecimiento es un requisito fundamental para el buen funcionamiento del mercado interior del gas. Ante la perpectiva de la plena realización del mercado interior del gas, y por lo tanto de unas condiciones iguales para todos, es necesario un enfoque común mínimo sobre la seguridad del abastecimiento en toda la Comunidad con el fin de evitar un falseamiento del mercado. |
|
(4) |
El gas es un componente cada vez más importante del suministro energético de la Unión Europea. Conforme aumenta la importancia del gas, también adquiere una importancia estratégica creciente el garantizar un buen funcionamiento del mercado único del gas natural en la UE merced a un fomento de la seguridad del abastecimiento de gas. |
|
(5) |
Un mercado único competitivo del gas en la UE necesita unas políticas de seguridad del abastecimiento transparentes y no discriminatorias compatibles con las exigencias de dicho mercado. Para garantizar el buen funcionamiento del mercado interior, así como la seguridad del abastecimiento de gas, evitando al mismo tiempo crear obstáculos a los nuevos participantes o a las empresas con cuotas de mercado reducidas, es fundamental determinar claramente las funciones y responsabilidades de todas las partes que intervienen en el mercado. |
|
(6) |
Como se indica en el Libro Verde «Hacia una estrategia europea de seguridad del abastecimiento energético», a largo plazo, la Unión Europea dependerá cada vez más de las importaciones de gas procedentes de fuentes ajenas a la UE. La dependencia de la Unión Europea de las importaciones de gas natural podría llegar, según la Comisión, hasta un 75% en 2020. Con el aumento de dependencia de las importaciones de gas natural crece también el riesgo de la inseguridad en el abastecimiento de gas natural. |
|
(7) |
Como se indica en la Comunicación de la Comisión relativa a los combustibles alternativos para el transporte por carretera, el gas natural constituye una de las tres opciones a medio plazo para sustituir los combustibles para transporte derivados del petróleo. |
|
(8) |
Para poder satisfacer la demanda creciente de gas y diversificar los suministros, como condición para la consecución de un mercado interior competitivo del gas, la Unión Europea deberá movilizar volúmenes adicionales importantes de gas en las próximas décadas, que procederá en su mayoría de fuentes muy distantes y deberá transportarse a largas distancias. |
|
(9) |
La Unión Europea comparte un interés fundamental con los países proveedores de gas y los países de tránsito en garantizar la continuidad de las inversiones en las infraestructuras de suministro de gas. Pero no debe olvidarse el problema de la dependencia de las importaciones de gas natural. La dependencia lleva consigo determinados riesgos relacionados con la inestabilidad política en los países proveedores, que puede poner en peligro la seguridad del abastecimiento de gas natural. |
|
(10) |
Los contratos a largo plazo han desempeñado y seguirán desempeñando un papel importante en el suministro de gas de la Comunidad. Como el nivel actual de contratos a largo plazo es más que satisfactorio desde el punto de vista comunitario, cabe suponer que seguirán representando una importante contribución al abastecimiento global de gas, a medida que las empresas los incluyan en su cartera de suministros, y es conveniente crear una red de seguridad a este respecto. |
|
(11) |
El fomento de la fluidez de los suministros en el mercado interior es un factor esencial para lograr un funcionamiento eficaz y competitivo. Se han realizado grandes progresos para la implantación de unas plataformas comerciales fluidas y unos programas de cesión de gas a nivel nacional. Se espera que continúe esta tendencia. Sin embargo, es conveniente crear una red de seguridad a este respecto. |
|
(12) |
Es importante que los Estados miembros establezcan un marco inequívoco para favorecer la seguridad del abastecimiento y fomentar las inversiones en las infraestructuras de suministro de gas. Conviene comprobar que se adoptan las medidas adecuadas para garantizar que el entorno reglamentario y fiscal de la explotación, producción, almacenamiento y transporte del gas natural, incluya incentivos adecuados para la inversión. |
|
(13) |
Los recursos y medidas destinadas a aumentar la disponibilidad de fuentes de gas interiores , como la utilización de biogás , de una forma no discriminatoria y compatible con las exigencias de un mercado único competitivo del gas natural y con las normas de competencia, contribuirían a fomentar el nivel de seguridad del abastecimiento en el mercado interior del gas. |
|
(14) |
En aras de un buen funcionamiento del mercado interior del gas, para el cual unos suministros seguros son fundamentales, conviene supervisar el equilibrio entre la oferta y la demanda en los distintos Estados miembros y adoptar las medidas adecuadas cuando esté comprometida la seguridad del abastecimiento a escala comunitaria. |
|
(15) |
Para el buen funcionamiento del mercado interior del gas y la seguridad del abastecimiento, es fundamental que los Estados miembros sean solidarios en las situaciones de emergencia en materia de suministro. |
|
(16) |
Un mayor grado de interdependencia entre Estados miembros para lo relativo a la seguridad de abastecimiento es algo inherente a la creación y desarrollo de un mercado interior. No adoptar las medidas adecuadas en un Estado miembro podría tener consecuencias para el funcionamiento del mercado interior en toda la Comunidad. Para garantizar un funcionamiento correcto del mercado interior es fundamental, por lo tanto, proporcionar un nivel mínimo de armonización de las cuestiones relativas a la seguridad de abastecimiento de gas en cada Estado miembro. |
|
(17) |
En caso de situación extraordinaria en el suministro de gas y en función de su gravedad, la Comisión debe actuar de tal modo que se apliquen las medidas necesarias para proporcionar una asistencia específica a los Estados miembros especialmente afectados por la interrupción del suministro de gas con el fin de salvaguardar, en la medida de lo posible, la continuidad del funcionamiento del mercado interior del gas. |
|
(18) |
Para prestar asistencia en la elaboración y aplicación de la legislación comunitaria en el ámbito de la fiabilidad y seguridad del abastecimiento, para controlar su aplicación y asistir en la evaluación de la eficacia de las medidas vigentes y para controlar mejor la evolución de la seguridad del abastecimiento de gas, conviene crear en los servicios de la Comisión un sistema europeo de observación de los hidrocarburos. |
|
(19) |
Procede aprobar las medidas necesarias para la ejecución de la presente Directiva con arreglo a la Decisión 1999/468/CE del Consejo, de 28 de junio de 1999, por la que se establecen los procedimientos para el ejercicio de las competencias de ejecución atribuidas a la Comisión (6). |
|
(20) |
Dado que los objetivos de la acción pretendida, es decir, la creación de un mercado interior del gas plenamente operativo, basado en la libre competencia y la existencia de unos suministros seguros de gas, no pueden ser alcanzados de manera suficiente por los Estados miembros y, por consiguiente, debido a la dimensión o a los efectos de la acción contemplada, pueden lograrse mejor a nivel comunitario, la Comunidad puede adoptar medidas, de acuerdo con el principio de subsidiariedad consagrado en el artículo 5 del Tratado. De conformidad con el principio de proporcionalidad enunciado en dicho artículo,la presente Directiva no excede de lo necesario para alcanzar estos objetivos. |
HAN ADOPTADO LA PRESENTE DIRECTIVA:
Artículo 1
La presente Directiva establece medidas destinadas a la protección de la seguridad del abastecimiento de gas natural. Establece un marco común con arreglo al cual los Estados miembros determinarán unas políticas generales de abastecimiento transparentes y no discriminatorias cuando la seguridad del abastecimiento no pueda garantizarse (o no pueda garantizarse a tiempo o en la medida necesaria) con los medios propios de la economía de mercado .
Artículo 2
A efectos de la presente Directiva se entenderá por:
|
1. |
«fuente de suministro de gas», el suministro de gas procedente de un solo país suministrador de gas; |
|
2. |
«contrato a largo plazo», el contrato de suministro de gas con una duración igual o superior a 15 años, por norma general ; |
|
3. |
«consumidores vulnerables», los hogares y otros consumidores finales que no pueden optar a corto plazo por combustibles alternativos. |
Artículo 3
1. Los Estados miembros adoptarán medidas para definir las políticas generales sobre seguridad del abastecimiento basándose en sus propias circunstancias nacionales. Estas medidas serán, en la medida de lo posible, compatibles con un mercado interior del gas natural plenamente operativo. Siempre que se cumplan los requisitos establecidos por la presente Directiva, se procederá de acuerdo con el principio de subsidiariedad en lo que respecta al contenido concreto de las políticas de seguridad de abastecimiento y a la manera de aplicarlas.
2. Las medidas destinadas a garantizar la seguridad del abastecimiento serán conformes a lo establecido en el apartado 3 del presente artículo y en el artículo 4. La puesta en práctica de estas medidas se llevará a cabo de forma transparente y no discriminatoria y será objeto de publicación.
3. En el establecimiento de las medidas a que se refiere el apartado 1, los Estados miembros tendrán especialmente en cuenta los siguientes elementos:
|
a) |
la importancia de garantizar la continuidad del suministro de gas en condiciones objetivamente difíciles para los clientes domésticos definidos en el punto 25 del artículo 2 de la Directiva 2003/55/CE (7); |
|
b) |
la necesidad de introducir incentivos para la creación de nuevas fuentes de suministro de gas internas y externas en el mercado europeo del gas o, en su caso, garantizar niveles adecuados de almacenamiento de gas o la disponibilidad de combustibles alternativos; |
|
c) |
el riesgo más grave de avería o interrupción de la red que afecte a la mayor fuente de suministro de gas natural y los gastos que supondría reducir sus efectos; |
|
d) |
el mercado interior y las posibilidades de cooperación transfronteriza en materia de seguridad del abastecimiento de gas; |
|
e) |
la importancia de los contratos a largo plazo y la flexibilidad de los mismos. |
4. Los Estados miembros ejecutarán sus políticas de seguridad del abastecimiento de forma no discriminatoria y de tal manera que no suponga un obstáculo a la entrada de nuevos participantes en el mercado .
Artículo 4
1. En el cumplimiento de las políticas en materia de seguridad del abastecimiento a que se refiere el artículo 3, los Estados miembros adoptarán las medidas necesarias para garantizar en la medida de lo posible el abastecimiento de los consumidores vulnerables con arreglo a sus propias circunstancias nacionales. Los Estados miembros informarán a la Comisión sobre las medidas adoptadas .
2. A tal efecto, los Estados miembros podrán combinar al menos los siguientes instrumentos:
|
a) |
clientes de consumo no interrumpible |
|
b) |
almacenamiento de gas |
|
c) |
flexibilidad del abastecimiento |
|
d) |
mercados al contado |
|
e) |
diversificación de las fuentes de abastecimiento de gas incluyendo la utilización de biogás. |
Artículo 5
1. Los Estados miembros elaborarán y publicarán anualmente un informe con arreglo a lo dispuesto en el artículo 5 de la Directiva 2003/55/CE, que remitirán a la Comisión.
2. Sobre la base de los informes de los Estados miembros, entre otros elementos, la Comisión presentará un informe con arreglo a lo dispuesto en el artículo 31 de la Directiva 2003/55/CE.
Artículo 6
En un plazo de ... (8) la Comisión presentará al Parlamento Europeo y al Consejo un informe de evaluación sobre la experiencia adquirida en la aplicación de la Directiva , para permitir al Parlamento Europeo y al Consejo examinar a su debido tiempo si requiere adaptaciones.
Artículo 7
Con el fin de aumentar la seguridad del abastecimiento de gas natural, los Estados miembros adoptarán las medidas necesarias para garantizar procedimientos de autorización no discriminatorios para la construcción de gasoductos, instalaciones de almacenamiento y de GNL y para eliminar los posibles obstáculos a dicha construcción. Estos procedimientos se aplicarán de manera idéntica a las empresas de gas natural de la Unión Europea y a los proveedores de gas ajenos a la misma.
Artículo 8
Cuando se produzca
|
— |
una interrupción de determinadas vías de transporte, o bien |
|
— |
una interrupción total del suministro procedente de países productores de gas natural, |
de tal forma que se genere una situación extraordinaria que no puedan superar los participantes en el mercado y los Estados miembros, ni siquiera en cooperación con otros participantes en el mercado u otros Estados miembros, los Estados miembros afectados podrán notificar dicha situación a la Comisión. En tales casos, la Comisión podrá entablar consultas con los Estados miembros y las empresas, adoptar otras medidas apropiadas y, en su caso, mediante decisión con arreglo a lo dispuesto en el apartado 2 del artículo 9, obligar a los Estados miembros a adoptar medidas especiales para asistir a aquellos Estados miembros que se encuentren especialmente afectados por la interrupción del suministro.
En la decisión mencionada se garantizará un reembolso o una compensación a los precios actuales del mercado.
Artículo 9
1. La Comisión estará asistida por un Comité de representantes de los Estados miembros presidido por el representante de la Comisión .
2. En los casos en que se haga referencia al presente apartado, serán de aplicación los artículos 5 y 7 de la Decisión 1999/468/CE, observando lo dispuesto en su artículo 8.
El plazo contemplado en el apartado 6 del artículo 5 de la Decisión 1999/468/CE queda fijado en una semana.
3. El Comité aprobará su reglamento interno .
Artículo 10
La Comisión examinará la forma en que los Estados miembros aplican la presente Directiva y, en particular, la compatibilidad de las medidas adoptadas con respecto al artículo 4. A la luz de los resultados de este examen, la Comisión presentará si procede, a más tardar el ... (9) , propuestas sobre medidas adicionales destinadas a mejorar la seguridad del abastecimiento .
Si procede, la Comisión formulará recomendaciones o presentará propuestas adecuadas.
Artículo 11
Los Estados miembros pondrán en vigor las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas necesarias para dar cumplimiento a lo establecido en la presente Directiva, a más tardar el ... (10). Informarán de ello inmediatamente a la Comisión.
Cuando los Estados miembros adopten dichas disposiciones, éstas incluirán una referencia a la presente Directiva o irán acompañadas de dicha referencia en su publicación oficial. Los Estados miembros establecerán las modalidades de la mencionada referencia.
Artículo 12
La presente Directiva entrará en vigor el vigésimo día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
Artículo 13
1. Los destinatarios de la presente Directiva serán los Estados miembros.
Hecho en ..., el ...
Por el Parlamento Europeo
El Presidente
Por el Consejo
El Presidente
(1) DO C 331 E de 31.12.2002, p. 262 .
(2) DO C 133 de 6.6.2003, p. 16 .
(3) DOC...
(4) Posición del Parlamento Europeo de 23 de septiembre de 2003.
(5) DO L 204 de 21.7.1998, p. 1.
(6) DO L 184 de 17.7.1999, p. 23.
(7) Directiva 2003/55/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de junio de 2003, sobre normas comunes para el mercado interior del gas natural y por la que se deroga la Directiva 98/30/CE (DO L 176 de 15.7.2003, p. 57).
(8) Cinco años tras la entrada en vigor de la presente Directiva.
(9) Cinco años después de la entrada en vigor de la presente Directiva.
(10) Dos años después de la entrada en vigor de la presente Directiva.
ANEXO
CAPACIDAD DE ALMACENAMIENTO DE LA UNIÓN EUROPEA OBJETIVOS NACIONALES INDICATIVOS
El cuadro siguiente ilustra las capacidades de almacenamiento de gas en términos absolutos y en porcentaje del consumo.
Capacidades de almacenamiento a 1 de enero de 2001
|
|
Volumen útil (en miles de millones de m3) |
Porcentaje de la demanda en el año 2000 |
Capacidad de retirada de las existencias (en millones de m3/día) |
Objetivo para el año 2010 — Almacenamiento (en miles de millones de m3) |
Objetivo para el año 2010 — Porcentaje |
Objetivo para el año 2010 — Capacidad de retirada (en millones de m3/día) |
|
Austria |
2,295 |
31,6 |
24 |
|
|
|
|
Bélgica |
0,675 |
4,2 |
19 |
|
|
|
|
Dinamarca |
0,810 |
17,6 |
25 |
|
|
|
|
Francia |
11,1 |
26,2 |
180 |
|
|
|
|
Finlandia |
0,0 |
0,0 |
0 |
|
|
|
|
Alemania |
18,556 |
22,3 |
425 |
|
|
|
|
Grecia |
0,075 |
3,8 |
5 |
|
|
|
|
Irlanda |
0,0 |
0,0 |
0 |
|
|
|
|
Italia |
15,1 |
22,0 |
265 |
|
|
|
|
Luxemburgo |
0,0 |
0,0 |
0 |
|
|
|
|
Países Bajos |
2,5 |
6,1 |
145 |
|
|
|
|
Portugal |
0,0 |
0,0 |
0 |
|
|
|
|
España |
1,0 |
5,5 |
8 |
|
|
|
|
Suecia |
0,0 |
0,0 |
0 |
|
|
|
|
Reino Unido |
3,577 |
3,7 |
137 |
|
|
|
|
UE-15 |
55,688 |
14,2% |
1 233 |
|
|
|
P5_TA(2003)0398
Marca comunitaria *
Resolución legislativa del Parlamento Europeo sobre la propuesta de Reglamento del Consejo por el que se modifica el Reglamento (CE) no 40/94 sobre la marca comunitaria (COM(2002) 767 — C5-0009/2003 — 2002/0308(CNS))
(Procedimiento de consulta)
El Parlamento Europeo,
|
— |
Vista la propuesta de la Comisión al Consejo (COM(2002) 767) (1), |
|
— |
Visto el artículo 308 del Tratado CE, conforme al cual ha sido consultado por el Consejo (C5-0009/2003), |
|
— |
Visto el artículo 67 de su Reglamento, |
|
— |
Visto el informe de la Comisión de Asuntos Jurídicos y Mercado Interior (A5-0236/2003), |
|
1. |
Aprueba la propuesta de la Comisión en su versión modificada; |
|
2. |
Pide a la Comisión que modifique en consecuencia su propuesta, de conformidad con el apartado 2 del artículo 250 del Tratado CE; |
|
3. |
Pide al Consejo que le informe si pretende apartarse del texto aprobado por el Parlamento; |
|
4. |
Solicita la apertura del procedimiento de concertación previsto en la Declaración común de 4 de marzo de 1975, si el Consejo pretende apartarse del texto aprobado por el Parlamento; |
|
5. |
Pide al Consejo que le consulte de nuevo si pretende modificar sustancialmente la propuesta de la Comisión; |
|
6. |
Encarga a su Presidente que transmita la posición del Parlamento al Consejo y a la Comisión. |
|
TEXTO DE LA COMISIÓN |
ENMIENDAS DEL PARLAMENTO |
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Enmienda 1 |
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ARTICULO 1, PUNTO 1 bis (nuevo) Artículo 7, apartado 1, letra j) (Reglamento (CE) no 40/94) |
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|
|
|
||||||||||||||
|
Enmienda 2 |
|||||||||||||||
|
ARTICULO 1, PUNTO 2 Artículo 7, apartado 1, letra k) (Reglamento (CE) no 40/94) |
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|
|
||||||||||||||
|
Enmienda 3 |
|||||||||||||||
|
ARTICULO 1, PUNTO 3 bis (nuevo) Artículo 8, apartado 5 (Reglamento (CE) no 40/94) |
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|
|
|
||||||||||||||
|
Enmienda 4 |
|||||||||||||||
|
ARTICULO 1, PUNTO 19 Artículo 60, título (Reglamento (CE) no 40/94) |
|||||||||||||||
|
Revisión de las decisiones en los casos ex parte |
Resolución previa del recurso |
||||||||||||||
|
Enmienda 5 |
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|
ARTICULO 1, PUNTO 21 Artículo 77 bis (Reglamento (CE) no 40/94) |
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Cuando la Oficina haya tomado una decisión o efectuado una inscripción en el registro que afecte a los derechos de una parte y cuando la decisión o la inscripción adolezca de un error procesal evidente no conforme al Reglamento, la Oficina podrá revocar esta decisión o rectificar la inscripción si fuera necesario para corregir el error y restaurar la legalidad , si los derechos de una o más partes perjudicados por la revocación no prevalecen sobre los intereses de la parte o partes afectadas positivamente por la revocación, y si, en la rectificación, el interés público prima sobre el hecho de no corregir el error. Esta revocación sólo será admisible si se declara en el plazo de seis meses a partir de la fecha en que la decisión o inscripción que se desea revocar haya tenido lugar . |
Cuando la Oficina haya tomado una decisión o efectuado una inscripción en el registro que afecte a los derechos de una parte y tal decisión o inscripción adolezca de un error procesal evidente no conforme al Reglamento, la Oficina podrá revocar esa decisión o rectificar la inscripción, si fuera necesario, para corregir el error y restaurar la legalidad. Esta revocación podrá llevarse a cabo en el plazo de seis meses a partir de la fecha en que la decisión o inscripción que se revoca haya tenido lugar, y únicamente tendrá lugar si así conviene al interés público y no se lesionan intereses de las partes que sean dignos de protección. |
||||||||||||||
|
Enmienda 6 |
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|
ARTICULO 1, PUNTO 32 Artículo 127, apartado 2 (Reglamento (CE) no 40/94) |
|||||||||||||||
|
2. Las divisiones de oposición adoptarán sus resoluciones en composición de tres miembros, al menos uno jurista. En determinados casos que se especificarán en el reglamento de ejecución, las decisiones serán adoptadas por un solo miembro. De todos modos, las decisiones adoptadas por un solo miembro deberán referirse a casos que no revistan complejidad . |
2. Las divisiones de oposición adoptarán sus resoluciones en composición de tres miembros, al menos uno jurista. En determinados casos que se especificarán en el reglamento de ejecución, las decisiones serán adoptadas por un solo miembro. |
||||||||||||||
|
Enmienda 7 |
|||||||||||||||
|
ARTICULO 1, PUNTO 33 Artículo 129, apartado 2 (Reglamento (CE) no 40/94) |
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|
2. Las divisiones de anulación adoptarán sus resoluciones en composición de tres miembros, al menos uno jurista. En determinados casos que se especificarán en el reglamento de ejecución, las decisiones serán adoptadas por un solo miembro. De todos modos, las decisiones adoptadas por un solo miembro deberán referirse a casos que no revistan complejidad . |
2. Las divisiones de anulación adoptarán sus resoluciones en composición de tres miembros, al menos uno jurista. En determinados casos que se especificarán en el reglamento de ejecución, las decisiones serán adoptadas por un solo miembro. |
||||||||||||||
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Enmienda 8 |
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|
ARTICULO 1, PUNTO 34 Artículo 130 (Reglamento (CE) no 40/94) |
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34) El artículo 130 queda modificado de la siguiente manera: |
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Enmienda 9 |
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ARTICULO 1, PUNTO 35 Artículo 131 (Reglamento (CE) no 40/94) |
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El presidente de las salas de recurso tendrá poderes de gestión y organización, consistentes, en particular, en:
|
2. El Presidente del Tribunal Administrativo tendrá poderes de gestión y organización consistentes, en particular, en:
|
||||||||||||||
|
Estos poderes se completarán cuando sea necesario de conformidad con el Reglamento de procedimiento de las salas previsto en el apartado 3 del artículo 140. 2. Los miembros de las salas de recurso, incluido su presidente, serán nombrados por un período de cinco años. Su mandato podrá renovarse por períodos adicionales de cinco años o hasta el momento de su jubilación, si la edad de la misma se alcanza durante el nuevo mandato. 3. El Tribunal de Justicia, a instancias del consejo de administración, que actuará a propuesta del presidente de las salas, adoptará medidas disciplinarias contra los presidentes y miembros de las salas de recurso. 4. Los miembros de las salas son independientes. No estarán sujetos en sus decisiones por instrucción alguna. 5. Los presidentes y los miembros de las salas no podrán ser examinadores ni miembros de las divisiones de oposición, de la división de administración de marcas y de cuestiones jurídicas, ni de las divisiones de anulación . |
Estos poderes se completarán cuando sea necesario de conformidad con el Reglamento de procedimiento de las salas previsto en el apartado 3 del artículo 140. |
||||||||||||||
|
Enmienda 10 |
|||||||||||||||
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ARTICULO 1, PUNTO 35 bis (nuevo) Artículo 131 bis (Reglamento (CE) no 40/94) |
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|
|
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(1) Pendiente de publicación en el DO.
P5_TA(2003)0399
Expulsión por vía aérea (asistencia durante el tránsito) *
Resolución legislativa del Parlamento Europeo sobre la iniciativa de la República Federal de Alemania con vistas a la adopción de la Directiva del Consejo sobre la asistencia durante el tránsito en el marco de medidas de expulsión por vía aérea (14848/2002 — C5-0011/2003 — 2003/0801(CNS))
(Procedimiento de consulta)
El Parlamento Europeo,
|
— |
Vista la iniciativa de la República Federal de Alemania (14848/2002) (1), |
|
— |
Vista la letra b) del apartado 3 del artículo 63 del Tratado CE, |
|
— |
Visto el artículo 67 del Tratado CE, conforme al cual ha sido consultado por el Consejo (C5-0011/2003), |
|
— |
Vistos los artículos 67 y 63 de su Reglamento, |
|
— |
Vista la opinión de la Comisión de Asuntos Jurídicos y Mercado Interior sobre el fundamento jurídico de su propuesta, |
|
— |
Visto el informe de la Comisión de Libertades y Derechos de los Ciudadanos, Justicia y Asuntos Interiores (A5-0104/2003), |
|
— |
Visto el segundo informe de la Comisión de Libertades y Derechos de los Ciudadanos, Justicia y Asuntos Interiores (A5-0291/2003), |
|
1. |
Aprueba la iniciativa de la República Federal de Alemania en su versión modificada; |
|
2. |
Pide al Consejo que modifique el texto en consecuencia; |
|
3. |
Pide al Consejo que le informe si se propone apartarse del texto aprobado por el Parlamento; |
|
4. |
Pide al Consejo que le consulte de nuevo si pretende modificar sustancialmente la iniciativa de la República Federal de Alemania; |
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5. |
Encarga a su Presidente que transmita la posición del Parlamento al Consejo y a la Comisión, así como al Gobierno de la República Federal de Alemania. |
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TEXTO PROPUESTO POR LA REPÚBLICA FEDERAL DE ALEMANIA |
ENMIENDAS DEL PARLAMENTO |
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Enmienda 1 |
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Considerando 4 |
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(4) La presente Directiva no menoscaba la soberanía de los Estados miembros, en particular por lo que respecta al empleo de medidas coercitivas inmediatas contra expulsados recalcitrantes. |
(4) La presente Directiva no menoscaba la soberanía de los Estados miembros, en particular por lo que respecta al empleo de medidas coercitivas inmediatas contra nacionales de terceros países que residen ilegalmente y que se niegan a ser expulsados. |
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Enmienda 2 |
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Artículo 5, apartado 1, letra f) |
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Enmienda 3 |
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Artículo 5, apartado 1, letra g bis) (nueva) |
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Enmienda 4 |
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Artículo 5, apartado 3 |
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3. El personal de escolta no dispondrá de competencias oficiales en el territorio del Estado miembro requerido, sin perjuicio de las medidas en el marco de los derechos generales de legítima defensa y de primeros auxilios contemplados en el ordenamiento jurídico del Estado miembro requerido. El personal de escolta no portará armas durante el tránsito y acreditará su identidad a petición del Estado miembro requerido mediante pasaportes de servicio. |
3. El personal de escolta no dispondrá de competencias oficiales en el territorio del Estado miembro requerido, pero sí podrá adoptar las medidas necesarias de legítima defensa y de primeros auxilios contemplados en el ordenamiento jurídico del Estado miembro requerido. El personal de escolta no portará armas durante el tránsito y acreditará su identidad a petición del Estado miembro requerido mediante pasaportes de servicio. |
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Enmienda 5 |
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Artículo 7 bis (nuevo) |
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Artículo 7 bis De conformidad con el artículo 4 del Protocolo no 4 del Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales y con el artículo 19 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, el Estado miembro requerido no prestará asistencia para las expulsiones colectivas ni para las expulsiones con destino a países en los que no se respeten los derechos fundamentales políticos, sociales o culturales. |
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P5_TA(2003)0400
Refuerzo de la seguridad marítima
Resolución del Parlamento Europeo sobre el refuerzo de la seguridad marítima tras el naufragio del petrolero Prestige (2003/2066(INI))
El Parlamento Europeo,
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Vistos los paquetes de medidas Erika I y II, |
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Vistas su Resolución, de 21 de noviembre de 2002, sobre la catástrofe del petrolero Prestige frente a las costas de Galicia (1) y sus anteriores resoluciones sobre la seguridad marítima, |
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Vista su Resolución, de 19 de diciembre de 2002, sobre la seguridad marítima y las medidas para paliar los efectos de la catástrofe ocasionada por el petrolero Prestige (2), |
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Vista la Comunicación de la Comisión, de 3 de diciembre de 2002, sobre el refuerzo de la seguridad marítima tras el naufragio del petrolero Prestige (COM(2002) 681 — C5-0156/2003), |
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Vistas las Conclusiones del Consejo de Transportes, de 6 de diciembre de 2002, |
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Vistas las Conclusiones del Consejo Europeo de Copenhague, de 12 y 13 de diciembre de 2002, |
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Vista la Comunicación de la Comisión, de 5 de marzo de 2003, sobre las medidas que han de adoptarse para paliar las consecuencias de la catástrofe del Prestige (COM(2003) 105), |
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Visto el Informe del Ministerio de Fomento español, de 7 de marzo de 2003, sobre la seguridad marítima y el naufragio del Prestige, |
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Visto el Documento de trabajo de los servicios de la Comisión, de 17 de marzo de 2003, sobre el naufragio del petrolero Prestige (SEC(2003) 351), |
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Visto el Informe de la Asociación Internacional de Sociedades de Clasificación (IACS) sobre la auditoría ad hoc de la American Bureau of Shipping (ABS) relativa al naufragio del Prestige, |
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Vistos los análisis técnicos de la ABS, de 28 de febrero de 2003, sobre la catástrofe del Prestige, |
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Vista la declaración escrita del Sr. Apostolos Mangouras, capitán del Prestige, al Parlamento Europeo (audiencia pública celebrada los días 19 y 20 de marzo de 2003), |
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Vistas las declaraciones realizadas por los Sres. Serafín Díaz Regueiro, capitán marítimo del puerto de A Coruña, y de H. van Rooij, Director ejecutivo de SMIT Salvage, al Parlamento Europeo (audiencia pública celebrada los días 19 y 20 de marzo de 2003), |
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Visto el informe de la compañía gestora del Prestige, Universe Maritime LTD, |
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Vistas las Conclusiones del Consejo Europeo de primavera celebrado los días 20 y 21 de marzo de 2003, |
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Vista la decisión de la Conferencia internacional de la OMI (12-16 de mayo de 2003) sobre la constitución de un Fondo complementario de indemnización de incidentes de contaminación por el petróleo, |
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Visto el artículo 163 de su Reglamento, |
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Visto el informe de la Comisión de Política Regional, Transportes y Turismo y las opiniones de la Comisión de Industria, Comercio Exterior, Investigación y Energía, de la Comisión de Empleo y Asuntos Sociales, de la Comisión de Medio Ambiente, Salud Pública y Política del Consumidor y de la Comisión de Pesca (A5-0278/2003), |
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A. |
Considerando que la presente Resolución constituye un importante avance en la clarificación de las causas del accidente del Prestige, pero opinando que, a la luz de los numerosos acontecimientos ocurridos recientemente, tales como las nuevas estimaciones de la cantidad de combustible perdido con el naufragio, y de la necesidad de determinar todas las responsabilidades, debería actualizarse y proseguirse el trabajo parlamentario con el fin de disponer de una visión completa de las causas y consecuencias del accidente, |
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B. |
Considerando que el naufragio del Prestige ha causado graves daños al medio ambiente marítimo y a las zonas costeras de España y Francia, en particular a las de Galicia, así como a los habitantes de esas zonas y a su modo de vida, |
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C. |
Considerando que las medidas adoptadas por las autoridades locales españolas, junto con los extraordinarios esfuerzos realizados en los meses que siguieron a la catástrofe por la población local, así como por miles de voluntarios pertenecientes a organizaciones preocupadas por la protección del medio ambiente y otras, evitaron daños aún más graves a dichas zonas costeras, |
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D. |
Considerando que el fuelóleo pesado procedente del Prestige sigue llegando a las costas de Galicia, del norte de la península ibérica y de la costa atlántica francesa, superando Bretaña y amenazando incluso las costas inglesas, |
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E. |
Considerando que la primera prioridad ha de ser reglamentar de forma adecuada la acogida de buques en peligro y la disponibilidad y accesibilidad de lugares y puertos seguros, |
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F. |
Considerando que será muy difícil averiguar la causa real de la avería del Prestige, dado que el buque está hundido en aguas muy profundas y no puede ser rescatado, |
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G. |
Considerando que una gran parte del cargamento se ha hundido con el buque y puede representar una nueva amenaza a largo plazo, |
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H. |
Considerando que, el 13 de noviembre de 2002, el Prestige sufrió, como ha sido acreditado, una avería en el mismo lugar de los tanques de lastre en los que se habían llevado a cabo importantes reparaciones en Guanzhou (China) en el año 2001, tan solo 18 meses antes, y que durante la última inspección realizada en Dubai en mayo de 2002 los inspectores de la Sociedad de clasificación ABS no habían examinado el interior de los citados tanques de lastre, |
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I. |
Considerando que el Prestige fue utilizado durante aproximadamente un año como depósito flotante, lo que supone que otros buques utilizaron una y otra vez el mismo punto del casco del buque para atracar y desatracar; que es importante que este tipo de usos peligrosos sean notificados a la sociedad de clasificación, de forma que ésta pueda reforzar sus controles o centrarse en esos riesgos específicos, |
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J. |
Considerando que la evaluación realizada por las autoridades españolas sobre el estado del buque, los conocimientos técnicos de su tripulación y la calidad de los controles a los que fue sometido el buque no coincide con los testimonios, entre otros, de SMIT Salvage, las aseguradoras y la sociedad de clasificación; que la presencia de una «caja negra» hubiera podido aclarar la situación, |
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K. |
Considerando que el tiempo constituye un factor esencial en estas catástrofes, que a causa de la situación del buque en aquel momento era imposible alcanzar el dispositivo de remolque de emergencia que se encontraba en la parte trasera del barco y que, a causa de la falta de efectivos, entre otras cosas, fueron necesarias casi 24 horas para amarrar el Prestige a los remolcadores, |
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L. |
Considerando que todas las partes implicadas consideraron desde un primer momento que el Prestige estaba tan dañado que no podría soportar la tempestad, |
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M. |
Considerando que el barco había perdido sólo entre 1 000 y 3 000 toneladas de fuel cuando podía haber sido dirigido a un lugar de refugio como pusieron de manifiesto los expertos en la audiencia parlamentaria, |
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N. |
Considerando que en un puerto seguro se habrían evitado nuevos vertidos y podrían haberse concentrado los medios de extracción del fuel vertido, evitando la contaminación generalizada y el hundimiento del buque, |
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O. |
Considerando que las autoridades españoles dieron la orden de remolcar a alta mar el maltrecho buque por estar convencidas de que de esa forma contarían con más tiempo para luchar contra la contaminación; que esa decisión ha sido la causa de que la contaminación se haya extendido por una zona geográfica mucho más amplia; que, según los datos de que se dispone, antes de adoptar una decisión sobre lo que se debería hacer con el Prestige, las autoridades españolas no llevaron a cabo las inspecciones necesarias para establecer el alcance de los daños sufridos por el casco del buque, |
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P. |
Considerando que la decisión de alejar el buque ha sido apoyada por la mayoría de los habitantes e instituciones de la zona adyacente al lugar del accidente, |
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Q. |
Considerando que los remolcadores y el capitán intentaron reiteradamente, por el contrario, llevar el buque a un lugar o un puerto seguro, ya que estaban convencidos de que de esa forma podrían controlar la contaminación y salvar el buque, y que las autoridades españolas siempre rechazaron aceptar esta petición, |
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R. |
Considerando que, una vez analizados los acontecimientos, se constata que, en caso de emergencia, todos los afectados se ven obligados a adoptar, acuciados por el tiempo y ante los riesgos que estas situaciones conllevan para las personas, los bienes y el medio ambiente y en circunstancias difíciles, decisiones con importantes repercusiones económicas y ecológicas; que, por consiguiente, es esencial que las autoridades competentes cuenten con un protocolo de actuación común, estructuras de mando claras, planes de emergencia y puertos seguros bien equipados, |
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S. |
Considerando que las perdidas en producción acumuladas por el sector pesquero gallego (de acuerdo con estadísticas oficiales) en las primeras 15 semanas del año 2003, comparadas con el mismo período del 2002, se elevaron a 32 millones de euros, y que en algunos puertos estas pérdidas representan hasta el 50% de la producción del año anterior; que, por otro lado, las capturas no superan en toda Galicia el 50-60% en comparación con las del mismo período del año pasado; considerando que, desde el punto de vista biológico, se está notando una reducción de algunas especies y un declive del hábitat marino (algas) donde éstas viven, |
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T. |
Considerando que casi 400 soldados que han participado en las labores de limpieza del fuel vertido por el buque «Prestige» han sido atendidos por diferentes afecciones sanitarias hasta el pasado mes de marzo, según fuentes del Gobierno español, mientras que las afecciones a la población y a los voluntarios están todavía en estudio y podrían contabilizarse en un número de casos aún superior, |
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U. |
Considerando que el capitán del Prestige debe continuar por decisión judicial a disposición de la justicia española, por lo que lamentablemente no ha podido participar personalmente en la audiencia pública, y deplorando que la OMI tampoco estuviera representada en esta ocasión, |
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1. |
Pide a la Conferencia de Presidentes que examine favorablemente las eventuales solicitudes que se presenten para la creación de una comisión temporal que, tras proceder a un análisis pormenorizado, profundice en el examen de las causas y consecuencias de la catástrofe del Prestige, evalúe las normas de seguridad marítima en un sentido general así como el respeto de la legislación de la UE, tenga por objetivo garantizar la ejecución de las recomendaciones contempladas en la presente Resolución y proponga las medidas adicionales que se considere necesarias para impedir que se repita la catástrofe del Prestige y sus consecuencias; |
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2. |
Pide a la Comisión que informe al Parlamento Europeo y al público en general sobre los últimos resultados de las investigaciones realizadas para conocer las causas y las circunstancias de la catástrofe del Prestige, sobre los planes que los Estados miembros hayan adoptado y puesto en marcha con el fin de recuperar el fuel contenido en el pecio y acabar con los incesantes derrames contaminantes, así como sobre la indemnización de todos los damnificados, el restablecimiento de todas las actividades económicas perjudicadas y la contención y reparación de los daños ambientales en las regiones afectadas; |
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3. |
Pone de manifiesto su admiración por el extraordinario trabajo realizado en Galicia y en los demás países afectados por los marineros, por sus organizaciones representativas y por los voluntarios, un trabajo que resultó decisivo a la hora de impedir la entrada del fuel en las rías y para llevar a cabo la ingente y necesaria labor de limpieza en playas y rocas, |
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4. |
Se congratula de que no se haya producido ninguna pérdida de vidas humanas en el curso de este naufragio dado que la reglamentación sobre la seguridad marítima tiene como objetivo principal la salvaguardia de las vidas humanas; |
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5. |
Considera que las prioridades son, por una parte, velar por la seguridad de la gente de mar ya que, en caso de accidente grave en el mar, debe ser siempre posible localizar y salvar a la tripulación y, por otra, garantizar su actividad económica y la protección de los recursos; |
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6. |
Pide que se remonte a la superficie y se analice la plancha del tanque de lastre de estribor perdida en el mar antes del naufragio a fin de comprobar la calidad del acero y de las soldaduras; |
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7. |
Lamenta que, casi un año después de ocurrir el accidente, sigan produciéndose fugas de combustible en el pecio, que todavía contiene más de 14 000 toneladas de fuelóleo; expresa su preocupación a este respecto por la falta de transparencia de las decisiones y de los procesos adoptados hasta la fecha que no han podido impedir la aparición repetida de mareas negras en las costas del Atlántico; pide al Consejo, a la Comisión y a la Agencia Europea de Seguridad Marítima (AESM) que ayuden a las autoridades españolas y les faciliten todos los medios técnicos disponibles para poner término a las fugas de combustible y recuperar el pecio; pide a la Comisión que facilite regularmente datos actualizados sobre el tratamiento del pecio; solicita que el fuelóleo recuperado se trate y almacene en un lugar adaptado y protegido; pide a tal fin que se haga un inventario de los lugares de almacenamiento de los residuos contaminantes derivados de las mareas negras ocurridas en las costas comunitarias, que se solicite a las autoridades competentes información sobre el tratamiento de los residuos y sobre los sistemas de tratamiento empleados, y que se establezca un calendario para la eliminación o el tratamiento de dichos residuos, permitiéndose la incineración como método de tratamiento sólo si se realiza según lo dispuesto en la legislación comunitaria; |
Refuerzo de la seguridad marítima a escala europea
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8. |
Subraya que ya se han adoptado importantes medidas, en particular con los dos paquetes Erika, para reforzar la seguridad de la navegación en las aguas europeas, y hace hincapié en que debe darse prioridad a la aplicación rápida e íntegra de esta normativa y, especialmente, el estricto control de su observancia por parte de los Estados miembros; acoge con satisfacción las propuestas de la Comisión para acortar los plazos de aplicación; |
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9. |
Observa que la catástrofe del Prestige ha puesto claramente de manifiesto que la acogida de los buques en peligro no está adecuadamente reglamentada; pide a los Estados miembros que, en cooperación con la AESM, concreten con suficiente antelación y de forma íntegra las obligaciones en materia de planes nacionales de emergencia y designación de lugares de refugio, indicando, entre otros aspectos, en qué circunstancias impondrán obligatoriamente la utilización de los lugares de refugio, dotándolos de los medios necesarios para la ejecución de sus planes de emergencia; |
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10. |
Pide a la Comisión que presente ya antes de febrero de 2004 propuestas sobre la indemnización que se concederá a los lugares de refugio y que estudie la posibilidad de establecer un régimen de responsabilidad financiera para los puertos que no permitan el acceso a los buques en dificultades; |
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11. |
Insiste en que cada Estado miembro debe disponer de una estructura de toma de decisiones y de mando clara en caso de situaciones de emergencia en el mar, así como de una autoridad independiente que cuente con las competencias jurídicas, financieras y técnicas necesarias para adoptar decisiones vinculantes en situaciones de emergencia dentro de las aguas territoriales y la zona económica exclusiva; |
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12. |
Pide a la Comisión que encargue a la AESM la elaboración de un inventario de las distintas estructuras de mando y autoridades competentes en las situaciones de emergencia en el mar (como la Préfecture maritime en Francia y el Secretary of State's Representative en el Reino Unido), y que formule recomendaciones relativas al intercambio de las mejores prácticas, el fomento de la cooperación entre los Estados miembros y el establecimiento de directrices o requisitos mínimos a escala europea a este respecto; |
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13. |
Considera necesario elaborar planes de emergencia específicos en las zonas de intenso tráfico marítimo, de forma que las autoridades de las regiones afectadas cuenten con la autonomía necesaria para actuar en situaciones de accidentes graves; |
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14. |
Pide que la Unión Europea, a través de los servicios de la Comisión, se dote de una estructura de coordinación y actuación para intervenir en situaciones de emergencia, canalizando la ayuda europea desde el primer momento; |
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15. |
Acoge favorablemente la propuesta de la Comisión de dotar a la AESM de buques anticontaminación y del equipamiento técnico correspondiente; |
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16. |
Pide que el Consejo y la Comisión inicien, en el seno de la OMI y aprovechando la experiencia acumulada por los Estados miembros, el establecimiento de zonas de separación del tráfico y rutas obligatorias en las áreas sensibles desde el punto de vista ambiental y en las que la navegación sea difícil, y que le informen al respecto; |
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17. |
Pide a la Comisión que presente lo antes posible al Consejo y al Parlamento una propuesta para garantizar que, en los buques nuevos, los hidrocarburos utilizados como combustible de los buques se almacenan en depósitos más seguros de doble casco, dado que los buques de carga o los contenedores almacenan con frecuencia como combustible fuelóleo pesado (HFO), pudiendo superar su volumen considerablemente la carga de pequeños petroleros; |
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18. |
Es consciente de que los cuestiones de defensa son competencia exclusiva de los Estados miembros, pero insta a éstos a que eliminen de sus flotas militares los petroleros de casco único y aquellos que, conforme a la legislación comunitaria, deberían ser retirados de las aguas europeas; |
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19. |
Pide a los Estados miembros que controlen eficazmente la limpieza ilegal de las sentinas de los buques en el mar, cuyos vertidos suponen una de las principales causas de contaminación; |
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20. |
Acoge con satisfacción la iniciativa del sector para que los petroleros dispongan obligatoriamente las veinticuatro horas del día de un sistema de respuesta en caso de emergencia que, en caso de necesidad, pueda ayudar a evaluar el estado del buque y permita estabilizar dicho estado; propone que esta iniciativa se amplíe para que sea de aplicación a todos los buques que transportan mercancías peligrosas o contaminantes; |
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21. |
Señala que los buques de doble casco presentan riesgos específicos para la seguridad (corrosión, fatiga del metal, peligro de explosión, solidez de las paredes o riesgos en caso de colisión); pide a la Comisión que encargue a la AESM un examen urgente de este asunto y que proponga medidas para minimizar los riesgos; |
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22. |
Pide asimismo que la Unión Europea impulse la construcción de buques de doble casco en astilleros europeos y, a ser posible y como medida compensatoria, en aquellas regiones más afectadas por accidentes del transporte marítimo de mercancías peligrosas; |
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23. |
Pide a los Estados miembros que controlen y supervisen estrechamente el tráfico de buques que contengan mercancías peligrosas y contaminantes a una distancia de menos de 200 millas de sus costas; manifiesta, no obstante, su preocupación por la decisión adoptada por varios Estados miembros de expulsar esos buques de esta zona de 200 millas; teme que, a raíz de dicha decisión, estos buques se vean obligados a navegar a demasiada distancia de la costa, lo que puede suponer un grave riesgo para la tripulación y para el medio ambiente en caso de que el buque se encuentre en peligro (tempestad o avería); asimismo pide a los Estados miembros que en tales supuestos dispongan de los medios técnicos de salvamento necesarios para garantizar el auxilio de la tripulación y la preservación del medio ambiente marino; |
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24. |
Solicita que la prohibición de entrada en los puertos o fondeaderos de la Unión Europea para los buques de casco único que transporten fuelóleo o, en general, mercancías peligrosas se extienda a los buques que naveguen por aguas comunitarias, sobre la base de una legislación específica de la Unión; |
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25. |
Apoya la propuesta de la Comisión de iniciar una acción coordinada de los Estados miembros con el fin de estudiar y analizar las diversas fórmulas que permitirían adoptar medidas para proteger las aguas costeras, en particular las aguas territoriales y la zona económica exclusiva, contra los buques que constituyen una amenaza para el medio ambiente marino, mediante la obligación impuesta a los Estados ribereños de rehusar el acceso a las aguas costeras a los buques que supongan un peligro indudable para el medio ambiente y no respeten las normas de seguridad elementales; |
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26. |
Pide a la Comisión que fomente el uso en los sistemas de dirección y organización del tráfico marítimo de las tecnologías satélite y de transpondedores (sistemas automáticos de identificación) más modernas, que permiten un seguimiento muy preciso y a gran distancia de los buques, aprovechando el desarrollo del proyecto Galileo y los servicios GMES; |
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27. |
Pide a la Comisión y a los Estados miembros que, en el seno de la OMI y con el fin de reforzar la seguridad, examinen la conveniencia de establecer requisitos técnicos adicionales para todos los buques que transportan mercancías peligrosas y, en particular, la presencia obligatoria de un tipo de remolque de emergencia o de medios para luchar con carácter inmediato contra la contaminación a pequeña escala, así como un examen interno de todos los tanques de lastre, con carácter anual, en el caso de barcos de más de 15 años; |
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28. |
Acoge favorablemente la actitud positiva de la Comisión con respecto a las medidas fiscales que están adoptando algunos Estados miembros para fomentar el retorno a los pabellones europeos; pide con insistencia a los Estados miembros que garanticen una capacidad administrativa suficiente que permita el retorno a los pabellones europeos y el estricto control del Estado del pabellón; pide a la Comisión y a los Estados miembros que examinen de nuevo la posibilidad de crear un registro europeo de buques; |
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29. |
Pide a la Comisión que presente lo antes posible una propuesta para reforzar el control del Estado del puerto reduciendo los intervalos entre las inspecciones de los buques que presentan mayores riesgos, ampliando la obligación de declaración impuesta a los pilotos, de forma que éstos también deban informar sobre los buques en tránsito a lo largo de las costas europeas, y aplicando el objetivo del 25% (porcentaje de buques inspeccionados) a cada uno de los puertos que tengan un «tráfico marítimo importante» y no al conjunto del país; opina que la definición de «tráfico marítimo importante» debe referirse al volumen del tráfico y a la cantidad de carga peligrosa y contaminante transportada; pide a los Estados miembros que faciliten los medios necesarios para el refuerzo del control del Estado del puerto y, por consiguiente, aumenten el número de inspectores y adopten las medidas necesarias con respecto al equipamiento y a las condiciones de trabajo de los mismos; |
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30. |
Considera necesario que se estudie el problema de una lengua común para los operadores marítimos, y que se mejore el lenguaje estándar desarrollado por la OMI, por ejemplo, haciendo que la OMI se encargue de la difusión a bordo de videos de formación durante las horas de trabajo, algo que ya realizan en la actualidad algunos propietarios de buques; |
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31. |
Acoge con satisfacción la propuesta de directiva sobre la contaminación procedente de buques y la introducción de sanciones, incluso de carácter penal, para los delitos de contaminación (COM(2003) 92), ya que los vertidos ilícitos en el mar son la causa de la mayor parte de la contaminación marina; |
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32. |
Manifiesta su inquietud por la creciente criminalización de los marinos y el daño que esto causa a la imagen de la profesión; |
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33. |
Lamenta que se haya considerado delincuente al capitán Mangouras aun no siendo responsable de la avería de su buque; pide a las autoridades judiciales españolas que supriman las condiciones en virtud de las cuales el capitán del Prestige se encuentra en arresto domiciliario; |
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34. |
Pide la creación de un servicio de guardacostas europeo que, dotado de las competencias y de los instrumentos necesarios, asegure una vigilancia rigurosa, persiga penalmente los vertidos ilegales y garantice el respeto de rutas marítimas específicas, y que, en particular, garantice la coordinación más rápida posible de las medidas que se han de adoptar en caso de accidente, incluida la asignación de puertos y de puestos de amarre de emergencia; |
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35. |
Señala que, en la actualidad, el Estado del pabellón que enarbola el buque y el Estado ribereño se encargan de investigar los accidentes y los incidentes en el mar; considera necesario, con miras a evitar nuevos accidentes e incidentes, que se elaboren en la Unión Europea orientaciones claras en materia de ejecución de investigaciones independientes sobre los accidentes e incidentes ocurridos en el mar; considera que esta tarea debe corresponder a un organismo de investigación independiente a nivel de los Estados miembros o, si resulta deseable, a nivel europeo; |
Refuerzo de la seguridad marítima a escala mundial
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36. |
Pide a los Estados miembros que dispongan la adhesión de la Unión a la OMI y otorguen a la Comisión un mandato para que pueda negociar con la OMI en nombre de la Unión; |
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37. |
Pide a la Comisión y a los Estados miembros que se esfuercen por conseguir en la OMI acuerdos que prevean la eliminación progresiva en todo el mundo de los buques cisterna de casco único mediante una modificación del Convenio Marpol; |
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38. |
Pide a la Comisión y a los Estados miembros que hagan todo lo posible por alcanzar un acuerdo en el seno de la OMI sobre una convención internacional de derecho público sobre lugares de refugio; |
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39. |
Pide a la Comisión y a los Estados miembros que examinen en el sistema de clasificación de los buques de la OMI y establezcan requisitos más severos relativos a la información que los armadores han de facilitar a la sociedad de clasificación sobre los cambios que se produzcan en la utilización de los buques; |
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40. |
Reitera la necesidad de alcanzar, a nivel internacional y comunitario, mecanismos de inspección técnica exhaustivos que permitan conocer de manera fiable las condiciones reales en las que se encuentran los buques; |
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41. |
Solicita que se adapten la interpretación y la aplicación de las disposiciones de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar relativas a la libertad de navegación en la zona económica exclusiva y alta mar, con objeto de que los Estados ribereños puedan adoptar medidas contra los buques que constituyen una amenaza para el medio ambiente y la seguridad marítima; |
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42. |
Pide a la Comisión y a los Estados miembros que intervengan en el marco de la OMI para lograr la introducción de rutas marítimas obligatorias y la limitación de la navegación en zonas extremadamente sensibles, con el fin de proteger las costas, así como un procedimiento de control obligatorio del Estado del pabellón destinado a luchar contra la navegación bajo pabellones de conveniencia, y requisitos más rigurosos para el control del Estado del puerto; |
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43. |
Subraya la importancia que reviste una buena comunicación, especialmente en situaciones de emergencia, entre los buques, los equipos de remolque y las autoridades en tierra; aboga por ello por un conocimiento suficiente de la lengua inglesa en el sector de la navegación; |
Aspectos económicos
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44. |
Solicita que se aumente la cuota correspondiente a los armadores en la responsabilidad financiera por medio de una modificación, en el seno de la OMI, de las disposiciones contempladas al respecto en la normativa internacional sobre indemnización y responsabilidad; pide a la Comisión que, de no tener éxito esa iniciativa, presente una propuesta sobre un sistema de indemnización y responsabilidad para la Unión Europea ampliada; |
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45. |
Insta a que se aplique plenamente el principio de «quien contamina paga» en el mar mediante un sistema de responsabilidad penal que permita, por una parte, sancionar a los responsables de incidentes y, por otra, desarrollar un sistema internacional de fondos de compensación con arreglo al principio de «quien contamina paga» que sirva para compensar a las poblaciones ribereñas y financiar el restablecimiento del medio ambiente; considera que la financiación de dicho fondo debería recaer en toda la cadena del transporte (estado del pabellón, fletadores, propietarios de la carga y propietarios del buque); opina que dicho fondo debería estar compuesto de dos partes, una relativa al transporte de hidrocarburos y otra relativa al transporte de otras sustancias peligrosas; |
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46. |
Acoge favorablemente la decisión de la OMI de ampliar a un máximo de aproximadamente 1 000 millones de euros de indemnización por siniestro el límite del Fondo Internacional de indemnización de daños debidos a contaminación por hidrocarburos; pide a los Estados miembros que ratifiquen lo antes posible el protocolo pertinente; pide a la Comisión y al Consejo que velen por que se indemnice en su integridad y lo más rápidamente posible a las víctimas del accidente del Prestige; |
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47. |
Pide que la Unión Europea acuerde rápidamente la elevación del límite máximo del seguro de la cadena de los operadores del transporte marítimo, sacando las conclusiones debidas de la experiencia legislativa de los EE.UU. tras el accidente del Exxon Valdez; entiende que esta decisión de la UE tendría como consecuencia la necesidad de cambiar las normas vigentes en la OMI en beneficio de todos los mares y países, especialmente de los países en desarrollo; |
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48. |
Pide a la Comisión que adopte las medidas necesarias a corto y largo plazo para hacer frente a los problemas que se registran en los distintos sectores económicos que han resultado afectados social y económicamente y entre los que también se incluyen, además de los sectores turístico, pesquero y mariscador, otros sectores de actividad tales como la industria conservera, el comercio, el transporte, la reparación y el mantenimiento, la hostelería, etc.; opina que esta ayuda debería incluir incentivos para la recuperación de la iniciativa privada y campañas de promoción, una vez que se hayan paliado completamente los daños medioambientales; |
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49. |
Considera que unos motores de emergencia potentes permiten aumentar claramente la capacidad de maniobra de los grandes petroleros en las situaciones peligrosas y pueden contribuir a evitar accidentes ya inminentes; remite a los proyectos ya existentes en materia de motores de emergencia en el sector europeo de la construcción marítima y pide a la Comisión que fomente la instalación de motores de emergencia potentes en los buques; |
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50. |
Pide al Consejo y a la Comisión que el empleo de las ayudas a las personas y empresas de los sectores pesquero, marisquero y acuícola españoles en virtud del Reglamento (CE) no 2372/2002 del Consejo de 20 de diciembre de 2002 (3) se mantenga para todos aquellos que continúen sufriendo las consecuencias del naufragio especialmente en el caso de las personas y empresas más directamente afectadas; pide asimismo a la Comisión que presente una propuesta relativa a las regiones francesas similar a la presentada en el caso de las zonas costeras españolas afectadas; |
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51. |
Pide la movilización de todos los fondos y medios técnicos comunitarios pertinentes y la creación de una red de intercambio de experiencias en materia de contaminación por hidrocarburos; pide a la Comisión que le informe de las posibles reprogramaciones de los Fondos Estructurales y del Fondo de Cohesión 2000-2006 que sean necesarias para poder destinar ayudas a las zonas afectadas por el accidente del Prestige; recomienda que tal reprogramación se efectúe con celeridad y se oriente tanto hacia la regeneración ecológica de la franja costera como hacia la recuperación económica de los sectores afectados; |
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52. |
Considera que las grandes catástrofes marinas como la del Prestige deberían estar cubiertas bien por el Fondo Europeo de Solidaridad contra catástrofes naturales bien por un fondo específico de ayuda por graves daños al medio ambiente; |
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53. |
Pide a la Comisión que incluya en el programa de trabajo para 2004 del VI Programa marco de investigación y desarrollo tecnológico la investigación para el establecimiento de Planes de Intervención de Urgencia para todas las costas comunitarias que permitan hacer frente a todo tipo de riesgos y catástrofes, así como para el diseño y construcción de nuevos buques tecnológicamente desarrollados para la recogida y limpieza de vertidos contaminantes en el mar y la promoción de nuevas tecnologías de recuperación medioambiental y tratamiento de residuos; |
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54. |
Pide a la Comisión que, al cumplirse un año de la catástrofe del Prestige, realice un informe de evaluación sobre el impacto de las medidas comunitarias tendentes a paliar los efectos de dicha catástrofe, con especial énfasis en la recuperación medioambiental y las ayudas a los diferentes sectores pesqueros e industriales afectados; |
Aspectos medioambientales
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55. |
Subraya la necesidad de rescatar los restos peligrosos de los buques que se encuentran en las aguas europeas en aras de la seguridad marítima y la protección del medio ambiente; pide a la Comisión que fomente la inversión con este fin; |
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56. |
Observa que acelerar la eliminación progresiva de los buques de casco único entrañará un aumento considerable del número de buques para desguace; solicita, en aras de la protección de la salud humana y del medio ambiente, directrices vinculantes de la OMI que contemplen, entre otros aspectos, la preparación de los buques para el reciclado, la reducción de los residuos y de la utilización de materiales peligrosos y el fomento de la cooperación internacional en la materia; |
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57. |
Pide a la Comisión que, paralelamente al desarrollo de las directrices de la OMI y a reserva de que se efectúe un análisis de rentabilidad, presente una propuesta por la que se establezcan requisitos mínimos en materia de salud y medio ambiente para el reciclaje de los buques destinados al desguace, dentro de un sistema de certificación; |
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58. |
Señala que, desde una perspectiva de salud pública, no se ha divulgado ningún dato sobre los niveles de contaminación interna de las personas que hubieran podido verse directa o indirectamente afectadas por la contaminación del Prestige, y lamenta que se esté perdiendo un tiempo fundamental para poder obtener datos sobre las consecuencias del vertido en la población; |
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59. |
Pide a la Comisión que adapte las directivas europeas relativas al fuelóleo pesado con azufre no 2, cuya utilización está prohibida en la Unión Europea pero que, sin embargo, se produce y se transporta dentro de Europa y sus puertos, y se exporta a diferentes países para fines energéticos; reclama, por consiguiente, que se prohíba la producción de ese tipo de hidrocarburo; |
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60. |
Insiste en que se evalúen las repercusiones ecológicas negativas en los sitios propuestos para ser incluidos en la red Natura 2000 y en las zonas de interés ecológico que se encuentren en la zona afectada por la marea negra, e insiste asimismo en que se adopten medidas para compensar los daños ocasionados; pide que se apruebe inmediatamente la inclusión en Natura 2000 de los sitios propuestos; |
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61. |
Pide el inmediato cumplimiento de la Directiva 92/43/CEE relativa a los hábitats (4) en las zonas de interés ecológico situadas en las correspondientes regiones marítimas de la Unión Europea y su inclusión inmediata en la red Natura 2000; |
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62. |
Recuerda la ausencia de instalaciones de recepción y tratamiento de residuos en numerosos puertos comunitarios; solicita, en este contexto, el establecimiento, mediante un plan europeo, de las infraestructuras necesarias para la desgasificación y limpieza de buques en todos los puertos comunitarios, que deberán estar en condiciones de gestionar simultáneamente diferentes problemas graves; |
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63. |
Solicita que la Unión Europea se convierta en miembro de la OMI, que los Estados miembros ratifiquen el Convenio internacional sobre responsabilidad e indemnización de daños en relación con el transporte marítimo de sustancias nocivas y potencialmente peligrosas de 1996 (Convenio SNP), y que se refuerce el Convenio de Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar de 1982 (Convenio de Montego Bay) en lo relativo a la seguridad marítima y la protección del medio ambiente marino, en particular la parte XII de dicha Convención; |
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64. |
Pide que se elaboren estudios europeos sobre la evolución y el restablecimiento de los ecosistemas, así como un estudio epidemiológico sobre las poblaciones expuestas al fuelóleo, de manera que pudieran obtenerse datos sobre los efectos en la salud a corto plazo (conjuntivitis, dolores de cabeza, problemas respiratorios), y a medio y largo plazo (efectos que puedan aparecer en el futuro debido a una exposición crónica a los compuestos potencialmente tóxicos); |
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65. |
Pide a la Comisión que proponga medidas de prevención para toda contaminación producida en los muelles, que contribuye en gran medida a la degradación del entorno marino y repercute negativamente en la salud de la población afectada; |
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66. |
Pide una coordinación mejor, más rápida y eficaz en favor de la fauna silvestre cuando se produzcan siniestros marítimos, así como una infraestructura de calidad para la rehabilitación de los animales, requisitos elevados y redes estructuradas de organizaciones acreditadas en este ámbito; |
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67. |
Solicita que se concedan a las asociaciones experimentadas en la limpieza de la fauna víctima de la contaminación los medios financieros pertinentes para este cometido; |
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68. |
Propone la creación de un registro comunitario sobre las mareas negras (datos históricos, estudios, mediciones realizadas) que constituya una base de informaciones actualizadas y de fácil acceso para todas las instituciones y el público en general; |
Aspectos sociales
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69. |
Subraya la importancia de contar con marinos cualificados y pide a los Estados miembros que los controles del Estado del puerto verifiquen especialmente si la tripulación posee las cualificaciones y los certificados pertinentes; reclama al mismo tiempo una mejora de su formación y de sus condiciones de vida y de trabajo, lo cual redundaría en beneficio de la seguridad marítima; insta a la Comisión a que promueva la armonización y revalorización de esta profesión a nivel europeo; |
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70. |
Pide a la Comisión que, en la elaboración de la normativa sobre seguridad marítima, tenga en cuenta la seguridad de las tripulaciones con vistas a las posibles tareas de salvamento en casos de accidente; |
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71. |
Recuerda que la formación en materia de seguridad y salud laboral debe ir acompañada de una acción permanente encaminada al fomento de una cultura de prevención, teniendo en cuenta los riesgos específicos de esta actividad, la estructura demográfica de los profesionales del mar y que el barco constituye su «domicilio», todo ello en el espíritu de la estrategia europea de salud laboral 2002-2006; |
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72. |
Somete a examen de la Comisión y de los Estados miembros, dentro de sus competencias y por conducto de las organizaciones internacionales, la necesidad de llevar a cabo una profunda transformación del ordenamiento jurídico internacional marítimo que dé respuesta desde la perspectiva de la seguridad y salud laboral a las exigencias del transporte marítimo moderno; |
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73. |
Se congratula de la iniciativa empresarial privada para la incentivación del empleo en las zonas afectadas, como es el caso de la Costa da Morte, una de las zonas más afectadas del litoral gallego; |
Aspectos pesqueros
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74. |
Constata que los pescadores, los mariscadores y los acuicultores son los más directamente perjudicados por la contaminación marina, ya que los recursos se ven directamente afectados, lo que constituye una pérdida económica considerable para estas gentes; |
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75. |
Subraya y expresa su admiración por la importante implicación y gran motivación de que han dado muestra los pescadores, los mariscadores y los acuicultores en la lucha contra la contaminación al constituir por propia iniciativa y con sus propias herramientas de trabajo flotillas de pesca anticontaminación que resultaron extremadamente eficaces; felicita a los numerosos voluntarios procedentes de toda Europa por sus esfuerzos de limpieza; |
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76. |
Pide a la Comisión que financie un programa que permita participar a los pescadores, los mariscadores y los acuicultores en la protección del medio marino ante posibles catástrofes, con objeto de que pueda dotarse de los medios más adecuados para ello sobre la base de la experiencia adquirida; |
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77. |
Reitera, por ello, las peticiones aprobadas en sus citadas Resoluciones de 21 de noviembre de 2002 y de 19 de diciembre de 2002, de crear zonas europeas marítimo-pesqueras sensibles por su riqueza pesquera y marisquera y la gran dependencia de estos recursos de sus poblaciones, como se demostró en el caso de Galicia; |
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78. |
Pide que, en el establecimiento de la lista de lugares de refugio, se tengan en cuenta las zonas de actividad de los pescadores, los mariscadores y los acuicultores; |
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79. |
Pide que las flotillas de pesca anticontaminación formen parte en el futuro de los planes de emergencia para que los pescadores queden plenamente asociados a la lucha contra la contaminación y se les reconozca como agentes eficaces y motivados; |
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80. |
Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución al Consejo y a la Comisión. |
(1) P5_TA(2002)0575.
(2) P5_TA(2002)0629.