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Document 92003E001627
WRITTEN QUESTION E-1627/03 by Jan Mulder (ELDR) and Toine Manders (ELDR) to the Commission. Financial consequences of avian influenza for hatching-egg producers.
PREGUNTA ESCRITA E-1627/03 de Jan Mulder (ELDR) y Toine Manders (ELDR) a la Comisión. Consecuencias financieras de la influenza aviar para los multiplicadores de huevos para incubar.
PREGUNTA ESCRITA E-1627/03 de Jan Mulder (ELDR) y Toine Manders (ELDR) a la Comisión. Consecuencias financieras de la influenza aviar para los multiplicadores de huevos para incubar.
DO C 70E de 20.3.2004, pp. 54–55
(ES, DA, DE, EL, EN, FR, IT, NL, PT, FI, SV)
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20.3.2004 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
CE 70/54 |
(2004/C 70 E/057)
PREGUNTA ESCRITA E-1627/03
de Jan Mulder (ELDR) y Toine Manders (ELDR) a la Comisión
(13 de mayo de 2003)
Asunto: Consecuencias financieras de la influenza aviar para los multiplicadores de huevos para incubar
La propagación de la influenza aviar afecta entretanto a varios Estados miembros en Europa, lo que da lugar a graves problemas financieros para el sector en cuestión.
Las explotaciones desalojadas reciben una indemnización en virtud de la normativa europea. Desgraciadamente, esto no se aplica a los multiplicadores de huevos para incubar.
La mayor parte de los huevos ya no se pueden comercializar como huevos para incubar sino únicamente como huevos de consumo, cuyo valor comercial es muy inferior.
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1. |
¿Considera la Comisión que hay posibilidades para ayudar a los multiplicadores gravemente afectados? |
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2. |
Más específicamente, ¿qué piensa la Comisión de la posibilidad de establecer un régimen de adquisición de huevos para incubar? |
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3. |
¿De qué manera piensa abordar la Comisión a largo plazo los graves daños económicos y subsecuentes para las víctimas indirectas de tales brotes de epizootias? ¿Está dispuesta la Comisión a considerar el establecimiento de sistemas financiados mayoritariamente por fuentes privadas para asegurarse contra ese tipo de daños en el conjunto de la Unión Europea? |
Respuesya del Sr. Fischler en nombre de la Comisión
(18 de junio de 2003)
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1. |
Países Bajos puede optar a una contribución financiera de la Comunidad, a través de los fondos veterinarios, del 50 % del gasto subvencionable como indemnización de los avicultores por el sacrificio obligatorio de animales y la destrucción obligatoria de huevos en el contexto de las medidas instauradas para erradicar los brotes de infuenza aviar. |
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2. |
El Estado miembro afectado puede establecer, mediante un régimen nacional de ayuda, una política de compra pública de aves de corral y huevos en zonas de restricción, a condición de que dicho régimen se ajuste a la normativa comunitaria sobre ayudas estatales en el sector agrícola. |
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3. |
La Comisión ya ha hecho hincapié en el interés de las pólizas de seguro como medio potencial para hacer frente a las pérdidas indirectas causadas por las grandes epidemias entre los animales. Actualmente se está finalizando un estudio, subvencionado por la Comisión, sobre este tema. |