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Document 92003E001522

PREGUNTA ESCRITA E-1522/03 de Armando Cossutta (GUE/NGL) a la Comisión. Aumentos injustificados de los seguros de responsabilidad civil para los vehículos.

DO C 33E de 6.2.2004, pp. 128–130 (ES, DA, DE, EL, EN, FR, IT, NL, PT, FI, SV)

European Parliament's website

6.2.2004   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

CE 33/128


(2004/C 33 E/128)

PREGUNTA ESCRITA E-1522/03

de Armando Cossutta (GUE/NGL) a la Comisión

(6 de mayo de 2003)

Asunto:   Aumentos injustificados de los seguros de responsabilidad civil para los vehículos

El Supervisor italiano de la competencia ha publicado recientemente los datos de un estudio indagatorio sobre los seguros de responsabilidad civil para los vehículos que demuestra que, entre 1994 y hoy día, las primas en Italia han aumentado un 100 %, cuando no, en algunos casos, un 500 %. La tan esperada liberalización del mercado de los seguros de responsabilidad civil para los vehículos en Italia (lanzada en 1994) ha demostrado ser un fracaso, como ya señalé yo mismo en una pregunta escrita con fecha de 14 de febrero de 2000. Por si fuera poco, en algunas provincias italianas las primas son en la actualidad 19 veces superiores a las de hace nueve años, y el aumento registrado en el último año en Italia fue del 11,6 %, comparado con la media de la UE, que se situó en el 4,8 %.

1.

¿No piensa la Comisión que debería intervenir ante el Gobierno italiano a fin de remediar lo antes posible tales aumentos injustificados de las pólizas?

2.

¿No opina la Comisión que la realización de un mercado interior de los seguros para los vehículos es un fracaso, en vista de que la mayoría de las compañías de seguros se niegan a asegurar a ciudadanos residentes en un tercer país, incluso si pertenece a la Unión Europea?

Respuesta del Comisario Bolkestein en nombre de la Comisión

(9 de julio de 2003)

La Comisión es consciente del aumento del coste del seguro de responsabilidad civil de terceros en Italia. Sin embargo las cifras de las que dispone no muestran un aumento tan amplio de las primas del seguro automóvil como el citado por Su Señoría. Desde 1995 el incremento anual medio (ajustado a la inflación) en Italia ha sido del 5,1 %, comparado a una media de la UE del 1,7 % (fuente: Asociación Europea de Seguros — CEA).

Es verdad que el seguro del automóvil parece más caro en Italia que la media de la Unión pero esto refleja la frecuencia y el coste de los accidentes en Italia, comparados a la media de la Unión. Sin embargo, en Italia el coeficiente entre gastos por siniestros y gastos, e ingresos por primas para las aseguradoras es similar a la media de la Unión.

De hecho, los siniestros y gastos derivados superan en Italia a las primas.

Hay varias razones de este alto coste y de la frecuencia de accidentes en Italia. En especial la Comisión señala los siguientes:

el alto coste de los daños personales: su incidencia es más alta que, verbigracia, en Alemania, Francia, España y Gran Bretaña. Por ejemplo, la incidencia de lesiones causadas en el cuello («colpo di frusta») representa el 66 % de las demandas por daños a personas en Italia y un 40 % en Alemania, 35 % en los Países Bajos, 15 % en España, 6 % en Francia, 5 % en Noruega y 4,8 % en Dinamarca;

el alto porcentaje de siniestros con daños a personas: en 1999 el porcentaje alcanzó el 17,3 % en Italia (11 % en Alemania, 10 % en Francia, 8,3 % en Gran Bretaña y 6 % en España);

la alta frecuencia de accidentes causados por los jóvenes, especialmente el sábado noche. Se trata de un problema social bien conocido en Italia;

el gran número de fraudes: para luchar contra este problema se ha creado recientemente un banco de datos en el Istituto per la Vigilanza sulle Assicurazioni Private e di Interesse Collettivo (ISVAP). Su objetivo es recopilar información pertinente sobre siniestros;

el número de coches en circulación en relación con el número de habitantes: el coeficiente es más alto que en Alemania, Francia y el Reino Unido. En el año 2000 en Italia había 789 coches por mil habitantes (en Alemania 614, en Francia 602 y en Gran Bretaña 478);

el número de coches en circulación en relación con los kilómetros de carretera. Hay 137 vehículos en Italia por 110 en Alemania, 40 en Francia y 76 en Gran Bretaña.

Para intentar luchar contra algunos de estos factores, a finales de 2002 se introdujeron en Italia nuevas medidas legislativas para establecer directrices para los reembolsos en caso de daños a personas, así como disposiciones más estrictas para limitar los fraudes en el sector de los seguros.

A la Comisión le gustaría llamar la atención de Su Señoría sobre una sentencia del Tribunal de Justicia del 25 de febrero de 2003, en el asunto C-59/01 (Comisión c. República Italiana). En ella el Tribunal confirma el principio de libertad tarifaria en el sector de seguros no de vida, incluidos los seguros obligatorios tales como seguro de responsabilidad de terceros por el uso de vehículos de motor. Además el Tribunal observa que este principio implica la prohibición de cualquier sistema de notificación previa o sistemática o de aprobación de los índices que una empresa se propone utilizar en sus relaciones con los asegurados. La única derogación de este principio, permitido por la Directiva 92/49 (1) y admitido por el Tribunal, concerniría a la notificación previa y aprobación de los aumentos de las primas en el marco de un sistema general del control de precios. El caso fue planteado al Tribunal por la Comisión de conformidad con el artículo 226 del Tratado CE y se refería a medidas adoptadas por el Gobierno italiano en marzo de 2000 para congelar las primas obligatorias del seguro automóvil durante un período inicial de un año.

En lo que respecta a la segunda cuestión de Su Señoría, a la Comisión le gustaría señalar que, con arreglo a las directivas sobre seguros todos los ciudadanos europeos pueden estar cubiertos por un seguro automóvil en un Estado miembro distinto de su país de residencia. Además las aseguradoras pueden también prestar servicios transfronterizos si siguen los procedimientos establecidos en esas Directivas.

Sin embargo, aunque los aseguradores de la Unión pueden trabajar de forma transfronteriza, no pueden ser obligados a asegurar riesgos por los que no están interesados, de conformidad con el principio de libertad contractual. Dados los vínculos del seguro automóvil con el territorio en que se utiliza normalmente el vehículo y las particularidades del mercado italiano de seguros, según lo explicado anteriormente, no es extraño que muchas empresas de seguros no italianas puedan preferir actuar en Italia a través de filiales o subsidiarias en vez de hacerlo de forma transfronteriza desde otro país de la UE.


(1)  Directiva 92/49/CEE del Consejo, de 18 de junio de 1992, sobre coordinación de las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas relativas al seguro directo distinto del seguro de vida y por la que se modifican las Directivas 73/239/CEE y 88/357/CEE (tercera Directiva de seguros distintos del seguro de vida), DO L 228 de 11.8.1992, p. 34.


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