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Document 92002E000274

PREGUNTA ESCRITA P-0274/02 de Gian Gobbo (NI) a la Comisión. Represión del movimiento kurdo por el bilingüismo en Turquía.

DO C 277E de 14.11.2002, pp. 26-27 (ES, DA, DE, EL, EN, FR, IT, NL, PT, FI, SV)

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92002E0274

PREGUNTA ESCRITA P-0274/02 de Gian Gobbo (NI) a la Comisión. Represión del movimiento kurdo por el bilingüismo en Turquía.

Diario Oficial n° 277 E de 14/11/2002 p. 0026 - 0027


PREGUNTA ESCRITA P-0274/02

de Gian Gobbo (NI) a la Comisión

(1 de febrero de 2002)

Asunto: Represión del movimiento kurdo por el bilingüismo en Turquía

Desde comienzos de año se ha desarrollado en Turquía un movimiento, compuesto por estudiantes y padres, que, con el eslogan la educación bilingüe es posible, pide que en los centros escolares se enseñe la lengua kurda.

La policía turca ha detenido a centenares de estudiantes que, suscribiendo las peticiones públicas, reivindicaban el derecho a recibir enseñanza en su lengua materna. Al parecer, a los estudiantes detenidos se les ha impedido establecer los contactos normales con los abogados defensores. En relación con estas detenciones indiscriminadas, diversas organizaciones de defensa de los derechos humanos han realizado protestas.

¿No considera la Comisión que este comportamiento del Estado turco contraviene los denominados principios de Copenhague, cuyo respeto es necesario para la adhesión a la Unión Europea, y, en particular, la obligación de respetar los derechos humanos en el ámbito de un Estado de Derecho?

Si todavía no lo ha hecho, ¿no considera conveniente la Comisión protestar ante las autoridades de Ankara y solicitar que se ponga fin a la persecución de la minoría kurda y a la represión de su legítima demanda de una enseñanza bilingüe?

Respuesta dada por el Sr. Verheugen en nombre de la Comisión

(26 de febrero de 2002)

En el contexto de las prioridades a medio plazo de la Asociación para la Adhesión de la Unión con Turquía, se prevé que este país garantice la diversidad cultural y los derechos culturales de todos los ciudadanos, independientemente de su origen. Por consiguiente, se espera de Turquía la abolición de todas las disposiciones legales que impidan el disfrute de tales derechos en todos los ámbitos, incluido el de la educación.

En su informe periódico sobre Turquía de noviembre de 2001(1), la Comisión evaluó el progreso realizado en materia de derechos culturales. La modificación de los artículos 26 y 28 de la Constitución turca, aboliendo la disposición que prohibía el uso de lenguas diferentes del turco se consideró un paso positivo que podría abrir el camino para el uso de otras lenguas, siempre que se introdujeran cambios en la legislación y en las prácticas restrictivas existentes.

La Comisión ha seguido muy de cerca los recientes acontecimientos y está preocupada por los informes sobres numerosas detenciones de estudiantes en conexión con sus peticiones de clases de lengua kurda.

Recientemente, se ha realizado una gestión conjunta de la Comisión y de la actual Presidencia de la Unión ante las autoridades turcas en Ankara, expresando la preocupación por una posible violación por parte de estas autoridades del derecho constitucional de petición.

La Comisión seguirá planteando esta cuestión a las autoridades turcas.

(1) COM(2001) 700 final.

Sus