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Document 92001E001228

PREGUNTA ESCRITA E-1228/01 de José Ribeiro e Castro (UEN) a la Comisión. Fracaso de las negociaciones sobre el acuerdo de pesca UE/Marruecos. Cooperación con Marruecos.

DO C 318E de 13.11.2001, pp. 225–226 (ES, DA, DE, EL, EN, FR, IT, NL, PT, FI, SV)

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92001E1228

PREGUNTA ESCRITA E-1228/01 de José Ribeiro e Castro (UEN) a la Comisión. Fracaso de las negociaciones sobre el acuerdo de pesca UE/Marruecos. Cooperación con Marruecos.

Diario Oficial n° 318 E de 13/11/2001 p. 0225 - 0226


PREGUNTA ESCRITA E-1228/01

de José Ribeiro e Castro (UEN) a la Comisión

(26 de abril de 2001)

Asunto: Fracaso de las negociaciones sobre el acuerdo de pesca UE/Marruecos. Cooperación con Marruecos

En respuesta a una pregunta del diputado Fernando Fernández Martín (E-2594/00)(1), el Comisario Christopher Patten confirmó que las ayudas autorizadas para Marruecos al amparo del programa MEDA ascendieron a 630,29 millones de euros en el período de 1996/99, es decir, una media anual durante estos cuatro años de 157,5 millones de euros. Se desconocen los valores actuales de las ayudas financieras a Marruecos, en el marco de los programas comunitarios de cooperación, pero se presume que no serán inferiores a los citados importes.

Según la prensa portuguesa, el fracaso de las negociaciones sobre el acuerdo de pesca UE/Marruecos se ha debido, de forma determinante, a una diferencia de 5 000 millones de escudos anuales en la compensación financiera exigida por el Gobierno marroquí y no aceptada por la Comisión. Esa diferencia de 5 000 millones en dinero portugués corresponde a 24,9 millones de euros, es decir, un valor muy inferior a las ayudas que anualmente pone la UE a disposición de Marruecos.

Puede entenderse que un país -en este caso, Marruecos- decida negociar más caros sus propios recursos, lo que pertenece enteramente a su libertad soberana. Pero un país que concreta acuerdos nacionales en esa línea reduce por consiguiente en la misma medida su dependencia o sus necesidades de ayuda externa. Esto es, la aceptación de las exigencias marroquíes podría haberse compensado aparentemente con una acentuada reducción -por lo menos, una reducción equivalente- en las ayudas financieras comunitarias al amparo de los programas de cooperación. La política podría incluso ser acertada: más independencia con la valorización de los recursos propios, menor necesidad de apoyos externos.

Por otra parte, es sabido que el fracaso de las negociaciones sobre el acuerdo de pesca acarreó graves consecuencias económicas y sociales para los pescadores y la economía de Portugal y España.

Los programas de cooperación comunitarios responden particularmente a políticas de solidaridad internacional, cuya utilidad es indiscutible, sobre todo en el caso del pueblo marroquí y del vecino y amigo Reino de Marruecos. Sin embargo, las primeras obligaciones de solidaridad de la Comisión y de las instituciones comunitarias deben dirigirse a los propios ciudadanos de la Unión Europea, que en este caso se han visto gravemente afectados.

¿Ha negociado la Comisión, en defensa de los intereses de la UE y en particular en debida representación de los pescadores de Portugal y España, firmemente con el Reino de Marruecos, poniendo en la balanza, por un lado, las compensaciones financieras exigidas por éste respecto al acuerdo de pesca y, por otro, las ayudas comunitarias proporcionadas mediante programas de cooperación? En caso negativo, ¿por qué razón?

(1) DO C 113 E de 18.4.2001, p. 128.

Respuesta del Sr. Patten en nombre de la Comisión

(13 de junio de 2001)

La Comunidad firmó con el Reino de Marruecos un Acuerdo de asociación que entró en vigor el 1 de marzo de 2000. Este Acuerdo prevé la creación en un plazo determinado de una Zona de libre comercio entre las dos partes.

El desarme arancelario vinculado a la aplicación de este acuerdo implicará, por una parte, una apertura progresiva del mercado marroquí de la que podrán beneficiarse los operadores comunitarios y, por otra, exigirá un gran esfuerzo del sector productivo marroquí para hacer frente a la competencia europea. El Programa MEDA fue concebido para ayudar a Marruecos a nivelar su economía en la fase de transición hacia el libre comercio.

No obstante, conviene recordar en este contexto que el desarme arancelario implica desde la entrada en vigor del Acuerdo de asociación una disminución a corto plazo del presupuesto anual marroquí, apenas compensada por el Programa MEDA, dados los límites de los fondos comunitarios para la cooperación con terceros países.

Las relaciones entre la Comunidad y Marruecos muestran una deseo mutuo de llegar a una integración económica en interés de ambas partes. La cooperación en materia de pesca constituye uno de los aspectos, ciertamente importante, del vasto conjunto de estas relaciones. Con ocasión de las negociaciones del acuerdo de pesca, la Comisión tuvo en cuenta el conjunto de intereses europeos en las relaciones con Marruecos.

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