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Document 92000E001430

PREGUNTA ESCRITA P-1430/00 de Charles Tannock (PPE-DE) a la Comisión. Atribuciones para realizar auditorías en el Banco Europeo de Inversiones.

DO C 53E de 20.2.2001, pp. 141–142 (ES, DA, DE, EL, EN, FR, IT, NL, PT, FI, SV)

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92000E1430

PREGUNTA ESCRITA P-1430/00 de Charles Tannock (PPE-DE) a la Comisión. Atribuciones para realizar auditorías en el Banco Europeo de Inversiones.

Diario Oficial n° 053 E de 20/02/2001 p. 0141 - 0142


PREGUNTA ESCRITA P-1430/00

de Charles Tannock (PPE-DE) a la Comisión

(3 de mayo de 2000)

Asunto: Atribuciones para realizar auditorías en el Banco Europeo de Inversiones

¿Podría explicar la Comisión los antecedentes y motivos de la decisión adoptada de llevar al BEI ante el Tribunal de Justicia Europeo a principios de este año? ¿Considera la Comisión que es necesario modificar el Tratado durante la próxima Conferencia Intergubernamental con el fin de conferir al Tribunal de Cuentas atribuciones para supervisar todas las actividades del BEI?

Respuesta del Comisario Solbes Mira en nombre de la Comisión

(8 de junio de 2000)

Con respecto a las razones de la acción emprendida por la Comisión contra el Banco Europeo de Inversiones (BEI), remitimos a Su Señoría al resumen detallado publicado(1).

Los procedimientos de auditoría del BEI con respecto a las operaciones financiadas con cargo a recursos propios son definidos por su estatuto, en especial sus artículos 14 y 9. El artículo 14 describe las tareas del Comité de auditoría del BEI y el 9 estipula que el informe anual y el balance y la cuenta de pérdidas y ganancias son aprobados por el Consejo de Gobernadores. Sería necesario modificar el Tratado CE en caso de que las normas estatutarias (el estatuto es un protocolo anexo al Tratado CE) quisiera adaptarse para permitir al Tribunal de Cuentas auditar al BEI.

La decisión de si el BEI debe estar sujeto o no a la auditoría completa del Tribunal de Cuentas y si el Tratado CE debe cambiarse tiene que ser tomada, en definitiva, por los Estados miembros.

Las operaciones del BEI hechas bajo mandato son auditadas por el Tribunal de Cuentas sobre la base del acuerdo tripartito que se renovó el año pasado.

(1) DO C 122 de 29.4.2000.

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