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Document 91999E002700
WRITTEN QUESTION E-2700/99 by Alexander de Roo (Verts/ALE), Torben Lund (PSE) and Cristina García-Orcoyen Tormo (PPE-DE) to the Commission. Revision of the Packaging and Packaging Waste Directive 94/62/EC.
PREGUNTA ESCRITA E-2700/99 de Alexander de Roo (Verts/ALE), Torben Lund (PSE) y Cristina García-Orcoyen Tormo (PPE-DE) a la Comisión. Revisión de la Directiva 94/62/CE relativa a los envases y residuos de envases.
PREGUNTA ESCRITA E-2700/99 de Alexander de Roo (Verts/ALE), Torben Lund (PSE) y Cristina García-Orcoyen Tormo (PPE-DE) a la Comisión. Revisión de la Directiva 94/62/CE relativa a los envases y residuos de envases.
DO C 330E de 21.11.2000, pp. 41–42
(ES, DA, DE, EL, EN, FR, IT, NL, PT, FI, SV)
PREGUNTA ESCRITA E-2700/99 de Alexander de Roo (Verts/ALE), Torben Lund (PSE) y Cristina García-Orcoyen Tormo (PPE-DE) a la Comisión. Revisión de la Directiva 94/62/CE relativa a los envases y residuos de envases.
Diario Oficial n° 330 E de 21/11/2000 p. 0041 - 0042
PREGUNTA ESCRITA E-2700/99 de Alexander de Roo (Verts/ALE), Torben Lund (PSE) y Cristina García-Orcoyen Tormo (PPE-DE) a la Comisión (12 de enero de 2000) Asunto: Revisión de la Directiva 94/62/CE relativa a los envases y residuos de envases La letra b) del apartado 3 del artículo 6 de la Directiva 94/62/CE(1) relativa a los envases y residuos de envases, aprobada en 1994 después de largas negociaciones, establece lo siguiente: A más tardar seis meses antes de finalizar la primera fase de cinco años a que se refiere la letra a) del apartado 1, el Consejo determinará, por mayoría cualificada y a propuesta de la Comisión, los objetivos correspondientes a la segunda fase de cinco años a que se refiere la letra c) del apartado 1. Este proceso se repetirá cada cinco años a partir de ese momento. Por su parte, la letra c) del apartado 1 del artículo 6 señala que: Transcurridos, como máximo, diez años a partir de la fecha límite de puesta en aplicación de la presente Directiva en el Derecho nacional, se valorizará y reciclará un porcentaje de residuos de envases que el Consejo determinará de conformidad con lo dispuesto en la letra b) del apartado 3 con vistas a incrementar sustancialmente los objetivos mencionados en las letras a) y b). Teniendo en cuenta este claro compromiso legal del Consejo y del PE de incrementar los objetivos en una propuesta que debe publicarse a finales de 1999 o principios de 2000, ¿cuándo presentará la Comisión su propuesta de revisión de la Directiva al PE y al Consejo? Refiriéndome más concretamente a los objetivos, ¿incluirá la Comisión un objetivo común de reciclado y reutilización? (1) DO L 365 de 31.12.1994, p. 10. Respuesta de la Sra. Wallström en nombre de la Comisión (16 de marzo de 2000) La obligación de revisar sustancialmente los objetivos de valorización y reciclado se establece en la letra b) del apartado 3 del artículo 6 y en la letra c) del apartado 1 del artículo 6 de la Directiva 94/62/CE del Parlamento y del Consejo, de 20 de diciembre de 1994, relativa a los envases y residuos de envases. El compromiso alcanzado por el Parlamento y el Consejo tras largos debates en el Comité de Conciliación consistía en una primera serie de objetivos cuantificados de valorización y reciclado, que habían de alcanzarse a mediados de 2001, y en la obligación por parte del legislador comunitario de incrementar significativamente tales objetivos en una segunda fase, que había de finalizar a mediados de 2006. En la cadena de envasado intervienen muchas personas y organizaciones, entre las que se cuentan los operadores económicos, los consumidores, las organizaciones medioambientales y las autoridades. Dada la amplia gama de intereses existentes, era preciso establecer un marco para el diálogo a fin de garantizar un planteamiento equilibrado. Gracias a este proceso, la Comisión ha podido evaluar correctamente la situación y elaborar posibles soluciones para que la Directiva resulte más eficaz. Se han presentado varias opciones, que se han estudiado con las partes interesadas y los Estados miembros, pero la Comisión todavía está examinando qué medidas propondrá finalmente. El proceso de revisión está resultando más lento de lo previsto inicialmente. No obstante, la Comisión tiene la intención de presentar una propuesta formal de revisión de la Directiva al Consejo y al Parlamento para que éstos puedan adoptar las medidas en el momento oportuno.