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Document 91999E002489

PREGUNTA ESCRITA E-2489/99 de Robert Evans (PSE) a la Comisión. Mataderos griegos.

DO C 225E de 8.8.2000, pp. 147–148 (ES, DA, DE, EL, EN, FR, IT, NL, PT, FI, SV)

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91999E2489

PREGUNTA ESCRITA E-2489/99 de Robert Evans (PSE) a la Comisión. Mataderos griegos.

Diario Oficial n° 225 E de 08/08/2000 p. 0147 - 0148


PREGUNTA ESCRITA E-2489/99

de Robert Evans (PSE) a la Comisión

(16 de diciembre de 1999)

Asunto: Mataderos griegos

A principios de este año en Grecia, la CIWF (Compassion in World Farming), asociación por el bienestar de los animales, efectuó filmaciones en el interior de cuatro mataderos. En dos mataderos de ovejas, no se hizo nada para aturdir a los animales antes de degollarlos, lo que constituye una infracción evidente de la Directiva del Consejo 93/119/CE(1) relativa a la protección de los animales en el momento de su sacrificio o matanza. En un tercer matadero, se procedía a aturdir a los animales, pero de manera tan ineficaz que buena parte de ellos se reanimaban antes o incluso después de la degollación. En este matadero se observaron varias infracciones de la Directiva del Consejo 93/119/CE. Otras infracciones se observaron en un matadero de cerdos. La CIWF ha puesto todas estas infracciones en conocimiento de la Comisión.

¿Qué medidas piensa proponer la Comisión a propósito de estas infracciones con el fin de que, en el futuro, los mataderos griegos cumplan con lo dispuesto en la Directiva 93/119/CE?

(1) DO L 340 de 31.12.1993, p. 21.

Respuesta del Sr. Byrne en nombre de la Comisión

(28 de enero de 2000)

Durante misiones efectuadas en noviembre y diciembre de 1998, los expertos veterinarios de la Oficina Alimentaria y Veterinaria de la Comisión detectaron deficiencias en el aturdido y sacrificio de animales en mataderos griegos. Dichos informes se publicaron en el sitio web de la Comisión (http://europa.eu.int/comm/dg24/health/vi/reports/index).

La Comisión pidió a las autoridades griegas que adoptaran medidas para garantizar el cumplimiento de lo dispuesto en la Directiva 93/119/CE del Consejo, de 22 de diciembre de 1993, relativa a la protección de los animales en el momento de su sacrificio o matanza(1). En su respuesta a la Comisión, el Ministerio de Economía griego señalaba lo siguiente: el servicio veterinario nacional ha adoptado todas las medidas administrativas necesarias y ha hecho todo lo posible para aplicar la legislación (Directivas 93/119/CE y 91/628/CEE, de 19 de noviembre de 1991, sobre la protección de los animales durante el transporte y que modifica las Directivas 90/425/CEE y 91/496/CEE(2)).

El Ministerio de Agricultura griego también tiene previsto organizar en febrero de 2000 un seminario destinado a los veterinarios del Estado griego con relación al bienestar de los animales durante su transporte y sacrificio.

Está prevista otra misión en Grecia a comienzos de 2000 a fin de comprobar la situación actual en lo concerniente al bienestar de los animales.

Por otra parte, recientemente la Comisión ha recibido diversas denuncias de organizaciones de defensa de los animales en las que se señala que algunos mataderos griegos siguen sin respetar lo dispuesto en la Directiva 93/119/CE del Consejo. La Comisión considera que las misiones a las que se ha hecho referencia anteriormente confirman, al menos en parte, dichas denuncias.

Recientemente la Comisión ha incoado un procedimiento de infracción contra Grecia por incumplimiento de la citada Directiva.

(1) DO L 340 de 31.12.1993.

(2) DO L 340 de 11.12.1991.

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