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Document 91999E002159
WRITTEN QUESTION E-2159/99 by Cristiana Muscardini (UEN) to the Commission. Protecting high-quality traditional local products.
PREGUNTA ESCRITA E-2159/99 de Cristiana Muscardini (UEN) a la Comisión. Protección de los productos de origen y calidad.
PREGUNTA ESCRITA E-2159/99 de Cristiana Muscardini (UEN) a la Comisión. Protección de los productos de origen y calidad.
DO C 219E de 1.8.2000, pp. 105–106
(ES, DA, DE, EL, EN, FR, IT, NL, PT, FI, SV)
PREGUNTA ESCRITA E-2159/99 de Cristiana Muscardini (UEN) a la Comisión. Protección de los productos de origen y calidad.
Diario Oficial n° 219 E de 01/08/2000 p. 0105 - 0106
PREGUNTA ESCRITA E-2159/99 de Cristiana Muscardini (UEN) a la Comisión (24 de noviembre de 1999) Asunto: Protección de los productos de origen y calidad Cada vez con mayor frecuencia asociaciones de importancia y consorcios de productores protestan contra propuestas, presuntas o reales, de la Comisión tendentes a prohibir la producción de productos típicos, como la mozzarella italiana u otras clases de quesos producidos desde hace siglos en determinadas zonas agrícolas y de pastoreo. El fenómeno parece que afecta también a algunas regiones francesas, con reacciones comprensibles por parte de los campesinos afectados. 1. ¿Puede confirmar la Comisión la existencia formal de tales propuestas? 2. En caso afirmativo, ¿cuáles son los tipos de queso que tendrían que desaparecer? ¿Piensa elaborar una lista por países? 3. ¿Se da cuenta del daño económico y social que se causaría a las regiones de producción con la eliminación de segmentos de mercado que representan la cultura de muchas generaciones y rasgos antropológicos que caracterizan valles y regiones enteros? 4. ¿Es consciente de que ensañarse contra esos productos, que constituyen en muchos casos la imagen de regiones enteras, significa destruir sin sentido las pequeñas empresas, en provecho únicamente de la producción industrial y de los grandes distribuidores? 5. ¿Opina que semejantes operaciones contribuyen a presentar a los pueblos una Europa de rostro humano, y no más bien una Unión europea tecnocrática, fría y distante del modo de sentir de los ciudadanos corrientes, destructora de muchas tradiciones y, en consecuencia inhumana? Respuesta del Sr. Byrne en nombre de la Comisión (5 de enero de 2000) La Comisión no está al corriente de las afirmaciones realizadas por Su Señoría. La Comisión nunca ha formulado ninguna propuesta destinada a prohibir quesos tradicionales. Su único objetivo es revisar la legislación sanitaria relativa a la leche y los productos lácteos y, en especial, actualizar los criterios microbiológicos que se les aplican. Los dictámenes del Comité científico de las medidas veterinarias relacionadas con la salud pública, de 23 de septiembre de 1999, permitieron examinar los conocimientos científicos en este ámbito a nivel internacional. Se pedirá al comité científico competente que establezca criterios microbiológicos específicos para los productos lácteos, y el dictamen que se emita podrá servir de base de trabajo para la elaboración de una normativa actualizada. La seguridad de los alimentos ocupa un lugar central en las preocupaciones de la Comisión, sin por ello olvidar la calidad gastronómica y nutritiva de los alimentos. Además, su Presidente dio a conocer al Parlamento la prioridad que concede a este ámbito, consciente de su gran importancia simbólica desde un punto de vista cultural y social. Por lo que respecta a la protección de la producción tradicional y los productos típicos, debe señalarse que la Comisión se ha comprometido desde 1992 en una política de calidad de los productos agroalimentarios. En el marco de la aplicación del Reglamento (CEE) no 2081/92 del Consejo, de 14 de julio de 1992, relativo a la protección de las indicaciones geográficas y de las denominaciones de origen de los productos agrícolas y alimenticios(1), la Comisión ha completado la lista de las denominaciones y las indicaciones registradas, que se elevan en la actualidad a 526. Estos nuevos registros reflejan, tanto por lo que se refiere a los Estados miembros afectados como a los tipos de producción, el creciente interés por la protección de las producciones típicas relacionadas con un origen geográfico. (1) DO L 208 de 24.7.1992.