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Document 62012CA0597

    Asunto C-597/12 P: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Séptima) de 17 de octubre de 2013 — Isdin, S.A./Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos), Bial-Portela & Ca SA [Recurso de casación — Marca comunitaria — Procedimiento de oposición — Solicitud de marca comunitaria denominativa ZEBEXIR — Marca denominativa anterior ZEBINIX — Motivos de denegación relativos — Reglamento (CE) n ° 207/2009 — Artículo 8, apartado 1, letra b) — Obligación de motivación]

    DO C 367 de 14.12.2013, p. 20–21 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    14.12.2013   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    C 367/20


    Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Séptima) de 17 de octubre de 2013 — Isdin, S.A./Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos), Bial-Portela & Ca SA

    (Asunto C-597/12 P) (1)

    (Recurso de casación - Marca comunitaria - Procedimiento de oposición - Solicitud de marca comunitaria denominativa ZEBEXIR - Marca denominativa anterior ZEBINIX - Motivos de denegación relativos - Reglamento (CE) no 207/2009 - Artículo 8, apartado 1, letra b) - Obligación de motivación)

    2013/C 367/35

    Lengua de procedimiento: inglés

    Partes

    Recurrente: Isdin, S.A. (representantes: G. Marín Raigal y P. López Ronda, abogados)

    Otras partes en el procedimiento: Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos) (representante: P. Geroulakos, agente), Bial-Portela & Ca SA

    Objeto

    Recurso de casación interpuesto contra la sentencia del Tribunal General (Sala Cuarta), de 9 de octubre de 2012 en el asunto T-366/11, Bial-Portela & Ca./Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos) (OAMI), por la que el Tribunal General anuló la resolución R 1212/2009-1 de la Primera Sala de Recurso de la Oficina de Armonización del Mercado Interior (OAMI), de 6 de abril de 2011, que desestimaba el recurso interpuesto contra la resolución de la División de Oposición que desestimaba la oposición formulada por el titular de la marca comunitaria denominativa «ZEBENIX», para productos y servicios pertenecientes a las clases 3, 5 y 42, contra la solicitud de registro de la marca denominativa «ZEBEXIR», para productos de las clases 3 y 5 — Artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento (CE) no 207/2009 — Riesgo de confusión.

    Fallo

    1)

    Anular la sentencia del Tribunal General de la Unión Europea de 9 de octubre de 2012, Bial-Portela/OAMI — Isdin (ZEBEXIR) (T-366/11).

    2)

    Devolver el asunto al Tribunal General de la Unión Europea.

    3)

    Reservar la decisión sobre las costas.


    (1)  DO C 86, de 23.3.2013.


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