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Una mayor cooperación entre los servicios públicos de empleo

Una mayor cooperación entre los servicios públicos de empleo

 

SÍNTESIS DEL DOCUMENTO:

Decisión n.o 573/2014/UE sobre una mayor cooperación entre los servicios públicos de empleo (SPE)

¿CUÁL ES EL OBJETIVO DE ESTA DECISIÓN?

  • La Decisión n.o 573/2014/UE establece, en el marco de una mayor cooperación, una red de servicios públicos de empleo (SPE)* en toda la Unión Europea (UE), denominada «la Red», desde el 17 de junio de 2014 hasta el 31 de diciembre de 2020.
  • La Decisión (UE) 2020/1782 modifica la Decisión n.o 573/2014/UE, al prolongar la duración de la Red hasta el 31 de diciembre de 2027 e introducir otros cambios descritos más adelante.
  • La Red fomenta la cooperación entre países de la UE en los ámbitos de empleo que sean competencia de los SPE para ayudar a aplicar las políticas de empleo de la UE. Esto también permitirá aplicar los principios del pilar europeo de derechos sociales, contribuir a los objetivos del Pacto Verde Europeo (véase la síntesis) y alcanzar los objetivos de desarrollo sostenible de las Naciones Unidas.

PUNTOS CLAVE

Composición

Los miembros de la Red son:

El Comité de Empleo (COEM), que asesora a los ministros de Empleo y Asuntos Sociales en el Consejo de Empleo, Política Social, Sanidad y Consumidores sobre asuntos de empleo, tendrá la condición de observador.

Misiones

Tras las modificaciones introducidas por la Decisión de modificación (UE) 2020/1782, la misión de la Red incluye:

promover la cooperación entre los países de la UE y respaldar a:

  • todos los grupos sociales vulnerables con altos índices de desempleo, en particular
    • los trabajadores de más edad,
    • los jóvenes que ni estudian ni trabajan («ninis»),
    • las personas con discapacidad,
    • las personas que se enfrentan a múltiples formas de discriminación;
  • el trabajo digno y sostenible;
  • una mejora de la integración, el funcionamiento y la inclusión en los mercados laborales;
  • la igualdad de género;
  • identificar las carencias de competencias y ofrecer información sobre su alcance y su localización, mejorar la adecuación de las competencias de los solicitantes de empleo con las necesidades de los empleadores, incluida la identificación de las necesidades en materia de formación profesional, así como la inserción laboral de los solicitantes y la prevención del desempleo, mediante el asesoramiento profesional y la formación;
  • aumentar la movilidad voluntaria geográfica y profesional;
  • reinsertar a las personas excluidas del mercado laboral;
  • evaluar y valorar las iniciativas activas de empleo y su ejecución eficaz y eficiente.

Iniciativas para:

  • desarrollar y ejecutar, en toda la UE, el aprendizaje comparativo* basado en datos entre los SPE para comparar su rendimiento en ámbitos como:
    • la reducción del desempleo en todos los grupos etarios, vulnerables y de género,
    • la reducción del periodo de desempleo y de inactividad,
    • la ocupación de puestos vacantes,
    • el aumento de la satisfacción de los usuarios de los SPE;
  • prestar ayuda mutua entre los miembros de la Red;
  • contribuir a la modernización y el fortalecimiento de los SPE en ámbitos clave en vista de:
    • las políticas sociales y de empleo de la UE, el pilar europeo de derechos sociales, el Pacto Verde Europeo y los objetivos de desarrollo sostenible de las Naciones Unidas,
    • los retos relacionados con la digitalización,
    • un mundo del trabajo y modelos de trabajo en evolución,
    • los cambios demográficos;
  • preparar informes;
  • contribuir a la ejecución de las iniciativas políticas pertinentes;
  • adoptar e implementar su programa de trabajo anual, incluidas las estrategias de cooperación y de difusión;
  • promover y compartir las mejores prácticas sobre:
    • la identificación de los ninis y el desarrollo de iniciativas para garantizar que adquieran las competencias necesarias a fin de acceder y permanecer en el mercado laboral,
    • la integración de los desempleados de larga duración y de otros grupos vulnerables en el mercado laboral,

cooperar con otros agentes del mercado laboral, tales como otros proveedores de servicios de empleo y servicios sociales, interlocutores sociales, agencias de la UE en los ámbitos del empleo, la política social, la igualdad de género, la educación y la formación, organismos de igualdad, organismos de formación profesional, autoridades locales y regionales, ONG y servicios privados de empleo.

Cuando proceda, la Red puede intercambiar mejores prácticas con los servicios públicos de empleo pertinentes de países no pertenecientes a la UE.

Funcionamiento de la Red

La Red se regirá por un consejo de administración con representantes de los servicios públicos de empleo y un representante de la Comisión. Una secretaría con sede en la Comisión asistirá al consejo de administración y cooperará estrechamente con la Secretaría del Comité de Empleo.

La Red informará anualmente al consejo de administración sobre las iniciativas llevadas a cabo.

Los recursos necesarios para ejecutar esta decisión se facilitarán de acuerdo con el marco financiero plurianual para 2021-2027.

La Comisión:

¿DESDE CUÁNDO ESTÁ EN VIGOR ESTA DECISIÓN?

Está en vigor desde el 17 de junio de 2014.

ANTECEDENTES

  • La Red incluye a todos los países de la UE, además de Noruega, Islandia y la Comisión.
  • Para obtener más información, véase:

TÉRMINOS CLAVE

Servicios públicos de empleo: agencias nacionales que ponen en contacto solicitantes de empleo con empleadores. Ayudan a ajustar la oferta y la demanda en el mercado laboral mediante la información, la colocación y los servicios de apoyo activo a nivel local, nacional y europeo.
Aprendizaje comparativo: crear un vínculo entre la evaluación comparativa y el aprendizaje mutuo para definir buenas prácticas.

DOCUMENTO PRINCIPAL

Decisión n.o 573/2014/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de mayo de 2014, sobre una mayor cooperación entre los servicios públicos de empleo (SPE) (DO L 159 de 28.5.2014, pp. 32-39).

Las modificaciones sucesivas a la Decisión n.o 573/2014/UE se han incorporado al texto original. Esta versión consolidada solo tiene valor documental.

DOCUMENTOS CONEXOS

Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité De Las Regiones — El Pacto Verde Europeo [COM(2019) 640 final de 11.12.2019].

Informe de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones — Aplicación de la Decisión n.o 573/2014/UE sobre una mayor cooperación entre los servicios públicos de empleo (SPE) [COM(2017) 287 final de 6.6.2017].

Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones — Establecimiento de un pilar europeo de derechos sociales [COM(2017) 250 final de 26.4.2017].

última actualización 13.01.2021

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