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Document 32011D0321

2011/321/UE: Decisión de Ejecución de la Comisión, de 27 de mayo de 2011 , que establece, en virtud de la Directiva 2006/7/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, un símbolo para informar al público de la clasificación de las aguas de baño y de cualquier prohibición o recomendación que afecte a este

DO L 143 de 31.5.2011, p. 38–40 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

Este documento se ha publicado en una o varias ediciones especiales (HR)

Legal status of the document In force

ELI: http://data.europa.eu/eli/dec_impl/2011/321/oj

31.5.2011   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

L 143/38


DECISIÓN DE EJECUCIÓN DE LA COMISIÓN

de 27 de mayo de 2011

que establece, en virtud de la Directiva 2006/7/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, un símbolo para informar al público de la clasificación de las aguas de baño y de cualquier prohibición o recomendación que afecte a este

(2011/321/UE)

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Vista la Directiva 2006/7/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de febrero de 2006, relativa a la gestión de la calidad de las aguas de baño y por la que se deroga la Directiva 76/160/CEE (1), y, en particular, su artículo 15, apartado 1, letra a),

Considerando lo siguiente:

(1)

El artículo 12, apartado 1, letra a), de la Directiva 2006/7/CE dispone la obligación de informar al público, con un símbolo claro y sencillo, de la clasificación vigente de las aguas de baño, así como de cualquier prohibición o recomendación que afecte a este.

(2)

Las medidas previstas en la presente Decisión se ajustan al dictamen del Comité establecido por el artículo 16, apartado 1, de la Directiva 2006/7/CE.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

Para que pueda difundirse activamente y garantizarse la rápida disponibilidad de la información sobre la clasificación de las aguas de baño y sobre cualquier prohibición de baño o recomendación de abstenerse del mismo, tal y como dispone el artículo 12, apartado 1, letra a), de la Directiva 2006/7/CE, se adoptan los símbolos siguientes:

1)

los símbolos para informar de cualquier prohibición de baño o recomendación de abstenerse del mismo se establecen en la parte 1 del anexo de la presente Decisión;

2)

los símbolos para informar de la clasificación de las aguas de baño se establecen en la parte 2 del anexo de la presente Decisión.

Artículo 2

La presente Decisión entrará en vigor el primer día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Hecho en Bruselas, el 27 de mayo de 2011.

Por la Comisión

El Presidente

José Manuel BARROSO


(1)  DO L 64 de 4.3.2006, p. 37.


ANEXO

PARTE 1

Símbolos para informar de cualquier prohibición de baño o recomendación de abstenerse del mismo

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PARTE 2

Símbolos para informar de la clasificación de las aguas de baño

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