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Document L:1991:341:TOC
Official Journal of the European Communities, L 341, 12 December 1991
Diario Oficial de las Comunidades Europeas, L 341, 12 de diciembre de 1991
Diario Oficial de las Comunidades Europeas, L 341, 12 de diciembre de 1991
Diario Oficial |
Edición en lengua española | Legislación | |||
Sumario | I Actos cuya publicación es una condición para su aplicabilidad | |||
* | REGLAMENTO (CEE) No 3587/91 DEL CONSEJO de 3 de diciembre de 1991 por el que se prorroga para 1992 la aplicación de los Reglamentos (CEE) nos 3831/90, 3832/90, 3833/90 y 3835/90 relativos a la aplicación de preferencias arancelarias generalizadas para el año 1991 a determinados productos originarios de países en vías de desarrollo # | |||
* | REGLAMENTO (CEE) No 3588/91 DEL CONSEJO de 3 de diciembre de 1991 que prorroga para 1992 la aplicación del Reglamento (CEE) no 3834/90 por el que se reducen, para el año 1991, las exacciones reguladoras para determinados productos agrícolas originarios de países en vías de desarrollo # | |||
Reglamento (CEE) n° 3589/91 de la Comisión, de 11 de diciembre de 1991, por el que se fijan las exacciones reguladoras a la importación aplicables a los cereales y a las harinas, grañones y sémolas de trigo o de centeno | ||||
Reglamento (CEE) n° 3590/91 de la Comisión, de 11 de diciembre de 1991, por el que se fijan las primas que se añaden a las exacciones reguladoras a la importación para los cereales, la harina y la malta | ||||
* | REGLAMENTO (CEE) No 3591/91 DE LA COMISIÓN de 10 de diciembre de 1991 relativo a la interrupción de la pesca del espadín por parte de los barcos que naveguen bajo pabellón de Dinamarca # | |||
* | REGLAMENTO (CEE) No 3592/91 DE LA COMISIÓN de 10 de diciembre de 1991 relativo a la interrupción de la pesca del bacalao por parte de los barcos que naveguen bajo pabellón de España # | |||
* | Reglamento (CEE) nº 3593/91 de la Comisión, de 11 de diciembre de 1991, sobre la eliminación en dos etapas de determinados derechos de aduana aplicables en los intercambios entre la Comunidad de los Diez y España y Portugal como consecuencia de los acuerdos mediterráneos | |||
* | Reglamento (CEE) nº 3594/91 de la Comisión, de 11 de diciembre de 1991, relativo al procedimiento a aplicar para determinados productos agrícolas, sometidos a cantidades de referencia y originarios de los Estados de África, del Caribe y del Pacífico (ACP) | |||
Reglamento (CEE) n° 3595/91 de la Comisión, de 11 de diciembre de 1991, por el que se fija la exacción reguladora sobre la importación para la melaza | ||||
Reglamento (CEE) n° 3596/91 de la Comisión, de 11 de diciembre de 1991, por el que se fijan los montantes suplementarios para los productos del sector de la carne de aves de corral | ||||
Reglamento (CEE) n° 3597/91 de la Comisión, de 11 de diciembre de 1991, por el que se modifican las restituciones a la exportación del azúcar blanco y del azúcar en bruto sin perfeccionar | ||||
Reglamento (CEE) n° 3598/91 de la Comisión, de 11 de diciembre de 1991, por el que se fija el importe máximo de la restitución a la exportación del azúcar blanco para la trigésimo tercera licitación parcial efectuada en el marco de la licitación permanente contemplada en el Reglamento (CEE) n 963/91 | ||||
Reglamento (CEE) n° 3599/91 de la Comisión, de 11 de diciembre de 1991, por el que se suprime el gravamen compensatorio a la importación de limones frescos originarios de Sudáfrica | ||||
II Actos cuya publicación no es una condición para su aplicabilidad | ||||
Consejo | ||||
91/634/CECA: | ||||
* | DECISIÓN DE LOS REPRESENTANTES DE LOS GOBIERNOS DE LOS ESTADOS MIEMBROS DE LA COMUNIDAD EUROPEA DEL CARBÓN Y DEL ACERO REUNIDOS EN EL SENO DEL CONSEJO de 3 de diciembre de 1991 por la que se prorroga para 1992 la aplicación de las Decisiones 90/672/CECA y 90/673/CECA sobre la aplicación de preferencias arancelarias generalizadas para el año 1991, a determinados productos siderúrgicos originarios de países en vías de desarrollo# | |||
Comisión | ||||
91/635/CEE: | ||||
* | DECISIÓN DE LA COMISIÓN de 29 de noviembre de 1991 que modifica la Decisión 90/505/CEE por la que se autoriza a determinados Estados miembros para establecer excepciones a determinadas disposiciones de la Directiva 77/93/CEE del Consejo respecto de la madera aserrada de coníferas originaria de Canadá (Los textos en lengua española, alemana, griega, inglesa, francesa, italiana, neerlandesa y portuguesa son los únicos auténticos)# | |||
91/636/CEE: | ||||
* | Decisión de la Comisión de 29 de noviembre de 1991 que modifica la Decisión 90/107/CEE por la que se autoriza a determinados Estados miembros para establecer excepciones a determinadas disposiciones de la Directiva 77/93/CEE del Consejo respecto de la madera aserrada de coníferas originaria de Estados Unidos de América (Los textos en lengua española, alemana, griega, inglesa, francesa, italiana, neerlandesa y portuguesa son los únicos auténticos) | |||
ES | Los actos cuyos títulos van impresos en caracteres finos son actos de gestión corriente, adoptados en el marco de la política agraria, y que tienen generalmente un período de validez limitado. |