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Document L:1989:398:TOC
Official Journal of the European Communities, L 398, 30 December 1989
Diario Oficial de las Comunidades Europeas, L 398, 30 de diciembre de 1989
Diario Oficial de las Comunidades Europeas, L 398, 30 de diciembre de 1989
Diario Oficial |
Edición en lengua española | Legislación | |||
Sumario | I Actos cuya publicación es una condición para su aplicabilidad | |||
...... | ||||
II Actos cuya publicación no es una condición para su aplicabilidad | ||||
Consejo | ||||
89/675/CEE: | ||||
* | Decisión del Consejo, de 18 diciembre de 1989, sobre la celebración del Acuerdo en forma de canje de notas para la aplicación provisional del Protocolo que fija, para el período de 16 de junio de 1989 a 15 de junio de 1991, las posibilidades de pesca y la compensación financiera prevista en el Acuerdo entre la Comunidad Económica Europea y el Gobierno de la República de Guinea Bissau referente a la pesca en alta mar frente a la costa de Guinea Bissau | |||
Acuerdo en forma de canje de notas sobre la aplicación provisional del Protocolo que fija, para el período de 16 de junio de 1989 a 15 de junio de 1991, las posibilidades de pesca y la compensación financiera previstas en el Acuerdo entre la Comunidad Económica Europea y el Gobierno de la República de Guinea Bissau referente a la pesca en alta mar frente a la costa de Guinea Bissau | ||||
Protocolo que fija, para el período de 16 de junio de 1989 a 15 de junio de 1991, las posibilidades de pesca y la compensación financiera previstas en el Acuerdo entre la Comunidad Económica Europea y el Gobierno de la República de Guinea Bissau referente a la pesca en alta mar frente a la costa de Guinea Bissau | ||||
89/676/CEE: | ||||
* | Directiva 89/676/CEE del Consejo, de 21 de diciembre de 1989, por la que se modifica la directiva 75/106/CEE relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados Miembros sobre el preacondicionamiento en volumen de ciertos líquidos en envases previos | |||
89/677/CEE: | ||||
* | Directiva 89/677/CEE del Consejo, de 21 de diciembre de 1989, por la que se modifica por octava vez la directiva 76/769/CEE relativa a la aproximación de las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas de los Estados Miembros que limitan la comercialización y el uso de determinadas sustancias y preparados peligrosos | |||
89/678/CEE: | ||||
* | Directiva 89/678/CEE del Consejo, de 21 de diciembre de 1989, por la que se modifica la directiva 76/769/CEE relativa a la aproximación de las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas de los Estados Miembros que limitan la comercialización y el uso de determinadas sustancias y preparados peligrosos | |||
89/679/CEE: | ||||
* | Directiva 89/679/CEE del Consejo, de 21 de diciembre de 1989, por la que se modifica por quinta vez la directiva 76/768/CEE relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados Miembros en materia de productos cosméticos | |||
89/680/CEE: | ||||
* | Directiva 89/680/CEE del Consejo, de 21 de diciembre de 1989, por la que se modifica la directiva 77/536/CEE relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados Miembros sobre los dispositivos de protección en caso de vuelco de los tractores agrícolas o forestales de ruedas | |||
89/681/CEE: | ||||
* | Directiva 89/681/CEE del Consejo, de 21 de diciembre de 1989, por la que se modifica la directiva 87/402/CEE sobre los dispositivos de protección, instalados en la parte delantera, en caso de vuelco de los tractores agrícolas o forestales de ruedas de vía estrecha | |||
89/682/CEE: | ||||
* | Directiva 89/682/CEE del Consejo, de 21 de diciembre de 1989, por la que se modifica la directiva 86/298/CEE sobre los dispositivos de protección, instalados en la parte trasera, en caso de vuelco de los tractores agrícolas y forestales de ruedas, de vía estrecha | |||
89/683/CEE: | ||||
* | DECISION DEL CONSEJO, DE 21 DE DICIEMBRE DE 1989, POR LA QUE SE AUTORIZA A LA REPUBLICA FRANCESA A APLICAR UNA EXCEPCION AL ARTICULO 2 DE LA SEXTA DIRECTIVA 77/388/CEE EN MATERIA DE ARMONIZACION DE LAS LEGISLACIONES DE LOS ESTADOS MIEMBROS RELATIVAS A LOS IMPUESTOS SOBRE EL VOLUMEN DE NEGOCIOS | |||
89/684/CEE: | ||||
* | Directiva 89/684/CEE del Consejo, de 21 de diciembre de 1989, sobre la formación profesional de los conductores de vehículos que transporten mercancías peligrosas por carretera |
ES | Los actos cuyos títulos van impresos en caracteres finos son actos de gestión corriente, adoptados en el marco de la política agraria, y que tienen generalmente un período de validez limitado. |