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Document C:2006:288:FULL

Diario Oficial de la Unión Europea, C 288, 25 de noviembre de 2006


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ISSN 1725-244X

Diario Oficial

de la Unión Europea

C 288

European flag  

Edición en lengua española

Comunicaciones e informaciones

49o año
25 de noviembre de 2006


Número de información

Sumario

Página

 

I   Comunicaciones

 

Comisión

2006/C 288/1

Tipo de cambio del euro

1

2006/C 288/2

Anuncio de la próxima expiración de determinadas medidas antidumping

2

2006/C 288/3

Autorización de las ayudas estatales en el marco de las disposiciones de los artículos 87 y 88 del Tratado CE — Casos con respecto a los cuales la Comisión no presenta objeciones ( 1 )

3

2006/C 288/4

Publicación de una solicitud de modificación con arreglo al artículo 6, apartado 2, del Reglamento (CE) no 510/2006 del Consejo, sobre la protección de las indicaciones geográficas y de las denominaciones de origen de los productos agrícolas y alimenticios

8

2006/C 288/5

Información comunicada por los Estados miembros con relación a la ayuda concedida en virtud del Reglamento (CE) no 70/2001 de la Comisión, de 12 de enero de 2001, relativo a la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado CE a las ayudas estatales a las pequeñas y medianas empresas ( 1 )

11

2006/C 288/6

Información comunicada por los Estados miembros con relación a la ayuda concedida en virtud del Reglamento (CE) no 68/2001 de la Comisión, de 12 de enero de 2001, relativo a la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado CE a las ayudas a la formación ( 1 )

13

2006/C 288/7

Información comunicada por los Estados miembros sobre las ayudas estatales concedidas con arreglo al Reglamento (CE) no 2204/2002 de la Comisión de 12 de diciembre de 2002 relativo a la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado CE a las ayudas estatales para el empleo ( 1 )

15

2006/C 288/8

Notificación previa de una operación de concentración (Asunto no COMP/M.4426 — SABIC/Huntsman Petrochemicals UK) ( 1 )

16

2006/C 288/9

Notificación previa de una operación de concentración (Asunto no COMP/M.4472 — William Hill/Codere/JV) — Asunto que podría ser tramitado conforme al procedimiento simplificado ( 1 )

17

2006/C 288/0

Notificación previa de una operación de concentración (Asunto no M.4473 — MLCP/CIR/Oakwood) — Asunto que podría ser tramitado conforme al procedimiento simplificado ( 1 )

18

2006/C 288/1

Notificación previa de una operación de concentración (Caso no COMP/M.4466 — HTA/CDPQ/KVW/BAA Budapest Airport) — Caso susceptible de ser tratado por procedimiento simplificado ( 1 )

19

2006/C 288/2

Notificación previa de una operación de concentración (Caso no COMP/M.4446 — Arrow Electronics/In Technology) — Caso susceptible de ser tratado por procedimiento simplificado ( 1 )

20

2006/C 288/3

Notificación previa de una operación de concentración (Asunto no COMP/M.4483 — Avnet/Access) — Asunto que podría ser tramitado conforme al procedimiento simplificado ( 1 )

21

2006/C 288/4

Notificación previa de una operación de concentración (Asunto no COMP/M.4479 — News Corporation/Jamba/Ojom) — Asunto que podría ser tramitado conforme al procedimiento simplificado ( 1 )

22

2006/C 288/5

Notificación previa de una operación de concentración (Asunto no COMP/M.4492 — Candover/Ferretti) — Asunto que podría ser tramitado conforme al procedimiento simplificado ( 1 )

23

2006/C 288/6

Notificación previa de una operación de concentración (Asunto no COMP/M.4408 — Tata/Corus) ( 1 )

24

2006/C 288/7

Notificación previa de una operación de concentración (Asunto no COMP/M.4359 — Petroplus/ExxonMobil) — Asunto que podría ser tramitado conforme al procedimiento simplificado ( 1 )

25

 

El Defensor del Pueblo Europeo

2006/C 288/8

Informe Anual del año 2005

26

 


 

(1)   Texto pertinente a efectos del EEE

ES

 


I Comunicaciones

Comisión

25.11.2006   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 288/1


Tipo de cambio del euro (1)

24 de noviembre de 2006

(2006/C 288/01)

1 euro=

 

Moneda

Tipo de cambio

USD

dólar estadounidense

1,3078

JPY

yen japonés

151,36

DKK

corona danesa

7,4542

GBP

libra esterlina

0,67690

SEK

corona sueca

9,0375

CHF

franco suizo

1,5826

ISK

corona islandesa

92,02

NOK

corona noruega

8,2625

BGN

lev búlgaro

1,9558

CYP

libra chipriota

0,5779

CZK

corona checa

28,025

EEK

corona estonia

15,6466

HUF

forint húngaro

259,36

LTL

litas lituana

3,4528

LVL

lats letón

0,6976

MTL

lira maltesa

0,4293

PLN

zloty polaco

3,8271

RON

leu rumano

3,4901

SIT

tólar esloveno

239,66

SKK

corona eslovaca

35,635

TRY

lira turca

1,9290

AUD

dólar australiano

1,6817

CAD

dólar canadiense

1,4817

HKD

dólar de Hong Kong

10,1716

NZD

dólar neozelandés

1,9538

SGD

dólar de Singapur

2,0280

KRW

won de Corea del Sur

1 219,00

ZAR

rand sudafricano

9,4321

CNY

yuan renminbi

10,2695

HRK

kuna croata

7,3390

IDR

rupia indonesia

11 954,60

MYR

ringgit malayo

4,7545

PHP

peso filipino

65,011

RUB

rublo ruso

34,5600

THB

baht tailandés

47,728


(1)  

Fuente: tipo de cambio de referencia publicado por el Banco Central Europeo.


25.11.2006   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 288/2


Anuncio de la próxima expiración de determinadas medidas antidumping

(2006/C 288/02)

1.

La Comisión comunica que las medidas antidumping mencionadas más abajo, salvo que se inicie una reconsideración de conformidad con el procedimiento que se indica a continuación, expirarán en la fecha que figura en el cuadro que se recoge al final del presente anuncio, tal como establece el apartado 2 del artículo 11 del Reglamento (CE) no 384/96 del Consejo, de 22 de diciembre de 1995 (1) sobre defensa contra las importaciones objeto de dumping originarias de países no miembros de la Comunidad Europea.

2.   Procedimiento

Los productores comunitarios podrán presentar por escrito una solicitud de reconsideración que deberá aportar pruebas suficientes de que la expiración de las medidas podría dar lugar a una continuación o reaparición del dumping y del perjuicio.

En caso de que la Comisión decida reconsiderar las medidas, los importadores y exportadores, los representantes del país exportador y los productores de la Comunidad podrán completar, refutar o comentar los elementos contenidos en la solicitud de reconsideración.

3.   Plazo

Con arreglo a lo antes citado, los productores comunitarios deberán remitir por escrito la solicitud de reconsideración a la Comisión Europea, Dirección General de Comercio (División B-1), J-79 5/16, B-1049 Bruselas (2), a partir de la fecha de publicación del presente anuncio y, a más tardar, tres meses antes de la fecha que figura en el cuadro.

4.

El presente anuncio se publica de conformidad con el apartado 2 del artículo 11 del Reglamento (CE) no 384/96 del Consejo, de 22 de diciembre de 1995.

Producto

País(es) de origen o de exportación

Medida

Referencia

Fecha de expiración

Receptores de televisión en color

República Popular China

República de Corea

Malasia

Tailandia

Derecho antidumping

Reglamento (CE) no 1531/2002 del Consejo (DO L 231 de 29.8.2002, p. 1) modificado en último lugar por el Reglamento (CE) no 511/2006 del Consejo (DO L 93 de 31.3.2006, p. 26)

30.8.2007


(1)  DO L 56 de 6.3.1996, p. 1. Reglamento modificado por última vez por el Reglamento (CE) no 2117/2005 del Consejo (DO L 340 de 23.12.2005, p. 17).

(2)  Fax: (32-2) 295 65 05.


25.11.2006   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 288/3


Autorización de las ayudas estatales en el marco de las disposiciones de los artículos 87 y 88 del Tratado CE

Casos con respecto a los cuales la Comisión no presenta objeciones

(2006/C 288/03)

(Texto pertinente a efectos del EEE)

Fecha de adopción de la decisión

11.10.2006

Ayuda no

N 171/06

Estado miembro

Italia

Región

Molise

Denominación

Aiuti alla ricerca e Sviluppo

Base jurídica

Programma pluriennale per la ripresa delle attività produttive in Molise articolo 15 dell'Ordinanza del Presidente del Consiglio dei Ministri n. 3268/2003 del 12 marzo 2003

Tipo de medida

Régimen de ayudas

Objetivo

Investigación y desarrollo

Forma de la ayuda

Subvención directa

Presupuesto

Importe total de la ayuda prevista 9 millones EUR

Intensidad

75 %

Duración

31 de diciembre de 2006

Sectores económicos

Todos los servicios, Servicios recreativos, culturales y deportivos, Maquinaria industrial

Nombre y dirección de la autoridad que concede las ayudas

Ministero dell'economia e delle Finanze

El texto de la Decisión en la lengua o lenguas auténticas, suprimidos los datos confidenciales, se encuentra en:

http://ec.europa.eu/community_law/state_aids/

Fecha de adopción de la decisión

20.9.2006

Ayuda no

N 291/06

Estado miembro

España

Región

Cataluña

Denominación (y/o nombre del beneficiario)

Incentivos para la realización de proyectos conjuntos de investigación y desarrollo tecnológico (I+D) de agrupaciones de empresas (plataformas de innovación)- modificación del régimen no 502/04

Base jurídica

«Orden TRI/162/2005, de 13 de abril, por la que se aprueban las bases reguladoras de subvenciones destinadas a incentivar la realización de proyectos conjuntos de investigación y desarrollo tecnológico (I+D), y se abre la convocatoria para el año 2005 (código de convocatoria núm. 13502)»;

«Orden TRI/53/2006, de 24 de febrero, sobre subvenciones destinadas a incentivar la realización de proyectos empresariales en investigación, desarrollo e innovación tecnológica y aprobación de las bases reguladoras para su concesión»

«Orden TRI/868/2006, de 30 de marzo, por la que se abre la convocatoria pública del año 2006 para el otorgamiento de subvenciones destinadas a incentivar la realización de proyectos empresariales en investigación, desarrollo e innovación tecnológica»

Tipo de medida

Régimen de ayudas

Objetivo

Investigación y desarrollo

Forma de la ayuda

Subvención directa

Presupuesto

20 000 000 EUR

Intensidad

50 %

Duración

31.12.2007

Sectores económicos

Todos los sectores

Nombre y dirección de la autoridad que concede las ayudas

Secretaría de Industria y Energía

Passeig de Gràcia, 129

E-08008 Barcelona

El texto de la Decisión en la lengua o lenguas auténticas, suprimidos los datos confidenciales, se encuentra en:

http://ec.europa.eu/community_law/state_aids/

Fecha de adopción de la decisión

25.8.2006

Ayuda no

N 325/06

Estado miembro

Alemania

Denominación

Bürgschaften für den Schiffbau

Base jurídica

Richtlinien der fünf Küstenländer Bremen, Hamburg, Mecklenburg-Vorpommern, Niedersachsen und Schleswig-Holstein über die Gewährung von Landesbürgschaften für den Schiffbau.

Tipo de medida

Régimen de ayudas

Objetivo

Desarrollo sectorial

Forma de la ayuda

Garantía

Presupuesto

Gasto anual previsto: 0 millones EUR;

Importe total de la ayuda prevista: 0 millones EUR.

Intensidad

Medida no constitutiva de ayuda

Duración

Ilimitada

Sectores económicos

Construcción naval

Nombre y dirección de la autoridad que concede las ayudas

fünf Küstenländer Bremen, Hamburg, Mecklenburg-Vorpommern, Niedersachsen und Schleswig-Holstein

El texto de la Decisión en la lengua o lenguas auténticas, suprimidos los datos confidenciales, se encuentra en:

http://ec.europa.eu/community_law/state_aids/

Fecha de adopción de la decisión

20.9.2006

Ayuda no

N 390/06

Estado miembro

España

Denominación

Modificación de las normas reguladoras del Programa CENIT

Base jurídica

Proyecto de Orden por la que se modifica la Orden ITC 2759/2005 de 2 de agosto, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a fomentar la cooperación estable público-privada en I+D+i en áreas de importancia estratégica para la economía, mediante la creación de consorcios estratégicos nacionales de investigación técnica (Programa CENIT)

Tipo de medida

Régimen de ayudas

Objetivo

Investigación y desarrollo

Forma de la ayuda

Subvención directa

Presupuesto

500 000 000 EUR

Intensidad

50 %

Duración

2006-2009

Sectores económicos

Todos los sectores

Nombre y dirección de la autoridad que concede las ayudas

CDTI Ministerio de Industria, Turismo y Comercio C/ CID 4 28001 Madrid

El texto de la Decisión en la lengua o lenguas auténticas, suprimidos los datos confidenciales, se encuentra en:

http://ec.europa.eu/community_law/state_aids/

Fecha de adopción de la decisión

22.9.2006

Ayuda no

N 392/06

Estado miembro

España

Región

Cataluña

Denominación

ICREA, júnior empresa

Base jurídica

Estatutos de la Fundación ICREA

Convocatoria pública

Convenio de colaboración entre ICREA y la entidad beneficiaria

Tipo de medida

Régimen de ayudas

Objetivo

Investigación y desarrollo

Forma de la ayuda

Subvención directa

Presupuesto

13 000 000 EUR

Intensidad

75 %

Duración

31.12.2011

Sectores económicos

Todos los sectores

Nombre y dirección de la autoridad que concede las ayudas

Institució Catalana de Recerca i Estudis Avançats (ICREA)

Passeig Lluis Companys, 23, 3

E-08010 Barcelona

El texto de la Decisión en la lengua o lenguas auténticas, suprimidos los datos confidenciales, se encuentra en:

http://ec.europa.eu/community_law/state_aids/

Fecha de adopción de la decisión

22.9.2006

Ayuda no

N 398/06

Estado miembro

Países Bajos

Denominación

Casimir-programma

Base jurídica

Wet van 12 maart 1998, houdende regels inzake de verstrekking van subsidies door de Minister van Onderwijs, Cultuur en Wetenschappen (Wet overige OCenW-subsidies);

Regeling subsidieverlening NWO;

CASIMIR programmabrochure 2006

Tipo de medida

Régimen de ayudas

Objetivo

Investigación y desarrollo

Forma de la ayuda

Subvención directa

Presupuesto

15 000 000 EUR

Intensidad

75 %

Duración

1.1.2006 — 31.12.2010

Sectores económicos

Todos los sectores

Nombre y dirección de la autoridad que concede las ayudas

Ministerie van Onderwijs, Cultuur en Wetenschappen

Directie OWB

Postbus 16375, IPC 4100

2500 BJ Den Haag

Nederland

El texto de la Decisión en la lengua o lenguas auténticas, suprimidos los datos confidenciales, se encuentra en:

http://ec.europa.eu/community_law/state_aids/

Fecha de adopción de la decisión

4.10.2006

Ayuda no

N 573/06

Estado miembro

Italia

Región

Friuli-Venezia-Giulia

Denominación

Modifica del regime di aiuti N 11/06 a favore dell'ambiente nel Friuli-Venezia Giulia

Base jurídica

Delibera Giunta Regionale n. 1002 del 22 aprile 2004

Tipo de medida

Régimen de ayudas

Objetivo

Protección del medio ambiente

Forma de la ayuda

Subvención directa

Presupuesto

Gasto anual previsto 25 millones EUR; Importe total de la ayuda prevista 50 millones EUR

Intensidad

45 %

Duración

31 de diciembre de 2007

Sectores económicos

Todos los sectores

Nombre y dirección de la autoridad que concede las ayudas

Regione Friuli-Venezia-Giulia, Via Udine 9, I-34132 Trieste I

El texto de la Decisión en la lengua o lenguas auténticas, suprimidos los datos confidenciales, se encuentra en:

http://ec.europa.eu/community_law/state_aids/

Fecha de adopción de la decisión

5.10.2006

Ayuda no

N 584/06

Estado miembro

Alemania

Denominación

Forschungskonzept „Mobilität und bodengebundener Verkehr“

Base jurídica

Bundeshaushalt, Kapitel 0902, Titel 68330

Tipo de medida

Régimen de ayudas

Objetivo

Investigación y desarrollo

Forma de la ayuda

Subvención directa

Presupuesto

Gasto anual previsto 50 millones EUR

Intensidad

100 %

Duración

1 de enero de 2007 — 31 de diciembre de 2007

Sectores económicos

Todos los sectores

Nombre y dirección de la autoridad que concede las ayudas

Bundesministerium für Wirtschaft und Technologie, Scharnhorststr. 34-37, D-10115 Berlin

El texto de la Decisión en la lengua o lenguas auténticas, suprimidos los datos confidenciales, se encuentra en:

http://ec.europa.eu/community_law/state_aids/


25.11.2006   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 288/8


Publicación de una solicitud de modificación con arreglo al artículo 6, apartado 2, del Reglamento (CE) no 510/2006 del Consejo, sobre la protección de las indicaciones geográficas y de las denominaciones de origen de los productos agrícolas y alimenticios

(2006/C 288/04)

Esta publicación otorga un derecho de oposición con arreglo al artículo 7 del Reglamento (CE) no 510/2006 del Consejo. Las declaraciones de oposición deben llegar a la Comisión en un plazo de seis meses a partir de la presente publicación.

REGLAMENTO (CE) No 510/2006 DEL CONSEJO

Solicitud de modificación con arreglo al artículo 9 y al artículo 17, apartado 2

«QUESO NATA DE CANTABRIA»

No CE: ES/PDO/117/085/24.01.1994

DOP (X) IGP ( )

Modificación o modificaciones solicitadas:

Apartado(s) del pliego de condiciones:

Image

Nombre del producto

Image

Descripción

Image

Zona geográfica

Image

Prueba del origen

Image

Método de obtención

Image

Vínculo

Image

Etiquetado

Image

Requisitos nacionales

Modificaciones:

Nombre del producto

Remplazar «Queso de Cantabria» por «Queso Nata de Cantabria»

Se solicita remplazar el nombre «Queso de Cantabria», actualmente registrado en virtud del Reglamento 1107/96, de la Comisión, de 12 de junio, por el de «Queso de Nata de Cantabria».

La solicitud de registro de la DOP «Queso de Cantabria» se hizo en virtud del artículo 17, por ser una de las denominaciones de origen legalmente protegidas en España a la entrada en vigor del R. 2081/92.

La protección legal se había realizado de acuerdo con la normativa nacional vigente, que excluía la posibilidad de proteger nombres no geográficos, como es el caso de «Queso de nata», motivo por el cual se tramitó con otro de los nombres con el que era conocido el queso, «Queso de Cantabria».

Transcurrida más de una década desde que se solicitó el registro comunitario, y comprobado que sigue siendo utilizada por muchos consumidores la denominación «Queso de Nata», pensando que se trata de un queso diferente al amparado por la DOP «Queso de Cantabria», se ha considerado oportuno solicitar la modificación del nombre uniendo ambas designaciones, de uso muy extendido, como se puede comprobar en la bibliografía reciente sobre quesos españoles:

Arroyo González, M: «Fabricación de Quesos de Nata», 1974.

Arroyo González, M: «Los quesos de Cantabria», 1981.

Ministerio de Agricultura: «Catálogo de Quesos de España», 1990.

Casado Cimiano, P: «La industria Láctea en Cantabria», 1998

FICHA RESUMEN ACTUALIZADA

REGLAMENTO (CE) No 510/2006 DEL CONSEJO

Solicitud de registro con arreglo a los artículos 5 y 17, apartado 2

«QUESO NATA DE CANTABRIA»

No CE: ES/PGI/117/0085

DOP (X) IGP ( )

La presente ficha es un resumen de carácter informativo. Para más información, los interesados pueden solicitar la versión completa del pliego de condiciones a las autoridades nacionales indicadas en el apartado 1 o a la Comisión Europea (1).

1.   Servicio competente del Estado miembro

Nombre:

Subdirección General de Sistemas de Calidad Diferenciada Dirección General de Alimentación Secretaría General de Agricultura y Alimentación del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación de España

Dirección:

Infanta Isabel, 1

E-28071 Madrid

Teléfono:

(34) 913 47 53 94

Fax:

(34) 913 47 54 10

Correo electrónico:

sgcaproagro@mapya.es

2.   Agrupación solicitante

Nombre:

Consejo Regulador de la D.O. «QUESO DE CANTABRIA»

Dirección:

Héroes 2 de Mayo, 27

E-39600 Muriedas (Cantabria)

Teléfono:

(34) 942 26 98 55

Fax:

(34) 942 26 98 56

Correo electrónico:

Composición:

Productores/transformadores (X) Otras categorías ( )

3.   Tipo de producto

Clase 1.3 — Queso

4.   Descripción del pliego de condiciones (resumen de las condiciones del artículo 4, apartado 2)

4.1.   Nombre del producto: «Queso Nata de Cantabria»

4.2.   Descripción: Queso graso; madurado, de tierno a semicurado; de forma paralelepipédica o cilíndrica; de caras lisas y planas, corteza y pasta blandas, de color hueso; peso desde 400 gr. a 2 800 gr.

4.3.   Zona geográfica: Tanto la zona de producción como la zona de elaboración están constituidas por toda la Comunidad Autónoma de Cantabria, exceptuando las cuencas hidrográficas de los ríos Urdón y Cervera (artículos 4 y 8 del Reglamento de la denominación).

4.4.   Prueba del origen: Leche con las características contempladas en los artículos 5 y 6 del Reglamento de la denominación, procedente de las ganaderías inscritas en el Consejo Regulador, ubicadas dentro de la zona de producción; la obtención de la materia prima y el proceso de elaboración y maduración se llevan a cabo bajo el control del Consejo Regulador en las industrias inscritas, saliendo al mercado certificado y su garantía avalada por el Consejo Regulador.

4.5.   Método de obtención: Leche procedente de vaca de la raza frisona; coagulación con cuajo animal a una temperatura de 30 °C durante 40 minutos; salado en salmuera; maduración 7 días mínimo.

4.6.   Vínculo: Zona montañosa, de clima muy húmedo, especializada en la explotación de ganado vacuno de leche principalmente de la raza frisona; a partir del siglo XIX comenzó a elaborarse una nueva modalidad del queso pasiego, de pasta prensada, que dio lugar al queso de Cantabria.

4.7.   Estructura de control:

Nombre:

Oficina de Calidad Alimentaria (ODECA)

Dirección:

Héroes 2 de Mayo, 27

E-39600 Muriedas (Cantabria)

Teléfono:

(34) 942 26 98 55

Fax:

(34) 942 26 98 56

Correo electrónico:

odeca@odeca.es

4.8.   Etiquetado: Mención obligatoria «Queso Nata de Cantabria». Etiqueta autorizada por el Consejo Regulador; contraetiquetas numeradas y expedidas por el C. R. (art. 22 del Reglamento).

4.9.   Requisitos nacionales: Ley 25/1970, de 2 de diciembre, O. M. de 29 de octubre de 1985 por la que se ratifica el Reglamento de la D.O. «Queso de Cantabria».


(1)  Comisión Europea, Dirección General de Agricultura y Desarrollo Rural, Unidad de Política de calidad de los productos agrícolas, B-1049 Bruselas.


25.11.2006   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 288/11


Información comunicada por los Estados miembros con relación a la ayuda concedida en virtud del Reglamento (CE) no 70/2001 de la Comisión, de 12 de enero de 2001, relativo a la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado CE a las ayudas estatales a las pequeñas y medianas empresas

(2006/C 288/05)

(Texto pertinente a efectos del EEE)

Ayuda

XS 113/06

Estado miembro

Italia

Región

Región del Lazio

Denominación del régimen de ayudas o nombre de la empresa beneficiaria de una ayuda individual

Normas destinadas a incrementar el desarrollo económico, la cohesión social y el empleo en el Lacio. Definición y organización de los sistemas de producción locales, de los distritos industriales y de las zonas de inversión en el Lacio.

Base jurídica

Legge Regionale 19 dicembre 2001, n. 36 «Norme per l'incremento dello sviluppo economico, della coesione sociale e dell'occupazione nel Lazio. Individuazione e organizzazione dei sistemi produttivi locali, dei distretti industriali e delle aree laziali di investimento», pubblicata sul supplemento ordinario n. 7 al BURL (Bollettino Ufficiale della Regione Lazio) n. 36 del 29.12.2001

Regolamento regionale 28 ottobre 2002, n. 2 «Regolamento per il finanziamento dei sistemi produttivi locali, dei distretti industriali e delle aree laziali di investimento», e successive modificazioni ed integrazioni.

Gasto anual previsto en el régimen o importe total de la ayuda individual concedida a la empresa

En total, 7 500 000 EUR (para todas las ayudas previstas por la legislación, incluidos los otros tipos de ayuda ya comunicados y clasificados como XS 125/02 y XT 96/02).

Intensidad máxima de la ayuda

Investigación y desarrollo precompetitivo:

1.

La financiación para actividades de investigación industrial y de desarrollo precompetitivo consisten en contribuciones a fondo perdido, dentro de los límites de los recursos disponibles y de acuerdo con el Reglamento (CE) 70/2001 y sus sucesivas modificaciones.

2.

Dichas contribuciones se conceden para actividades de investigación industrial y de desarrollo precompetitivo, tal como las define el artículo 2 del Reglamento (CE) 70/2001 y sus sucesivas modificaciones.

3.

Los porcentajes de tales contribuciones son los siguientes:

a)

para investigación industrial, el 60 % de los gastos admisibles;

b)

para actividades de desarrollo precompetitivo, el 35 % de los gastos admisibles;

c)

para estudios de viabilidad técnica previos a las actividades de investigación industrial o de desarrollo precompetitivo, el 75 % de los gastos admisibles;

d)

para actividades conjuntas, que consten de investigación industrial y de desarrollo precompetitivo, la media ponderada de los porcentajes contemplados en los puntos a) y b).

4.

La intensidad de las contribuciones contempladas en los puntos a), b) y d) anteriores se incrementa en 5 puntos porcentuales si el proyecto de investigación industrial o de desarrollo precompetitivo se realiza en uno de los ámbitos cubiertos por la derogación prevista en el artículo 87, apartado 3, letra c) del Tratado CE.

Fecha de ejecución

La ayuda podrá concederse después de la publicación del anuncio en el BURL (Bollettino Ufficiale della Regione Lazio).

Duración del régimen de ayudas o de la ayuda individual

Ilimitada, si bien el régimen de ayudas está exento de la obligación de notificación contemplada el artículo 88, apartado 3, del Tratado CE hasta el 31 de diciembre de 2006, fecha en la que termina el período de vigencia del Reglamento (CE), salvo prórroga del mismo Reglamento.

Objetivo de la ayuda

La ayuda tiene por objeto favorecer la investigación y el desarrollo precompetitivo en los ámbitos elegidos por la región del Lacio como distritos industriales, sistemas de producción locales y zonas de inversión del Lacio.

Sectores económicos afectados

Todos los sectores que pueden beneficiarse de ayudas a las PYME

Sí.

Los códigos de actividad son los determinados caso por caso por el Lacio para los distritos industriales, los sistemas de producción locales y las zonas de inversión del Lacio.

Nombre y dirección de la autoridad que concede la ayuda

Regione Lazio

Via Rosa Raimondi Garibaldi, 7

I-00145 — Roma


25.11.2006   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 288/13


Información comunicada por los Estados miembros con relación a la ayuda concedida en virtud del Reglamento (CE) no 68/2001 de la Comisión, de 12 de enero de 2001, relativo a la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado CE a las ayudas a la formación

(2006/C 288/06)

(Texto pertinente a efectos del EEE)

Ayuda no

XT 42/06

Estado miembro

Alemania

Región

Turingia

Denominación del régimen de ayudas o nombre de la empresa beneficiaria de una ayuda individual

Directiva sobre la concesión de ayudas financiadas por el Fondo Social Europeo y/o el Estado Federado de Turingia destinado a promover la preparación al empleo y la formación continua

Base jurídica

Operationelles Programm des Freistaats Thüringen für den Einsatz der Europäischen Strukturfonds in der Periode von 2000 bis 2006, Maßnahmebereich 4.3 und 4.4, §§ 23, 24 Abs. 4, 26 Abs. 3 Nr. 2, 44 und 91 der Thüringer Landeshaushaltsordnung (ThürLHO) sowie §§ 48, 49 und 49 a Thüringer Verwaltungsverfahrensgesetz (ThürVwVfG)

Gasto anual previsto en el régimen o importe total de la ayuda individual concedida a la empresa

Régimen de ayudas

Importe total anual

10 millones de EUR

Préstamos garantizados

 

Ayuda individual

Importe total de la ayuda

 

Préstamos garantizados

 

Intensidad máxima de la ayuda

Se ajusta al artículo 4, apartados 2 a 7, del Reglamento

Fecha de ejecución

3.7.2006

Duración del régimen de ayudas o de la ayuda individual

Hasta el 31.12.2006

Objetivo de la ayuda

Formación general

Formación específica

Sectores económicos afectados

Todos los sectores con derecho a recibir ayudas a la formación

Nombre y dirección de la autoridad que concede la ayuda

Gesellschaft für Arbeits- und Wirtschaftsförderung des Freistaats Thüringen mbH (GFAW)

Warsbergstraße 1, D-99092 Erfurt

Ayudas individuales de cuantía elevada

Se ajustan al artículo 5 del Reglamento


Ayuda no

XT 43/06

Estado miembro

Alemania

Región

Baviera

Denominación del régimen de ayudas o nombre de la empresa beneficiaria de una ayuda individual

IMPULSE Agentur für Projektentwicklung und -management

Gutenbergstraße 31

D-44139 Dortmund

Base jurídica

Bay HO, VO (EG) Nr. 1260/1999, VO (EG) Nr. 1784/1999, EPPD zu Ziel 2, Programmergänzung zu Ziel 2

Gasto anual previsto en el régimen o importe total de la ayuda individual concedida a la empresa

Régimen de ayudas

Importe total anual

 

Préstamos garantizados

 

Ayuda individual

Importe total de la ayuda

141 691 EUR

Préstamos garantizados

 

Intensidad máxima de la ayuda

Se ajusta al artículo 4, apartado 2 a 7, del Reglamento

Fecha de ejecución

16.8.2006

Duración del régimen de ayudas o de la ayuda individual

Hasta el 14.5.2007

Objetivo de la ayuda

Formación general

Formación específica

 

Sectores económicos afectados

Todos los sectores con derecho a recibir ayudas a la formación

Nombre y dirección de la autoridad que concede la ayuda

Zentrum Bayern Familie und Soziales

Hegelstraße 2,

D-95447 Bayreuth

Ayudas individuales de cuantía elevada

Se ajustan al artículo 5 del Reglamento


Ayuda no

XT 74/05

Estado miembro

República Helénica

Región

Todas las regiones, excepto el Ática

Denominación del régimen de ayudas o nombre de la empresa beneficiaria de una ayuda individual

Polo Regional de Innovación (PRI) Formación en ámbitos relacionados tanto con las prioridades de los sectores económicos PRI e IDT como con temas de innovación

Base jurídica

Νόμος 1514/1985 όπως τροποποιήθηκε με τον Νόμο 2919/2001 και με το Άρθρο 11 της Κοινής Απόφασης των Υπουργών Οικονομίας και Οικονομικών και Εργασίας και Κοινωνικών Ασφαλίσεων

Το Άρθρο 23 του Νόμου 3377/2005 παρέχει ορισμό του ΠΠΚ

Gasto anual previsto en el régimen o importe total de la ayuda individual concedida a la empresa

Régimen de ayudas

Importe total anual

2006: 700 000 EUR

2007: 900 000 EUR

2008: 400 000 EUR

Préstamos garantizados

 

Ayuda individual

Importe total de la ayuda

1,2 millones de EUR

(máximo)

Préstamos garantizados

 

Intensidad máxima de la ayuda

Se ajusta al artículo 4 (2 a 7) del Reglamento

Fecha de ejecución

1.5.2006

Duración del régimen de ayudas o de la ayuda individual

Hasta el 31.12.2006 (compromisos legales)

Ejecución de proyectos hasta el 31.12.2008

Objetivo de la ayuda

Formación general

Formación específica

Sectores económicos afectados

Todos los sectores con derecho a recibir ayudas a la formación

Nombre y dirección de la autoridad que concede la ayuda

Ministerio de Desarrollo

Secretaría General de Investigación y Tecnología

Mesogion 14-18

GR-11510 Atenas

Ayudas individuales de cuantía elevada

Se ajustan al artículo 5 del Reglamento

 


25.11.2006   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 288/15


Información comunicada por los Estados miembros sobre las ayudas estatales concedidas con arreglo al Reglamento (CE) no 2204/2002 de la Comisión de 12 de diciembre de 2002 relativo a la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado CE a las ayudas estatales para el empleo

(2006/C 288/07)

(Texto pertinente a efectos del EEE)

Ayuda no

XE 29/06

Estado miembro

Polonia

Región

Region Centralny, podregion warszawski 20

Denominación del régimen de ayudas

Régimen de ayudas horizontales al empleo en el municipio de Ożarów Mazowiecki

Fundamento jurídico

Art.7 ust. 3 ustawy z dnia 12 stycznia 1991 r. o podatkach i opłatach lokalnych (Dz. U. z 2002r. Nr 9, poz. 84 ze zm.)

Gasto anual previsto en el régimen

Importe global anual

0,148 millones de EUR

Préstamos garantizados

 

Intensidad máxima de la ayuda

Se ajusta al artículo 4, apartados 2 a 5, y a los artículos 5 y 6 del Reglamento

Fecha de ejecución

Desde el 10.7.2006

Duración del régimen

Hasta el 31.12.2006

Objetivo de la ayuda

Art. 4 Creación de empleo

Art. 5 Contratación de trabajadores desfavorecidos y discapacitados

 

Art. 6 Empleo de trabajadores discapacitados

 

Sectores económicos afectados

Todos los sectores de la CE (1) subvencionables mediante ayudas para el empleo

Todos los sectores industriales (1)

 

Todos los servicios (1)

 

Otros

 

Nombre y dirección de la autoridad que concede la ayuda

Burmistrz Miasta i Gminy Ożarów Mazowiecki

ul. Kolejowa 2

PL-05-850 Ożarów Mazowiecki

Ayuda sujeta a notificación previa a la Comisión

Se ajusta al artículo 9 del Reglamento


(1)  Con excepción del sector de la construcción naval y de los demás sectores que sean objeto de normas especiales recogidas en los Reglamentos y Directivas aplicables a las ayudas estatales del sector.


25.11.2006   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 288/16


Notificación previa de una operación de concentración

(Asunto no COMP/M.4426 — SABIC/Huntsman Petrochemicals UK)

(2006/C 288/08)

(Texto pertinente a efectos del EEE)

1.

El 16 de noviembre de 2006, la Comisión recibió la notificación, de conformidad con el artículo 4 del Reglamento (CE) no 139/2004 del Consejo (1), de un proyecto de concentración por el cual la empresa SABIC UK Petrochemicals Holdings Limited (UK) («SABIC UK», Reino Unido), perteneciente al grupo SABIC («SABIC», Arabia Saudí), adquiere el control exclusivo, a tenor de lo dispuesto en el artículo 3, apartado 1, letra b), del Reglamento del Consejo, de Huntsman Petrochemicals (UK) Limited («Huntsman UK», Reino Unido) mediante la adquisición de sus acciones. No obstante, SABIC UK no adquirirá dos activos específicos (la empresa «Tioxide Europe Limited» y una conducción para transporte de benceno) de Huntsman UK situadas en el Reino Unido.

2.

Las actividades comerciales de las empresas en cuestión son las siguientes:

SABIC: grupo industrial internacional dedicado fundamentalmente a la producción y venta de hidrocarburos y sustancias químicas de base, sustancias intermedias, polímeros, abonos y metales;

Huntsman UK: producción y venta de sustancias químicas de base y determinados subproductos.

3.

Tras un examen preliminar, la Comisión considera que la operación notificada podría entrar en el ámbito de aplicación del Reglamento (CE) no 139/2004. No obstante, se reserva su decisión definitiva al respecto.

4.

La Comisión invita a los interesados a que le presenten sus posibles observaciones sobre el proyecto de concentración.

Las observaciones deberán obrar en poder de la Comisión en el plazo de diez días a partir de la fecha de la presente publicación. Podrán enviarse por fax [(32-2) 296 43 01 o 296 72 44] o por correo, con indicación del número de referencia COMP/M.4426 — SABIC/Huntsman Petrochemicals UK, a la siguiente dirección:

Comisión Europea

Dirección General de Competencia

Registro de Concentraciones

J-70

B-1049 Bruxelles/Brussel


(1)  DO L 24 de 29.1.2004, p. 1.


25.11.2006   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 288/17


Notificación previa de una operación de concentración

(Asunto no COMP/M.4472 — William Hill/Codere/JV)

Asunto que podría ser tramitado conforme al procedimiento simplificado

(2006/C 288/09)

(Texto pertinente a efectos del EEE)

1.

El 17 de noviembre de 2006, la Comisión recibió la notificación, de conformidad con el artículo 4 del Reglamento (CE) no 139/2004 del Consejo (1), de un proyecto de concentración por el cual las empresas William Hill Organization Limited («WHO», Reino Unido), perteneciente al grupo William Hill, y Codere SA («Codere», España) adquieren el control conjunto, a tenor de lo dispuesto en el artículo 3, apartado 1, letra b), del Reglamento del Consejo, de una empresa recientemente constituida, mediante la adquisición de sus acciones.

2.

Las actividades comerciales de las empresas en cuestión son las siguientes:

WHO: operador de sitios de Internet dedicados al juego y prestador de servicios de apuestas de probabilidades fijas mediante oficinas de apuestas autorizadas y por teléfono;

Codere: gestor de máquinas recreativas, bingos e hipódromos.

3.

Tras un examen preliminar, la Comisión considera que la operación notificada podría entrar en el ámbito de aplicación del Reglamento (CE) no 139/2004. No obstante, se reserva su decisión definitiva al respecto. En virtud de la Comunicación de la Comisión sobre el procedimiento simplificado para tramitar determinadas operaciones de concentración con arreglo al Reglamento (CE) no 139/2004 del Consejo (2), este asunto podría ser tramitado conforme al procedimiento simplificado establecido en dicha Comunicación.

4.

La Comisión invita a los interesados a que le presenten sus posibles observaciones sobre el proyecto de concentración.

Las observaciones deberán obrar en poder de la Comisión en el plazo de diez días a partir de la fecha de la presente publicación. Podrán enviarse por fax [(32-2) 296 43 01 o 296 72 44] o por correo, con indicación del número de referencia COMP/M.4472 — William Hill/Codere/JV, a la siguiente dirección:

Comisión Europea

Dirección General de Competencia

Registro de Concentraciones

J-70

B-1049 Bruselas


(1)  DO L 24 de 29.1.2004, p. 1.

(2)  DO C 56 de 5.3.2005, p. 32.


25.11.2006   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 288/18


Notificación previa de una operación de concentración

(Asunto no M.4473 — MLCP/CIR/Oakwood)

Asunto que podría ser tramitado conforme al procedimiento simplificado

(2006/C 288/10)

(Texto pertinente a efectos del EEE)

1.

El 17 de noviembre de 2006, la Comisión recibió la notificación, de conformidad con el artículo 4 del Reglamento (CE) no 139/2004 del Consejo (1), de un proyecto de concentración por el cual las empresas Merrill Lynch Credit Products, LLP («MLCP», EE.UU.), parte del grupo de empresas Merrill Lynch & Co, Inc., y CIR Compagnie Industriali Riunite S.p.A, («CIR», Italia), adquieren el control conjunto, a tenor de lo dispuesto en el artículo 3, apartado 1, letra b), del Reglamento del Consejo, del conjunto de un fondo, Oakwood Financial Fund L.P. («Oakwood», Islas Caimán), mediante la adquisición de sus acciones.

2.

Las actividades comerciales de las empresas en cuestión son las siguientes:

MLCP: banca de inversiones y otros servicios financieros;

CIR: edición de periódicos y revistas; radio, televisión digital, publicidad e internet; componentes de automóvil; gas y electricidad; sanidad privada; y préstamos morosos;

Oakwood: originación y venta/adquisición de hipotecas residenciales no conformes, contratos de arrendamiento con opción de compra no conformes para automóviles, créditos avalados con salarios y pensiones y arrendamiento financiero de equipos a pequeña escala a autoridades locales y PYME.

3.

Tras un examen preliminar, la Comisión considera que la operación notificada podría entrar en el ámbito de aplicación del Reglamento (CE) no 139/2004. No obstante, se reserva su decisión definitiva al respecto. En virtud de la Comunicación de la Comisión sobre el procedimiento simplificado para tramitar determinadas operaciones de concentración con arreglo al Reglamento (CE) no 139/2004 del Consejo (2), este asunto podría ser tramitado conforme al procedimiento simplificado establecido en dicha Comunicación.

4.

La Comisión invita a los interesados a que le presenten sus posibles observaciones sobre el proyecto de concentración.

Las observaciones deberán obrar en poder de la Comisión en el plazo de diez días a partir de la fecha de la presente publicación. Podrán enviarse por fax [(32-2) 296 43 01 o 296 72 44] o por correo, con indicación del número de referencia M.4473 — MLCP/CIR/Oakwood, a la siguiente dirección:

Comisión Europea

Dirección General de Competencia

Registro de Concentraciones

J-70

B-1049 Bruselas


(1)  DO L 24 de 29.1.2004, p. 1.

(2)  DO C 56 de 5.3.2005, p. 32.


25.11.2006   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 288/19


Notificación previa de una operación de concentración

(Caso no COMP/M.4466 — HTA/CDPQ/KVW/BAA Budapest Airport)

Caso susceptible de ser tratado por procedimiento simplificado

(2006/C 288/11)

(Texto pertinente a efectos del EEE)

1.

Con fecha 17 de Novembro de 2006 y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 [y siguiendo un proceso de reenvío conforme al artículo 4(5)] del Reglamento (CE) no 139/2004 del Consejo (1) la Comisión recibió notificación de un proyecto de concentración por el que las empresas HOCHTIEF AirPort GmbH («HTA», Alemania) bajo el control de HOCHTIEF Aktiengesellschaft («HT», Alemania) y Caisse de Dépôt et Placement du Québec («CDPQ», Canada) adquieren el control conjunto, a efectos de lo dispuesto en el artículo 3(1)b del Reglamento del Consejo, de la empresa Budapest Airport Budapest Ferihegy Nemzetközi Repülőtér Üzemeltető Rt («BARt», Hungria)a través de adquisición de acciones.

2.

Ámbito de actividad de las empresas afectadas:

HTA: gestión de servicios aeroportuarios.

CDPQ: institución financiera que gestiona fondos de pensiones públicos y privados así como fondos de seguros.

BARt: gestiona el aeropuerto comercial más importante de Hungría: Budapest Ferihegy International Airport.

3.

Tras haber realizado un examen preliminar, la Comisión considera que la transacción notificada podría entrar en el ámbito de aplicación del Reglamento (CE) no 139/2004. No obstante, se reserva la posibilidad de tomar una decisión definitiva sobre este punto. De conformidad con la Comunicación de la Comisión sobre el procedimiento simplificado para tramitar determinadas operaciones de concentración con arreglo al Reglamento (CE) no 139/2004 del Consejo (2) se hace notar que este caso es susceptible de ser tratado por el procedimiento establecido en dicha Comunicación.

4.

La Comisión insta a terceros interesados a que le presenten sus observaciones eventuales con respecto a la propuesta de concentración.

Las observaciones deberán obrar en poder de la Comisión en un plazo máximo de diez días naturales a contar desde el día siguiente a la fecha de esta publicación. Las observaciones pueden ser enviadas a la Comisión por fax [(32-2) 296 43 01 o 296 72 44] o por correo, referencia no COMP/M.4466 — HTA/CDPQ/KVW/BAA Budapest Airport, a la siguiente dirección:

Comisión Europea

Dirección General de Competencia

Registro Operaciones de concentración

J-70

B-1049 Bruxelles/Brussel


(1)  DO L 24 de 29.1.2004, p. 1.

(2)  DO C 56 de 5.3.2005, p. 32.


25.11.2006   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 288/20


Notificación previa de una operación de concentración

(Caso no COMP/M.4446 — Arrow Electronics/In Technology)

Caso susceptible de ser tratado por procedimiento simplificado

(2006/C 288/12)

(Texto pertinente a efectos del EEE)

1.

Con fecha 17 de noviembre de 2006 y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 del Reglamento (CE) no 139/2004 del Consejo (1) la Comisión recibió notificación de un proyecto de concentración por el que la empresa Arrow Electronics Inc. («Arrow», Estados Unidos) adquiere el control, a efectos de lo dispuesto en el artículo 3(1)b del Reglamento del Consejo, de la totalidad de la empresa InTechnology plc («InTechnology», Reino Unido) a través de adquisición de activos.

2.

Ámbito de actividad de las empresas afectadas:

Arrow: distribución de componentes electrónicos y productos electromecánicos, productos para interconexión y productos de informática;

InTechnology: distribución de productos de informática.

3.

Tras haber realizado un examen preliminar, la Comisión considera que la transacción notificada podría entrar en el ámbito de aplicación del Reglamento (CE) no 139/2004. No obstante, se reserva la posibilidad de tomar una decisión definitiva sobre este punto. De conformidad con la Comunicación de la Comisión sobre el procedimiento simplificado para tramitar determinadas operaciones de concentración con arreglo al Reglamento (CE) no 139/2004 del Consejo (2) se hace notar que este caso es susceptible de ser tratado por el procedimiento establecido en dicha Comunicación.

4.

La Comisión insta a terceros interesados a que le presenten sus observaciones eventuales con respecto a la propuesta de concentración.

Las observaciones deberán obrar en poder de la Comisión en un plazo máximo de diez días naturales a contar desde el día siguiente a la fecha de esta publicación. Las observaciones pueden ser enviadas a la Comisión por fax [(32-2) 296 43 01 o 296 72 44] o por correo, referencia no COMP/M.4446 — Arrow Electronics/In Technology, a la siguiente dirección:

Comisión Europea

Dirección General de Competencia

Registro Operaciones de concentración

J-70

B-1049 Bruxelles/Brussel


(1)  DO L 24 de 29.1.2004, p. 1.

(2)  DO C 56 de 5.3.2005, p. 32.


25.11.2006   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 288/21


Notificación previa de una operación de concentración

(Asunto no COMP/M.4483 — Avnet/Access)

Asunto que podría ser tramitado conforme al procedimiento simplificado

(2006/C 288/13)

(Texto pertinente a efectos del EEE)

1.

El 17 de noviembre de 2006, la Comisión recibió la notificación, de conformidad con el artículo 4 del Reglamento (CE) no 139/2004 del Consejo (1), de un proyecto de concentración por el cual la empresa Avnet Inc. («Avnet», EE.UU.) adquiere el control exclusivo, a tenor de lo dispuesto en el artículo 3, apartado 1, letra b), del Reglamento del Consejo, de MRA Systems Inc. dba Access Distribution («Access», EE.UU.) mediante la adquisición de sus acciones y activos.

2.

Las actividades comerciales de las empresas en cuestión son las siguientes:

Avnet: distribución de componentes electrónicos, productos informáticos y servicios tecnológicos; distribución de productos relacionados con las tecnologías de la información, soluciones y servicios;

Access: distribución de productos relacionados con las tecnologías de la información, soluciones y servicios;

3.

Tras un examen preliminar, la Comisión considera que la operación notificada podría entrar en el ámbito de aplicación del Reglamento (CE) no 139/2004. No obstante, se reserva su decisión definitiva al respecto. En virtud de la Comunicación de la Comisión sobre el procedimiento simplificado para tramitar determinadas operaciones de concentración con arreglo al Reglamento (CE) no 139/2004 del Consejo (2), este asunto podría ser tramitado conforme al procedimiento simplificado establecido en dicha Comunicación.

4.

La Comisión invita a los interesados a que le presenten sus posibles observaciones sobre el proyecto de concentración.

Las observaciones deberán obrar en poder de la Comisión en el plazo de diez días a partir de la fecha de la presente publicación. Podrán enviarse por fax [(32-2) 296 43 01 o 296 72 44] o por correo, con indicación del número de referencia COMP/M.4483 — Avnet/Access, a la siguiente dirección:

Comisión Europea

Dirección General de Competencia

Registro de Concentraciones

J-70

B-1049 Bruselas


(1)  DO L 24 de 29.1.2004, p. 1.

(2)  DO C 56 de 5.3.2005, p. 32.


25.11.2006   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 288/22


Notificación previa de una operación de concentración

(Asunto no COMP/M.4479 — News Corporation/Jamba/Ojom)

Asunto que podría ser tramitado conforme al procedimiento simplificado

(2006/C 288/14)

(Texto pertinente a efectos del EEE)

1.

El 17 de noviembre de 2006, la Comisión recibió la notificación, de conformidad con el artículo 4 del Reglamento (CE) no 139/2004 del Consejo (1), de un proyecto de concentración por el cual la empresa News Corporation («NewsCorp», EE.UU.) adquiere el control, a tenor de lo dispuesto en el artículo 3, apartado 1, letra b), del Reglamento del Consejo, de las empresas Jamba! GmbH («Jamba», Alemania) y Ojom GmbH («Ojom», Alemania) mediante la adquisición de sus acciones.

2.

Las actividades comerciales de las empresas en cuestión son las siguientes:

NewsCorp: Películas, televisión, programación para distribución por cable, televisión por satélite, revistas, periódicos, libros;

Jamba: juegos y entretenimientos para teléfonos móviles;

Ojom: contenidos de entretenimiento para teléfonos móviles.

3.

Tras un examen preliminar, la Comisión considera que la operación notificada podría entrar en el ámbito de aplicación del Reglamento (CE) no 139/2004. No obstante, se reserva su decisión definitiva al respecto. En virtud de la Comunicación de la Comisión sobre el procedimiento simplificado para tramitar determinadas operaciones de concentración con arreglo al Reglamento (CEE) no 139/2004 del Consejo (2), este asunto podría ser tramitado conforme al procedimiento simplificado establecido en dicha Comunicación.

4.

La Comisión invita a los interesados a que le presenten sus posibles observaciones sobre el proyecto de concentración.

Las observaciones deberán obrar en poder de la Comisión en el plazo de diez días a partir de la fecha de la presente publicación. Podrán enviarse por fax [(32-2) 296 43 01 o 296 72 44] o por correo, con indicación del número de referencia COMP/M.4479 — News Corporation/Jamba/Ojom, a la siguiente dirección:

Comisión Europea

Dirección General de Competencia

Registro de Concentraciones

J-70

B-1049 Bruselas


(1)  DO L 24 de 29.1.2004, p. 1.

(2)  DO C 56 de 5.3.2005, p. 32.


25.11.2006   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 288/23


Notificación previa de una operación de concentración

(Asunto no COMP/M.4492 — Candover/Ferretti)

Asunto que podría ser tramitado conforme al procedimiento simplificado

(2006/C 288/15)

(Texto pertinente a efectos del EEE)

1.

El 16 de noviembre de 2006, la Comisión recibió la notificación, de conformidad con el artículo 4 del Reglamento (CE) no 139/2004 del Consejo (1), de un proyecto de concentración por el cual la empresa Candover Partners Limited UK controlada por Candover Investments plc («Candover», UK) adquiere el control, a tenor de lo dispuesto en la letra b) del apartado 1 del artículo 3 del citado Reglamento, de la totalidad de la empresa Ferretti S.pA. («Ferretti», Italia) mediante la adquisición de sus acciones.

2.

Las actividades comerciales de las empresas en cuestión son las siguientes:

Candover: inversor en valores privados;

Ferretti: diseño, fabricación y venta de embarcaciones de motor de lujo.

3.

Tras un examen preliminar, la Comisión considera que la operación notificada podría entrar en el ámbito de aplicación del Reglamento (CE) no 139/2004. No obstante, se reserva su decisión definitiva al respecto. En virtud de la Comunicación de la Comisión sobre el procedimiento simplificado para tramitar determinadas operaciones de concentración con arreglo al Reglamento (CE) no 139/2004 del Consejo (2), este asunto podría ser tramitado conforme al procedimiento simplificado establecido en dicha Comunicación.

4.

La Comisión invita a los interesados a que le presenten sus posibles observaciones sobre el proyecto de concentración.

Las observaciones deberán obrar en poder de la Comisión en el plazo de diez días a partir de la fecha de la presente publicación. Podrán enviarse por fax [(32-2) 296 43 01 o 296 72 44] o por correo, con indicación del número de referencia COMP/M.4492 — Candover/Ferretti, a la siguiente dirección:

Comisión Europea

Dirección General de Competencia

Registro de Concentraciones

J-70

B-1049 Bruselas


(1)  DO L 24 de 29.1.2004, p. 1.

(2)  DO C 56 de 5.3.2005, p. 32.


25.11.2006   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 288/24


Notificación previa de una operación de concentración

(Asunto no COMP/M.4408 — Tata/Corus)

(2006/C 288/16)

(Texto pertinente a efectos del EEE)

1.

El 20 de noviembre de 2006, la Comisión recibió la notificación, de conformidad con el artículo 4 del Reglamento (CE) no 139/2004 del Consejo (1), de un proyecto de concentración por el cual la empresa Tata Steel Ltd («Tata Steel», India) adquiere el control exclusivo, a tenor de lo dispuesto en la letra b) del apartado 1 del artículo 3 del citado Reglamento, de Corus Group Plc, («Corus», RU) mediante la adquisición de sus acciones, sujeta a un convenio aprobado por un tribunal.

2.

Las actividades comerciales de las empresas en cuestión son las siguientes:

Tata Steel: empresa siderúrgica verticalmente integrada que opera a todos los niveles de la producción del acero, incluida la fabricación de productos acabados y semiacabados de acero al carbono;

Corus: fabricación de productos acabados y semiacabados de acero al carbono.

3.

Tras un examen preliminar, la Comisión considera que la operación notificada podría entrar en el ámbito de aplicación del Reglamento (CE) no 139/2004. No obstante, se reserva su decisión definitiva al respecto.

4.

La Comisión invita a los interesados a que le presenten sus posibles observaciones sobre el proyecto de concentración.

Las observaciones deberán obrar en poder de la Comisión en el plazo de diez días a partir de la fecha de la presente publicación. Podrán enviarse por fax [(32-2) 296 43 01 o 296 72 44] o por correo, con indicación del número de referencia COMP/M.4408 — Tata/Corus, a la siguiente dirección:

Comisión Europea

Dirección General de Competencia

Registro de Concentraciones

J-70

B-1049 Bruxelles/Brussel


(1)  DO L 24 de 29.1.2004, p. 1.


25.11.2006   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 288/25


Notificación previa de una operación de concentración

(Asunto no COMP/M.4359 — Petroplus/ExxonMobil)

Asunto que podría ser tramitado conforme al procedimiento simplificado

(2006/C 288/17)

(Texto pertinente a efectos del EEE)

1.

El 17 de noviembre de 2006, la Comisión recibió la notificación, de conformidad con el artículo 4 del Reglamento (CE) no 139/2004 del Consejo (1), de un proyecto de concentración por el cual la empresa Petroplus International B.V. («Petroplus», Países Bajos), controlada en último término por Riverstone Holdings LLC («Riverstone», EE.UU.), adquiere el control, a tenor de lo dispuesto en la letra b) del apartado 1 del artículo 3 del citado Reglamento, de parte de ExxonMobil, ExxonMobil Central Europe Holding GmbH («ExxonMobil CEH», Alemania), mediante la compra de activos.

2.

Las actividades comerciales de las empresas en cuestión son las siguientes:

Petroplus: refinado, almacenamiento, comercialización y comercio internacional de petróleo crudo;

ExxonMobil CEH: explotación de la refinería de Ingolstadt y suministro al por mayor de productos refinados del petróleo;

Riverstone Holdings LLC: sociedad de capital riesgo.

3.

Tras un examen preliminar, la Comisión considera que la operación notificada podría entrar en el ámbito de aplicación del Reglamento (CE) no 139/2004. No obstante, se reserva su decisión definitiva al respecto. En virtud de la Comunicación de la Comisión sobre el procedimiento simplificado para tramitar determinadas operaciones de concentración con arreglo al Reglamento (CE) no 139/2004 del Consejo (2), este asunto podría ser tramitado conforme al procedimiento simplificado establecido en dicha Comunicación.

4.

La Comisión invita a los interesados a que le presenten sus posibles observaciones sobre el proyecto de concentración.

Las observaciones deberán obrar en poder de la Comisión en el plazo de diez días a partir de la fecha de la presente publicación. Podrán enviarse por fax [(32-2) 296 43 01 o 296 72 44] o por correo, con indicación del número de referencia COMP/M.4359 — Petroplus/ExxonMobil, a la siguiente dirección:

Comisión Europea

Dirección General de Competencia

Registro de Concentraciones

J-70

B-1049 Bruselas


(1)  DO L 24 de 29.1.2004, p. 1.

(2)  DO C 56 de 5.3.2005, p. 32.


El Defensor del Pueblo Europeo

25.11.2006   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 288/26


Informe Anual del año 2005

(2006/C 288/18)

El Defensor del Pueblo Europeo ha presentado al Parlamento Europeo su Informe Anual correspondiente al año 2005, en cumplimiento a lo dispuesto en el apartado 1 del artículo 195 del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea y el apartado 8 del artículo 3 de la Decisión del Parlamento Europeo sobre el Estatuto del Defensor del Pueblo y sobre las condiciones generales del ejercicio de sus funciones.

El Informe Anual, así como una versión más reducida que incluye un resumen del mismo junto con los datos estadísticos, pueden consultarse en cualquiera de las 20 lenguas oficiales en la página Internet del Defensor del Pueblo, cuya dirección es la siguiente:

http//:www.ombudsman.europa.eu

Copias del informe pueden obtenerse gratuitamente previa solicitud a la Secretaría del Defensor del Pueblo Europeo:

1, Avenue du Président Robert Schuman

B.P. 403

F-67001 Estrasburgo Cedex

Tel. (33-3) 88 17 23 13

Fax (33-3) 88 17 90 62

E-mail: eo@ombudsman.europa.eu


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