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International agreements
Acuerdos internacionales
Acuerdos internacionales
Los acuerdos internacionales son la principal forma de legislación exterior de la Unión Europea (UE). De conformidad con el artículo 216 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE), la UE puede celebrar acuerdos con uno o más países terceros u organizaciones internacionales, siempre que la celebración de un acuerdo:
Al negociar y firmar un acuerdo internacional, la UE debe respetar los límites de sus competencias y los principios generales de la acción exterior de la UE, tal como se establecen en el artículo 21 del Tratado de la Unión Europea.
El artículo 218 del TFUE establece un procedimiento general para el ejercicio de las competencias de elaboración de tratados.
En la negociación y celebración de acuerdos internacionales, la UE, que cuenta con personalidad jurídica, tiene:
Los acuerdos internacionales celebrados por la UE son vinculantes para sus instituciones y los Estados miembros y, por tanto, estos últimos están obligados a cumplir sus disposiciones. Forman parte integrante del Derecho de la UE y constituyen una categoría propia, independiente del Derecho primario y derivado. Pueden tener efecto directo y su fuerza jurídica es superior a la del Derecho derivado que, por tanto, debe cumplirlas.
Cuando la UE tiene competencia exclusiva, el Consejo de la Unión Europea elabora un mandato para la Comisión Europea, que negocia el Acuerdo, salvo en el ámbito de la política exterior y de seguridad, donde el Alto Representante para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad representa a la UE. Una vez concluidas las negociaciones y, en función del tipo del acuerdo, el Parlamento Europeo ha dado su aprobación o ha sido consultado, el Consejo firma y celebra acuerdos en nombre de la UE.
Cuando se trata de un acuerdo en un ámbito en el que la UE comparte competencias con sus Estados miembros, los representantes de los Estados miembros también deben dar sus mandatos para que comiencen las negociaciones.
Los tipos más comunes de acuerdos internacionales son los acuerdos de asociación, los acuerdos de libre comercio, los acuerdos de asociación económica y los acuerdos de asociación y cooperación.
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