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Document C2018/119A/02

Anuncio de vacante CONS/AD/137/18

DO C 119A de 5.4.2018, pp. 20–38 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, GA, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

5.4.2018   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

CA 119/20


ANUNCIO DE VACANTE CONS/AD/137/18

(2018/C 119 A/02)

INFORMACIÓN GENERAL

Servicio

Cuestiones de Política General e Interinstitucional

Dirección 2 — Relaciones Interinstitucionales

Lugar de trabajo

Bruselas

Denominación del puesto

Director

Categoría y grado

AD 14

Habilitación de seguridad exigida

No se precisa

PLAZO DE PRESENTACIÓN DE CANDIDATURAS

25 de abril de 2018

QUIÉNES SOMOS

La Secretaría General del Consejo (SGC) presta asistencia al Consejo Europeo y al Consejo y a sus órganos preparatorios en todos sus ámbitos de actividad. Proporciona asesoramiento y apoyo a los miembros del Consejo Europeo y al Consejo y a sus presidentes en todos los ámbitos de actividad, incluido el asesoramiento jurídico y político, la coordinación con las demás instituciones, la elaboración de soluciones transaccionales, las labores de redacción, así como todos los aspectos prácticos necesarios para la buena preparación y funcionamiento del Consejo Europeo y del Consejo.

Su Departamento de Política General e Institucional depende directamente del secretario general. Bajo la autoridad de un director general adjunto, presta servicios de secretaría al Consejo Europeo, al Consejo de Asuntos Generales y al Comité de Representantes Permanentes (Coreper, 1.a y 2.a parte), además de responsabilizarse de las relaciones interinstitucionales y del procedimiento legislativo ordinario (codecisión).

La Política General e Institucional se articula sobre una unidad y dos direcciones: la Unidad del Consejo Europeo y la Planificación Estratégica, la Dirección de Política General (DPG) y la Dirección de Relaciones Interinstitucionales (DRI). Esta última, para la cual queremos contratar a un director, es responsable, en particular, de las relaciones interinstitucionales. Apoya a las presidencias rotatorias y al presidente del Consejo Europeo en sus obligaciones para con el PE e informa de todas las actividades del PE (debates en pleno y en comisión, grupos políticos e interventores principales). Asimismo la DRI sigue el procedimiento legislativo en su totalidad, facilitando la programación de las herramientas legislativas, y garantiza una información e investigación suficientes del contexto político del Parlamento Europeo, a la vez que maneja los expedientes políticamente sensibles.

Se advierte a los candidatos de que la futura reorganización de la Secretaría podría dar lugar a modificaciones de las funciones de los puestos que solicitan.

QUÉ TIPO DE PERSONA BUSCAMOS

Buscamos un gestor (H/M) capaz de dirigir y motivar a un equipo compuesto por casi 30 personas que trabajan en un contexto jurídica y políticamente complejo. Bajo la autoridad del subdirector general, el director de la DRI debe tener un sentido político agudo y mostrar capacidad para entender el contexto político y desarrollar una red adecuada con los interventores principales en el Parlamento Europeo y asesorar a sus superiores en consecuencia. El director asumirá la responsabilidad de ofrecer una perspectiva general de la actividad legislativa en su totalidad. Es preciso poseer un buen conocimiento del procedimiento legislativo. Por ello se exige a los candidatos al puesto un vasto conocimiento de las políticas y de los asuntos institucionales de la UE. Se espera del candidato seleccionado que represente a la SGC en el ámbito interinstitucional y en cuanta ocasión sea necesario.

El puesto requiere una gran capacidad de organización y planificación, una excelente comprensión de las cuestiones políticas e institucionales y unas aptitudes interpersonales sobresalientes.

Dado que la SGC fomenta una cultura de movilidad entre su personal directivo, al que se exige una dilatada experiencia, los aspirantes deben estar dispuestos y capacitados para trabajar en diferentes ámbitos de actividad a lo largo de su carrera profesional en la SGC.

Como directivo de la SGC, se espera del candidato que asesore a sus superiores y a las partes interesadas, administre a su plantilla y represente a la SGC. En el anexo 1 se describe con mayor detalle el perfil horizontal de los directivos de la SGC.

DESCRIPCIÓN GENERAL DEL PUESTO

Gestionar su Dirección y prestar asesoramiento, bajo la autoridad del Director General Adjunto, en los ámbitos correspondientes al mandato de la Dirección.

Proporcionar asesoramiento de alto nivel sobre actuaciones y procedimientos, verbalmente y por escrito, al Consejo Europeo, al Consejo, al Coreper, a sus presidencias y al Secretario General (SG) en todos los aspectos de los expedientes comprendidos en el mandato de la dirección.

Ayudar a la presidencia en las negociaciones y garantizar una comunicación y una cooperación eficaces con las instituciones, las agencias y otros órganos en este ámbito.

FUNCIONES

Bajo la autoridad del Director General Adjunto, dirigir su Dirección, organizar sus actividades y respaldar y motivar al personal en su trabajo.

Definir los objetivos que deben alcanzarse y contribuir a su logro mediante la elaboración del programa de trabajo de la Dirección, velando por controlar adecuadamente la aplicación del mismo.

Representar a su servicio a nivel de directores, tanto dentro como fuera de la SGC, especialmente en sus relaciones con la Presidencia rotatoria, así como en sus relaciones con las demás instituciones.

Garantizar la calidad de los servicios y productos que facilite la Dirección.

Garantizar la gestión profesional de los recursos de la Dirección.

Garantizar una comunicación y cooperación efectivas, tanto dentro de la Dirección como con otros servicios de la SGC y con otras instituciones.

Asesorar y asistir al SG en el desempeño de sus obligaciones, en particular dando apoyo al presidente del Consejo Europeo y a su Gabinete y enlazando con la presidencia rotatoria y con la Alta Representante.

Analizar, coordinar y presentar expedientes con el fin de el Secretario General pueda adoptar decisiones.

Ser el enlace operativo entre el Gabinete y las Direcciones Generales en la preparación, publicación y seguimiento de las decisiones del Secretario General.

Mantener contactos con interlocutores externos y representar a la SGC en los foros exteriores.

CONDICIONES DE TRABAJO

Exigencia de presencia fuera del horario laboral normal, según los requisitos del servicio así como por ejemplo en el contexto de las sesiones plenarias del PE relativas a asuntos que correspondan al mandato de la Dirección.

Misiones en el extranjero, normalmente en la UE y aproximadamente entre seis y ocho veces al año.

Misiones a Estrasburgo.

COMPETENCIAS ESPECÍFICAS

Competencias profesionales

Dado que el francés y el inglés se utilizan de forma generalizada con fines de comunicación interna en la SGC, se requiere un conocimiento excelente de una de las dos lenguas y un buen conocimiento de la otra. Se valorará el conocimiento de otras lenguas oficiales de la UE.

Contar con experiencia profesional de trabajo con las presidencias rotatorias del Consejo se considerará una ventaja para la obtención el puesto.

Muy buen conocimiento de la estructura y el funcionamiento del Consejo y de la relación con las demás instituciones.

Muy buena percepción del entorno político.

Un amplio conocimiento del funcionamiento y de los procedimientos de la UE.

Capacidad de manejar información con discreción.

Capacidad de detectar los problemas fundamentales y darles prioridad.

Capacidad para definir y proponer soluciones a los problemas.

Realización de tareas y obtención de resultados.

Capacidad para trabajar de forma organizada y con precisión.

Cumplir plazos críticos o delicados.

Cualidades personales

Gran sentido de la responsabilidad (competencia esencial).

Capacidad de anticipar y detectar posibles problemas y resolverlos.

Capacidad de trabajo en diferentes ámbitos de actividad a lo largo de la carrera profesional en la SGC.

Flexibilidad para gestionar diversos expedientes.

Aptitudes interpersonales

Capacidad de comunicarse eficazmente.

Capacidad de establecer y mantener buenas relaciones de trabajo con diversos interlocutores (competencia esencial).

Competencias de gestión

Gestión del trabajo y de los recursos, conciencia organizativa, capacidad de decisión, liderazgo y desarrollo del equipo.

CONDICIONES DE ADMISIÓN

El aspirante deberá cumplir las siguientes condiciones en el momento de presentar su candidatura:

a)

Condiciones generales

ser nacional de uno de los Estados miembros de la Unión Europea;

estar en plena posesión de sus derechos civiles;

encontrarse en situación regular respecto de la legislación aplicable en materia de servicio militar.

b)

Condiciones específicas

haber realizado un ciclo completo de enseñanza universitaria acreditado por un título (1);

tener un mínimo de 15 años de experiencia profesional pertinente, de los cuales al menos tres en un puesto directivo al frente de una entidad administrativa con responsabilidades de gestión y organizativas, o en un puesto con responsabilidades importantes de coordinación.

OBSERVACIONES

La Secretaría General del Consejo mantiene un compromiso de igualdad de oportunidades (véase el anexo 2) y acoge activamente las solicitudes de todos los candidatos aptos procedentes de los entornos más variados y del ámbito geográfico más amplio posible de los Estados miembros de la UE. Con el fin de promover la igualdad entre hombres y mujeres, la SGC fomenta las candidaturas femeninas, actualmente infrarrepresentadas en el ámbito directivo.

La Dirección de Recursos Humanos puede prestar asistencia a las personas con discapacidad durante los procedimientos de contratación. Pueden realizarse adaptaciones razonables del puesto de trabajo para las personas con discapacidad. La SGC ofrece asimismo diversas medidas de conciliación de la vida profesional con la vida privada. Para más información al respecto, póngase en contacto con la Oficina de Igualdad de Oportunidades (egalite-des-chances@consilium.europa.eu).

La persona solicitante deberá estar dispuesta a seguir, en caso necesario, el programa de formación en gestión de la SGC.

Vacante publicada de conformidad con el artículo 29, apartado 2, del Estatuto de los funcionarios de la Unión Europea (2) (vacante de altos funcionarios).

El puesto ha sido publicado también en todas las instituciones de la Unión Europea.

Al elegir al candidato seleccionado, la autoridad facultada para proceder a los nombramientos estará asistida por un comité consultivo de selección. El comité consultivo de selección estará respaldado por un centro de evaluación. Los informes redactados por el centro de evaluación dejarán de ser válidos dos años después de la fecha en que se llevaron a cabo los ejercicios correspondientes, o en el momento de la resolución del contrato marco entre la SGC y el centro de evaluación de que se trate, si esta fecha fuese anterior.

El comité consultivo de selección evaluará y comparará inicialmente las cualificaciones, la experiencia y la motivación de todos los candidatos a tenor de sus candidaturas. Basándose en esa evaluación comparativa, el comité consultivo de selección elaborará la lista de candidatos preseleccionados que a su juicio sean más adecuados, que serán invitados a una primera entrevista. Puesto que esta primera selección se basa en una evaluación comparativa de las solicitudes, el cumplimiento de los requisitos de la presente convocatoria no garantiza que se sea invitado a la primera entrevista. Entre los candidatos entrevistados, el comité consultivo de selección preseleccionará a unos candidatos que acudirán a un centro de evaluación gestionado por consultores externos de selección de personal y mantendrán una segunda entrevista con el comité consultivo de selección.

La planificación provisional de la selección es la siguiente:

está previsto que los candidatos seleccionados para las entrevistas reciban la notificación a principios de junio de 2018;

las primeras entrevistas están programadas para junio de 2018;

está previsto que el centro de evaluación sea convocado en junio de 2018;

la segunda ronda de entrevistas está programada para finales de junio de 2018.

CÓMO PRESENTAR LA CANDIDATURA

La fecha límite para presentar las candidaturas es el 25 de abril de 2018.

Las candidaturas deberán enviarse por correo electrónico a la dirección selection.of.officials-applications.management.posts@consilium.europa.eu, a más tardar en la fecha límite.

Para ser válidas, las candidaturas deberán incluir:

a)

el formulario de candidatura (anexo 5) debidamente cumplimentado y fechado; el formulario de candidatura electrónico puede encontrarse en la sede electrónica del Consejo con el siguiente enlace: http://www.consilium.europa.eu/en/general-secretariat/jobs/job-opportunities/

b)

una carta de motivación acompañada de un currículum vítae detallado, en inglés o en francés, preferentemente en formato Europass (http://europass.cedefop.europa.eu), que abarque la totalidad de la carrera del aspirante y en el que se enumeren, entre otros, las cualificaciones del solicitante, su conocimiento de idiomas, su experiencia y las funciones que desempeña actualmente, y

c)

fotocopias de los títulos que acrediten la formación y fotocopias de los documentos y de los certificados relativos a la experiencia profesional. Los documentos justificantes de la experiencia profesional deberán haber sido expedidos por terceros, sin que sea suficiente el envío del currículum vítae indicado en la letra b).

Todos los documentos justificantes adjuntados a la candidatura deberán enviarse en formato Word, pdf o jpg, ir nombrados (en inglés o francés) y estar numerados consecutivamente (anexo 1, anexo 2, etc.). Deberá adjuntarse asimismo una lista de todos los anexos. No se tendrán en cuenta las candidaturas enviadas a través de soluciones de almacenamiento de datos basadas en la nube ni en plataformas de puesta en común de ficheros.

Se pedirá a los aspirantes seleccionados para el puesto que presenten los originales de dichos documentos.

REVISIÓN DE LAS CANDIDATURAS

Los procedimientos aplicables a las solicitudes de revisión, las vías de recurso y las reclamaciones al Defensor del Pueblo Europeo figuran en el anexo 3 de la presente convocatoria.

PROTECCIÓN DE DATOS

Las normas que regulan el tratamiento de datos personales en relación con el presente procedimiento de selección figuran en el anexo 4 de la presente convocatoria.


(1)  El artículo 5, apartado 3, letra c), del Estatuto de los funcionarios de la Unión Europea requiere que los aspirantes posean al menos:

i)

un nivel de educación correspondiente a estudios universitarios completos, acreditados por un título, cuando la duración normal de la enseñanza universitaria sea como mínimo de cuatro años, o

ii)

un nivel de educación correspondiente a estudios universitarios completos, acreditados por un título, y una experiencia profesional adecuada de un año como mínimo, cuando la duración normal de la enseñanza universitaria sea como mínimo de tres años.

(2)  Estatuto de los funcionarios y régimen aplicable a los otros agentes de la Unión Europea, establecidos por el Reglamento (CEE, Euratom, CECA) n.o 259/68 del Consejo y modificados en último lugar por el Reglamento (UE) n.o 1023/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de octubre de 2013 — http://eur-lex.europa.eu.


ANEXO I

El perfil horizontal de los directivos de la SGC

Como directivo de la SGC, su valor añadido consiste en actuar en calidad tanto de asesor como de directivo, y representa siempre a la SGC.

En el desempeño de estas funciones, se espera de Ud.:

Como representante

Que actúe con integridad, tanto en el ámbito externo como en el interno.

Que actúe en interés del Consejo Europeo y del Consejo así como de la Unión en su totalidad. Que se asegure que las diferencias sean identificadas y resueltas.

Que cree relaciones de confianza, responsabilidad y apertura, y que sea creador de redes activo.

Que se centre en la obtención de resultados y sea influyente, y al mismo tiempo respetuoso y con vocación de servicio.

Como asesor

Que contribuya al desarrollo de la Unión. Que sea proactivo y creativo. Que sea anticipativo y planifique las novedades futuras. Que aporte soluciones.

Que asesore a nuestras partes interesadas para facilitar el cumplimiento de sus objetivos y en interés de ambas instituciones. Que sea objetivo y justo.

Que sea consciente de la interacción entre la toma de decisiones y el debate público. Que se asegure que su asesoramiento tenga en cuenta la situación política de las partes interesadas y tenga en cuenta la problemática de la comunicación.

Que facilite las decisiones legítimas mediante la cooperación, unas buenas relaciones de trabajo y el compromiso entre los Estados miembros y con las instituciones y otras partes interesadas.

Que se mantenga informado de las novedades de su ámbito de responsabilidad, también más allá del trabajo inmediato del Consejo Europeo y del Consejo. Que tenga presente la situación general.

Como directivo

Que capacite a su plantilla, delegue y confíe, apoye y motive, facilite información y orientación y fomente la iniciativa y el valor para salir de los caminos trillados; que reduzca al mínimo la jerarquización y el control manteniendo la calidad.

Que se exprese con claridad con respecto a los objetivos y las expectativas y garantice que la información fluya hacia, desde y en el interior de su plantilla así como con otras direcciones generales, direcciones y unidades.

Que actúe siempre en interés de la totalidad de la SGC, y no solo de su propia DG, dirección o unidad, y garantice que se cumpla con las demás partes interesadas. Que suprima los compartimentos estancos.

Que tenga el valor de hacer frente a los conflictos, a la insuficiencia profesional y demás dificultades de manera puntual, garantice el bienestar y el desarrollo de su plantilla y cumpla el deber de diligencia para con la misma.

Que, al guiar y facilitar los cambios, implique a su plantilla con el fin de lograr que la SGC se mantenga al tanto de los acontecimientos y sea más dinámica, flexible y colaborativa. Que predique con el ejemplo.

Que asuma la responsabilidad del aprovechamiento óptimo de los recursos humanos y financieros de la SGC.


ANEXO II

Igualdad de oportunidades en la Secretaría General del Consejo

En su calidad de empleador, la SGC es responsable de garantizar la igualdad entre hombres y mujeres y la prohibición de discriminación de cualquier tipo.

Los objetivos principales de la política de igualdad de oportunidades son las siguientes:

garantizar que sus políticas de recursos humanos y de gestión de personal respeten los principios de igualdad y no discriminación;

lograr una representación equilibrada de hombres y mujeres, especialmente en los puestos directivos;

mejorar la situación de las personas con discapacidad en términos de accesibilidad a sus edificios y un entorno de trabajo inclusivo y adaptado a sus necesidades:

La adaptación a las personas con discapacidad («ajustes razonables») puede incluir la reorganización de deberes y responsabilidades, la prestación de ayudas técnicas y otros ajustes del entorno de trabajo. Dichas medidas se adoptarán a menos que impongan una carga desproporcionada para los recursos de la institución.

proteger al personal del acoso en el trabajo;

tener en cuenta las necesidades del personal de lograr un equilibrio entre su vida de trabajo y sus compromisos familiares ofreciendo un buen conjunto de medidas favorables a la familia, entre las que se incluyen el tiempo de trabajo flexible, el teletrabajo y el trabajo compartido.

Medidas de equilibrio entre el trabajo y la vida privada

En todos los servicios de la SGC está en funcionamiento un sistema de horario flexible basado en 40 horas semanales; el personal que no tiene funciones directivas puede disponer de jornadas de permiso en concepto de recuperación. En muchos puestos se puede acordar un horario de trabajo individual dentro del marco horario comprendido entre las 7.00 y las 20.00 horas.

Se puede conceder la posibilidad de trabajo a tiempo parcial, por ejemplo para ocuparse de un hijo dependiente hasta la edad de 12 años, o de 14 cuando el funcionario tenga una familia monoparental.

El permiso de maternidad estatutario consiste en 20 semanas y, a la vuelta al trabajo, se puede conceder hasta dos horas al día para la lactancia materna. Los padres tienen derecho a un permiso de paternidad retribuido de 10 días. Existe un permiso parental de hasta seis meses por hijo, que puede concederse con una prestación a tanto alzado. En caso de enfermedad grave o discapacidad de un hijo, los permisos por maternidad o paternidad o parental son más largos. También es posible acogerse a una licencia familiar con una prestación a tanto alzado cuando hay miembros de la familia con enfermedades graves o discapacidad.

Se concede una licencia especial en casos como el matrimonio, el nacimiento o la adopción de un hijo y el fallecimiento o enfermedad grave de un familiar. En circunstancias excepcionales se puede conceder una excedencia voluntaria por motivos personales (CCP).

En función de las tareas y de las características del puesto, es posible el teletrabajo en las condiciones del régimen normal de teletrabajo (por ejemplo 2 días en la oficina y 3 en casa a la semana) o del régimen de teletrabajo ocasional (hasta 60 días en casa al año).

Se dispone de las siguientes instalaciones de guardería para el personal con hijos pequeños, con arreglo a criterios de prioridad:

una guardería de la SGC para niños de 0 a 4 años, guarderías postescolares e instalaciones de acogida para los días de vacaciones organizadas por la Comisión Europea y actividades extraescolares en las Escuelas Europeas.

Para más información, puede enviar un correo electrónico a egalite-des-chances@consilium.europa.eu.


ANEXO III

SOLICITUD DE REVISIÓN-VÍAS DE RECURSO

RECLAMACIONES AL DEFENSOR DEL PUEBLO EUROPEO

En todas las etapas del procedimiento de selección, el aspirante que considere que una decisión le es perjudicial podrá hacer uso de los medios siguientes:

Solicitud de revisión de las decisiones adoptadas por el comité consultivo de selección

Dentro del plazo de diez días a partir de la fecha de la carta de notificación de la decisión adoptada por el comité consultivo de selección, puede presentar una solicitud de revisión de la citada decisión en forma de escrito motivado dirigido a:

Consejo de la Unión Europea

Oficina de Selección de Funcionarios

Rue de la Loi/Wetstraat, 175

1048 Bruxelles/Brussel

BELGIQUE/BELGIË

Correo electrónico: service.recrutement.consad104@consilium.europa.eu

Procedimiento de recurso

Puede presentar una reclamación contra la decisión de la autoridad facultada para proceder a los nombramientos, al amparo del artículo 90, apartado 2, del Estatuto de los funcionarios de la Unión Europea, dentro de los tres meses siguientes a la notificación de la decisión, dirigida a:

Consejo de la Unión Europea

Asesores jurídicos de la Unidad de Administración, DGA 1

Rue de la Loi/Wetstraat, 175

1048 Bruxelles/Brussel

BELGIQUE/BELGIË

Correo electrónico: unite.conseillers.dga1@consilium.europa.eu

Puede presentar un recurso, al amparo del artículo 91 del Estatuto de los funcionarios, dirigido a:

Tribunal General de la Unión Europea

Rue du Fort Niedergrünewlad

L-2925 Luxembourg

LUXEMBOURG

Reclamaciones al Defensor del Pueblo Europeo

Como cualquier otro ciudadano de la Unión, puede presentar una reclamación dirigida a:

Defensor del Pueblo Europeo

1, avenue du Président Robert Schuman — BP 403

F-67001 Estrasburgo Cedex

FRANCE

de conformidad con el artículo 228, apartado 1, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea y en las condiciones establecidas en la Decisión del Parlamento Europeo, de 9 de marzo de 1994, sobre el estatuto del Defensor del Pueblo y las condiciones generales del ejercicio de sus funciones, publicada en el Diario Oficial de la Unión Europea L 113 de 4 de mayo de 1994.

Obsérvese que la presentación de una reclamación ante el Defensor del Pueblo Europeo no interrumpe el plazo establecido en el artículo 90, apartado 2, y el artículo 91 del Estatuto de los funcionarios para presentar una reclamación o interponer recurso ante el Tribunal de la Unión Europea al amparo del artículo 270 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.


ANEXO IV

PROTECCIÓN DE DATOS

En su calidad de institución encargada de organizar el procedimiento de selección, la Secretaría General del Consejo garantiza que los datos personales de los aspirantes se tratarán conforme a lo dispuesto en el Reglamento (CE) n.o 45/2001 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de diciembre de 2000, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales por las instituciones y los organismos comunitarios y a la libre circulación de estos datos (1).

La base jurídica para el procedimiento de selección está constituida por el Estatuto de los funcionarios de la Unión Europea y la Decisión del Consejo, de 23 de septiembre de 2013, sobre las normas de seguridad para la protección de la información clasificada de la UE (2013/488/UE). El procedimiento de selección se desarrolla bajo la responsabilidad de la Dirección de Recursos Humanos (DG A 1), Unidad de Personal y Movilidad, y el responsable del tratamiento de datos es el jefe de dicha unidad. La información facilitada por los aspirantes estará a disposición de los miembros del personal de la Oficina de Contratación y su jerarquía, de los miembros del comité consultivo de selección y, en caso necesario, de la unidad de consejeros jurídicos. La información administrativa que permita la identificación del aspirante y/o la organización práctica del procedimiento podrá transmitirse a un centro de evaluación.

La finalidad del tratamiento es recopilar datos con objeto, por una parte, de identificar a todos los aspirantes a un puesto en la Secretaría General del Consejo y, por otra, de proceder a una selección entre dichos aspirantes.

Los datos en cuestión son:

los datos personales que permiten identificar a los aspirantes (apellidos, nombre, fecha de nacimiento, sexo, nacionalidad);

la información proporcionada por los aspirantes para facilitar la organización práctica del procedimiento (dirección postal, dirección de correo electrónico, número de teléfono);

la información facilitada por los aspirantes para poder evaluar si reúnen las condiciones de admisión establecidas en el anuncio de vacante (nacionalidad; lenguas; titulación de los candidatos y año de obtención, denominación del título o diploma, nombre de la institución que lo expidió, experiencia profesional);

cuando proceda, la información sobre el tipo y duración de la habilitación de seguridad del aspirante;

los resultados de las pruebas de selección a las que se sometan los aspirantes, incluidas las evaluaciones efectuadas por los asesores del centro de evaluación para el comité de selección.

El tratamiento da comienzo en la fecha de recepción de la candidatura. Las candidaturas recibidas se archivan y almacenan en expedientes durante dos años.

Todos los aspirantes pueden ejercer el derecho de acceso y de rectificación de sus datos de carácter personal. Para ello, enviarán una solicitud motivada por correo electrónico a la Oficina de Selección de Funcionarios a la dirección: selection.of.officials@consilium.europa.eu.

Los aspirantes tienen derecho a recurrir al Supervisor Europeo de Protección de Datos en cualquier momento (edps@edps.europa.eu).


(1)  DO L 8 de 12.1.2001, p. 1.


ANEXO V

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