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Document C2006/178/32
Case C-215/06: Action brought on 11 May 2006 — Commission of the European Communities v Ireland
Asunto C-215/06: Recurso interpuesto el 11 de mayo de 2006 — Comisión/Irlanda
Asunto C-215/06: Recurso interpuesto el 11 de mayo de 2006 — Comisión/Irlanda
DO C 178 de 29.7.2006, p. 20–21
(ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, NL, PL, PT, SK, SL, FI, SV)
29.7.2006 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 178/20 |
Recurso interpuesto el 11 de mayo de 2006 — Comisión/Irlanda
(Asunto C-215/06)
(2006/C 178/32)
Lengua de procedimiento: inglés
Partes
Demandante: Comisión de las Comunidades Europeas (representantes: D. Recchia y D. Lawunmi, agentes)
Demandada: Irlanda
Pretensiones de la parte demandante
1) |
Que se declare que Irlanda ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud de los artículos 2, 4 y 5 a 10 de la Directiva 85/337/CEE del Consejo, relativa a la evaluación de las repercusiones de determinados proyectos públicos y privados sobre el medio ambiente, (1)
|
2) |
Que se condene en costas a Irlanda. |
Motivos y principales alegaciones
La Comisión alega que la ejecución por Irlanda de la Directiva 85/337/CEE del Consejo (Directiva de Evaluación del Impacto Ambiental) ha sido y es deficiente por las siguientes razones:
Considera que Irlanda no adoptó las medidas para garantizar que se realicen controles para determinar si las obras proyectadas pueden tener efectos significativos sobre el medioambiente de acuerdo con el artículo 2, apartado 1, de la Directiva de Evaluación del Impacto Ambiental. Señala que la legislación de Irlanda no prevé que se examinen esos efectos a la luz de los artículos 5 a 10 de la Directiva.
Indica que el sistema en vigor en Irlanda, que permite que se presente una solicitud para obtener un permiso con posterioridad a la realización total o parcial del proyecto sin autorización, mina los objetivos de prevención de la Directiva de Evaluación del Impacto Ambiental.
A su juicio, el régimen vigente en Irlanda no garantiza la aplicación efectiva de la Directiva de Evaluación del Impacto Ambiental. En consecuencia, estima que Irlanda ha incumplido su obligación general, de conformidad con el artículo 249 del Tratado, de asegurar la aplicación efectiva de la Directiva.
Señala, por último, que se produjeron, una serie de deficiencias en relación con la labor de evaluación del impacto ambiental de un parque eólico en Derrybrien, County Galway, lo que significa un manifiesto incumplimiento de la Directiva.
(1) DO L 175, p. 40 (EE 15/06, p. 9).
(2) DO L 73, p. 5.