This document is an excerpt from the EUR-Lex website
Document C2005/171/28
Judgment of the Court of First Instance of 4 May 2005 in Case T-144/03, Nadine Schmit v Commission of the European Communities (Community officials — Mental harassment — Duty to assist — Obligation to state reasons — Non-inclusion of documents in personnel file)
Sentencia del Tribunal de Primera Instancia, de 4 de mayo de 2005, en el asunto T-144/03, Nadine Schmit contra Comisión de las Comunidades Europeas (Funcionarios — Acoso moral — Deber de asistencia — Obligación de motivación — No incorporación de documentos al expediente personal)
Sentencia del Tribunal de Primera Instancia, de 4 de mayo de 2005, en el asunto T-144/03, Nadine Schmit contra Comisión de las Comunidades Europeas (Funcionarios — Acoso moral — Deber de asistencia — Obligación de motivación — No incorporación de documentos al expediente personal)
DO C 171 de 9.7.2005, p. 16–16
(ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, NL, PL, PT, SK, SL, FI, SV)
|
9.7.2005 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 171/16 |
SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA
de 4 de mayo de 2005
en el asunto T-144/03, Nadine Schmit contra Comisión de las Comunidades Europeas (1)
(Funcionarios - Acoso moral - Deber de asistencia - Obligación de motivación - No incorporación de documentos al expediente personal)
(2005/C 171/28)
Lengua de procedimiento: francés
En el asunto T-144/03, Nadine Schmit, funcionaria de la Comisión de las Comunidades Europeas, con domicilio en Ispra (Italia), representada por los Sres. P.-P. Van Gehuchten y P. Jadoul, abogados, que designa domicilio en Luxemburgo, contra Comisión de las Comunidades Europeas (agentes: Sr. J. Currall y Sra. L. Lozano Palacios, asistidos por el Sr. D. Waelbroeck y la Sra. U. Zinsmeister, abogados, que designa domicilio en Luxemburgo), que tiene por objeto, por una parte, un recurso de anulación de la decisión de la Comisión de 11 de julio de 2002, por la que se rechaza retirar determinados documentos supuestamente difamatorios del expediente personal de la demandante, negando la existencia de escritos calumniosos respecto a ella y rechazando la existencia de perjuicios derivados de los informes de calificación y de los ejercicios de promoción y, por otra parte, y en la medida en que sea necesario, un recurso de anulación de la decisión de la Comisión del mismo día por la que se negó a registrar la «demanda previa administrativa» presentada por la demandante el 28 de junio de 2002, el Tribunal de Primera Instancia (Sala Tercera), integrado por el Sr. M. Jaeger, Presidente, y el Sr. J. Azizi y la Sra. E. Cremona, Jueces; Secretario: Sr. H. Jung, ha dictado el 4 de mayo de 2005 una sentencia cuyo fallo es el siguiente:
|
1) |
Desestimar el recurso. |
|
2) |
Cada parte soportará sus propias costas. |