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Document C2005/082/04

Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Segunda), de 13 de enero de 2005, en el asunto C-84/03: Comisión de las Comunidades Europeas contra Reino de España («Incumplimiento de Estado — Directivas 93/36/CEE y 93/37/CEE — Contratos públicos — Procedimiento de adjudicación de contratos públicos de suministro y de obras — Ámbito de aplicación — Concepto de entidad adjudicadora — Convenios de colaboración interadministrativos — Concepto de contrato — Recurso al procedimiento negociado en casos no previstos por la Directiva»)

DO C 82 de 2.4.2005, pp. 2–3 (ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, NL, PL, PT, SK, SL, FI, SV)

2.4.2005   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 82/2


SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA

(Sala Segunda)

de 13 de enero de 2005

en el asunto C-84/03: Comisión de las Comunidades Europeas contra Reino de España (1)

(«Incumplimiento de Estado - Directivas 93/36/CEE y 93/37/CEE - Contratos públicos - Procedimiento de adjudicación de contratos públicos de suministro y de obras - Ámbito de aplicación - Concepto de entidad adjudicadora - Convenios de colaboración interadministrativos - Concepto de contrato - Recurso al procedimiento negociado en casos no previstos por la Directiva»)

(2005/C 82/04)

Lengua de procedimiento: español

En el asunto C-84/03, que tiene por objeto un recurso por incumplimiento interpuesto, con arreglo al artículo 226 CE, el 26 de febrero de 2003, Comisión de las Comunidades Europeas (agentes: Sres. K. Wiedner y G. Valero Jordana) contra Reino de España (agente: Sr. S. Ortiz Vaamonde), el Tribunal de Justicia (Sala Segunda), integrado por el Sr. C.W.A. Timmermans, Presidente de Sala, y los Sres. R. Schintgen, J. Makarczyk (Ponente), G. Arestis y J. Klučka, Jueces; Abogado General: Sra. J. Kokott; Secretario: Sr. R. Grass, ha dictado el 13 de enero de 2005 una sentencia cuyo fallo es el siguiente:

1)

Declarar que el Reino de España ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud de las Directivas 93/36/CEE del Consejo, de 14 de junio de 1993, sobre coordinación de los procedimientos de adjudicación de contratos públicos de suministro y 93/37/CEE del Consejo, de 14 de junio de 1993, sobre coordinación de los procedimientos de adjudicación de los contratos públicos de obras, al no haber adaptado correctamente su ordenamiento jurídico interno a las citadas Directivas y, en particular:

al excluir del ámbito de aplicación del Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, de 16 de junio de 2000, aprobado mediante el Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio, y, en concreto, en el artículo 1, apartado 3, de dicho Texto Refundido a las entidades de Derecho privado que reúnan los requisitos recogidos en el artículo 1, letra b), párrafo segundo, guiones primero, segundo y tercero, de cada una de las mencionadas Directivas;

al excluir de forma absoluta del ámbito de aplicación del Texto Refundido y, en concreto, en el artículo 3, apartado 1, letra c), de éste los convenios de colaboración que celebren las Administraciones Públicas con las demás entidades públicas y, por tanto, también los convenios que constituyan contratos públicos a efectos de dichas Directivas, y

al permitir en los artículos 141, letra a), y 182, letras a) y g), del Texto Refundido que se recurra al procedimiento negociado en dos supuestos que no están contemplados en las citadas Directivas.

2)

Condenar en costas al Reino de España.


(1)  DO C 101, de 26.4.2003.


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