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Document 92001E001095

PREGUNTA ESCRITA E-1095/01 de Bart Staes (Verts/ALE) a la Comisión. Notificaciones en el marco de la Directiva relativa a los hábitats.

DO C 318E de 13.11.2001, pp. 202–203 (ES, DA, DE, EL, EN, FR, IT, NL, PT, FI, SV)

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92001E1095

PREGUNTA ESCRITA E-1095/01 de Bart Staes (Verts/ALE) a la Comisión. Notificaciones en el marco de la Directiva relativa a los hábitats.

Diario Oficial n° 318 E de 13/11/2001 p. 0202 - 0203


PREGUNTA ESCRITA E-1095/01

de Bart Staes (Verts/ALE) a la Comisión

(6 de abril de 2001)

Asunto: Notificaciones en el marco de la Directiva relativa a los hábitats

En la respuesta a la pregunta E-0165/01(1), la Comisión comunica que ha emitido dos dictámenes sobre la aplicación del apartado 4 del artículo 6 de la Directiva relativa a los hábitats. Además, la Comisión ha recibido distintas notificaciones de Estados miembros en relación con actividades en emplazamientos que (todavía) no se habían designado zonas Natura 2000. Sin embargo, no ha manifestado todavía a este respecto ninguna reacción formal.

¿Puede presentar la Comisión las notificaciones que ha recibido de Estados miembros en relación con actividades en emplazamientos que (todavía) no se habían designado zonas Natura 2000?

(1) DO C 187 E de 3.7.2001, p. 197.

Respuesta común a las preguntas escritas E-1095/01 y E-1096/01 dada por la Sra. Wallström en nombre de la Comisión

(13 de junio de 2001)

La Comisión no ha emitido reacción formal alguna tras recibir las notificaciones de los Estados miembros sobre las actividades o planes en los emplazamientos que (todavía) no se han designado zonas Natura 2000. La Comisión, dada su opinión de que la designación de un emplazamiento como parte de la red Natura 2000 debe ser el primer paso de la aplicación del artículo 6 de la Directiva sobre el hábitat, Directiva 92/43/CEE del Consejo, de 21 de mayo de 1992, relativa a la conservación de los hábitats naturales y de la fauna y flora silvestres(1), no ha conservado en el registro oficial las notificaciones referentes a emplazamientos no designados.

La red Natura 2000 consta de dos tipos de emplazamiento: las zonas de protección especial (ZPE), designadas de acuerdo con la Directiva sobre aves, Directiva 79/409/CEE del Consejo, de 2 de abril de 1979, relativa a la conservación de las aves silvestres(2), y las zonas especiales de conservación (ZEC), designadas por los Estados miembros tras ser seleccionadas de listas de lugares propuestos como de importancia comunitaria (LIC) para cada una de las seis regiones biogeográficas de la Comunidad, con arreglo a lo dispuesto en la Directiva y, en especial, su anexo III.

La lista completa de ZPE de los Estados miembros está disponible en la dirección de Internet http://europa.eu.int/comm/environment/nature/natura.htm, donde también se ofrece toda la información relativa a la creación y la gestión de la red Natura 2000.

Los Estados miembros no han presentado aún a la Comisión la lista completa, como establece la Directiva sobre el hábitat, de LIC para ninguna región biogeográfica de la Comunidad, lo que significa que los Estados miembros todavía no han designado ninguna ZEC.

La Comisión dispone actualmente de las listas de LIC (aún por completar) presentadas por los Estados miembros para las regiones biogeográficas incluidas en sus territorios respectivos. Estos documentos están cubiertos por el denominado principio de autoría expresamente previsto en el código de conducta sobre el acceso del público a los documentos de la Comisión y el Consejo, adoptado mediante Decisión de la Comisión de 8 de febrero de 1994, por lo que Su Señoría deberá solicitarlos directamente a sus autores. Una vez que las listas de ZEC hayan sido adoptadas por los Estados miembros, se pondrán automáticamente a disposición del público, pero la responsabilidad de proveer la información contenida en las listas de LIC corresponde exclusivamente a los Estados miembros como autores de estos documentos no publicados.

Por estas razones, la Comisión se ve obligada a remitir a Su Señoría a los Estados miembros respectivos si desea obtener información sobre sus propuestas para la red Natura 2000.

(1) DO L 206 de 22.7.1992.

(2) DO L 103 de 25.4.1979.

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