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Document 62021CN0617
Case C-617/21: Request for a preliminary ruling from the Landgericht Ravensburg (Germany) lodged on 6 October 2021 — RU, PO v Nissan Leasing, Volkswagen Leasing GmbH
Asunto C-617/21: Petición de decisión prejudicial planteada por el Landgericht Ravensburg (Alemania) el 6 de octubre de 2021 — RU, PO / Nissan Leasing, Volkswagen Leasing GmbH
Asunto C-617/21: Petición de decisión prejudicial planteada por el Landgericht Ravensburg (Alemania) el 6 de octubre de 2021 — RU, PO / Nissan Leasing, Volkswagen Leasing GmbH
DO C 37 de 24.1.2022, p. 11–12
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
24.1.2022 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 37/11 |
Petición de decisión prejudicial planteada por el Landgericht Ravensburg (Alemania) el 6 de octubre de 2021 — RU, PO / Nissan Leasing, Volkswagen Leasing GmbH
(Asunto C-617/21)
(2022/C 37/16)
Lengua de procedimiento: alemán
Órgano jurisdiccional remitente
Landgericht Ravensburg
Partes en el procedimiento principal
Demandantes: RU, PO
Demandadas: Nissan Leasing, Volkswagen Leasing GmbH
Cuestiones prejudiciales
1 |
¿Están comprendidos en el ámbito de aplicación de la Directiva 2011/83/UE (1) o de la Directiva 2008/48/CE (2) o de la Directiva 2002/65/CE (3) los contratos de arrendamiento financiero de vehículos con liquidación de kilometraje y con una duración fija aproximada de dos años o más, en los cuales se excluye el derecho de resolución ordinaria y se obliga al consumidor a suscribir un contrato de seguro de responsabilidad civil y un seguro a todo riesgo, se le impone el ejercicio frente a terceros (en particular, frente al vendedor y al fabricante del vehículo) de los derechos derivados de la garantía por defectos y, además, debe asumir el riesgo de pérdida, daños y otras disminuciones de valor? ¿Pueden considerarse contratos de crédito en el sentido del artículo 3, letra c), de la Directiva 2008/48/CE o contratos de servicios financieros en el sentido del artículo 2, punto 12, de la Directiva 2011/83/UE y del artículo 2, letra b), de la Directiva 2002/65/CE? |
2 |
En caso de que los contratos de arrendamiento financiero de vehículos con liquidación de kilometraje (como los descritos en la primera cuestión) constituyan contratos de servicios financieros:
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3 |
En caso de respuesta negativa a la segunda cuestión, letras a) o b): ¿Debe interpretarse el artículo 16, letra l), de la Directiva 2011/83/UE en el sentido de que los contratos de arrendamiento financiero relativos a vehículos con liquidación de kilometraje (como los descritos en la primera cuestión) están comprendidos por la excepción allí prevista? |
4 |
En caso de que los contratos de arrendamiento financiero relativos a vehículos con liquidación de kilometraje (como los descritos en la primera cuestión) constituyan contratos de servicios financieros:
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(1) Directiva 2011/83/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de 2011, sobre los derechos de los consumidores, por la que se modifican la Directiva 93/13/CEE del Consejo y la Directiva 1999/44/CE del Parlamento Europeo y del Consejo y se derogan la Directiva 85/577/CEE del Consejo y la Directiva 97/7/CE del Parlamento Europeo y del Consejo (DO 2011, L 304, p. 64).
(2) Directiva 2008/48/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de abril de 2008, relativa a los contratos de crédito al consumo y por la que se deroga la Directiva 87/102/CEE del Consejo (DO 2008, L 133, p. 66)
(3) Directiva 2002/65/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de septiembre de 2002, relativa a la comercialización a distancia de servicios financieros destinados a los consumidores, y por la que se modifican la Directiva 90/619/CEE del Consejo y las Directivas 97/7/CE y 98/27/CE (DO 2002, L 271, p. 16).