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Document 62020CA0514

    Asunto C-514/20: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Séptima) de 13 de enero de 2022 (petición de decisión prejudicial planteada por el Bundesarbeitsgericht — Alemania) — DS / Koch Personaldienstleistungen GmbH (Procedimiento prejudicial — Política social — Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea — Artículo 31, apartado 2 — Directiva 2003/88/CE — Ordenación del tiempo de trabajo — Artículo 7 — Vacaciones anuales — Tiempo de trabajo — Horas extraordinarias — Cálculo del tiempo de trabajo sobre una base mensual — Inexistencia de complemento por horas extraordinarias en caso de disfrute de vacaciones)

    DO C 109 de 7.3.2022, p. 11–11 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
    DO C 109 de 7.3.2022, p. 5–5 (GA)

    7.3.2022   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    C 109/11


    Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Séptima) de 13 de enero de 2022 (petición de decisión prejudicial planteada por el Bundesarbeitsgericht — Alemania) — DS / Koch Personaldienstleistungen GmbH

    (Asunto C-514/20) (1)

    (Procedimiento prejudicial - Política social - Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea - Artículo 31, apartado 2 - Directiva 2003/88/CE - Ordenación del tiempo de trabajo - Artículo 7 - Vacaciones anuales - Tiempo de trabajo - Horas extraordinarias - Cálculo del tiempo de trabajo sobre una base mensual - Inexistencia de complemento por horas extraordinarias en caso de disfrute de vacaciones)

    (2022/C 109/15)

    Lengua de procedimiento: alemán

    Órgano jurisdiccional remitente

    Bundesarbeitsgericht

    Partes en el procedimiento principal

    Demandante: DS

    Demandada: Koch Personaldienstleistungen GmbH

    Fallo

    El artículo 7, apartado 1, de la Directiva 2003/88/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 4 de noviembre de 2003, relativa a determinados aspectos de la ordenación del tiempo de trabajo, a la luz del artículo 31, apartado 2, de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, debe interpretarse en el sentido de que se opone a una disposición de un convenio colectivo en virtud de la cual, para determinar si se alcanza el umbral de horas trabajadas que da derecho a un complemento por horas extraordinarias, no se computan como horas de trabajo realizadas las horas correspondientes al período de vacaciones anuales retribuidas disfrutado por el trabajador.


    (1)  DO C 19 de 18.1.2021.


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