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Document 62018TN0286
Case T-286/18: Action brought on 7 May 2018 — Azarov v Council
Asunto T-286/18: Recurso interpuesto el 7 de mayo de 2018 — Azarov/Consejo
Asunto T-286/18: Recurso interpuesto el 7 de mayo de 2018 — Azarov/Consejo
DO C 240 de 9.7.2018, p. 52–52
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
Asunto T-286/18: Recurso interpuesto el 7 de mayo de 2018 — Azarov/Consejo
Recurso interpuesto el 7 de mayo de 2018 — Azarov/Consejo
(Asunto T-286/18)
2018/C 240/60Lengua de procedimiento: alemánPartes
Demandante: Mykola Yanovych Azarov (Kiev, Ucrania) (representantes: A. Egger y G. Lansky, abogados)
Demandada: Consejo de la Unión Europea
Pretensiones
El demandante solicita al Tribunal General que:
— |
Anule, con arreglo al artículo 263 TFUE, la Decisión (PESC) 2018/333 del Consejo, de 5 de marzo de 2018, por la que se modifica la Decisión 2014/119/PESC relativa a medidas restrictivas dirigidas contra determinadas personas, entidades y organismos habida cuenta de la situación en Ucrania (DO 2018, L 63, p. 48), así como el Reglamento de Ejecución (UE) 2018/326 del Consejo, de 5 de marzo de 2018, por el que se aplica el Reglamento (UE) n.o 208/2014 relativo a las medidas restrictivas dirigidas contra determinadas personas, entidades y organismos habida cuenta de la situación en Ucrania (DO 2018, L 63, p. 5), en la medida en que afectan al demandante. |
— |
Acuerde determinadas diligencias de ordención del procedimiento en virtud del artículo 64 del Reglamento de Procedimiento del Tribunal General. |
— |
Condene en costas al Consejo de conformidad con el artículo 87, apartado 2, del Reglamento de Procedimiento del Tribunal General. |
Motivos y principales alegaciones
En apoyo de su recurso, el demandante invoca dos motivos.
1) |
Primer motivo: vulneración del principio de proporcionalidad. El demandante alega que las medidas restrictivas, adoptadas por quinta vez ya, son claramente desproporcionadas. |
2) |
Segundo motivo: error manifiesto de apreciación. El demandante aduce que el Consejo no disponía de la base fáctica suficiente que exige la jurisprudencia para decidir prorrogar las medidas restrictivas. |