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Document 62018CN0218
Case C-218/18: Request for a preliminary ruling from the Consiglio di Stato (Italy) lodged on 26 March 2018 — Latte Più Srl and Others v Agenzia per le Erogazioni in Agricoltura (AGEA), Regione Veneto
Asunto C-218/18: Petición de decisión prejudicial planteada por el Consiglio di Stato (Italia) el 26 de marzo de 2018 — Latte Più Srl y otros / Agenzia per le Erogazioni in Agricoltura (AGEA), Regione Veneto
Asunto C-218/18: Petición de decisión prejudicial planteada por el Consiglio di Stato (Italia) el 26 de marzo de 2018 — Latte Più Srl y otros / Agenzia per le Erogazioni in Agricoltura (AGEA), Regione Veneto
DO C 240 de 9.7.2018, p. 21–22
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
Asunto C-218/18: Petición de decisión prejudicial planteada por el Consiglio di Stato (Italia) el 26 de marzo de 2018 — Latte Più Srl y otros / Agenzia per le Erogazioni in Agricoltura (AGEA), Regione Veneto
Petición de decisión prejudicial planteada por el Consiglio di Stato (Italia) el 26 de marzo de 2018 — Latte Più Srl y otros / Agenzia per le Erogazioni in Agricoltura (AGEA), Regione Veneto
(Asunto C-218/18)
2018/C 240/24Lengua de procedimiento: italianoÓrgano jurisdiccional remitente
Consiglio di Stato
Partes en el procedimiento principal
Recurrentes: Latte Più Srl, Azienda agricola Benedetti Pietro e Angelo s.s., Azienda agricola Bertoldo Leandro e Ferruccio s.s., Sila di Bettinardi Virgilio e Adriano s.s., Bonora Delis, Capparotto Giampaolo e Lorenzino s.s., Cristofori Alessandra, Cunico Antonio, Dal Degan Santo e Giovanni, Dalle Palle Silvano e Munari Teresa, Dalle Palle Tiziano, Fontana Luca, Gonzo Dino e Stefano s.s., Guarato Giuseppe, Guerra Giuseppe, Magrin Stefano e Renato s.s., Marcolin Graziano, Marin Daniele, Gabriele e Graziano s.s., Azienda agricola Mascot di Pilotto Bortolo e figli s.s., Azienda agricola 2000 di Mastrotto Giuseppe, Matteazzi Mario, Mazzaron Roberto, Pozzan Michele e Luca, Radin Alessandro, Raffaello Carlo e fratelli s.s., Azienda agricola Rodighiero Elena di Bartolomei Roberto e Michele s.s., Sambugaro Andrea, Scuccato Gervasio, Serafini Candida, Toffanin Giovanni e Mauro s.s., Trevisan Francesco, Zanettin Gianfranco e Giampietro s.s.
Recurridas: Agenzia per le Erogazioni in Agricoltura (AGEA), RegioneVeneto
Cuestiones prejudiciales
1) |
¿Debe interpretarse el Derecho de la Unión en el sentido de que, en una situación como la descrita y que constituye el objeto del litigio principal, la incompatibilidad de una disposición legislativa de un Estado miembro con el artículo 2, apartado 2, párrafo tercero, del Reglamento (CEE) n.o 3950/92 ( 1 ) tiene como consecuencia que los productores ya no estén obligados a pagar la tasa suplementaria cuando concurran los requisitos establecidos en el citado Reglamento? |
2) |
¿Debe interpretarse el Derecho de la Unión, en particular, el principio general de protección de la confianza legítima, en el sentido de que, en una situación como la descrita y que constituye el objeto del litigio principal, no puede protegerse la confianza legítima de las personas que han respetado una obligación establecida por un Estado miembro y que se han beneficiado de los efectos derivados del cumplimiento de dicha obligación, cuando esta resulte contraria al Derecho de la Unión? |
3) |
¿Se oponen artículo 9 del Reglamento (CE) n.o 1392/2001, ( 2 ) del 9 de julio de 2001, y el concepto del Derecho de la Unión de «categoría prioritaria», en una situación como la descrita y que constituye el objeto del litigio principal, a una disposición de un Estado miembro, como el artículo 2, apartado 3, del Decreto-ley n.o 157/2004 aprobado por la República Italiana, que establece distintas modalidades de devolución de la tasa suplementaria imputada en exceso, distinguiendo, respecto a los plazos y a las formas de devolución, entre los productores que han cumplido confiadamente la obligación impuesta por una disposición nacional que ha resultado ser contraria al Derecho de la Unión y los productores que no han respetado esa disposición? |
( 1 ) Reglamento (CEE) n.o 3950/92 del Consejo, de 28 de diciembre de 1992, por el que se establece una tasa suplementaria en el sector de la leche y de los productos lácteos (DO 1992, L 405, p. 1).
( 2 ) Reglamento (CE) n.o 1392/2001 de la Comisión, de 9 de julio de 2001, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (CEE) n.o 3950/92 del Consejo por el que se establece una tasa suplementaria en el sector de la leche y de los productos lácteos (DO 2001, L 187, p. 19).