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Document 62018CA0622
Case C-622/18: Judgment of the Court (Fifth Chamber) of 26 March 2020 (request for a preliminary ruling from the Cour de cassation — France) — AR v Cooper International Spirits LLC, St Dalfour SAS, Établissement Gabriel Boudier SA (Reference for a preliminary ruling — Approximation of the laws of the Member States relating to trade marks — Directive 2008/95/EC — Article 5(1)(b) — First subparagraph of Article 10(1) — Article 12(1) — Revocation of a trade mark for lack of genuine use — Right of the trade mark proprietor to plead infringement of his or her exclusive rights as a result of the use by a third party of an identical or similar sign during the period preceding the date on which the revocation took effect)
Asunto C-622/18: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Quinta) de 26 de marzo de 2020 (petición de decisión prejudicial planteada por la Cour de cassation — Francia) — AR / Cooper International Spirits LLC, St Dalfour SAS, Établissements Gabriel Boudier SA [Procedimiento prejudicial — Aproximación de las legislaciones de los Estados miembros en materia de marcas — Directiva 2008/95/CE — Artículo 5, apartado 1, letra b) — Artículo 10, apartado 1, párrafo primero — Artículo 12, apartado 1 — Caducidad de una marca por falta de uso efectivo — Derecho del titular de la marca a invocar un menoscabo a sus derechos exclusivos por el uso por un tercero de un signo idéntico o similar durante el período anterior a la fecha en que la caducidad surtió efecto]
Asunto C-622/18: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Quinta) de 26 de marzo de 2020 (petición de decisión prejudicial planteada por la Cour de cassation — Francia) — AR / Cooper International Spirits LLC, St Dalfour SAS, Établissements Gabriel Boudier SA [Procedimiento prejudicial — Aproximación de las legislaciones de los Estados miembros en materia de marcas — Directiva 2008/95/CE — Artículo 5, apartado 1, letra b) — Artículo 10, apartado 1, párrafo primero — Artículo 12, apartado 1 — Caducidad de una marca por falta de uso efectivo — Derecho del titular de la marca a invocar un menoscabo a sus derechos exclusivos por el uso por un tercero de un signo idéntico o similar durante el período anterior a la fecha en que la caducidad surtió efecto]
DO C 215 de 29.6.2020, p. 12–13
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
29.6.2020 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 215/12 |
Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Quinta) de 26 de marzo de 2020 (petición de decisión prejudicial planteada por la Cour de cassation — Francia) — AR / Cooper International Spirits LLC, St Dalfour SAS, Établissements Gabriel Boudier SA
(Asunto C-622/18) (1)
(Procedimiento prejudicial - Aproximación de las legislaciones de los Estados miembros en materia de marcas - Directiva 2008/95/CE - Artículo 5, apartado 1, letra b) - Artículo 10, apartado 1, párrafo primero - Artículo 12, apartado 1 - Caducidad de una marca por falta de uso efectivo - Derecho del titular de la marca a invocar un menoscabo a sus derechos exclusivos por el uso por un tercero de un signo idéntico o similar durante el período anterior a la fecha en que la caducidad surtió efecto)
(2020/C 215/14)
Lengua de procedimiento: francés
Órgano jurisdiccional remitente
Cour de cassation
Partes en el procedimiento principal
Demandante: AR
Demandadas: Cooper International Spirits LLC, St Dalfour SAS, Établissements Gabriel Boudier SA
Fallo
Los artículos 5, apartado 1, letra b), 10, apartado 1, párrafo primero, y 12, apartado 1, párrafo primero, de la Directiva 2008/95/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de octubre de 2008, relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros en materia de marcas, en relación con su considerando 6, deben interpretarse en el sentido de que atribuyen a los Estados miembros la facultad de permitir que el titular de una marca cuyos derechos sobre la misma hayan caducado tras la expiración del plazo de cinco años contados a partir de su registro por no haber hecho un uso efectivo de esa marca en el Estado miembro de que se trate para los productos o los servicios para los cuales se había registrado conserve el derecho a reclamar la indemnización del perjuicio sufrido debido al uso por un tercero, con anterioridad a la fecha en que surtió efecto la caducidad, de un signo similar para productos o servicios idénticos o similares que se prestan a confusión con su marca.