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Document 62016CN0510
Case C-510/16: Request for a preliminary ruling from the Conseil d’État (France) lodged on 29 September 2016 — Carrefour Hypermarchés SAS, Fnac Paris, Fnac Direct, Relais Fnac, Codirep, Fnac Périphérie v Minister for Finance and Public Accounts
Asunto C-510/16: Petición de decisión prejudicial planteada por el Conseil d’État (Francia) el 29 de septiembre de 2016 — Carrefour Hypermarchés SAS, Fnac Paris, Fnac Direct, Relais Fnac, Codirep, Fnac Périphérie/Ministre des finances et des comptes publics
Asunto C-510/16: Petición de decisión prejudicial planteada por el Conseil d’État (Francia) el 29 de septiembre de 2016 — Carrefour Hypermarchés SAS, Fnac Paris, Fnac Direct, Relais Fnac, Codirep, Fnac Périphérie/Ministre des finances et des comptes publics
DO C 462 de 12.12.2016, p. 9–10
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
12.12.2016 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 462/9 |
Petición de decisión prejudicial planteada por el Conseil d’État (Francia) el 29 de septiembre de 2016 — Carrefour Hypermarchés SAS, Fnac Paris, Fnac Direct, Relais Fnac, Codirep, Fnac Périphérie/Ministre des finances et des comptes publics
(Asunto C-510/16)
(2016/C 462/12)
Lengua de procedimiento: francés
Órgano jurisdiccional remitente
Conseil d’État
Partes en el procedimiento principal
Recurrentes: Carrefour Hypermarchés SAS, Fnac Paris, Fnac Direct, Relais Fnac, Codirep, Fnac Périphérie
Recurrida: Ministre des finances et des comptes publics
Cuestiones prejudiciales
1) |
En el caso de un régimen de ayudas financiado mediante recursos afectos, cuando un Estado miembro haya notificado regularmente con anterioridad a su aplicación las modificaciones jurídicas que tienen una incidencia sustancial sobre dicho régimen, y en particular aquéllas relativas a su modo de financiación, ¿constituye un importante aumento de los ingresos generados por los recursos fiscales afectos al régimen en relación con las previsiones comunicadas a la Comisión Europea una modificación sustancial en el sentido del artículo 88 TCE, apartado 3, actualmente artículo 108 TFUE, que justifique una nueva notificación? |
2) |
En este mismo caso, ¿cómo se aplica el artículo 4 antes citado del Reglamento (CE) n.o 794/2004 (1) de la Comisión, en virtud del cual un aumento de más del 20 % del presupuesto inicial de un régimen de ayudas existente constituye una modificación de dicho régimen de ayudas?, y, en particular:
|
(1) Reglamento (CE) n.o 794/2004 de la Comisión, de 21 de abril de 2004, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) n.o 659/1999 del Consejo por el que se establecen disposiciones de aplicación del artículo 93 del Tratado CE (DO L 140, p. 1).