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Document 62015CN0203

Asunto C-203/15: Petición de decisión prejudicial planteada por el Kammarrätten i Stockholm (Suecia) el 4 de mayo de 2015 — Tele2 Sverige AB/Post- och telestyrelsen

DO C 221 de 6.7.2015, p. 5–5 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

6.7.2015   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 221/5


Petición de decisión prejudicial planteada por el Kammarrätten i Stockholm (Suecia) el 4 de mayo de 2015 — Tele2 Sverige AB/Post- och telestyrelsen

(Asunto C-203/15)

(2015/C 221/06)

Lengua de procedimiento: sueco

Órgano jurisdiccional remitente

Kammarrätten i Stockholm

Partes en el procedimiento principal

Demandante: Tele2 Sverige AB

Demandada: Post- och telestyrelsen

Cuestiones prejudiciales

1)

Una obligación general de conservar datos de tráfico que se refiere a todas las personas, todos los medios de comunicación electrónica y todos los datos de tráfico sin establecer ninguna distinción, limitación o excepción en función del objetivo de la lucha contra la delincuencia (como se describe [en la petición de decisión prejudicial]), ¿es compatible con el artículo 15, apartado 1, de la Directiva 2002/58/CE (1) habida cuenta de los artículos 7, 8 y 52, apartado 1, de la Carta?

2)

En caso de respuesta negativa a la primera cuestión, ¿puede en todo caso ser admisible la conservación:

a)

si el acceso de las autoridades nacionales a los datos conservados se determina como [se describe en la petición de decisión prejudicial], y

b)

si las exigencias de seguridad se regulan como [se describe en la petición de decisión prejudicial], y

c)

si todos los datos de que se trata deben conservarse durante seis meses contados a partir del día en que haya finalizado la comunicación y posteriormente destruirse como [se describe en la petición de decisión prejudicial]?


(1)  Directiva 2002/58/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de julio de 2002, relativa al tratamiento de los datos personales y a la protección de la intimidad en el sector de las comunicaciones electrónicas (Directiva sobre la privacidad y las comunicaciones electrónicas) (DO L 201, p. 37).


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